ACUERDO 761 DE 2020

(junio 11)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

REGISTRO DISTRITAL N. 6833.  AÑO 52, 14, JUNIO, 2020. PÁG. 1

CONCEJO DE BOGOTÁ

Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras públicas del distrito capital 2020-2024 “un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI".

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia, la Ley 152 de 1994, el artículo 12 del Decreto - Ley 1421 de 1993 y el Acuerdo 12 de 1994,

ACUERDA:

TÍTULO I.

PARTE ESTRATÉGICA DEL PLAN.

CAPÍTULO ÚNICO.

ADOPCIÓN, OBJETIVO GENERAL, ESTRUCTURA, VISIÓN, PRINCIPIOS, ENFOQUES Y ATRIBUTOS.

ARTÍCULO 1. ADOPCIÓN DEL PLAN. <Artículo derogado por el artículo  320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Se adopta el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D. C. para el período 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI” que constituye el marco de acción de las políticas, programas, estrategias y proyectos de la Administración Distrital, para lograr una redistribución más equitativa de los costos y beneficios de vivir en Bogotá, impulsar la recuperación de la actividad socioeconómica y cultural asociada al control de la pandemia del Covid-19 y capitalizar sus aprendizajes al poner de manifiesto necesidades que obligan a fortalecer o abordar nuevos programas en el marco de la “Nueva Normalidad”. Este Plan de Desarrollo representa las transformaciones en oportunidades de educación, salud, cultura, productividad, innovación, generación de ingresos y disminución de la pobreza multidimensional, monetaria, informalidad, pobreza oculta, nuevos vulnerables, en riesgo de empobrecimiento y de feminización de la pobreza, dirigidas a brindar mayor inclusión social y productiva a las familias y poblaciones que tradicionalmente han asumido los mayores costos de vivir en la ciudad. Este Plan de Desarrollo es la apuesta para hacer de Bogotá una ciudad más cuidadora, incluyente, sostenible y consciente, mediante un nuevo contrato social, ambiental e intergeneracional para la Bogotá del siglo XXI.

ARTÍCULO 2. OBJETIVO GENERAL. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El presente Plan Distrital de Desarrollo tiene por objetivo consolidar un nuevo contrato social, ambiental e intergeneracional que permita avanzar hacia la igualdad de oportunidades, recuperando la pérdida económica y social derivada de la emergencia del COVID-19, capitalizando los aprendizajes y los canales de solidaridad, redistribución y reactivación económica creados para atender y mitigar los efectos de la pandemia y de esta forma construir con la ciudadanía, una Bogotá donde los derechos de los más vulnerables sean garantizados a través de: la ampliación de las oportunidades de inclusión social y productiva, en particular de las mujeres, los jóvenes y las familias, para superar progresivamente los factores de naturalización de la exclusión, discriminación y segregación socioeconómica y espacial que impiden la igualdad de oportunidades y el ejercicio de una vida libre, colectivamente sostenible y feliz.

El Plan prevé a Bogotá integrada con la región a través de la creación de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca y de un POT con visión regional, devolviéndole a la Estructura Ecológica Principal (EEP) su carácter de principal y en consecuencia de ordenadora del territorio, así como un sistema multimodal de movilidad basado en una red de metro regional, acorde con las proyecciones demográficas del censo 2018 para Bogotá y la región.

ARTÍCULO 3. LA ESTRUCTURA DEL PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La estructura del Plan Distrital de Desarrollo 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, en adelante Plan Distrital de Desarrollo, se concreta gráficamente así:

Gráfico 1. Estructura del Plan Distrital de Desarrollo

La visión y estructura del Plan Distrital de Desarrollo “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI” tiene cinco propósitos y 30 logros de ciudad con metas trazadoras que se orientan al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo  Sostenible - ODS en el 2030, y que se ejecutan a través de los programas generales y estratégicos y de metas estratégicas y sectoriales en el presente cuatrienio. El objetivo de esta estructura es lograr que todos los sectores trabajen para los grandes propósitos y logros de la ciudad en el corto y largo plazo, y no que la ciudad trabaje para la lógica fragmentada de cada sector.

Para asegurar la articulación de todos los sectores en la ejecución de los programas que conllevan a los 5 grandes propósitos y 30 logros de ciudad, se definen metas sectoriales y estratégicas que los sectores deben cumplir tanto para sus propios programas en el cuatrienio como para el avance hacia el logro de las metas trazadoras de cara al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible - ODS en 2030.

Las metas trazadoras recogen los indicadores de bienestar, valor público y condiciones de vida que busca alcanzar el Gobierno Distrital, junto con los esfuerzos de la Nación y el sector privado, enmarcados en el contexto macroeconómico, para el logro de los ODS.

Los Programas generales, de naturaleza sectorial, materializan las intervenciones específicas por parte de los sectores para el logro de sus metas sectoriales y para materializar el PDD.

Los programas estratégicos son una agrupación de intervenciones intersectoriales que buscan destacar temas de gran impacto para materializar la propuesta del plan y avanzar en el cumplimiento de los logros de ciudad. Dichos programas estratégicos se miden por el logro de metas estratégicas, que son intervenciones sectoriales destacadas por su significativa contribución a las apuestas definidas en la visión de corto y largo plazo del PDD.

ARTÍCULO 4. VISIÓN DE CIUDAD. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> En el 2024 Bogotá se habrá recuperado de los efectos negativos dejados por la pandemia global COVID -19 en materia social y económica, capitalizando los aprendizajes y los canales de salud pública, solidaridad y redistribución creados para superarlos. La formulación y ejecución de un nuevo contrato social y ambiental le permitirá a Bogotá no sólo cumplir los Objetivos de Desarrollo Sostenible-ODS en el 2030, sino además ser un ejemplo global en reconciliación, educación, acción colectiva, desarrollo sostenible e inclusión social y productiva para garantizar igualdad de oportunidades para la libertad, en particular para las mujeres y los jóvenes, con enfoque de género, diferencial, territorial, de cultura ciudadana y de participación, que junto con una movilidad sostenible y accesible, la disminución de los índices de inseguridad en la ciudad y una institucionalidad fortalecida regionalmente, hará de Bogotá una ciudad cuidadora, incluyente, sostenible y consciente, donde la educación pertinente y de calidad es el principal factor de transformación social y económica.

ARTÍCULO 5. PRINCIPIOS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La vocación de servicio y liderazgo público, la ética, la transparencia y rendición de cuentas, la inteligencia y acción colectiva, la corresponsabilidad, la interdependencia e integración, son los principios que guiarán el ejercicio del servicio público del gobierno distrital y los principios que caracterizarán la relación público - privada y el quehacer de cada una de las entidades que conforman la administración distrital.

ARTÍCULO 6. ENFOQUES. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los enfoques que se desarrollan a continuación determinan la manera como desde la Administración se comprenden y atienden las realidades de quienes habitan el Distrito Capital y su región; por lo tanto, le permiten al gobierno distrital de manera estratégica tratar las distintas problemáticas reconociendo las diferencias de los individuos, las familias, el género, la inclusión y la cultura ciudadana, a la luz del ejercicio del servicio público y la participación ciudadana.

Enfoque de género. Permite comprender las relaciones de poder y desigualdad desde una perspectiva de interseccionalidad que por razones de género existen entre mujeres y hombres y que se reproducen a través de imaginarios, creencias, roles y estereotipos que afianzan las brechas de desigualdad e impiden el goce efectivo de los derechos de las mujeres a lo largo del curso de su vida, en las diferentes dimensiones del desarrollo y la vida social y comunitaria. Su fin es promover la igualdad de género y el goce efectivo de sus derechos.

Enfoque diferencial. Reconoce que existen grupos y personas que han sido históricamente discriminados debido a su pertenencia étnica o racial, orientación sexual, identidad de género, creencia religiosa, ubicación geográfica, discapacidad, situación socioeconómica, o de la intersección de diversos sistemas de discriminación que, como el racismo, la discafobia, el clasismo, la homofobia, la transfobia y la xenofobia y la intolerancia religiosa; impiden el acceso a las oportunidades en igualdad de condiciones. Este tipo de discriminación se sustenta en imaginarios, estereotipos, prejuicios y comportamientos construidos social y culturalmente que impiden la garantía plena de derechos. Su fin es hacer ajustes a la oferta institucional para garantizar adecuadamente el acceso a los bienes y servicios reconociendo las particularidades y especificidades de los distintos grupos sociales o personas.

Enfoque de cultura ciudadana. Reconoce que los comportamientos ciudadanos son multimotivados, obedecen a razones, intereses y emociones y multiregulados por la ley, por reflexión moral y la cultura. También existe autorregulación individual y colectiva y regulación mutua. El enfoque de cultura ciudadana aporta a las políticas públicas, la comprensión de que los comportamientos humanos pueden ser transformados y regulados por la ley, la cultura y la moral. Cultura ciudadana entendida como el conjunto de creencias, hábitos y comportamientos que permiten la convivencia en la ciudad y el reconocimiento de los derechos y deberes ciudadanos.

Concibe los hábitos y comportamientos sociales como construcciones culturales que pueden aprenderse. Desde este enfoque los ciudadanos no solo se guían por el temor al castigo o la multa, sino que existen también normas informales (morales y sociales) que guían el comportamiento de las personas en la ciudad y que delimitan lo que es culturalmente aceptable. Entender la dinámica de estas normas informales es fundamental para incidir en los comportamientos y las actitudes de los ciudadanos.

Este enfoque enfatiza la capacidad de auto transformación y transformación ciudadana, resaltando cuatro aspectos fundamentales: (i) la construcción individual y colectiva de la armonía entre las tres regulaciones: legal, moral y cultural para lograr la convivencia (ii) la educación y la cultura tienen un papel fundamental tanto para explicar la realidad que vivimos como para transformarla; (iii) las personas tienen la capacidad de cooperar en la consecución de bienes colectivos y (iv) el gobierno puede asumir un rol pedagógico proponiendo la participación voluntaria de la ciudadanía en la transformación de ciertos rasgos culturales que afectan el bienestar social, para lo cual se fundamenta en la gobernanza colaborativa enfocada en la responsabilidad de todos en la construcción de ciudad a través de la participación social y decisoria.

Este gobierno fortalecerá los sistemas de información y conocimiento de las prácticas ciudadanas, con el fin de desarrollar acciones colectivas para fomentar el cambio cultural y comportamental prevaleciendo la naturalización de las relaciones entre la sociedad y las poblaciones.

Enfoque de participación ciudadana. Es un proceso que se entiende como un derecho, mediante el cual, se aproxima la ciudadanía a la construcción del Nuevo Contrato Social y Ambiental, así como la forma, en que el gobierno de manera transversal a su acción entiende su relación con ésta, a través, fundamentalmente, del modelo de gobierno abierto, con el objeto de construir colectivamente, generando confianza y empoderamiento ciudadano para la defensa y reconocimiento de sus intereses y los de la ciudad.

Enfoque territorial. Parte de la comprensión del territorio como una construcción social, que tiene particularidades que no solo derivan de los aspectos biofísicos sino también de las relaciones que sobre él se construyen. Entender y atender tales particularidades, cualidades y potencialidades contribuye con el logro de una acción de gobierno más integral y de una inversión pública más eficiente, y permite planear más allá de los límites político- administrativos del Distrito. Implica una planeación del territorio en los distintos niveles: local, distrital y regional y una sensibilidad frente a las disparidades y desbalances existentes entre aquellos niveles. Que conmina a actuar con un criterio básico de justicia territorial, que procure reconocimientos sociales y ambientales de los habitantes y equilibrios o adecuaciones en las políticas públicas de desarrollo y gestión ambiental.

ARTÍCULO 7. ATRIBUTOS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los atributos son las características esenciales que orientarán el accionar del Gobierno Distrital y guiarán la resolución de los dilemas a los que se enfrente; por tanto, son pilares fundamentales de los contenidos de los propósitos y de los logros de ciudad. Los atributos son:

Cuidadora. Una Bogotá - Región cuidadora acoge, respeta y se ocupa deliberadamente de la distribución de la prosperidad colectiva. En ella se (i) construye confianza entre los ciudadanos y las instituciones; (ii) se ejercen libremente los derechos y se cumplen los deberes; (iii) se protegen a las mujeres, niñas y niños, y poblaciones con mayor vulnerabilidad y exclusión; (iv) se reconoce, redistribuye y reduce el trabajo de cuidado no remunerado de las mujeres; (v) se regula la informalidad y (vi) se disminuye la ilegalidad y la criminalidad.

Incluyente. Una Bogotá - Región incluyente reconoce y valora las diferencias, hace posible que los grupos poblacionales y los sectores sociales en condiciones de vulnerabilidad, participen creciente y plenamente del bienestar, tengan mejores oportunidades que catalizan la agencia humana y puedan ejercer la libertad, combate la segregación socioeconómica y la naturalización de la discriminación y la exclusión, trabaja por el logro de mayores equilibrios territoriales y distribuye en el territorio sus equipamientos para garantizar un acceso más equitativo a los bienes y servicios, se busca construir las condiciones para que cada quien pueda realizar sus sueños, desarrollar sus capacidades y sea lo que quiera ser. Una Bogotá incluyente lucha por acabar con ideas, prejuicios y comportamientos que excluyen y discriminan, como el machismo, el clasismo, el racismo, la homofobia, la xenofobia, la transfobia y la intolerancia religiosa.

Sostenible. Una Bogotá - Región sostenible que cambia hábitos de vida la manera en que nos movemos, producimos y consumimos, satisface las necesidades del presente sin comprometer la posibilidad de las generaciones futuras de satisfacer las suyas. Se trabaja en procura de lograr equilibrio entre el crecimiento económico, el cuidado del ambiente natural y el bienestar social y se generan capacidades de resiliencia para afrontar los cambios en el contexto territorial y ambiental.

Consciente. Una Bogotá - Región consciente y creadora reconoce sus debilidades y sus fortalezas, trabaja por mejorar las primeras y convierte las segundas en oportunidades colectivas; aprovecha sus potencialidades; tiene confianza en sí misma, en su ciudadanía e instituciones y es capaz de agenciar su desarrollo humano, unirse y luchar contra la corrupción, hacer más transparente y efectiva la gestión de la ciudad; pone la creación y la innovación constante al servicio del bienestar común, aprovecha la inteligencia colectiva, la tecnología y la transformación digital para el beneficio colectivo y crece y se desarrolla integralmente.

TÍTULO II.

PROPÓSITOS, LOGROS DE CIUDAD Y PROGRAMAS.

ARTÍCULO 8. RELACIÓN PROPÓSITOS, LOGROS DE CIUDAD Y PROGRAMAS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El Plan Distrital de Desarrollo “un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI” da cuenta de los programas y metas de gobierno que se cumplirán en el presente cuatrienio para avanzar en el logro de los 5 propósitos y 30 logros de ciudad propuestos para que Bogotá sea un ejemplo global de cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible - ods en el 2030.

Esta visión de metas de gobierno al 2024 y logros de ciudad al 2030 responde a los compromisos consignados en el programa de gobierno, comprometen la gestión del gobierno distrital y la suma de esfuerzos con la ciudadanía, el sector privado y los demás niveles de gobierno en torno a logros comunes, que permiten una mirada holística y una respuesta integral de las prioridades de la población y el territorio.

CAPÍTULO I.

PROPÓSITOS Y LOGROS DE CIUDAD AL 2030.

ARTÍCULO 9. PROPÓSITOS Y LOGROS DE CIUDAD. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El Plan Distrital de Desarrollo “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI” se organiza en torno a 5 propósitos que se cumplen a través de 30 logros de ciudad mediante la articulación de acciones materializadas en programas.

Los 5 propósitos y 30 logros de ciudad son los siguientes:

Propósito 1. Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política.

¿Qué busca?

Redistribuir los costos y los beneficios de vivir en Bogotá y su región. Generar condiciones de posibilidad para que las poblaciones que tradicionalmente han sido excluidas de las oportunidades de desarrollo y han asumido los mayores costos de vivir en la ciudad, puedan ejercer plenamente sus derechos, realizar sus deberes y disfrutar de los beneficios de vivir en la ciudad. Para quienes han gozado de mayores oportunidades de desarrollo educativo, social y económico, aumentar las oportunidades de solidaridad, generación y redistribución de los beneficios de vivir en la ciudad, en función de disminuir las inequidades y aumentar las oportunidades para todos.

Este propósito busca cerrar brechas, nivelar la cancha de las oportunidades y aumentar la disposición de la ciudadanía a ejercer su propia agencia y cooperar en la construcción del proyecto común expresado en la Constitución de 1991 y en sentar las bases en estos 4 años para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el 2030. De igual forma busca atender la emergencia social, económica y ambiental derivada de la pandemia por el Covid 19, mitigar sus consecuencias y generar condiciones de reactivación social y económica en el mediano y largo plazo.

Para mitigar los efectos negativos que en materia económica genere la pandemia, este propósito también busca aumentar, de manera sostenible, la productividad, la competitividad, la innovación, el bienestar y la distribución equitativa de la prosperidad colectiva.

Estrategias del Propósito 1. Este propósito incluye la implementación del sistema distrital de cuidado y la estrategia de transversalización y territorialización de los enfoques de género, diferencial y de cultura ciudadana para garantizar la igualdad de género, los derechos de las mujeres y el desarrollo de capacidades de la ciudadanía en el nivel distrital y local.

Alcanzar este propósito implica ejecutar las estrategias referidas a generar condiciones de posibilidad, en los ámbitos de las relaciones con la educación y el desarrollo humano, el empleo, la inclusión laboral y el mercado, los subsidios y contribuciones, la reducción de la pobreza y de la feminización de la misma, la salud, el hábitat y la vivienda, el capital social y cultural y la participación cívica y desarrollo y movilidad social, para personas de los diferentes sectores sociales y poblaciones vulneradas, que induzcan el fortalecimiento de la capacidad humana para la toma de decisiones en las diferentes transiciones de la vida y actuar con la intención de producir un cambio en los patrones negativos de la segregación socio económica y espacial en la ciudad y la región.

Se hará especial énfasis en la población infantil, a la que se ofrecerán servicios que permitan garantizar el desarrollo integral de las niñas y los niños. Igualmente, las y los jóvenes entre 14 y 28 años serán una población a la que se le brindarán oportunidades de formación y educación, acorde con sus propósitos, y adecuada a las expectativas de desarrollo de la Bogotá - Región. Se avanzará en una transformación pedagógica, que vaya desde el preescolar hasta la educación media y superior.

Frente a la pandemia generada por el COVID-19, se proponen estrategias para recuperar la pérdida económica y social derivada de la emergencia del COVID-19, capitalizando los aprendizajes y los canales de salud pública, solidaridad, redistribución y reactivación económica creados para atender y mitigar los efectos de la pandemia. De igual forma se plantea articular esos aprendizajes y canales con estrategias de mediano y largo plazo que fortalecen la capacidad creadora y transformadora de la ciudadanía y la coloquen al servicio del bienestar colectivo, apuesten al acceso, la permanencia y al mejoramiento de la calidad educativa, transformen los patrones de consumo, la promoción de hábitos de vida saludables. La optimización de las condiciones productivas de los hogares, las industrias y la comunidad que incremente la productividad social y económica en la generación de riqueza y poder distribuir equitativamente la prosperidad que de ella se derive, a través del logro de mayor pertinencia y calidad en la educación y el empleo, y la transformación de los patrones de consumo y de los hábitos de vida.


y económica en la generación de riqueza y poder distribuir equitativamente la prosperidad que de ella se derive, a través del logro de mayor pertinencia y calidad en la educación y el empleo, y la transformación de los patrones de consumo y de los hábitos de vida.

Logros de ciudad1Rediseñar el esquema de subsidios y contribuciones de Bogotá para garantizar un ingreso mínimo por hogar, que reduzca el peso de los factores que afectan la equidad del ingreso de los hogares.

2Reducir la pobreza monetaria, multidimensional y la feminización de la pobreza.
3Implementar el sistema distrital de cuidado y la estrategia de transversalización y territorialización de los enfoques de género y diferencial para garantizar la igualdad de género, los derechos de las mujeres y el desarrollo de capacidades de la ciudadanía en el nivel distrital y local.
4Completar la implementación de un modelo de salud pública con enfoque poblacional - diferencial, de género, participativo, resolutivo y territorial que aporte a la modificación de los determinantes sociales de la salud.
5Cerrar las brechas digitales, de cobertura, calidad y competencias a lo largo del ciclo de la formación integral, desde la primera infancia hasta la educación superior y continua para la vida.

6Disminuir el porcentaje de jóvenes que ni estudian ni trabajan con énfasis en jóvenes de bajos ingresos y vulnerables.

7
Aumentar la inclusión productiva y el acceso a las economías de aglomeración con emprendimiento y empleabilidad con enfoque poblacional - diferencial, territorial y de género.
8
Aumentar el acceso a vivienda digna, espacio público y equipamientos de la población vulnerable en suelo urbano y rural.

9Promover la participación, la transformación cultural, deportiva, recreativa, patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro.

10Apropiar el territorio rural desde su diversidad étnica y cultural como parte de Bogotá - Región.
11Promover aglomeraciones productivas y sectores de alto impacto con visión de largo plazo en Bogotá - Región.

12Incrementar la oferta de actividades y la infraestructura para el uso y disfrute del tiempo libre, con enfoque de género, diferencial, e integración territorial.

Propósito 2. Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática.

¿Qué busca?

Mejorar la calidad del medio ambiente natural y construido de Bogotá y la región, disminuyendo las afectaciones a la salud producidas por la contaminación del aire en niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas vulnerables y espacialmente segregadas y reduciendo los factores de riesgo que inciden en la fragilidad de la población expuesta al riesgo, en el deterioro de los ecosistemas y en la segregación socioeconómica y espacial del área urbana y rural. Implica también ocupar el territorio de una manera más ordenada y sostenible; cambiar la forma en que nos movilizamos, utilizar más energías y formas de movilidad limpias y modificar la manera que producimos, consumimos y reutilizamos.

Estrategias del Propósito 2. Para alcanzar este propósito se deberán desarrollar estrategias que mejoren la calidad del medio ambiente natural, construido y regional desde la perspectiva de la generación de condiciones de bienestar para la población y los demás seres vivos presentes en el territorio; promoviendo la transformación de hábitos y espacios, y la construcción de consciencia sobre nuestros consumos, manejo de residuos y valoración de todas las formas de vida. Para contribuir con la reactivación económica de la ciudad, se desarrollarán proyectos de inversión sostenibles en los sectores relacionados con este propósito, respetando la Estructura Ecológica Principal y cumpliendo a cabalidad la normatividad ambiental correspondiente. Para cambiar la forma en que nos movilizamos, se desarrollarán estrategias dirigidas a incentivar el uso de medios de transporte amigables con el medio ambiente y que redunden en una mejora en la calidad del aire en la Bogotá - Región.

Logros de ciudad13Formular y ejecutar estrategias concertadas de adaptación y mitigación de la crisis climática teniendo como marco la justicia ambiental.
14Implementar estrategias de mantenimiento, recuperación, rehabilitación o restauración de la estructura ecológica principal y demás áreas de interés ambiental en la Bogotá - Región.

15
Intervenir integralmente áreas estratégicas de Bogotá teniendo en cuenta las dinámicas patrimoniales, ambientales, sociales y culturales.
16Aumentar la oferta de espacio público y áreas verdes de Bogotá promoviendo su uso, goce y disfrute con acceso universal para la ciudadanía.

17Reconocer y proteger todas las formas de vida, en particular la fauna urbana.

18Reducir la contaminación ambiental atmosférica, visual y auditiva y el impacto en morbilidad y mortalidad por esos factores.

19Cuidar y proteger el agua, el Río Bogotá, el sistema de páramos y el sistema hídrico de la ciudad y mejorar la prestación de los servicios públicos.

20Aumentar la separación en la fuente, reciclaje, reutilización y la adecuada disposición final de los residuos de la ciudad.

Propósito 3. Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación.

¿Qué busca?

Aumentar la confianza interpersonal e institucional, la convivencia y la seguridad, consolidando una Bogotá - Región líder en la implementación de los acuerdos de paz, reconciliación y cuidado, caracterizada por aumentar las prácticas de convivencia, la seguridad y la reconciliación en el ámbito individual, familiar, comunitario e institucional, disminuyendo las violencias de género, la inseguridad ciudadana, y la ilegalidad a través de la promoción de la autorregulación, la regulación mutua pacífica, la cultura ciudadana, el acceso a la justicia y la gestión de irregularidad e informalidad, consolidando una Bogotá - Región líder en reconciliación y cuidado. Este propósito implica reducir la aceptación cultural e institucional del machismo y las violencias contra las mujeres y garantizar el acceso efectivo a la justicia con enfoque de género.

Estrategias del Propósito 3. Para alcanzar este propósito se plantean estrategias que construyen y permiten la implementación, de manera creativa, de acuerdos formales e informales orientados a gestionar la irregularidad y a transformar las circunstancias que generan desconfianza entre las personas y las instituciones, a potenciar la capacidad de la ciudadanía para ejercer su agencia en la construcción de su propio desarrollo y el de su entorno, a fomentar el cambio cultural, la convivencia, la justicia formal y de proximidad y a disminuir la violencia de género y el machismo, la impunidad, el todo vale, los atajos y la ilegalidad; que incluye resolver de manera creativa y de la mano de la comunidad los problemas cotidianos y las fronteras difusas entre irregularidad y legalidad, mejorar el acceso a la justicia, fomentar la autorregulación, regulación mutua, la concertación y el diálogo social, mejorar las condiciones y la percepción ciudadana de inseguridad física en la ciudad y aumentar las condiciones de seguridad, prevención y protección a la vida, libertad e integridad personal de grupos poblacionales de especial protección constitucional.

Logros de ciudad21Posicionar a Bogotá - Región como el epicentro de paz y reconciliación del país, incluyendo un PDET rural en Sumapaz y un PDET urbano en el borde suroccidental en límites con el municipio de Soacha.

22Reducir la aceptación cultural e institucional del machismo y las violencias contra las mujeres, y garantizar el acceso efectivo a la justicia.

23Fomentar la autorregulación, regulación mutua, la concertación y el diálogo social generando confianza y convivencia entre la ciudadanía y entre esta y las instituciones.

24Disminuir la ilegalidad y la conflictividad en el uso y ordenamiento del espacio público, privado y en el medio ambiente rural y urbano.

25
Reducir los mercados criminales, los delitos de alto impacto y hechos violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público.

Propósito 4. Hacer de Bogotá - Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible

¿Qué busca?
La promoción de modos sostenibles de transporte, el mejoramiento de los tiempos y de la experiencia del desplazamiento, teniendo a la red de metro regional, de buses y a la red de ciclorutas como ejes articuladores de la movilidad tanto de la ciudad como de la región.

Estrategias del Propósito 4. Para alcanzar este propósito se formulan estrategias y proyectos para mejorar la experiencia de los tiempos de desplazamiento en Bogotá - Región, teniendo un sistema de transporte masivo multimodal, regional, sostenible, limpio y que cumple con todos los parámetros en materia de bioseguridad, complementado con el mejoramiento integral de la red de ciclorrutas de la ciudad que mejoren las condiciones de accesibilidad y seguridad de la red, aumentando así el número de personas que utilizan la bicicleta para transportarse.

Logros de ciudad26Mejorar la experiencia de viaje a través de los componentes de tiempo, calidad y costo, con enfoque de género, diferencial, territorial y regional, teniendo como eje estructurador la red de metro regional, el sistema integrado de transporte público y la red de ciclorutas.

Propósito 5. Construir Bogotá - Región con gobierno abierto, transparente y Ciudadanía consciente.

¿Qué busca?
Garantizar un gobierno empático, íntegro, participativo y transparente que permita la integración del Distrito con la región, a través de la promoción de alianzas orientadas a la acción colectiva y al sentido de la corresponsabilidad, la concurrencia y la subsidiaridad entre todos los actores de Bogotá - Región.

Estrategias del Propósito 5. Alcanzar este propósito implica implementar las estrategias que permiten a la administración caracterizarse por ser proba, transparente e íntegra y por ejecutar procesos de participación ciudadana programas y proyectos de gobierno abierto y de territorios inteligentes, así como alianzas públicas y privadas y de integración regional para el logro de sus propósitos.

Logros de ciudad27Posicionar al Gobierno Abierto de Bogotá - GABO - como una nueva forma de gobernanza que reduce el riesgo de corrupción e incrementa el control ciudadano del gobierno.

28Promover procesos de integración y ordenamiento territorial en la Bogotá - Región sostenibles social, económica, ambiental e institucionalmente.

29Posicionar globalmente a Bogotá como territorio inteligente (Smart City).

30Incrementar la efectividad de la gestión pública distrital y local.

CAPÍTULO II.

EJECUCIÓN, SEGUIMIENTO Y RENDICIÓN DE CUENTAS.

ARTÍCULO 10. EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los sectores y las respectivas entidades distritales prepararán, con la coordinación de la Secretaría Distrital de Planeación- SDP, el correspondiente plan de acción y lo someterán a la aprobación del Consejo de Gobierno Distrital. Para ello, las entidades distritales serán las responsables de adelantar las acciones misionales e institucionales que permitan dar cumplimiento a los objetivos del Plan Distrital de Desarrollo.

La SDP dispondrá del sistema de información a través del cual se realizará la programación y ejecución del plan de acción del plan de desarrollo y dará los lineamientos que le permitan a las entidades distritales articular sus proyectos de inversión con las metas, programas y propósitos del Plan Distrital de Desarrollo como también programar las actividades y los recursos de inversión a ejecutar durante su vigencia.

La SDP definirá los mecanismos y la periodicidad del seguimiento tanto a los proyectos de inversión como a los indicadores de las metas del Plan Distrital de Desarrollo, para establecer el avance y cumplimiento de los propósitos del plan, que le permita a la administración distrital tener información confiable y oportuna para la toma de decisiones, que hagan posible los logros de los objetivos de plan.

PARÁGRAFO. La Secretaría Distrital de Planeación entregará con corte semestral un informe al Concejo y a su Comisión de Plan, al Consejo Territorial de Planeación Distrital, al Consejo Consultivo de Mujeres y a la Veeduría Distrital del avance de ejecución del presente Plan Distrital de Desarrollo.

ARTÍCULO 11. IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE-ODS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Con el propósito de avanzar en la implementación, seguimiento, y rendición de cuentas de los ODS en Bogotá D.C., la Secretaría Distrital de Planeación en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y demás instancias involucradas, establecerá los lineamientos metodológicos e instrumentos de información asociados al plan de acción del Plan Distrital de Desarrollo para garantizar su avance y cumplimiento, a través de metas e indicadores con enfoque poblacional, de derechos, género, ambientales, económicos y énfasis territorial, en el marco de la agenda 2030 y en armonía con las recomendaciones del Documento CONPES 3918 de 2018.

PARÁGRAFO. La Secretaría Distrital de Planeación entregará con corte semestral un informe al Concejo y a su Comisión de Plan, al Consejo Territorial de Planeación Distrital, al Consejo Consultivo de Mujeres y a la Veeduría Distrital del avance de ejecución del presente Plan Distrital de Desarrollo.

CAPÍTULO III.

PROGRAMAS Y METAS DEL CUATRIENIO DEL PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO.

ARTÍCULO 12. METAS TRAZADORAS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Las metas trazadoras del Plan Distrital de Desarrollo serán aquellas cuyo logro puede atribuirse a varios programas y metas, las cuales implican la alineación de esfuerzos entre los gobiernos distrital y nacional y el contexto macroeconómico.

Propósito 1: Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política

NoMetas TrazadorasIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
1Mantener la incidencia de la pobreza multidimensional en Bogotá.Índice de pobreza multidimensional - IPM4,40%DANE, cálculos con base en la Encuesta Nacional de Calidad
de Vida (ECV), 2018
4.4%
2Reducir la incidencia de la pobreza monetaria en BogotáIncidencia de la pobreza monetaria12,40%DANE - GEIH, 201811.4%
3Mantener la incidencia de la pobreza
multidimensional en los hogares con jefatura femenina
Incidencia de la pobreza multidimensional en los hogares con jefatura femenina7,60%DANE, 20187,60%
4Beneficiar a familias en pobreza y vulnerabilidad a través del Sistema Distrital Bogotá SolidariaNúmero de familias
beneficiadas por el
Sistema Distrital Bogotá Solidaria
NASDP-SHD-SDIS350.000
5Promover la
redistribución del trabajo de cuidado no
remunerado entre
hombres y mujeres en el Distrito Capital
Disminuir el porcentaje de percepción de las mujeres que consideran que las mujeres son mejores para el trabajo doméstico que los hombres52,20%DANE. ENUT. 201747,20%
6Promover la
redistribución del trabajo de cuidado no
remunerado entre
hombres y mujeres en el Distrito Capital
Disminuir el porcentaje de percepción de los hombres que consideran que las mujeres son mejores para el trabajo doméstico que los hombres53,80%DANE. ENUT. 201748,80%
7Mantener el tejido productivo de Bogotá medido a través del número de empresas generadoras de empleo registrado por Bogotá antes de la pandemiaPorcentaje de empresas registradas por cada mil personas (sin personas naturales 2019)52,1 empresas registradas por cada mil personas (sin personas naturales, 2019)Número de empresas, CCB, registros empresariales 2019 (sin incluir personas naturales); población: DANE, 2019.52,1 empresas registradas por cada mil
personas
8Apoyar a unidades
productivas micro,
pequeña y medianas como empresas,
negocios, pequeños
comercios, unidades
productivas
aglomeradas, y/o
emprendimientos que permitan su acceso a mecanismos de
financiación, programas de apropiación y/o fortalecimiento de
nuevas tecnologías,
promoción de la
transformación digital, procesos de
formalización y
fortalecimiento productivo
Número de unidades productivas con acceso a mecanismos de
financiación, programas de apropiación y/o
fortalecimiento de nuevas tecnologías, promoción de la transformación digital, procesos de formalización y fortalecimiento
productivo.
Línea base: n.d.Comité Interinstitucional del Sistema Distrital para la Mitigación del Impacto Económico100 mil unidades productivas micro, pequeña y medianas apoyadas
9A 2024 Llevar a cero la tasa de mortalidad por 100.000 en menores de 5 años por desnutrición aguda como causa básicaTasa de mortalidad por DNT en menores de 5 añosCero - año 2018Bases SDS -RUAF-ND -Sistema de Estadísticas Vitales-ADE preliminares0
10A 2024 reducir en un 8% la tasa de mortalidad infantil, implementando programas y acciones de promoción y prevención (ente los que se encuentra el programa ampliado de
inmunizaciones PAI y la gestión de riesgo
preconcepcional, prenatal y postnatal)
Tasa de mortalidad infantil2018: 806 casosTasa: 9,2 x 1000 nacidos
vivos2019: 773Tasa: 9,1 x 1000 nacido vivos (preliminar)

Estadísticas vitales DANE-
Cuadro de Defunciones por grupo de edad y causa

8,37

11
A 2024 mantener la tasa de mortalidad evitable por enfermedades
crónicas no transmisibles por debajo de 127 por 100,000 personas en edades de 30 a 69 años
Tasa de mortalidad por enfermedades crónicas no
transmisibles

Tasa 129,48 muertes por condiciones crónicas por 100,000 personas de 30 a 69 años. Año 2017, fuente RUAF - Estadísticas vitales

Fuente: Estadísticas Vitales (Actualizado a diciembre de 2019) SDS/EEVV.

<127 por 100.000
12A 2024 disminuir en 20% la Razón de Mortalidad MaternaRazón de Mortalidad MaternaEl comportamiento de la mortalidad materna en:2018: razón de 25.2 por 100.000 nacidos vivos (n=22 casos)2019. Razón de 23.6 por 100.000 nacidos vivos (n=20 casos) (DatoPreliminar)Base de datos SDS y aplicativo
Web RUAF_ND
18,88%
13A 2024 reducir en 10% la maternidad y paternidad temprana en mujeres con edades entre 15 y 19 años, fortaleciendo las capacidades sobre
derechos sexuales y reproductivos de
adolescentes, jóvenes y sus familias
Tasa específica de
fecundidad en mujeres de 15 a 19 años.
9.544 nacimientos en mujeres de 15 a 19 años (dato preliminar)DANE 2019Reducción en 10%
14A 2024 cero tolerancia con el embarazo de niñas de 10 a 14 años reduciéndola en un 20%, previniendo el delito de violencia sexual contra las niñas y fortaleciendo capacidades de la familia como cuidadores y protectores de niños, niñas adolescentesTasa específica de
fecundidad en niñas de 10 a 14 años.
207 nacimientos en niñas de 10 a 14 años (dato preliminar)DANE 2019Reducción en 20%
15A 2024 conseguir una cobertura del 95% o más el aseguramiento de la población al SGSSS en el Distrito Capital. (Con base en Censo DANE 2018)Población de Bogotá D.C. asegurada en el Sistema General de Seguridad SGSSS en el DC/Población DC según DANERégimen Contributivo 6.344.968 (Activos 6.244.592 y Suspendidos 100.376); Régimen Subsidiado 1.216.036 y Regímenes Especiales 194.797. Fuente BDUA- MSYPS y Base de Datos SISBEN -DNP. Año 2019Población asegurada al SGSSS en el DC según Liquidación Mensual de Afiliados (LMA).

Año 2019) /Población D.C. según DANE. Censo DANE realizado en 2018.
95%
16Ajustar el actual Modelo de Salud para basarlos en APS incorporando el enfoque poblacional diferencial, de cultura ciudadana, de género, participativo, territorial y resolutivo que incluya ruralidad, y a la población discapacitada, y aporte a modificar los determinantes sociales de la salud en la ciudad y lograr impacto en la morbimortalidad de la población cubierta. La implementación del modelo incluirá coordinaciones por localidad, con su enfoque particular.
Adicionalmente se incluye una estrategia de entrega de medicamentos a domicilio que priorizará a los adultos mayores y personas con enfermedades crónicas que tengan dificultad para su desplazamiento y personas con discapacidad
Indicadores de morbilidad evitable por localidad Indicadores de mortalidad evitable por localidad Indicadores de
coordinación por localidad creadas
Indicadores de morbilidad evitable por localidad
Indicadores de moralidad evitable por localidad
Cero coordinación por localidad creadas
EEVV
RUAF
SIVIGILA
Mejoría de indicadores de morbilidad evitable de la población atendida, por localidad Mejoría de Indicadores de mortalidad evitable por localidad
20
Coordinaciones creadas, una por localidad
17A 2024 logra el 95% de intercambio reciproco de la información de los procesos
(administrativos- asistenciales) en la historia clínica de las 4 subredes de servicios de salud y el 50% de intercambio reciproco de la información de los procesos (administrativos asistenciales) en los sistemas de información de historias clínicas en las IPS privadas que concentran el 80% de la oferta de los servicios de salud de alta complejidad que se encuentran incluidos en el plan de beneficios en salud, interoperen con la HCEU según lo establecido en la Ley 2015 de 2020.
Intercambio reciproco
Procesos asistenciales y administrativos de historia clínica en las 4 subredes del Distrito.
Avance de intercambios recíprocos procesos de historia clínica en la red privada
21% línea base corresponde a HIS actualizados y disponibles en las 4 redes de servicios de salud y a la infraestructura TIC de las 4 subredes dotada y operativa. 0% de avanceSDS, 2020Llegar al 95% de interoperabilidad de la HCEU, lo que corresponde a un aumento del 79% en la red pública.
Llegar al 50% de interoperabilidad de la HCEU con las IPS privadas que concentran el 80% de la oferta de los servicios de salud de alta complejidad que se encuentran
incluidos en el plan de beneficios en salud,
interoperen con la HCEU según lo establecido en la Ley 2015 de 2020
18100% de los colegios
oficiales con oferta de
transición
Porcentaje de colegios oficiales que ofrecen grado transición98,70%Directorio único de colegios SED, 2019100%
1990% de los colegios oficiales con oferta de jardínPorcentaje de colegios oficiales que ofrecen grado jardín77,50%Directorio único de colegios SED, 201990%
2010% de los colegios oficiales con oferta de prejardínPorcentaje de colegios oficiales que ofrecen grado prejardín1,30%Directorio único de colegios SED, 2019
10%
2198% de asistencia escolarTasa de Asistencia escolar94.5%(Encuesta GEIH), 201998%
22Colegios oficiales
clasificados en categorías (A y A+) en las pruebas SABER 11 ICFES
Número de colegios oficiales clasificados en categorías (A+, A) en las pruebas SABER 11 ICFES68ICFES. Cálculos SED-Dirección de Evaluación. 2019
100
23Reducir el gasto en transporte público de los hogares de mayor
vulnerabilidad económica, con enfoque poblacional, diferencial y de género, para que represente el 15% de sus ingresos
Porcentaje de gasto en transporte público de hogares estratos 1 y 2Estrato 1 26% Estrato 2 24%Encuesta de Movilidad 2019Peso de gasto en transporte sobre el ingreso de estratos 1 y 2 será del 15%
24Promover la
participación, la
transformación cultural, deportiva, recreativa,
patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro
Aumentar el porcentaje de la población que realiza prácticas culturales9,5Encuesta de Consumo Cultural - Dane 201710,5
25Promover la
participación, la
transformación cultural, deportiva, recreativa,
patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro
Aumentar el porcentaje de la población que realiza al menos una práctica vinculada con el
patrimonio cultural
inmaterial
43,7Encuesta Bienal de Culturas - SCRD 201944
26Promover la
participación, la
transformación cultural, deportiva, recreativa,
patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro
Aumentar el porcentaje de personas que han asistido durante los últimos 12 meses a presentaciones de la OFB13,7Encuesta Bienal de Culturas - SCRD 201914,50%
27Promover la
participación, la
transformación cultural, deportiva, recreativa,
patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro
Aumentar el promedio de libros leídos al año por persona2,7Encuesta de Consumo Cultural - Dane 20173


28
Promover la
participación, la
transformación cultural, deportiva, recreativa,
patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro
Porcentaje de personas que realizan actividad física (población de 15 años y más)47,67Encuesta Multipropósito 2017
48


Propósito 2: Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática

NoMetas TrazadorasIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
29Reducir en el 10% como promedio ponderado
ciudad, la concentración de material particulado PM10 y PM2.5, mediante la implementación del Plan de Gestión Integral de Calidad de Aire
Porcentaje de reducción en la concentración promedio ponderado de material particulado
PM10 y PM2.5 en la ciudad
Promedios anuales año 2019
PM10 promedio
ponderado ciudad:
38,3 pg/m3 PM2.5 promedio
ponderado ciudad: 19,7 pg/m3
SDA, 201910% de
reducción en la concentración promedio ponderado de material particulado PM10 y PM2.5 en la ciudad PM10 promedio ponderado ciudad: 33,9 Rg/m3
PM2.5 promedio ponderado ciudad: 17,4 Rg/m3
30Plantar 802.000
individuos vegetales en área urbana y rural
N° de individuos vegetales plantados en área urbana y rural464.522JBB;2019802.000
individuos vegetales plantados en área urbana y rural
31En cumplimiento de la sentencia de los cerros orientales y el Decreto 4485 de 2015 poner en marcha de forma
participativa senderos y zonas de uso público convocación ecológica en la franja de adecuación de los cerros orientales
Numero de km en senderos en operación/ Numero de zonas de uso público con vocación ecológica50 km de senderos existentes parque del agua (0,39ha) diseño de tres parques (Zuque, parque Nacional y Arboleda Santa Teresita)SDP 2020Asegurar que los 50km de senderos estén en operación y habilitar 10 km nuevos de senderos y tres zonas de uso público, con vocación de aprovechamiento
32Implementación del Plan de Manejo Ambiental Reserva Thomas Van der Hammen en el marco de competencia de la Secretaría Distrital de AmbienteHectáreas en procesos de restauración, procesos de adquisición predial,
acuerdos de conservación e implementación de herramientas de paisaje
0 hectáreas producto de la gestión distritalSEGPLAN, 2020134 hectáreas en procesos de restauración, procesos de adquisición
predial, acuerdos de conservación
e implementación de herramientas de paisaje
33Disminuir el porcentaje de personas con servicios
inadecuados
Porcentaje de personas con servicios inadecuados0,10%Censo DANE 20180,04%
34Lograr un 10% de aprovechamiento de
residuos sólidos
Total toneladas
aprovechadas / Total toneladas relleno
2,70%UAESP10%
35Disminuir el déficit
habitacional cualitativo y cuantitativo de Bogotá en el área urbana
Déficit habitacional13,99%Censo DANE 201811,49%
36Disminuir el déficit
habitacional cualitativo y cuantitativo de Bogotá en el área rural
Déficit habitacional52,16%Censo DANE 201848,00%
37Ejercer el manejo técnico del relleno Doña Juana y pasar a un sistema de separación en la fuente, reciclaje, transformación y reutilización de residuos que disminuya el número de toneladas anuales de residuos sólidos por persona, dispuestos en el relleno sanitario Doña JuanaResiduos Sólidos
dispuestos en rellenos sanitarios (kgs año - per cápita)
334 kgs per cápita
UAESP

324 kgs per cápita
38Restauración
preservación y
mantenimiento del
ambiente natural
# de hectáreas con estrategia de conservación o adquisición
implementadas
N/DSDA100 Hectáreas


Propósito 3: Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación

NoMetas TrazadorasIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024

39
Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Tasa de homicidios por cada 100.000 habitantes13,9 por 100.000 habitantesHomicidios fuente SIEDCO (Corte 14/05/2020) - Censo 2018Reducir la tasa de homicidio a 9,9 por cada 100.000 habitantes


NoMetas TrazadorasIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
40Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Tasa de hurto a personas por 100.000 habitantes1.690 por 100.000
habitantes
Hurto a personas fuente
SIEDCO (Información consultada 14/05/20) - Censo 2018
Disminuir 10% la tasa de hurto a personas (1.521)
41Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Número de denuncias por hurtos a personas en TransMilenio22.883 denunciasHurto a personas en TM fuente SIEDCO (Información consultada 14/05/20)Disminuir 7% el número de casos de hurto a personas en Transmilenio
42Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Número de denuncias por hurtos a personas en SITP1.677 denunciasHurto a personas en SITP fuente SIEDCO (Información consultada 14/05/20)Disminuir 7% el número de casos de hurto a personas en SITP
43Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Número de denuncias por hurtos a celulares61.354 denunciasHurto a celulares fuente
SIEDCO (Información consultada 14/05/20)
Disminuir 7% el número de casos de hurto a celulares
44Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Número de denuncias por hurtos de bicicletas8130Hurto de bicicletas fuente
SIEDCO (Corte 05/04/2020)
Disminuir 8% los casos de hurto a bicicletas
45Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Número de registros por presunto delito sexual4.384Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias
Forenses-(INMLCF) 2019
Disminuir en un 10% los casos de presunto delito
sexual. (3,946)
NoMetas TrazadorasIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
46Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte públicoNúmero de atenciones en Casas de Justicia por conflictos de pareja4.558 atencionesSistema de Información de
Casas de Justicia (SICAS)-2019
Aumentar en
10% el número de atenciones
47Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Número de atenciones en Casas de Justicia por Violencia Intrafamiliar en menores de 18 años351Sistema de Información de
Casas de Justicia (SICAS)-2019
Aumentar en
20% el número de atenciones
48Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Número de atenciones en Casas de Justicia a mujeres por Violencia Intrafamiliar13.131 atencionesSistema de Información de
Casas de Justicia (SICAS)-2019
Aumentar el 10% de atenciones
49Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Número de atenciones en Casas de Justicia por Amenaza o Violencia contra Mujeres2.859 atencionesSistema de Información de
Casas de Justicia (SICAS)-2019
Aumentar el 10% el número de atenciones
50Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Número de atenciones en Casas de Justicia para adulto mayor de 60 años por Violencia Intrafamiliar2.679Sistema de Información de
Casas de Justicia (SICAS)-2019
Aumentar el 10% el número de atenciones
51Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Número de denuncias por delitos informáticos5.308 denunciasDIJIN-Policía Nacional de Colombia. Datos abiertos.Disminuir un 8% los casos de delitos informáticos
52Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte
público
Porcentaje de personas víctimas de algún delito que hicieron la denuncia respectiva.44%(Encuesta CCB II Semestre)
2019
Aumentar en 11 puntos las personas que
denunciaron el delito del que fueron víctima
(55%)
NoMetas TrazadorasIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
53Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Porcentaje de personas que consideran que la probabilidad que un delito sea sancionado en Bogotá es baja70%Encuesta de percepción ciudadana Bogotá como
vamos - 2019
Disminuir en 6 puntos
porcentuales las personas que consideran que la probabilidad de que un delito sea sancionado en Bogotá es baja (64%)
54Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Porcentaje de personas que consideran que la inseguridad en la ciudad ha aumentado58%(Encuesta CCB II Semestre)
2019
Disminuir en 5 puntos las personas que consideran que la inseguridad en la ciudad ha aumentado (53%)
55Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Porcentaje de personas que consideran que el barrio en el que habitan es seguro.41%(Encuesta CCB II Semestre)
2019
Aumentar en 5 puntos las personas que consideran que el
barrio en el que habitan es seguro (46%)
56Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Porcentaje de mujeres que consideran que la inseguridad en la ciudad ha aumentado.63%(Encuesta CCB II Semestre)
2019
Reducir en 5 puntos el porcentaje de las
mujeres que consideran que la inseguridad en la ciudad ha aumentado (58%)
57Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Porcentaje de personas que consideran que el sistema Transmilenio es inseguro o muy Inseguro81%(Encuesta CCB II Semestre)
2019
Reducir en 10 puntos el porcentaje de personas que consideran que el sistema
Transmilenio es inseguro o muy Inseguro (71%)
58Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Localidades con tasa de homicidios por cada 100.000 habitantes
inferior a 20
15 localidades con tasa de homicidios por cien mil habitantesHomicidios fuente INMLCF
(información consultada 14/05/2020) Población censo 2018
17 localidades con tasa de homicidios por cien mil habitantes inferior a 20
NoMetas TrazadorasIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
59Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos
violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, a niños, niñas, jóvenes, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público
Usuarios atendidos en el sistema de justicia local163.313 atenciones en los CRI de las Casas de JusticiaSistema de Información de Casas de Justicia - SICAS, 2019
Incrementar en 20% los usuarios atendidos en los Centros de Recepción de Información CRI de Casas de Justicia (195,976)
60Disminuir la ilegalidad y la conflictividad en el uso y ordenamiento del espacio público, privado y en el medio ambiente rural y urbanoViolencia interpersonal26,125 registros(INMLCF), 2019
Disminuir en un 15% los casos de violencia interpersonal
(22.206)
61Reducir el porcentaje de aceptación social a las violencias contra las mujeresReducir el porcentaje de aceptación social a las violencias contra las mujeres55%Encuesta bienal de cultura ciudadana 201750%

Propósito 4: Hacer de Bogotá región un modelo de movilidad multimodal,
incluyente y sostenible

NoMetas TrazadorasIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
62Aumentar en 20% la oferta de transporte público del SITPIndicador buses/sillas del SITP8.618 buses equivalentes a 834.771 sillasTransmilenio, 2019Aumentar en 20% la oferta
63A 2024 Reducir en 20% el número de víctimas fatales por siniestros viales para cada uno de los actores de la víaNúmero de víctimas fatales por siniestros viales para cada uno de los actores de la vía2019: Peatones (236), Ciclistas (71), Motociclistas (conductor y acompañante; 169), Conductores (10), Pasajeros (19) Total 505SIGAT, SDM, 2019Peatones (189), Ciclistas (57), Motociclistas (conductor y acompañante;135),
Conductores (8),
Pasajeros (15) Total 404
64Implementar 5000 cupos de cicloparqueaderosNúmero de cupos de
cicloparqueaderos
implementados
.059
Transmilenio, 2019
11.059
65Disminuir en un 10% el tiempo promedio en minutos, de acceso al Transporte PúblicoMinutos reducidos en el acceso al Transporte PúblicoLínea base: 23,57 minutos Hombres: 24,23minutos Mujeres: 22,68 minutosEncuesta de Movilidad 2019Total: 21,21 minutos Hombres: 21,81 minutos Mujeres: 20,41 minutos
66
Construir 280 km de cicloinfraestructura de la ciudad

km. de ciclorruta
intervenida (construidos y mantenidos)

550 km.

Inventario de ciclorrutas del IDU2019

830 km
construidos
67
Mantener el tiempo promedio de viaje en los 14 corredores principales de la ciudad para todos los usuarios de la vía

Tiempo promedio de viaje en los 14 corredores principales de la ciudad

50 min.

Monitoreo SDM 2019

50 min.
68Iniciar la construcción de
1 cable aéreo
Cables con inicio de construcción
1

2019

2
6Gestionar el 100% de la inserción urbana del Regiotram de Occidente, diseñar una estrategia de apoyo a la estructuración del Regiotram del Norte a la estructuración del Regiotram del sur.Porcentaje de avance en la gestión para la inserción urbana del Regiotram de Occidente, diseñar una estrategia de apoyo a la estructuración del Regiotram del Norte y estructuración del Regiotram del sur0IDU, 2019100

Propósito 5: Construir Bogotá-región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente

NoMetas TrazadorasIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
70Aumentar la posición de Bogotá como territorio inteligente -Smart City-: (incluye: Economía 4.0, Educación para la 4ta Revolución Industrial, agendas de transformación digital sectorial y la Agencia de Analítica de Datos del Distrito)Índice de innovación pública de Bogotá36,7 de 100
puntos
Veeduría Distrital, 201741,7 de 100 puntos
71Elevar el nivel de efectividad de la gestión pública distrital y localÍndice de desempeño institucional - FURAG70,4Función Pública, 201880
72Elevar el Índice de Medición de Desempeño
Municipal
Índice de Desempeño Municipal69,56DNP 201780%
73Lograr el recaudo
oportuno y la gestión antievasión para la ciudad en 50.4 billones de pesos constantes de 2020
Recaudo tributario por cumplimiento. Mide el periodo completo de 5 años entre los años 2020 y 2024.$37.7 billones
2016-2019
Precios
constantes 2020
Dirección de Impuestos de Bogotá
LB 2016-2019, elaborada en Abril de 2020
50.4 billones de pesos constantes de 2020
74Implementar una
estrategia progresiva de teletrabajo en el 100% de las entidades públicas del Distrito con enfoque de género, privilegiando a las mujeres cabeza de hogar
Porcentaje de
implementación de
política de teletrabajo
0Secretaria General100%
75Duplicar la meta de la política pública de talento humano (aprobada en diciembre de 2019) sobre el número de funcionarios públicos del distrito que se acoge a la modalidad de teletrabajoFuncionarios en
modalidad de teletrabajo
N/DSecretaria General5.400 funcionarios en modalidad de teletrabajo
76Implementar una
estrategia de horarios escalonados en las
entidades del distrito cuya naturaleza funcional lo permita para contribuir a la modalidad de la cuidad y a la ampliación de los horarios de atención en
las entidades del distrito
Porcentaje de
implementación de
estrategia de horarios escalonados
0Secretaria GeneralEstrategia de horarios
escalonados para funcionarios del distrito 100% implementada

ARTÍCULO 13. PROGRAMAS ESTRATÉGICOS. <Artículo derogado por el artículo  30 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> En el marco del presente Plan Distrital de Desarrollo se considera fundamental la ejecución de los siguientes programas estratégicos:

Programas Estratégicos Propósito 1: Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política

NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y
adolescentes
1Crear y poner en marcha la Misión de educadores y
sabiduría ciudadana para la formulación de la visión de la política pública en educación, en
sintonía con los ODS-2030 y Bogotá 2038
Porcentaje (%) de avance en la
creación de la Misión de
educadores y
sabiduría ciudadana.
0%No aplica100%
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y
adolescentes
2100% de colegios públicos con
bienestar estudiantil de calidad y con alimentación escolar, aumentando progresivamente la comida caliente en los colegios con jornada única
Colegios públicos con bienestar
estudiantil de
calidad y con alimentación
escolar
100% de los colegios púbicos reciben
alimentación
escolar
SED, 2020100% de los colegios púbicos reciben
alimentación
escolar.
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y
adolescentes
3Beneficiar a 15.000 mujeres gestantes, lactantes y niños menores de 2 años con servicios
nutricionales, con énfasis en los mil días de
oportunidades para la vida
Número de
mujeres gestantes o lactantes o niños menores de 2 años con servicios nutricionales
11.538 mujeres gestantes, niñas y niños menores de dos años en el servicio Creciendo en Familia.SDIS,SEGPLAN 201915.000
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y
adolescentes
4Implementar en el 100% de colegios públicos distritales la política de
educación inclusiva con enfoque
diferencial para
estudiantes con
especial protección constitucional como la población víctima del conflicto,
migrante y la
población con
discapacidad; así
como, para
estudiantes en aulas hospitalarias, domiciliarias y aulas refugio, entre otros.
% de colegios públicos
distritales que
implementan la política de
educación inclusiva, con
enfoque diferencial
90% colegios públicos distritales con por lo menos tres acciones de la política de educación inclusivaSED, 2020100% de colegios públicos distritales
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicandicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes
5
Atender al 25% de los estudiantes de colegios públicos bajo la modalidad de jornada única.% de estudiantes en jornada única17,65%
estudiantes
matriculados en jornada única
SED, 202025% de
estudiantes en jornada única
1Oportunidades de educación, salud y cultura
para mujeres,
jóvenes, niños, niñas y
adolescentes

6
Atender al 25% de los estudiantes de colegios públicos en jornada completa con tres días semanales de
actividad.
Atender
adicionalmente al 12,15% de los estudiantes de colegios públicos con actividades
complementarias para el buen uso del tiempo para su formación integral, mínimo un día a la semana.
% de estudiantes en jornada
completa
3.5%
estudiantes matriculados en jornada
completa a 3 días a la semana
SED, 202025% en jornada completa a 3 días gradualmente
1Oportunidades de educación, salud y cultura
para mujeres,
jóvenes, niños, niñas y
adolescentes
7Ofrecer a través de las IES, 20 mil cupos nuevos de
educación superior mediante un nuevo modelo inclusivo y flexible que brinde alternativas de
acceso,
permanencia y
pertinencia a
programas de
educación superior o educación
postmedia, promoviendo el
trabajo colaborativo y en red de las IES
Número de
estudiantes
beneficiados
0Informes de gestión Proyectos SED - Dic- 31-2019.20.000 cupos nuevos en
educación
superior
1Oportunidades de educación, salud y cultura
para mujeres,
jóvenes, niños, niñas y adolescentes
8Reducir la brecha de calidad educativa entre colegios
públicos y privados, a través de la transformación rricular y pedagógica de 100% de colegios públicos, el sistema multidimensional de evaluación y el desarrollo de competencias del siglo XXI, que incluye el aprendizaje autónomo y la virtualidad como un elemento de innovación.
Número de
colegios públicos distritales clasificados en A y A+
68 los colegios públicos clasificados en A y A+ en la prueba Saber 11 (68 IED)SED, 2020100 de colegios públicos
distritales
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes9Reconocer y apoyar la labor de 7.000 docentes y directivos docentes a través de programas de formación, de la generación de escenarios que permitan su vinculación aredes, colectivos, semilleros escolares, grupos de investigación e innovación, creando una estrategia que promueva capacidades de investigación y desarrollo, además del reconocimiento social a su labor, distribuidos así: 5.000 maestros, maestras y directivos docentes en estrategias de formación posgradual, especialmente en maestrías y 2.000 en estrategias de reconocimiento, formación permanente, innovación e investigación.Número de maestras, maestros y directivos docentes apoyados en estrategias para la formación, el fortalecimiento de redes, semilleros, grupos de investigación, la innovación educativa y, el reconocimiento a su labor.4.170 maestras, maestros y directivos  docentes apoyadosSED, 20207.000 maestras, maestros y directivos docentes
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentesPromover la generación de empleo para al menos 200.000 personas, con enfoque de género, territorial,
diferencial: mujeres cabeza de hogar, jóvenes
especialmente en primer empleo, jóvenes NINI en los que se incluyen jóvenes en acción, personas con discapacidad,
víctimas del conflicto, grupo étnico y/o teniendo en cuenta acciones afirmativas
Mujeres vinculadas con énfasis en sectores afectados por la
emergencia
Jóvenes
vinculados, con focalización en
NINIS y énfasis en sectores de
oportunidad afectados por la emergencia Persona
colocadas, con
énfasis en
sectores de
oportunidad y en
empleos verdes
3874
3197
970
Agencia Pública de Empleo, SDDE, abril 202070000
50000
80000
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes11Diseñar y
acompañar la
estrategia de
emprendimiento y empleabilidad para la autonomía
económica de las mujeres
Porcentaje (%) de avance en el diseño y
acompañamiento de la estrategia de emprendimiento y empleabilidad para la autonomía económica de las mujeres
NDSDM, SDDE100%
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes
12
A 2024 Cumplir con
el avance del Plan de
Fortalecimiento de la infraestructura y dotación del sector salud.
Contribuyendo al cierre de brechas de
inequidad territorial con el sur y suroccidente de la cuidad mediante la ampliación de
servicios de salud en las localidades con menos servicios, ya sea por creación de nueva
infraestructura como con el
fortalecimiento de los servicios
actuales. Esto en defensa del derecho a la salud y en virtud de sus elementos esenciales tales
como accesibilidad equidad y
progresividad.
biocontención). LB. 1% (Meta: 80%)
1. Porcentaje de
avance en
construcción y dotación de tres (3) instalaciones hospitalarias.
2. Porcentaje de
avance en
construcción y
dotación de
Centros de
Atención
Prioritaria en
Salud (16
terminados, 1 en obra y 3 en estudios y
diseños)
3. Porcentaje de
avance en
estructuración de tres (3)
instalaciones hospitalarias.
4. Porcentaje de avance en obras y dotación
complementarias para la
infraestructura en de
biocontención)
4.3 %
1%
0%
1
SDS, 202075%
100%
100%
80%
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégica
Indicador

Línea Base

Fuente y año

Meta 2024
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes13A 2024 logra el 95%de intercambio
reciproco de la información de los procesos
(administrativos-
asistenciales) en la historia clínica de las 4 subredes de servicios de salud y el 50% de intercambio
reciproco de la información de los procesos
(administrativos asistenciales) en los sistemas de
información de historias clínicas en las IPS privadas que
concentran el 80% de la oferta de los servicios de salud de alta complejidad que se encuentran incluidos en el plan de beneficios en salud, interoperen con la HCEU según lo establecido en la Ley 2015 de 2020
Intercambio
reciproco
Procesos
asistenciales y
administrativos de historia clínica en las 4 subredes del Distrito.
Avance de
intercambios recíprocos procesos de
historia clínica en la red privada
21% línea base corresponde a HIS actualizados y disponibles en las 4 redes de
servicios de salud y a la
infraestructura TIC de las 4 subredes dotada y operativa.
0% de avance
SDS, 2020Llegar al 95% de interoperabilidad de la HCEU, lo que corresponde a un aumento del 79% en la red pública.
Llegar al 50% de interoperabilidad de la HCEU con las IPS privadas que concentran el 80% de la oferta de los servicios de salud
de alta
complejidad que se encuentran
incluidos en el plan de beneficios en salud, interoperen con la HCEU según lo establecido en la Ley 2015 de 2020
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes14A 2024 disminuir a 17% la proporción de niñas y niños menores de 5 años con estado
nutricional adecuado según el indicador peso para
la talla
Niñas y niños menores de 5 años con estado
nutricional adecuado, según el indicador peso para la talla
18,9% A 2019 Fuente SISVANSDS17%
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes15En el marco de la ruta integral de atención para la
promoción y
mantenimiento de
la salud,
implementar con el 100% de las EAPB una estrategia para
la promoción y prescripción de
actividad física con énfasis en personas con riesgo
cardiovascular alto y medio
EAPB con
implementación de la estrategia para la promoción y prescripción de actividad física
con énfasis en personas con
riesgo
cardiovascular alto y medio
0%SDS1
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes16A 2024 diseñar e implementar un
abordaje para la atención en salud para población
migrante irregular, de conformidad con el modelo de
atención en salud
Estrategia
implementada
0%SDS1
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes17A 2024 mantener la
atención al llamado y la gestión del 100% de los incidentes de la línea de
emergencias 123 u otras vías de acceso del Sistema NUSE direccionados a
Salud, en
cumplimiento del Sistema de
Emergencias
Médicas (SEM), modernizando el CRUE de la Secretaria de Salud, para responder con oportunidad y calidad.
Proporción de
incidentes en
salud gestionados en el marco del Sistema de
Emergencias Médicas-SEM
100% de incidentes gestionados.Plataforma Tecnológica PROCAD/ PREMIER
ONE, Instrumento de Consulta Crystal Reportes, Herramienta de extracción Plantilla 72. Llamadas y
Plantillas 72 tiempos, Sistema de Información CRUE. Y Modulo de traslados.
- DCRUE SDS.
A 2024 mantener
la atención al llamado y la gestión del 100% de los incidentes de la línea de emergencias 123 u otras vías de acceso del Sistema NUSE direccionados a Salud, en cumplimiento del Sistema de
Médicas (SEM).
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024

1
Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes
18
Subir 9,45 puntos porcentuales los NNAJ que se
vinculan al modelo
Pedagógico y son identificados por el IDIPRON como población
vulnerable por las dinámicas del Fenómeno de Habitabilidad en Calle.
Puntos
porcentuales de NNAJ vinculados al modelo
pedagógico del
IDIPRON
70,3% de NNAJ vinculados al modelo pedagógico correspondientes a 30.718 NNAJ que se vincularon al modelo pedagógico en el periodo 20162019 de un total de 43.7224
identificados de situación de vida en calle y en riesgo de habitarla
Sistema de Información Misional
IDIPRON,
9.45%
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes19Garantizar en los colegios públicos la implementación de estrategias en educación media a
través de la
orientación socio- ocupacional y el fortalecimiento de sus capacidades y
competencias para que puedan elegir su proyecto de vida para la ciudadanía,
la innovación y el trabajo del siglo XXI.
% de colegios públicos
distritales con oferta de
educación media que implementan estrategias de formación acorde a los retos del siglo XXI,
orientación socio ocupacional y el fortalecimiento de sus
capacidades y competencias para que los estudiantes puedan elegir su proyecto de vida.
289 colegios
públicos distritales desarrollando procesos de fortalecimiento de competencias básicas, técnicas, tecnológicas, sociales y emocionales. 142 colegios públicos distritales desarrollando procesos de orientación con estudiantes, docentes y familias del sector educativo oficial de Bogotá.
SED, 2020100% de colegios públicos distritales con oferta de
educación media (367 IED)
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes20Implementar una estrategia de
oportunidades juveniles, por medio de la entrega de transferencias monetarias condicionadas a
5.900 jóvenes con alto grado de vulnerabilidad
Número de
Jóvenes
beneficiados con Transferencias Monetarias condicionadas
No existe línea baseSDIS, 20205.900
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes21Atender con enfoque diferencial a 71.000 niñas y niños en servicios dirigidos a la primera infancia pertinentes y de calidad en el marco de la atención integral, a través de una oferta flexible que tenga en cuenta las dinámicas socioeconómicas de las familias y cuidadores y, que permita potenciar el desarrollo de las niñas y los niños, así como prevenir situaciones de riesgo para la garantía de sus derechos.Número de niñas y niños atendidos en servicios de educación inicial de la Secretaría Distrital de
Integración Social
54.018
Gestantes, niñas y niños
SDIS, 202071.000
1Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes22Realizar el 100% de las acciones para el fortalecimiento de los estímulos,
apoyos concertados y alianzas
estratégicas para dinamizar la estrategia sectorial dirigida a fomentar los procesos
culturales, artísticos y patrimoniales.
Porcentaje de
acciones para el fortalecimiento de los estímulos, apoyos
concertados y
alianzas estratégicas realizadas
0SEGPLAN100%
2Mejores
ingresos de los hogares y
combatir la
feminización de la pobreza
23Formar al menos 50.000 personas en las nuevas
competencias, bilingüismo y/o
habilidades para el trabajo con especial énfasis en sectores afectados por la emergencia, mujeres y jóvenes, atendiendo un
enfoque de género, diferencial, territorial, de
cultura ciudadana y/o de participación, teniendo en cuenta acciones
afirmativas. Al
menos El 20% deberá ser mujeres y el 10% jóvenes; Lo anterior a través de la formación y educación para el trabajo y el desarrollo humano.
Número de
personas
formadas en las nuevas
competencias y habilidades para el trabajo
0SDDE, 2019
50.000
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
2Mejores
ingresos de los hogares y combatir la
feminización de la pobreza
24Entregar 10.500
soluciones habitacionales, para familias vulnerables con prioridad en hogares con jefatura femenina, personas con discapacidad, víctimas del
conflicto armado, población étnica y adultos mayores.
Número de
soluciones
habitacionales complementarios entregados a familias
vulnerables con enfoques de género, poblacional diferencial y territorial.
0SDHT, 201910.500
2Mejores
ingresos de los hogares y combatir la
feminización de la pobreza

25
Incrementar progresivamente en un 60% el valor de los apoyos
económicos y
ampliar los cupos para personas mayores
contribuyendo a mejorar su calidad de vida e incrementar su
autonomía en el entorno familiar y social
Valor del apoyo económico a las personas mayores$ 125.000SDIS, 2019$ 200.000
2Mejores
ingresos de los hogares y combatir la
feminización de la pobreza
26Financiar con
transferencia del Distrito el beneficio social del mínimo vital a la población de estratos 1 y 2 en Bogotá en 6 m3 por suscriptor por mes, en el servicio de acueducto
Porcentaje (%) de suscriptores en estratos 1 y 2 con subsidio de
mínimo vital
100% (Estrato 1: 138.306
suscriptores; Estrato 2: 627.111
suscriptores)
EAAB, junio 2019100%
2Mejores
ingresos de los hogares y combatir la
feminización de la pobreza
27Reducir el gasto en transporte público de los hogares de mayor
vulnerabilidad económica, con enfoque poblacional diferencial y de género, para que represente el 15% de sus ingresos.
Porcentaje (%) de gasto en
transporte público de hogares
estratos 1 y 2
Estrato 1 26% Estrato 2 24%Encuesta de Movilidad de 2019Peso de gasto en transporte sobre el ingreso de estratos 1 y 2 será del 15%
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
2Mejores
ingresos de los hogares y combatir la
feminización de la pobreza
28Diseñar y coordinar la implementación de una estrategia distrital de Ambientes
Laborales Inclusivos, en los 15 sectores del Distrito y en el sector privado, (formal e informal) para la transformación de imaginarios y representaciones sociales negativas que afectan el ejercicio de los derechos de los sectores LGBTI y la activación de la economía en sectores LGBTI,
especialmente en los más vulnerables.
Estrategia Distrital de cambio cultural para la transformación de imaginarios y representaciones sociales negativas que afectan el ejercicio de los derechos de las personas LGBTI, implementadaUna estrategia Distrital de cambio culturalInforme de implementación de estrategia año 2018- SDP
1
3Sistema Distrital de Cuidado29Formular e
implementar un
proyecto piloto que desarrolle un esquema de
solución
habitacional "Plan Terrazas “
Porcentaje (%) de avance en la implementación del proyecto
piloto "Plan
Terrazas"
0%SDHT, 2019100%
3Sistema Distrital de Cuidado30Incrementar en un 57% la participación
de personas
mayores en
procesos que
fortalezcan su autonomía, el desarrollo de sus capacidades, el cuidado, el
reentrenamiento laboral para la generación de ingresos y la integración a la vida de la ciudad a través de la ampliación, cualificación e innovación en los servicios sociales con enfoque
diferencial acorde a las necesidades de la población.
Porcentaje (%) de Participación de personas mayores en procesos que fortalezcan su
autonomía, desarrollo de sus capacidades y
reentrenamiento laboral.
26000 Personas únicas atendidas en los servicios de centro día, centro noche y centros de protección socialSecretaria Distrital de Integración57% (14. 820
personas nuevas para alcanzar 41.000 en el cuatrienio)
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
3Sistema Distrital de Cuidado31Promover la iniciación de 50 mil VIS en Bogotá de las cuales, como
mínimo el 20% será de interés
prioritario.
Número de
viviendas VIP y VIS iniciadas
promovidas en Bogotá.
36359 VIS CUATRIENIO 2016-2019SDHábitat, 201950.000
3Sistema Distrital de Cuidado32A 2024 ejecutar un programa de salud mental a través de acciones de atención integral
que incluyen la promoción y
prevención, consejería e
intervención con enfoque comunitario.
También el
reforzamiento de 2 centros de salud mental actuales y la creación de un nuevo centro
especializado con tratamiento diferencial de
menores de edad, y la implementación de unidades móviles especializadas. Para la prevención del consumo de
sustancias psicoactivas se
enfocarán acciones de cuidado y
prevención, con
énfasis en el control del consumo de sustancias psicoactivas ilegales. Para la atención de
consumidores problemáticos y
habituales de
sustancias psicoactivas se
usarán estrategias de reducción del daño.
Programa de
salud mental
implementado
Estrategia vincúlate - puntos de intervención integral para el abordaje de personas que se inyectan drogas PID (una unidad móvil, un punto fijo y dos unidades de salud mental)SDS, 2020100% del nuevo programa en salud mental implementado, 3 unidades de salud mental, estrategias de unidades móviles para reducción del daño operando con cobertura distrital
3Sistema Distrital de Cuidado33Implementar en el 100% de los colegios públicos la
estrategia de
Prevención del con enfoque en derechos sexuales y reproductivos, a través de la articulación de la estrategia
SEXPERTO, las escuelas de padres y las redes de práctica de aprendizaje constituidas por padres, madres y cuidadores.
% de colegios públicos
distritales con
acompañamiento para el fortalecimiento de los proyectos de educación
integral en
sexualidad
65% colegios públicos distritales con acompañamiento en 2019 SED; 2020100% de colegios públicos distritales con
acompañamiento
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
3Sistema Distrital de Cuidado34Formular las bases técnicas y coordinar
la implementació
del sistema distrital del cuidado.
Porcentaje (%) de avance en la definición técnica y coordinación
para la
implementación del sistema
distrital de
cuidado
0%No aplica100%
3Sistema Distrital de Cuidado35Formular e
implementar una estrategia
pedagógica para la valoración, la
resignificación, el reconocimiento y la redistribución del trabajo de cuidado no remunerado que realizan las mujeres en Bogotá
Estrategia pedagógica para la valoración, la resignificación, el reconocimiento y la redistribución del trabajo de cuidado no
remunerado implementada
0No Aplica1
3
Sistema Distrital de Cuidado
36A 2024 implementar
y mantener en funcionamiento 20 servicios de
atención integral en salud con enfoque de equidad de género para
mujeres en todas sus diversidades.

Número de
servicios implementados de atención
integral en salud con enfoque de equidad de
género para
mujeres.
0SDS,2019
20 servicios de atención integral en salud con enfoque de equidad de género para mujeres en funcionamiento.

3

Sistema Distrital de Cuidado

37
Implementar y
difundir una (1) política pública para el ejercicio de las libertades
fundamentales de religión, culto y conciencia en la ciudad
Plan de acción de la Política Pública para el ejercicio de las libertades fundamentales de religión, culto y conciencia en la ciudad
implementado para el periodo 2020-2024
4%Plan de Acción PP
55%
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
3Sistema Distrital de Cuidado38Fortalecer la implementación de la Política Pública LGBTI a través de la puesta en marcha de 2 nuevos centros comunitarios LGBTI con enfoque territorial para la prestación de servicios sociales bajo modelos flexibles de atención integral en el marco de la PPLGBTI.Número de
personas
atendidas
mediante la
implementación
de 2 centros
comunitarios
LGBTI, para
fortalecer la
implementación de la política pública.
12.565 personas LGBTI atendidas en 2 centros comunitarios y procesos de referenciación territorialSIRBE a corte del 29 de febrero de 202016.000 personas de los sectores LGBTI sus familias y redes atendidas por 2 centros comunitarios actuales fortalecidos. 2 nuevos centros comunitarios y procesos territoriales
3Sistema Distrital de Cuidado39Incrementar en 30% la atención de las personas con discapacidad en Bogotá, mediante procesos de
articulación intersectorial, con mayor capacidad de
respuesta integral teniendo en cuenta el contexto social, e implementar el registro distrital de cuidadoras y cuidadores de
personas con
discapacidad, garantizando así el cumplimiento del Art 10 del acuerdo distrital 710 de 2018
Porcentaje (%) de personas con
discapacidad en Bogotá atendidas
3275 personas con discapacidad atendidas.SDIS, SEGPLAN 201930%
(982 personas nuevas para alcanzar 4275 en el cuatrienio)
4Reactivación y adaptación económica a través de esquemas de sostenibilidad sostenible40Brindar acceso a mecanismos de
financiación a 3.700 emprendimientos de estilo de vida, de alto impacto,
independientes, MIPYMES
acompañadas en programas de
apropiación y
fortalecimiento de nuevas tecnologías y
empresas medianas en programas de sofisticación e
innovación. Como mínimo, un 20% de la oferta será
destinada a jóvenes.
Emprendimientos de estilos de vida y
MIPYMES con
acceso a
financiamiento
3340NA3700
20% Jóvenes entre 14 y 28 años
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
4Reactivación y adaptación económica a través de esquemas de sostenibilidad sostenible41Formular apuestas territoriales para fortalecer las acciones y políticas de desarrollo económico de sectores
estratégicos para la ciudad
Porcentaje (%) de avance en la formulación de apuestas
territoriales para fortalecer las
acciones y
políticas de
desarrollo económico de sectores
estratégicos para la ciudad
0%SDP, 2020100%
5Reactivación y adaptación económica a través de la innovación y la creatividad en la Bogotá- Región42Impactar al menos 3.500
emprendimientos de alto potencial de crecimiento o alto impacto a través del fortalecimiento del Fondo Cuenta Distrital de Innovación,
Tecnología e Industrias Creativas (FITIC) para financiación,
fomento y/o liquidez; principalmente enfocado a las MIPYMES con el ánimo de promover la transformación digital y la inclusión financiera y la innovación para detonar generación de empleo en industrias de oportunidad en el marco de la reactivación económica. como mínimo un 20% de la oferta será destinada a jóvenes.
No. de empresas de alto potencial de crecimiento (mayores generadores de empleo),
emprendimientos de estilo de vida y PYMES
impactadas
989Sistema Unificado de Información Misional
SUIM -SDDE-
3500
20% para jóvenes
5Reactivación y adaptación económica a través de la innovación y la creatividad en la Bogotá- Región43Diseñar y poner en marcha uno o varios vehículos
financieros para fondear al menos 73.900 unidades de
MIPYIMES,
negocios,
emprendimientos, pequeños
comercios, unidades productivas aglomeradas y/o emprendimientos por subsistencia, formales e informales, que permitan su liquidez y la conservación de los empleos o que ayude a crecer y consolidar sus negocios,
disminuyendo la exposición a la tasa de mortalidad empresarial en el marco de la reactivación
económica de la ciudad. Como mínimo, un 20% de la oferta será destinada a jóvenes.
Número unidades
de micro,
pequeña y
mediana
empresa,
negocios,
pequeños
comercios,
unidades
productivas
aglomeradas, y/o emprendimientos por subsistencia, que permitan su acceso a liquidez y la conservación de los empleos o que ayude a crecer o consolidar sus
negocios
0SDDE, 201973.900
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
5Reactivación y adaptación económica a través de la innovación y la creatividad en la Bogotá- Región44Potenciar al menos 6 plazas distritales de mercado para el
turismo y 8 plazas
distritales de
mercado para
abastecimiento (todas con
reforzamiento
estructural)
Número de plazas distritales de
mercado para el turismo potenciadas Número de plazas distritales de
mercado para
abastecimiento potenciadas
19
19
SDDE, 201925
27
5Reactivación y adaptación económica a través de la innovación y la creatividad en la Bogotá- Región45Desarrollar y/o participar en al menos 60 eventos dando la prioridad a estrategias presenciales y/o virtuales que promuevan el emprendimiento, la reinvención o
generación de modelos de negocio, promueva la
comercialización digital, el desarrollo de soluciones que permitan mitigar el impacto de crisis bajo modelos de monetización en redes y esquemas de innovación, entre otros temas,
contribuyendo a consolidar el ecosistema de emprendimiento e innovación de la ciudad, mediante instrumentos tales como
Emprendetones, Mercadotones y Hackatones,enfocados principalmente en micro, pequeñas y medianas empresas, promoviendo el
emprendimiento
sostenible y
amigable con los animales.
Número de
eventos
desarrollados con prioridad en
prioridad a
estrategias presenciales y/o virtuales
0
NA
60
NoProgramas
Estratégicos

No
Meta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
5Reactivación y adaptación económica a través de la innovación y la creatividad en la Bogotá- Región46Participar en la
estructuración,
financiación y
puesta en marcha de un complejo físico de innovación, ciencia y tecnología, para el fortalecimiento del ecosistema de CTI y emprendimiento de la Bogotá-región,
habilitando el
relacionamiento de sus actores, con el propósito de
apalancar la reactivación económica de la
ciudad, y promover su competitividad a través de la
innovación; así
como también la consolidación del talento necesario para generar
soluciones tecnológicas y
científicas propias de la Cuarta
Revolución
Industrial para el impulso del
desarrollo de la ciudad.
Un complejo físico de innovación,
ciencia y
tecnología, para el fortalecimiento del ecosistema de CTI de la Bogotá- región
0SDDE1

Programas Estratégicos Propósito 2: Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática

NoProgramas
estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
6Restauración, preservación y mantenimiento del ambiente
natural
47Número de
hectáreas con
estrategias conservación
implementadas
NDSDA, SEGPLAN,
2019
22680%
6Restauración, preservación y mantenimiento del ambiente
natural
48Cumplir el 100% de las obras en el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos (PSMV), para el período
comprendido 20202024.
Porcentaje (%) Cumplimiento de las obras del Plan de Saneamiento y Manejo de
Vertimientos (PSMV)
87.5%EAAB, SEGPLAN,
2019
100%
6Restauración, preservación y mantenimiento del ambiente
natural

49
Consolidar en 226 hectáreas las áreas con estrategias
implementadas para la conservación en la reserva Thomas Van Der Hammen,
parque ecológico
distrital de montaña Entre Nubes,
Cuchillas del Gavilán, zona rural de Usme y Ciudad Bolívar, Cerro Seco y otras áreas de interés ambiental
Número de
hectáreas con
estrategias de
conservación implementadas
N/DSDA, 2019226 hectáreas
6Restauración, preservación y mantenimiento del ambiente
natural
50Diseñar e Implementar un programa de incentivos a la conservación ambiental rural (pago por Servicios Ambientales, acuerdos de conservación)Porcentaje (%) de avance de la implementación de un programa incentivos a la conservación ambiental rural0%SDA, 2019100%
6Restauración, preservación y mantenimiento del ambiente
natural
514.220.000 m2 de espacio público de la ciudad intervenidosMetros
cuadrados (m2) de espacio
público de la ciudad
intervenidos
4.818.652m2 de espacio público en mal estadoIDU, 20194.220.000 m2
7Cuidado y mantenimiento del ambiente construido52802.000 individuos vegetales plantados.Número de
individuos vegetales nuevos plantados en área urbana y rural
NDJBB, SDA; 2019802.000
NoProgramas
estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
7Cuidado y mantenimiento del ambiente
construido
53Formular e implementar un modelo de
aprovechamiento de residuos para la ciudad, en la que se incluya
aprovechamiento de residuos orgánicos - Materiales
reciclables. Además, garantizar el fortalecimiento de la población
recicladora; supervisión y seguimiento a la operación de ECAS.
Porcentaje de
avance en la formulación e implementación del modelo de  Aprovechamiento de residuos
Estudio de caracterización de NCUConvenio 443 de
2017
100%
7Cuidado y mantenimiento del ambiente
construido
54Implementar una estrategia de cultura ciudadana para
promover la
separación en la fuente, el reusó, el reciclaje, valoración y aprovechamiento de residuos
ordinarios orgánicos e inorgánicos,
contribuyendo a
mejorar la gestión sostenible de los residuos generados en la ciudad.
Porcentaje (%) de avance en la implementación de la estrategia de cultura
ciudadana para promover la separación en la fuente, el reusó, el reciclaje,
valoración y
aprovechamiento de residuos
ordinarios orgánicos e
inorgánicos.
0%2020100%
7Cuidado y mantenimiento del ambiente
construido
55Construcción de la Estación Elevadora CanoasPorcentaje (%) de avance en la construcción de la estación
elevadora Canoas
13,33%EAAB, SEGPLAN, 31 de diciembre de 2019100%
7Cuidado y mantenimiento del ambiente
construido

56
Adelantar en el marco de la ley 142 de 1994, la construcción, operación y mantenimiento de la planta de
tratamiento de aguas residuales de Canoas para el tratamiento de un caudal medio de 16mts/3.
Las actividades de construcción, operación y mantenimiento podrán desarrollarse de manera conjunta
o separada.
Porcentaje (%) de avance en el proceso de la construcción, mantenimiento y operación de la planta de
tratamiento de aguas residuales de Canoas para el tratamiento de hasta 16m3/s
No disponibleEAAB1
NoProgramas
estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
7Cuidado y mantenimiento del ambiente
construido
57A 2024 Bogotá habrá alcanzado una oferta de agua potable de 21,2 m3/s, resultado de las intervenciones en las Plantas
Wiesner y Tibitoc.
metros cúbicos por segundo de capacidad de
tratamiento.
16,89m3/s a
diciembre de 2019
EAAB21,2m3/s
7Cuidado y mantenimiento del ambiente
construido
58Acciones afirmativas con los recicladores de oficio. La
administración distrital mediante la política de inclusión social del presente plan de desarrollo y de conformidad con las sentencias y laudos de la corte constitucional a
favor de la población de recicladores de oficio, incluirá dicha población en la estructuración y
ejecución de
acciones afirmativas que consoliden el reconocimiento de sus derechos y el mejoramiento de sus condiciones de vida.
Número de
acciones afirmativas realizadas con los recicladores de oficio que
consoliden el
reconocimiento de sus derechos y el mejoramiento de sus
condiciones de
vida
NDND1
8Cuidando todas las formas de vida59Reasentar 2.150
hogares localizados en zonas de alto riesgo no mitigable mediante las
modalidades establecidas en el Decreto 255 de 2013 o la última norma vigente; o los
ordenados mediante sentencias judiciales o actos
administrativos
Número de
Hogares
trasladados
3485 hogares reasentados (2130 en reubicación definitiva y 1355 en relocalización transitoria)CVP, SEGPLAN 2016 a
2019
2150 hogares trasladados desde zonas de alto riesgo no mitigable
8Cuidando todas las formas de vida60Implementar un (1) programa para la atención integral y especializada de la Fauna SilvestrePorcentaje de
avance en la implementación de un programa para la atención integral y
especializada de la Fauna Silvestre
0%2020100%
8Cuidando todas las formas de vida61Desarrollar e implementar un programa de atención integral a la fauna sinantrópica del Distrito Capital incluyendo un piloto para determinar las acciones necesarias para mejorar la situación de los polinizadores de la ciudadPorcentaje (%) de avance en la construcción del documento diagnóstico y la batería de
indicadores y metas
0SDA, 20201
8Cuidando todas las formas de vida62Implementar al
100% un programa de formación,
modernización y
sostenibilidad de la Unidad
Administrativa Especial Cuerpo
Oficial de Bomberos - UAECOB, para la respuesta efectiva en la atención de emergencias y
desastres
Porcentaje de avance en el programa de
modernización y sostenibilidad de la UAECOB para la respuesta
efectiva en la atención de
emergencias y desastres
0%2020100%

Programas Estratégicos Propósito 3: Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación.

NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
9Seguridad, convivencia y justicia63
Atender 800
adolescentes y
jóvenes a través de las diferentes rutas del programa
distrital de Justicia Juvenil Restaurativa
Número de
adolescentes y jóvenes atendidos a través de las diferentes rutas del programa
distrital de Justicia Juvenil
Restaurativa
604Subsecretaría de Acceso de la Justicia corte dic 2019800
9Seguridad, convivencia y justicia64Implementar tres (3) estrategias orientadas al
mejoramiento de las condiciones personales e
interpersonales y al proceso de justicia restaurativa de las personas privadas de la libertad en Bogotá
Número de
estrategias implementadas para el
mejoramiento de las condiciones
personas e
interpersonales y para el proceso de justicia
restaurativa de las personas privadas de la libertad en Bogotá
0Subsecretaria de Acceso a la Justicia, Dirección de Cárcel Distrital3
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y año
Meta 2024
9Seguridad, convivencia y justicia65Promover la vinculación de 2.000 policías nuevos para la prevención y control del servicio policial en la ciudad a través de un plan de promoción e incentivos para su incorporaciónNúmero de
policías nuevos
vinculados para la prevención y control del servicio policial en la ciudad a través de un plan de
promoción e
incentivos para la incorporación
0SDSCJ,20202000
9Seguridad, convivencia y justicia66Diseñar e
Implementar al
100% un (1) plan de fortalecimiento al Centro de Comando, Control,
Comunicaciones y Cómputo (C4), enfocado a la interconectividad las cámaras de
seguridad de la ciudad y el transporte público (Transmilenio) junto con el fortalecimiento de bases de datos con antecedentes
criminales de delincuentes.
Porcentaje (%) de avance en la implementación de un (1) plan de fortalecimiento al Centro de
Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo (C4)
0%SDSCJ,2020100%
9Seguridad, convivencia y justicia67Diseñar e
implementar al
100% el plan de mejoramiento de las Unidades de
Reacción Inmediata -URI existentes y construcción de tres URI nuevas.
Porcentaje de
avance en el diseño e
implementación de un (1) plan de mejoramiento y ampliación de las Unidades de
Reacción
Inmediata URI y en la construcción de
las 3 nuevas URI
0%
5
SDSCJ,2020100%
8
9Seguridad, convivencia y justicia68Descongestionar el 60% de actuaciones de policía que se encuentran pendientes de fallo en primera instanciaNúmero de
actuaciones de policía falladas en primera instancia
1.157.928
actuaciones de policía
pendiente de fallo al 4 de mayo del 2020. Fuente: Dirección para la Gestión Policiva-SDG
SDGobierno, 202060% de
actuaciones de policía falladas al 30 de mayo del 2024
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
9Seguridad, convivencia y justicia69Crear dos (2) nuevas sedes del Programa Distrital de Justicia Juvenil Restaurativa.Número de sedes del Programa
Distrital de Justicia Juvenil
Restaurativa
1SDSCJ,20203
9Seguridad, convivencia y justicia
70
Formular una estrategia para los casos de violencia y abuso policial que permita realizar un diagnóstico y registro de estos casos para la implementación de acciones de atención y prevención de los mismos, y acciones que afiancen el rol pedagógico de la policía y la sujeción a los principios de la política distrital criminal, incluida en presente proyecto de acuerdo priorizando hechos relacionados por traslados, por protección,
traslados para procedimientos, policivos, violencia basada en género y violencia sexual.
Porcentaje (%) de creación e
implementación del esquema
participativo de seguimiento
0%No aplica100%

9
Seguridad, convivencia y justicia71Afectar la infraestructura criminal de 80 bandas criminales al año, dedicadas a actividades delictivas en
Bogotá.
Número de bandas criminales afectadas en su infraestructura criminalNo disponibleNo aplica240

9
Seguridad, convivencia y justicia72Sensibilizar anualmente a mínimo 200
personas que tengan impuestas múltiples medidas correctivas por reiterados comportamientos contrarios a la convivencia y que no hayan pasado por la pena privativa de la liberta
Número de
personas sensibilizadas anualmente que tengan impuestas múltiples medidas correctivas por
reiterados comportamientos contrarios a la convivencia y que no hayan pasado por la pena
privativa de la liberta

No disponible
No aplica200 personas al año
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y año
Meta 2024
9Seguridad, convivencia y justicia
73
Implementar progresivamente el uso de fuentes no convencionales de energía FNCE-
principalmente
energías
fotovoltaica en el sistema de alumbrado publica, como respaldo a las fuentes primarias existentes en la cuidad.
Porcentaje implementación del uso de fuentes de energía no convencionales FNCE-
principalmente
energías
fotovoltaica en el sistema de
alumbrado publica
No disponibleNo aplica100% de la meta programada
10Cambio cultural y diálogo social74Formar a 1000.0
jóvenes en
habilidades de mediación,
tolerancia, empatía,
autocontrol y
manejo de
emociones para prevenir la
vinculación de
jóvenes al delito, violencias y
consumo de
sustancias.
Número de
jóvenes formados en habilidades de mediación, tolerancia, empatía,
autocontrol y
manejo de
emociones para prevenir su
vinculación al
delito, violencias y consumo de spa
6.196SSCJ, 201910.000
10Cambio cultural y diálogo social75Fortalecer 800
grupos de
ciudadanos vinculados a
instancias de
participación para la convivencia y
seguridad.
Número de grupos de ciudadanos
vinculados a
instancias de
participación para la convivencia y seguridad
800SDSCJ,2019800
10Cambio cultural y diálogo social76Aumentar la
confianza
interpersonal 5% y la confianza en las instituciones públicas 3%
Indicador de
confianza
interpersonal
Indicador de
confianza en las
instituciones
públicas
5,43
2,6
Encuesta de Cultura Ciudadana Bogotá. 2018.
5,7
2,68
11Prevención de violencias de género y
reducción de discriminaciones
77Implementar en 7 casas de justicia priorizadas un modelo de atención con ruta integral para mujeres y garantizar la estrategia de justicia de género en 8 casas de justicia adicionales, Centros de Atención Penal Integral para Víctimas - CAPIV y Centros de Atención Integral a Víctimas
de Abuso Sexual -
CAIVAS
Número de casas de justicia con ruta de atención
integral
Número de
mujeres atendidas con perspectiva de género y derechos de las mujeres a través de Casas de Justicia y espacios de atención
integral de la Fiscalía (CAPIV, CAIVAS)
0
25798
SIMISIONAL SDMujer Corte 31.DIC.20197
35000
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
11Prevención de violencias de género y
reducción de discriminaciones
78Generar 70 Entornos
escolares de
confianza y
corresponsabilidad educativa, entendiendo estos entornos como clústers de instituciones educativas que
involucran como mínimo 150 colegios oficiales.
Número de
entornos escolares de confianza y corresponsabilidad educativa consolidados
30 entornos escolares priorizadosInformes de Gestión
SED, 2019
70 entornos escolares confianza y corresponsabilidad educativa que involucran 150 colegios oficiales
11Prevención de violencias de género y
reducción de discriminaciones

79
A 2024 implementar y mantener en
funcionamiento 20 servicios de
atención integral en salud con enfoque de equidad de género para mujeres en todas sus
diversidades.
Número de
servicios
implementados de atención integral en salud con enfoque de
equidad de género para mujeres.
0SDS,201920
11Prevención de violencias de género y
reducción de discriminaciones
80Implementar y
monitorear un
modelo distrital y local para la
prevención, atención, sanción, reparación y
erradicación de las violencias contra las mujeres
Número de
acciones estratégicas realizadas para la prevención, atención y sanción de las violencias contra las mujeres en el marco de los componentes del Sistema Sofía
0SDMujer, 20205
11Prevención de violencias de género y
reducción de discriminaciones
81Implementar una estrategia para
enfrentar y prevenir el acoso contra la mujer dentro del sistema
Transmilenio
Porcentaje (%) de Implementación de la estrategia para enfrentar y prevenir el acoso contra la mujer dentro del sistema Transmilenio0ND
100%
12Paz y victimas82Formular e
implementar una estrategia para la consolidación de
Bogotá - Región, como epicentro de paz y reconciliación, a través de la implementación de los Acuerdos de Paz en el Distrito.
Porcentaje (%) de avance en la implementación de una estrategia para la
consolidación de Bogotá - Región, como epicentro de paz y
reconciliación, a través de la
implementación de los Acuerdos de
Paz en el Distrito.
0%No aplica100%
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
12Paz y victimas83Formular e implementar una estrategia para la apropiación social de la memoria, para la paz y la reconciliación en los territorios ciudad región a través de la pedagogía social y la gestión del conocimiento.Porcentaje (%) de avance en la implementación de la estrategia para la apropiación social de la
memoria, para la paz y la
reconciliación en los territorios
ciudad región a través de la
pedagogía social y la gestión del conocimiento.
0%No aplica100%

Programas Estratégicos Propósito 4: Hacer de Bogotá región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible

No
Programas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y año          Meta 2024  
13Sistema de
movilidad
sostenible
84Aumentar en 20% la oferta de transporte público del SITPbuses/sillas del
SITP
8618 buses equivalentes
a 834771
sillas
Transmilenio, 2019Aumentar en 20% la oferta
13Sistema de
movilidad
sostenible
85Formular e implementar una estrategia integral para mejorar la calidad del transporte público urbano regionalEstrategia implementada para mejorar la calidad del
transporte público urbano regional
0SDM 20191
13Sistema de
movilidad
sostenible
86La red de metro, conformada por el Tramo I de la primera línea del metro de Bogotá y la extensión de la Fase
II hasta Suba y Engativá.
Porcentaje (%) de avance del proceso de contratación
para la expansión de la PLMB-Fase 2 Porcentaje (%) de avance del ciclo de vida del proyecto PLMB - Fase 1
0%
16,57%
EMB, SEGPLAN, 2019100%
60%
13Sistema de
movilidad
sostenible
87Avanzar en el 60% de la construcción del cable aéreo de San Cristóbal y estructuración de otros dos cablesNúmero de cables Aéreos nuevos con iniciación de la construcción Número de cables Aéreos nuevos
estructurados
0IDU, 20191
2
13Sistema de
movilidad
sostenible
88Definir e
implementar un instrumento para la
medición y
seguimiento de la experiencia del usuario y del
prestador del
servicio en el
transporte público individual
Instrumento implementado para la medición y seguimiento de la experiencia del
usuario y del prestador del
servicio de taxis
0SDM 20191


NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
13Sistema de
movilidad
sostenible
89Aumentar en un 50% los viajes en bicicleta a través de la implementación de la política pública de la bicicletaViajes en Bicicleta880367Encuesta de Movilidad 2019Aumentar en un 50% los viajes
13Sistema de movilidad
sostenible
90Implementar 5000 cupos de cicloparqueaderosNúmero de cupos de
cicloparqueaderos
6.059Transmilenio, 201911.059
13Sistema de
movilidad
sostenible
91Gestionar la
implementación de un sistema de bicicletas públicas
Porcentaje de
avance en la implementación de un sistema de bicicletas públicas
0%SDM, 2020100%
14Movilidad
segura
92Reducir en 20% el número de víctimas fatales por siniestros viales para cada uno de los actores de la víaNúmero de
víctimas fatales por siniestros viales para cada uno de los actores de la vía
2019: Peatones (236), Ciclistas
(71),
Motociclistas (conductor y acompañante;
169),
Conductores
(10),
Pasajeros (19) Total 505
SIGAT, SDM, 2019Peatones (189),
Ciclistas (57), Motociclistas (conductor y acompañante;135), Conductores (8), Pasajeros (15) Total 404
14Movilidad
segura
931. Reducir en 20% el número de víctimas fatales por siniestros viales para cada uno de los actores de la vía
2. Reducir en 20% el
número de jóvenes (entre 14 y 28 años) fallecidos por
siniestros viales

Número de
personas y jóvenes fallecidos por
siniestros viales

Peatones 236, ciclistas 71, motociclistas 169,
conductores 10, pasajeros 19. Total 505 que incluye 183 jóvenes

Fuente SIGAT - SDM 2019

Peatones 189, ciclistas 57, motociclistas 135,
conductores 8, pasajeros 15. Total 404 que incluye 146 jóvenes

Programas Estratégicos Propósito 5: Construir región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente Bogotá

NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y año
Meta 2024
15Gestión pública efectiva, abierta y transparente94Definir e
implementar la
estrategia, operación, seguimiento y
evaluación de los presupuestos participativos en los Fondos de Desarrollo Local.
Porcentaje (%) de avance en la
definición e
implementación de la estrategia,
operación, seguimiento y evaluación de los presupuestos participativos en los Fondos de Desarrollo Local.
0%SDP, 2019100%
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
15Gestión pública efectiva, abierta y transparente95Un (1) modelo de Gobierno Abierto diseñado e
implementado bajo los pilares de transparencia, participación y
colaboración e innovación publica
Porcentaje de ejecución en la implementación del modelo de Gobierno Abierto, con
democracia digital, bajo los pilares de transparencia, participación y colaboración.
0%NA100%
15Gestión pública efectiva, abierta
y transparente
96Aumentar en 5 puntos el índice de innovación públicaÍndice de innovación pública de Bogotá36,7 de 100 puntosVeeduría Distrital, 201741.7 de 100 puntos
15Gestión pública
efectiva, abierta y transparente
97Diseñar e
implementar una (1) solución
tecnológica que le permita a la ciudadanía reportar en tiempo real los casos de violencia, trata, maltrato y posible vulneración de derechos de los distintos grupos poblacionales.
Porcentaje (%) de avance en la
implementación de una solución
tecnológica que le permita a la
ciudadanía reportar en tiempo real los casos de violencia, trata, maltrato y posible vulneración de derechos de los distintos grupos
poblacionales.
0%SDIS, 2019100%
16Bogotá ciudad
inteligente
98Realizar la
actualización catastral de los predios del Distrito con enfoque
multipropósito (Urbana-Rural)
Porcentaje (%) de actualización de la información catastral de los predios del Distrito con enfoque
multipropósito (Urbana-Rural)

100%
UAECD, 2019100%
16Bogotá ciudad
inteligente
99Actualizar el 100% de los
componentes del Sistema de
Información para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático - SIRE
Porcentaje (%) de actualización de los componentes del Sistema de
Información para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático -
SIRE
0IDIGER, 2019.100%
16Bogotá ciudad
inteligente
100A 2024 diseñar e implementar la
Estrategia de
Transformación Digital en Salud.
Porcentaje (%) de diseño e
implementación de la Estrategia de Transformación
Digital en Salud.
0Dirección TIC SDS100%
17Integración
regional
101Ajustar el Plan de Ordenamiento Territorial - POT- que contemple el desarrollo sostenible desde lo social, económico y ambiental para una ciudad- región de borde,
subregional, nacional e internacional.
Porcentaje (%) de avance en el ajuste del Plan de Ordenamiento Territorial - POT que contemple el
desarrollo sostenible desde lo social, económico y
ambiental para una ciudad- región de borde, subregional, nacional e
internacional.
0%SDP, 2019100%
NoProgramas
Estratégicos
NoMeta estratégicaIndicadorLínea BaseFuente y añoMeta 2024
17Integración
regional
102Definir e implementar una estrategia que
conduzca a la conformación de la creación,
institucionalización y reglamentación de la Región Metropolitana y a la armonización de iniciativas de impacto regional.
Estrategia para la creación,
institucionalización y reglamentación de la Región
Metropolitana, diseñada e
implementada
3 iniciativas de
integración regional Formuladas - 2020 con
corte a 31 de diciembre de 2019.
Plan de Acción del Plan de desarrollo Bogotá Mejor para Todos. Corte 31 de diciembre de 2019
1
17Integración
regional

103
Viabilizar 100 hectáreas para el desarrollo de proyectos en la ciudad, desde los componentes de la estructura ecológica principal, movilidad, espacio público, revitalización, sistema de
cuidado, vivienda, servicios urbanos, empleo y
productividad, que aporten al desarrollo regional.
Número de
hectáreas netas
urbanizables de suelo  viabilizadas para para el
desarrollo de nuevos proyectos en la ciudad, relacionados con la región desde los componentes de la estructura
ecológica principal, movilidad, espacio público, revitalización, sistema de cuidado, vivienda, servicios urbanos, empleo y productividad.
0
SDP, 2019

800

ARTÍCULO 14. METAS SECTORIALES EN LOS PROGRAMAS GENERALES. <Artículo derogado por el artículo  30 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> En el Plan Distrital de Desarrollo Distrital “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, los logros de ciudad se materializan en 57 programas generales, conformados por una agrupación de metas que responden a su cumplimiento, como se identifican en el Anexo No. 1 que hace parte del presente Plan.

CAPÍTULO IV.

DEFINICIÓN DE PROGRAMAS Y CUMPLIMIENTO DE ODS.

ARTÍCULO 15. DEFINICIÓN DE PROGRAMAS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los Programas del Plan Distrital de Desarrollo se definen a continuación, agrupados según el propósito:

Propósito 1: Hacer un nuevo contrato social para incrementar la inclusión social, productiva y política.

Programa 1. Subsidios y transferencias para la equidad. Garantizar un ingreso mínimo por hogar, que reduzca el peso de los factores que afectan la equidad del ingreso de los hogares. Para ello, el programa tiene previsto fortalecer el esquema de subsidios y contribuciones en forma de transferencias monetarias condicionadas y no condicionadas, bonos canjeables por bienes y servicios, subsidios en especie, entre otros para niños, jóvenes, mujeres jefas de hogar, adultos mayores y familias de Bogotá, a fin de reducir los índices de pobreza monetaria, multidimensional y de feminización de la pobreza, consolidando en el mediano y largo plazo los avances logrados con el Sistema de Bogotá Solidaria en Casa, y fortalecer el modelo de inclusión social y ciudadana que contribuya a la participación y transformación cultural, deportiva, recreativa y artística en la vida cotidiana de los ciudadanos de Bogotá.

Facilitar la adquisición y acceso a la vivienda en sus diferentes modalidades para los hogares con menores ingresos de la población, promoviendo incentivos para la construcción de vivienda de interés social y prioritario en zonas de fácil movilidad para el trabajo y el acceso a los derechos de la ciudad, implementando nuevas alternativas de financiación, adquisición y acceso a la vivienda nueva, usada, mejoramiento, arrendamiento, u otras soluciones habitacionales colectivas, a los cuales le aplicarán los subsidios distritales de vivienda, en articulación con subsidios complementarios con prioridad para hogares con jefatura femenina, personas con discapacidad, víctimas del conflicto armado, población étnica y adultos mayores. Estos instrumentos financieros para la gestión del hábitat contribuirán con la reducción del déficit de vivienda y la generación de empleo por la dinamización del sector de la construcción.

Así mismo, mejorar la focalización para llegar efectivamente a población pobre y vulnerable en la aplicación de los subsidios de los servicios públicos domiciliarios, subsidios funerarios, subsidios de transporte y los recursos para Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

Programa 2. Igualdad de oportunidades y desarrollo de capacidades para las mujeres. Empoderar a las mujeres en el ejercicio de sus derechos, fortalecer las capacidades y habilidades para su exigibilidad y territorializar las acciones para prevenir y atender todo tipo de violencia (física, sexual, psicológica, económica o patrimonial) contra las mujeres con orientación y acompañamiento psicosocial, fortalecer a grupos, redes y organizaciones de mujeres, desarrollando acciones eficaces para la atención, acompañamiento ante instancias administrativas a las sobrevivientes de las violencias y con orientación e información especializada de la ruta de acceso a la justicia. Así mismo, procurará articular la oferta institucional de servicios para las mujeres e implementar acciones afirmativas en el nivel local para el desarrollo de capacidades de emprendimiento y empleabilidad para la autonomía económica de las mujeres y la territorialización de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género.

Programa 3. Movilidad social integral. Busca reducir los índices de pobreza monetaria, multidimensional y de feminización de la pobreza con el fin de garantizar igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política a través de la movilidad social integral. Es decir, atenderá niños, niñas, adolescentes, jóvenes y personas mayores identificados como población vulnerable por las dinámicas del fenómeno de habitabilidad en calle; fortalecerá la prevención y atención de la población habitante de calle y en riesgo de habitar la calle, a través de acciones integrales intersectoriales que promuevan la dignificación de la habitabilidad en calle, respondiendo a las necesidades de la población, desde los enfoques territorial, diferencial y de género; acompañar a hogares pobres y en vulnerabilidad social identificados geográficamente en los barrios con mayor pobreza del distrito; e impulsar la política pública de y para la adultez entre 45 y 60 años que habita en el área urbana y rural de Bogotá, que permita la movilización social y el desarrollo de capacidades, incluyendo los adultos y adultas identificados en pobreza oculta, con el fin de promover y garantizar progresivamente sus derechos.

Programa 4. Prevención de la exclusión por razones étnicas, religiosas, sociales, políticas y de orientación sexual. Garantizar el goce efectivo de los derechos humanos y el ejercicio de las libertades de todas las personas que habitan o transitan Bogotá, previniendo la exclusión por procedencia étnica, religiosa, social, política u orientación sexual, atender la población proveniente de flujos migratorios mixtos, a través de la articulación interinstitucional y ciudadana en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

Programa 5. Promoción de la igualdad, el desarrollo de capacidades y el reconocimiento de las mujeres. Construir una ciudad que garantice los derechos humanos de todas las mujeres, para lo cual se implementarán acciones dirigidas a desarrollar y fortalecer sus capacidades y habilidades, con el fin de lograr el ejercicio real y efectivo de sus derechos. Para esto se incorporará de manera transversal el enfoque de género en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las actuaciones del Distrito. De esta manera, en su conjunto tendrá como prioridad que Bogotá sea un territorio que garantice los derechos de las mujeres, en toda su diversidad, a través del diseño e implementación de acciones afirmativas que permitan el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres en toda su diversidad y la eliminación de todas las formas de discriminación y violencias interseccionales que les afectan a lo largo de todo su curso de vida.

Programa 6. Sistema Distrital de Cuidado. Conjunto de servicios, regulaciones, políticas, y acciones técnicas e institucionales, para reconocer, redistribuir y reducir el trabajo de cuidado, entendiéndolo como una función social necesaria para la vida diaria de las personas y el funcionamiento de la sociedad y enmarcado en los estándares existentes de derechos humanos en materia de cuidado.

El Sistema Distrital de Cuidado concibe el cuidado de, al menos dos tipos: el cuidado indirecto, que hace referencia al trabajo doméstico, incluyendo la preparación de alimentos, la limpieza y mantenimiento del hogar, la limpieza y mantenimiento del vestido, la organización, distribución y supervisión de tareas domésticas, la compra, los pagos o los trámites relacionados con el hogar, y las reparaciones al interior del hogar, entre otras

funciones; y, el cuidado directo, que comprende el cuidado de personas en condición de dependencia, incluyendo el cuidado y la formación de los niños (traslado al colegio y ayuda al desarrollo de tareas escolares), el cuidado de ancianos y enfermos y personas con discapacidad, y el cuidado de los animales domésticos.

Los servicios prestados por el Sistema serán brindados por el Estado, el sector privado y el sector comunitario, bajo un modelo de corresponsabilidad, con el fin de:

a) fortalecer y ampliar la oferta de servicios de cuidado para la atención a la población con mayores niveles de dependencia funcional, incluidos los de la atención para la primera infancia, para la población con discapacidad, para la vejez y los relacionados con apoyos alimentarios.

b) desarrollar una estrategia que valore y resignifique el trabajo de cuidado, implementando procesos de empoderamiento para cuidadoras y cuidadores, a través de servicios de reposo y recreación, y espacios de formación y homologación, incluyendo a las adultas mayores que ejercen el rol de cuidadoras, lideres comunitarias, cuidadoras de animales domésticos, mujeres rurales, indígenas, campesinas, negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y Rrom.

c) implementar una estrategia de cambio cultural y pedagógica en el Distrito, frente a la corresponsabilidad en la realización del trabajo de cuidado en los hogares y comunidades, a fin de redistribuir este trabajo entre hombres y mujeres, propendiendo por el desarrollo de nuevas masculinidades.

Para desarrollar el Sistema Distrital de Cuidado, se creará una Comisión Intersectorial del Sistema, liderada por la Secretaría Distrital de la Mujer como ente articulador y conformada, al menos por: la Secretaría Distrital de la Mujer, la Secretaría Distrital de Planeación, la Secretaría Distrital de Educación, la Secretaría Distrital de Salud, la Secretaría Distrital de Integración Social, la Secretaría Distrital de Cultura, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, la Secretaría Distrital del Hábitat, la Secretaría Distrital de Hacienda y la Secretaría Distrital de Ambiente. Esta Comisión se articulará con las Alcaldías Locales como apoyo para la territorialización del Sistema, y con instituciones del orden nacional. Así mismo, se articularán con el Sistema, la academia, el sector privado y la sociedad civil conformada, entre otras, por el Consejo Consultivo de Mujeres, la Mesa Intersectorial de Economía del Cuidado y organizaciones de cuidadores y cuidadoras.

El Sistema Distrital de Cuidado contará con una estrategia territorial, la cual, por medio de manzanas del cuidado y unidades móviles de servicios del cuidado, atenderá, a través de una oferta intersectorial de servicios, a distintas poblaciones que requieren de servicios de cuidado y que proveen cuidado en condiciones de desigualdad.

Programa 7. Mejora de la gestión de instituciones de salud. Llevar la salud a la residencia, barrio y entorno. Desarrollar de manera efectiva un modelo de salud basado en Atención Primaria en Salud (APS) y en la determinación social y ambiental que da cuenta de los fenómenos sociales a través de los enfoques diferencial, territorial, poblacional y de cultura ciudadana. Permite que equipos multidisciplinarios lleguen a los hogares, diagnostiquen e intervengan determinantes protectores y amenazantes con el concurso de los sectores de la administración distrital. En tal sentido, involucra instituciones, recursos y actores del sector salud, de la seguridad social en salud y de otros sectores.

Programa 8. Prevención y atención de maternidad temprana. La prevención de la maternidad y paternidad en edades tempranas, en niños, niñas y adolescentes, se abordará comprendiéndolo como un problema de salud pública que, en algunos casos puede llegar a poner en riesgo la salud de la madre gestante o a su bebé; así como hacia una transformación cultural de la sexualidad, la cual será abordada a través de estrategias de prevención del embarazo adolescente en colegios, con enfoque en derechos sexuales y reproductivos a través de la articulación con la estrategia SEXPERTO, las escuelas de padres y las redes de práctica y aprendizaje constituidas por padres, madres y cuidadores, en torno al desarrollo de proyectos de vida con responsabilidad y generando mejores oportunidades para esta población.

Programa 9. Prevención y cambios para mejorar la salud de la población. Promover modos, hábitos y estilos de vida que potencien los determinantes protectores y atenúen los determinantes destructores del proceso salud-enfermedad. Se busca detectar oportunamente la enfermedad o fortalecer el proceso de recuperación o rehabilitación del paciente; disminuir la morbilidad por enfermedades transmisibles en control (Tosferina, Varicela, Hepatitis A, parotiditis y meningitis) y controlar la pandemia de Coronavirus COVID-19. Ello contribuirá a la inclusión social y desarrollo integral de familias, comunidades y población en general, al igual que al mejoramiento de espacios personales y entornos territoriales.

Programa 10. Salud para la vida y el bienestar. Reducir la mortalidad materna promocionando la salud materna, perinatal y de aquellas poblaciones que cuentan con condiciones diferenciales o de vulnerabilidad. Se formula bajo criterios de inclusión, respetando cada contexto social y cultural, teniendo en cuenta las necesidades específicas de cada población y apuntando a una atención con acciones promocionales y preventivas más seguras, eficientes y equitativas. De la misma manera la Administración Distrital, a través de la Secretaría Distrital de Salud adelantará acciones de articulación y gestión intersectorial con el gobierno nacional para promover la ruta de atención integral de salud en la lactancia y el cuidado de la mujer gestante.

Programa 11. Salud y bienestar para niñas y niños. Contribuye al desarrollo integral de los niños y niñas de la ciudad en su contexto individual, familiar y comunitario, respetando diversidad, cultura y género con acciones protectoras e incluyentes basado en el enfoque de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, que apuntan a promocionar la salud y prevenir la enfermedad y la mortalidad en el contexto del modelo de atención integral en salud.

Programa 12. Educación inicial: Bases sólidas para la vida. Ampliar la oferta actual de educación inicial en la ciudad, desarrollando, optimizando y mejorando la infraestructura educativa de Bogotá y adelantando una clara coordinación interinstitucional de estrategias para superar el rezago que se tiene frente a la demanda y avanzar en la atención de niñas y niños en los tres niveles educación inicial.

Avanzar en lineamientos pedagógicos que permitan construir unas bases sólidas en la primera infancia para el desarrollo físico, emocional, intelectual, familiar y en valores éticos de las niños y niñas de la ciudad, así como la integración de la jornada académica con los horarios laborales de las familias y cuidadores con estrategias de educación inclusiva que permitan que todos las niñas y niños de la ciudad tengan igualdad de oportunidades que garanticen su formación integral, unido a acciones artísticas que permitan la construcción de puentes entre niñas, niños, sus familias y comunidades y culturales, con artistas formadores, vehículos de conexión entre los diferentes actores sociales.

Programa 13. Educación para todos y todas: acceso y permanencia con equidad y énfasis en educación rural. Cerrar las brechas de acceso y permanencia en la ciudad que se manifiestan especialmente entre territorios (entre UPZ y entre lo urbano y lo rural) y entre poblaciones (personas con discapacidad, población en extraedad, minorías étnicas, etc.) de tal manera que se favorezca la permanencia escolar desde la educación inicial hasta la graduación, con servicios de educación inicial pertinentes y de calidad en el marco de la atención integral, con el fin de potenciar su desarrollo, a través de una oferta flexible que tenga en cuenta las dinámicas socioeconómicas de las familias y cuidadores, hasta la implementación de acciones que reduzcan los factores de riesgo de deserción y repitencia escolar.

Programa 14. Formación integral: más y mejor tiempo en los colegios. Aumentar la calidad de la educación, con la pertinencia de la jornada única y completa, a la vez disminuir brechas de inequidad que existen en el sistema educativo. Así, Bogotá debe avanzar paulatinamente para que su fortalecimiento no redunde en impactos negativos sobre la cobertura, de manera integral y con articulación interinstitucional.

Esto significa, por una parte, que se debe fortalecer y garantizar el desarrollo de estrategias de formación integral relacionadas con áreas socio-ocupacionales, deportivas, artísticas, científicas, tecnológicas y ambientales, entre otras, con enfoque de familias, de derechos y considerando las condiciones excepcionales y de vulnerabilidad de los estudiantes. Por otra parte, se implementarán estrategias pedagógicas innovadoras dirigidas al desarrollo de habilidades y competencias del Siglo XXI para los niños, niñas, adolescentes y jóvenes de la ciudad en el ámbito urbano y rural. Se afianzará el sentido de apropiación social del patrimonio cultural y natural de la ciudad, mediante estrategias pedagógicas desde el aula de clase y el territorio.

Programa 15. Plan Distrital de Lectura, Escritura y Oralidad: "Leer para la vida". Formar y desarrollar capacidades de lectura, escritura y oralidad, que favorezcan la comprensión y conlleven al mejoramiento de los niveles de lectura, la generación de estrategias que permitan garantizar a los habitantes de la ciudad, el acceso en condiciones de igualdad a la lectura, la escritura, el libro y las bibliotecas a través de herramientas tanto presenciales como virtuales para motivar el uso y apropiación de la lectura y la escritura como prácticas que permean todos los ámbitos de la vida. Se trata de evidenciar el sentido transformador de la lectura en la vida cotidiana, construir un vínculo entre la lectura y los habitantes de la ciudad y hacer de cada ciudadano un mediador de lectura.

Programa 16. Transformación pedagógica y mejoramiento de la gestión educativa. Es con los maestros y maestras. Realizar acompañamientos especializados para producir transformaciones pedagógicas hacia el fortalecimiento del currículo, la apropiación pedagógica y las estrategias didácticas de los colegios públicos rurales y urbanos de Bogotá desde preescolar hasta educación media. Fortalecer los ambientes de aprendizaje y los procesos pedagógicos y didácticos de las IED para mejorar las habilidades comunicativas, digitales y científicas de los estudiantes y responder a los cambios sociales, culturales y económicos del Siglo XXI. Focalizar el trabajo basándose en enfoque de desarrollo integral e inclusivo que aborde las diferentes dimensiones del estudiante centradas en el saber (pensamiento crítico, lengua y STEM) y el ser (formación socioemocional, ciudadanía, paz y convivencia, arte y bienestar físico). Mejorar el desarrollo profesional de los maestros y maestras a través de estrategias de formación docente, creación de redes y grupos de investigación y, acciones de reconocimiento social de su labor como docente investigador o creador. Consolidar un Sistema Multidimensional de Evaluación para la calidad educativa, tanto para estudiantes como para docentes, que focalizará las atenciones en el desarrollo de las habilidades de los estudiantes con miras en la calidad y pertinencia académica.

Programa 17. Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI. Reducir el número de jóvenes que ni estudian ni trabajan, impactando especialmente a los jóvenes más pobres y vulnerables del Distrito en un trabajo intersectorial, considerando el fortalecimiento y ampliación de la oferta en educación media que ofrezca oportunidades de exploración, diversificación y orientación socio-ocupacional y habilidades que propendan el fomento del emprendimiento y otras alternativas productivas para los jóvenes, que les permita mejorar su tránsito a la educación superior; así como, una formación para el trabajo que les permita construir trayectorias laborales exitosas. Consolidar una oferta de educación terciaria en Bogotá-región que ofrezca diferentes oportunidades para los jóvenes, a partir de la generación de nuevos cupos en educación superior gratuitos y de calidad, apoyados con el fortalecimiento de la Universidad Distrital, condiciones que contribuyen con colocar laboralmente a los jóvenes con focalización en Ninis. Avanzar en la ampliación de la oferta de educación superior en las localidades del Distrito Capital, habilitando el uso de infraestructuras de Colegios Distritales.

Programa 18. Cierre de brechas para la inclusión productiva urbano rural. Comprendemos las barreras que afectan particularmente a diferentes grupos de población y nos concentramos en ofrecerle a cada uno la formación, educación, trabajo, salud, bienestar, autonomía e ingresos que requieren para poder ejercer sus libertades, maximizar su talento, ser y ejercer su autonomía individual, y potenciar su acción colectiva en comunidad. Sabemos que la igualdad real en nuestra sociedad pasa por asegurar los derechos, igualdad y oportunidades de las mujeres en general, y en particular de las madres cabezas de familia, de los jóvenes en general, y de los barrios populares en particular, de los pueblos afro e indígenas, de los ciudadanos que sobreviven en condiciones de pobreza extrema, discapacidad, discriminación o exclusión. Intervenir zonas de la ciudad para la construcción social del espacio público basada en el respeto, el diálogo y el acatamiento voluntario de las normas, en concordancia con las estrategias de recuperación económica de la ciudad.

Programa 19. Vivienda y entornos dignos en el territorio urbano y rural. Superar la baja calidad en el desarrollo de los asentamientos humanos, que está asociada a un déficit en las condiciones del hábitat de la población. Este déficit se encuentra representado en la existencia de precariedades habitacionales asociadas a la vivienda y la informalidad, un entorno urbano y rural que no cumple con estándares que generen bienestar y permitan el adecuado desarrollo del potencial de sus habitantes. Este programa busca realizar las intervenciones encaminadas a mejorar las problemáticas asociadas a la baja calidad de los asentamientos humanos, reducir las dinámicas asociadas al crecimiento de las ocupaciones informales, fortalecer la calidad del espacio público, reducir la permanencia de inequidades y desequilibrios territoriales, así como generar, entre otras, la ejecución de alternativas que incluyan la vivienda colectiva como solución habitacional.

Programa 20. Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud. Lograr una ciudadanía activa, aumentando la práctica de la actividad física y el deporte, con el fin de contribuir a prevenir enfermedades crónicas no transmisibles y mentales, utilizando el deporte y la recreación para incrementar los comportamientos relacionados con confianza, trabajo en equipo, solidaridad y apropiación del espacio público a través de estrategias de cultura ciudadana e inclusión, donde los parques se constituyan en espacios de convivencia, construcción de tejido social y desarrollo económico. Formar integralmente a niños, niñas, adolescentes y jóvenes escolares de Instituciones Educativas del Distrito a través de la oferta de alternativas de deporte y actividad física, que a su vez permita identificar talentos deportivos que nutran la base deportiva de la ciudad a través de la oferta del IDRD y con las organizaciones deportivas.

Programa 21. Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural. Superar las barreras culturales, económicas, físicas que dificultan la participación de la ciudadanía en la vida cultural de la ciudad, y obstaculizan la transformación cultural de los ciudadanos para reconocer a los otros. A través de procesos y actividades pertinentes y accesibles en las dimensiones de la creación, la formación, la circulación, la investigación y la apropiación lograr que la ciudadanía incorpore las artes a su vida cotidiana, mediante la práctica y el acceso a la oferta cultural.

Reconocer bienes y manifestaciones culturales para que hagan parte de nuestro patrimonio; el programa podrá incluir acciones, entre otras, las orientadas a la promoción de las expresiones culturales y artísticas del joropo en el marco del tradicional festival Colombia al parque; oferta de actividades educativas y culturales que integren el patrimonio cultural material, inmaterial y natural; y el fortalecer iniciativas, proyectos y procesos desarrollados por los agentes culturales y patrimoniales de Bogotá con un enfoque participativo e intercultural, para que la ciudadanía pueda tener acceso a su patrimonio, a la historia de su ciudad, comprendiendo la importancia de respetarlo.

Programa 22. Transformación cultural para la conciencia ambiental y el cuidado de la fauna doméstica. Implementar estrategias de formación ambiental y metodologías de participación y de gestión territorial, que desde las instituciones permitan desarrollar programas de pedagogía y cultura ambiental para generar conocimientos y experiencias en las personas. A través de la participación de cada uno de los actores, con diálogo de saberes del territorio, inclusión social, transformación cultural y la corresponsabilidad de ciudadanos activos, se esperan decisiones incidentes para una ciudadanía consciente de lo ambiental, con hábitos de vida, de alimentación y de consumo para el cuidado colectivo de la naturaleza y de los animales, la conservación de los ecosistemas, la defensa del territorio y el respeto y buen trato a la fauna doméstica y la importancia de una alimentación basada en productos de origen vegetal.

Programa 23. Bogotá rural. El propósito de este programa es visibilizar y apropiar el territorio rural desde su diversidad ambiental, productiva y desde su multiculturalidad campesina como patrimonio de Bogotá - Región.

Pretende lograr una igualdad de oportunidades y la inclusión social y productiva de cada una de las comunidades rurales, las cuales construirán, a partir del marco que ofrece la política pública de ruralidad y en conjunto con la administración distrital, una variedad de procesos y de alternativas de sostenibilidad que impacten positivamente la conservación de nuestras áreas de especial importancia ecológica.

Programa 24. Bogotá región emprendedora e innovadora. Generar un entorno propicio en el desarrollo social, cultural y económico de Bogotá y la región que requiere la implementación de acciones estratégicas que conlleven a la sostenibilidad y productividad de los artistas, emprendimientos, organizaciones y empresas del sector cultural y creativo, con especial atención por la reactivación de este sector en la fase post-pandemia por COVID-19.

Priorizar estrategias virtuales que promuevan la comercialización digital, la creación de nuevos modelos de negocio y el desarrollo de soluciones que permitan mitigar el impacto de crisis bajo modelos de innovación; estrategias para reconocer, crear, fortalecer, consolidar y/o posicionar Distritos Creativos; impactar empresas de alto potencial de crecimiento con mayores generadores de empleo, emprendimientos de estilo de vida y PYMES con programas de aceleración, sofisticación e innovación para detonar la generación de empleo en industrias de oportunidad; e implementar el programa distrital de agricultura urbana y periurbana articulado a los mercados campesinos, para la reactivación económica.

Programa 25. Bogotá región productiva y competitiva. La administración distrital intervendrá en la reactivación social y económica de Bogotá afectada por la pandemia de COVID-19, para lo cual adelantará actividades que permitan preservar el empleo y el tejido empresarial y en particular de la micro, pequeña y mediana empresa. También promoverá aglomeraciones productivas y sectores de alto impacto en Bogotá región y favorecerá las mejores condiciones para una productividad sostenible; abriendo nuevos mercados comerciales para empresas con potencial exportador y atracción de eventos; actualizando para el efecto la política pública de desarrollo económico, ante la nueva situación económica y social de la ciudad, con el objeto de aumentar la productividad de unidades productivas en 6 zonas de aglomeración especializada por medio de sistemas productivos solidarios locales. Se formulará una política de fomento a la industria manufacturera que contenga incentivos para implementar programas de empleabilidad con enfoque diferencia y de género, compras públicas para las mipymes, líneas de financiación blandas para la inversión productiva, subsidios a las exportaciones y programas de inversionistas ángeles.

La administración distrital también brindará mecanismos de financiación a emprendimientos de estilo de vida, PYMES, acompañadas en programas de apropiación y fortalecimiento de nuevas tecnologías y empresas medianas en programas de sofisticación e innovación; poniendo en marcha y fondeando un vehículo financiero de crecimiento, que permita a empresas de alto impacto en etapa de consolidación y/o aceleración, recursos que los ayuden a reinventar, crecer y consolidar sus negocios, disminuyendo su exposición a la tasa de mortalidad empresarial; fortalecer actores del sistema de abastecimiento de alimentos promover el crecimiento Verde; organizar mercados campesinos; potenciar plazas distritales de mercado para el abastecimiento; brindar apoyo e incentivos a los emprendimientos enfocados en la reconversión productiva de la venta de animales vivos en el Distrito; y vincular hogares y/o unidades productivas a procesos productivos y de comercialización en el sector rural.

Programa 26. Bogotá - Región, el mejor destino para visitar. Reconocer los atractivos culturales y naturales a partir del diseño y puesta en marcha de productos turísticos- culturales (gastronómico, religioso, ancestral, música, arte, nocturno, compras, entre otros), de naturaleza (aviturismo, agroturismo, aventura, biciturismo, senderismo, entre otros), de bienestar (medicinas alternativas, terapias corporales, esparcimiento, actividades recreativas en espacios naturales, termalismo, entre otros) y de reuniones (reuniones, incentivos, congresos, ferias, eventos, entre otros) de alto impacto, teniendo como base la interacción entre propios y visitantes con escenarios urbanos y rurales característicos del Distrito Capital. Se apuesta a la formulación de la Política Pública Distrital de Turismo que revitalice el sector, oriente el modelo de desarrollo turístico sostenible; propone la construcción e intervención de infraestructura turística, la implementación de un plan de promoción y mercadeo para el posicionamiento de la ciudad y la ejecución de acciones estratégicas que hacen de Bogotá un destino atractivo a nivel nacional e internacional, que impacta positivamente el desarrollo económico de la ciudad.

Propósito 2: Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática.

Programa 27. Cambio cultural para la gestión de la crisis climática. Se tiene como fin el auto reconocimiento de Bogotá frente a la dinámica de la crisis climática, su relación con el ambiente y los factores socioculturales de los habitantes, a partir de lo cual, se logra la construcción e implementación colectiva de acciones y/o transformaciones para mitigar los efectos de este fenómeno, motivando la participación, el intercambio de experiencias y la planeación articulada de los diferentes sectores involucrados; consolidar rutas agroecológicas en torno a huertas autosostenibles de la Bogotá región; y la Estrategia Distrital de Crecimiento Verde con enfoque de sostenibilidad ambiental, innovación y economía circular.

Fortalecer la educación ambiental armonizando la relación de los estudiantes y la comunidad educativa con su entorno a través del acompañamiento pedagógico y el fomento del servicio social ambiental.

Programa 28. Bogotá protectora de sus recursos naturales. Bogotá protectora de sus recursos naturales: Uno de los propósitos del Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI es proteger, preservar, restaurar y gestionar integralmente la estructura ecológica principal, que incluye el sistema de áreas protegidas del Distrito, los parques urbanos, los corredores ecológicos y el área de manejo especial del Río Bogotá, así como los ecosistemas estratégicos de páramos, humedales y bosques y otras áreas de interés ambiental y suelos de protección.

Para lograr este propósito se construirán lazos de gobernanza ambiental del territorio entre diferentes actores, bajo un enfoque regional que respete el agua y la biodiversidad para garantizar el desarrollo sostenible de la ciudad, a través de las siguientes acciones:

- Se implementarán acciones para la restauración de sus ecosistemas, manejo del paisaje y gestión del suelo en la Reserva Thomas van der Hammen conforme lo establece su plan de manejo.

- Se avanzará en las acciones de restauración, adecuación de espacios para el disfrute ciudadano y el desarrollo de iniciativas sociales para la conservación de la franja de adecuación de los Cerros Orientales en el marco de su plan de manejo.

- Se consolidarán estrategias de conservación para la preservación, uso y manejo sostenible de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos en la estructura ecológica principal y otras áreas de interés ambiental como el Parque Entre Nubes, la Cuchilla del Gavilán, y Cerro Seco, entre otras.

- Se realizarán intervenciones en todas las localidades rurales del Distrito en el marco de la Política Distrital de Ruralidad, entre las cuales se encuentra la implementación de programas de producción sostenible y protección de fuentes hídricas.

- Se fortalecerán las medidas de conservación, transformación productiva y preservación de los complejos de páramos Chingaza y Cruz Verde- Sumapaz.

- Se implementarán acciones para la recuperación del río Bogotá, el cumplimiento de la Sentencia de descontaminación del río Bogotá y Plan de Manejo y Ordenamiento de la Cuenca Hidrográfica (POMCA) y se integrará la visión de la Hidrópolis, que parte del agua como principal atributo estratégico para el ordenamiento del territorio.

Programa 29. Asentamientos y entornos protectores. Recuperar y proteger el entorno habitacional, cuyo objetivo es reducir el déficit de viviendas de ocupación informal, localizadas en zonas de alto riesgo o en contextos de amenazas naturales, permitiendo un aumento en la calidad de vida y contribuir a un hábitat digno, formal y legalizado, intervenir reasentamientos y mejorar viviendas. Sembrar entornos protectores habitacionales que pretenden abordar los desequilibrios del desarrollo urbano, donde se refleja la vida de los habitantes de los barrios vulnerables o de viviendas con ocupación informal y en donde el enfoque estratégico e integral del desarrollo urbano deben incluir a la vivienda como centro de las políticas y los contextos urbanos.

Programa 30. Eficiencia en la atención de emergencias. Reducir la afectación, daño o pérdida de la vida, el ambiente, los bienes, infraestructura y patrimonio en general público o privado en la ciudad de Bogotá y la región a la que pertenece. Establecer de forma integral y transversal una adecuada respuesta, mediante la excelencia en el servicio bajo altos estándares de calidad, la preparación, contando con equipos especializados, medios de comunicación de última generación y personal altamente calificado y capacitado. Integrar planes encaminados a la organización y ejecución de las acciones necesarias para la utilización óptima de los recursos humanos y técnicos disponibles que suplan el fortalecimiento institucional con el fin de garantizar la adecuada gestión del riesgo.

Programa 31. Protección y valoración del patrimonio tangible e intangible en Bogotá y la región. Formular y desarrollar proyectos integrales para la preservación del patrimonio cultural material e inmaterial, para mejorar y transformar positivamente los diferentes componentes o estructuras urbanas y rurales de la ciudad, o de zonas específicas, dando solución a diversas problemáticas de ciudad, con actuaciones e intervenciones inter y multisectoriales que involucran un desarrollo urbano y rural integral y sostenible. Gestionar el modelo jurídico administrativo del Complejo Hospitalario San Juan de Dios.

Programa 32. Revitalización urbana para la competitividad. La Revitalización Urbana, en concordancia con el POT, se considera como un instrumento moderno de planeación, que interviene estratégicamente, vinculando las dinámicas patrimoniales, ambientales, sociales y culturales, para proteger y garantizar la permanencia y calidad de vida de los pobladores originales de las zonas de intervención, lo que significa atender los espacios de relación y a la calidad del espacio público, contemplando la diversidad social y de usos, la percepción de libertad, el sentimiento de comunidad, respetar todas las formas de vida, junto al cuidado y mantenimiento del ambiente, tanto natural como construido, y en términos de acceso a la vivienda, al empleo y a los servicios públicos domiciliarios. La revitalización urbana se asegura de proveer a la ciudad con mejores estándares de sostenibilidad ambiental, a través del ecourbanismo y la mejor integración de los espacios verdes, naturales y resilientes con los entornos de vida, asegurando un hábitat digno, impulsando la economía y consolidando el sentido de pertenencia en los sectores de intervención.

La Revitalización Urbana se considera como un instrumento moderno de planeación, que interviene estratégicamente, vinculando las dinámicas patrimoniales, ambientales, sociales y culturales, para proteger y garantizar la permanencia y calidad de vida de los pobladores originales de las zonas de intervención, lo que significa atender los espacios de relación y a la calidad del espacio público, contemplando la diversidad social y de usos, la percepción de libertad, el sentimiento de comunidad, respetar todas las formas de vida, junto al cuidado y mantenimiento del ambiente, tanto natural como construido, y en términos de acceso a la vivienda, al empleo y a los servicios públicos domiciliarios. La revitalización urbana se asegura de proveer a la ciudad con mejores estándares de sostenibilidad ambiental, a través del ecourbanismo, y la mejor integración de los espacios verdes, naturales y resilientes con los entornos de vida, asegurando un hábitat digno, impulsando la economía y consolidando el sentido de pertenencia en los sectores de intervención.

La revitalización urbana incluye desde acciones de acupuntura urbana hasta intervenciones de renovación urbana como estrategias para la transformación de la ciudad construida, con la participación de la ciudadanía. Así se buscará:

- Contar con un programa diversificado de soluciones de vivienda digna y de calidad, en las diferentes modalidades: nueva, usada, arrendamiento, terrazas, mejoramiento y vivienda colectiva, acompañado de una intervención integral que garantice un hábitat de calidad en espacio público, zonas verdes, equipamientos acordes a las necesidades, vías y transporte como referentes de revitalización y de competitividad.

- Gestionar proyectos de revitalización urbana alrededor de los sistemas de transporte.

- La vinculación de los escenarios deportivos como referente de revitalización urbana y de competitividad, adaptándolos a las nuevas demandas de uso al servicio de Bogotá Región. Los escenarios deportivos trasciendan del estado de su infraestructura para adaptarse a las nuevas demandas de uso, infraestructura competitiva al servicio de la Bogotá - Región, garantizando el derecho a su acceso y utilización, convirtiéndose en escenarios sostenibles que contribuyan al cambio cultural de la ciudad, mejoren la confianza ciudadana, la solidaridad y la apropiación del espacio público.

- El mejoramiento de los sectores industriales y las aglomeraciones económicas existentes de Bogotá, con el fin de fortalecer los usos y actividades económicas, así como la consolidación de nuevos centros económicos en las localidades de Bogotá con áreas de especialización productiva en la ciudad.

Programa 33. Más árboles y más y mejor espacio público. Reverdecer la ciudad para reducir su vulnerabilidad frente a la crisis climática, a través de la plantación de individuos vegetales y jardinería en la zona rural y urbana e intervención del espacio público, propendiendo por el mantenimiento de lo generado y lo existente usando como instrumento el fortalecimiento de las actuaciones de evaluación, seguimiento, control y prevención, mediante el uso de Sistemas de Información confiables y accesibles. Realizar un ejercicio de construcción social del espacio público basado en el respeto, el diálogo y en el acatamiento voluntario de las normas, promoviendo su uso, goce y disfrute con acceso universal para la ciudadanía. Gestionar iniciativas públicas y/o privadas para la administración del patrimonio inmobiliario distrital y el espacio público.

Incluye como herramienta de planificación para el Distrito, la formulación e implementación e una política pública de gestión integral de arbolado urbano, zonas verdes y jardinería para Bogotá. Paralelamente impulsando la mesa técnica de arbolado urbano y coberturas verdes que permita tener un mayor alcance con las entidades y grupos involucrados.

Programa 34. Bogotá protectora de los animales. Avanzar en la protección de los animales domésticos y silvestres que habitan en la ciudad, a través de la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos que garanticen su atención integral y especializada incluyendo la implementación de protocolos para el bienestar de los animales utilizados para el consumo humano, así como el fortalecimiento de las acciones de control contra el tráfico ilegal de especies.

Programa 35. Manejo y prevención de contaminación. Reducir la mortalidad por contaminación del aire por material particulado; realizar el manejo y prevención de la contaminación del aire, prevenir y controlar la propagación de incendios forestales, la contaminación visual y la auditiva del Distrito Capital, mediante el fortalecimiento y ampliación de la red de monitoreo de la calidad del aire, la realización de acciones de evaluación, control y seguimiento a las fuentes fijas, móviles y a centros de diagnóstico automotor; igual que a las fuentes de generación de ruido y a los elementos visuales de publicidad exterior. Implementar y actualizar los proyectos definidos en el Plan Decenal de Descontaminación del Aire de Bogotá, basado en un modelo de gobernanza para proponer un nuevo Plan de Gestión Integral de la calidad del aire con base en la articulación interinstitucional y regional, la planeación sostenible en la participación integral de la comunidad, a través de la aplicación de criterios de justicia ambiental y teniendo en cuenta la incidencia y el aporte regional.

Programa 36. Manejo y saneamiento de los cuerpos de agua. Implementar los mecanismos necesarios para el cuidado del agua tanto en su uso racional como en el manejo de los residuos que le afectan, desarrollando acciones para la descontaminación del Río Bogotá y los afluentes de agua de la ciudad, dando cumplimiento a la sentencia que ordena la recuperación del Río Bogotá en el marco del POMCA adoptado por la CAR, con lo que se mejoraría la calidad hídrica de los cuerpos de agua receptores, coadyuvando a la restauración, preservación y mantenimiento del ambiente natural. Igualmente, se busca realizar obras de saneamiento y tratamiento de los vertimientos, incluyendo la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de las aguas residuales descargadas al sistema público de alcantarillado, tanto sanitario como pluvial, además de eliminar conexiones erradas que generan carga contaminante a las fuentes hídricas de la ciudad.

Programa 37. Provisión y mejoramiento de servicios públicos. Fortalecer las empresas y servicios públicos, para que sigan siendo patrimonio público de los bogotanos y soporte de su desarrollo sostenible, compacto, productivo, económico y social, garantizando la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos, con criterios de calidad, continuidad, oportunidad y eficiencia. Mantener y mejorar la cobertura del servicio de acueducto, alcantarillado sanitario y pluvial, mediante la incorporación de nuevos suscriptores y la expansión de los servicios con nueva infraestructura de redes, plantas de tratamiento, canales, además del fortalecimiento técnico y organizacional a los prestadores de los sistemas de abastecimiento de agua potable en zona rural del Distrito, como parte del mejoramiento de la calidad de vida de la población atendida, incentivando una cultura de ahorro del consumo en uso eficiente mediante prácticas de reutilización y recolección de agua.

Programa 38. Ecoeficiencia, reciclaje, manejo de residuos e inclusión de la población recicladora. Desarrollar una estrategia de cultura ciudadana para promover el consumo responsable, el reúso, la separación en la fuente, valoración y tratamiento de los residuos ordinarios orgánicos e inorgánicos, contribuyendo a disminuir la huella ambiental de la aglomeración urbana y humana más grande del país. Abordar la gestión sostenible de todos los residuos generados en Bogotá, a través de la articulación de cada actor de la cadena de valor en esquemas de economía circular, ecoeficiencia, reciclaje de residuos sólidos e inclusión de la población recicladora, estrategias de educación a la población y demás elementos necesarios para avanzar en la implementación de una política de desarrollo sostenible. Además, de implementar proyectos de aprovechamiento de residuos para transformación de energía, para enfrentar los impactos del clima a través de su reverdecimiento, un cambio energético y una buena gestión del territorio.

Propósito 3: Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación.

Programa 39. Bogotá territorio de paz y atención integral a las víctimas del conflicto armado. Consolidar a Bogotá Región como líder en la implementación del Acuerdo de Paz, la reconciliación y el cuidado. Para ellos se propone: (1) El desarrollo de acciones y procesos de asistencia y atención, con énfasis en la reparación integral y la participación para las víctimas del conflicto armado, en concordancia con las obligaciones y disposiciones legales establecidas para el Distrito Capital. (2) La formulación y desarrollo de una estrategia que le permita a Bogotá implementar los Acuerdos de Paz, conformada por: dos Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial - PDET con carácter reparador (zona rural de Sumapaz y en el borde de Bogotá con Soacha), una política de reconciliación y paz, y la articulación con el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR). (3) La formulación e implementación de una estrategia que permita la apropiación social de la memoria, para la paz y la reconciliación, que contemple la pedagogía social y la gestión del conocimiento en materia de memoria, en coordinación con el Centro de Memoria, Paz y Reconciliación (CMPR).

Programa 40. Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia. Prevenir, atender, proteger y sancionar las violencias contra las mujeres en razón del género en el Distrito Capital, generar las condiciones necesarias para vivir de manera autónoma, libre y segura. Para alcanzar una justicia eficaz, legítima y oportuna y con fundamento en una intervención integral con contundencia, constancia y coordinación del Sistema SOFIA en Bogotá, fortalecer los Consejos Locales de Seguridad para las Mujeres, los Planes Locales de Seguridad para las Mujeres y una estrategia de prevención del riesgo feminicida.

Las estrategias y acciones se desarrollarán en tres niveles; el primero, prevenir, que implica a transformación social e institucional de imaginarios que naturalicen o justifiquen la violencia y la discriminación contra las mujeres, así como el fortalecimiento de los canales telefónico y virtual para la prevención de la violencia; el segundo, atender y acceder a la justicia especializada para las mujeres víctimas de violencias a través de la incorporación del enfoque de género, derechos humanos de las mujeres y diferencial en las Casas de Justicia y la prestación de servicios de atención y representación jurídica a mujeres en Unidades de Reacción Inmediata -URI- de la Fiscalía General de la Nación, y el tercero, ampliar el modelo de Casas Refugio en la ciudad para la protección de la vida y la integridad de las mujeres y sus sistemas familiares teniendo en cuenta la ruralidad y una modalidad intermedia.

Programa 41. Sin machismo ni violencias contra las mujeres, las niñas y los niños. Fortalecer los mecanismos de cuidado que promuevan la reconciliación y la cultura ciudadana para la convivencia pacífica. Se desarrollará a partir de la formulación e implementación de un Plan Distrital de Prevención Integral de las Violencias contra las niñas, los niños, adolescentes, mujeres y personas mayores, de carácter interinstitucional e intersectorial con enfoque de derechos, diferencial, poblacional, ambiental, territorial y de género; a través del fortalecimiento de las Comisarías de Familia para garantizar a las víctimas de violencia intrafamiliar el oportuno acceso a la justicia y la garantía integral de sus derechos, y mediante la ampliación de acciones para la atención integral en salud de las personas víctimas de la violencia intrafamiliar y violencia basada en género y la promoción de nuevas masculinidades.

Programa 42. Conciencia y cultura ciudadana para la seguridad, la convivencia y la construcción de confianza. Permitir a los habitantes del territorio disfrutar los espacios públicos de una manera segura y libre, para ello se involucra desde la articulación de las artes, la cultura ciudadana y la consideración del patrimonio, que oriente la construcción de escenarios de convivencia, seguridad y confianza.

Así mismo, generar iniciativas de trabajo orientadas a atender hechos asociados a la resignificación de la memoria histórica y a la identificación y atención de conflictividades relacionadas con el patrimonio cultural y natural de la ciudad, que permitan llevar a cabo procesos de reconstrucción del tejido social con la perspectiva de integrar la dimensión del patrimonio cultural en la reconciliación y la convivencia pacífica de la sociedad.

Programa 43. Cultura ciudadana para la confianza, la convivencia y la participación desde la vida cotidiana. Fortalecer estrategias y acciones interinstitucionales orientadas a mejorar la confianza entre la ciudadanía y la institucionalidad a través del fortalecimiento de conductas de autorregulación, regulación mutua, diálogo y participación social y cultura ciudadana que transformen las conflictividades sociales y mejoren la seguridad ciudadana, entendida como las condiciones necesarias para ejercer libremente los derechos y la seguridad ciudadana. Estas acciones se desarrollarán en el marco de procesos de participación ciudadana incidente y en el reconocimiento de nuevas ciudadanías.

Incluye el reconocimiento de las artes y la cultura como herramientas imprescindibles para la construcción de paz, convivencia y participación. En ese sentido, las artes se orientan a aportar a este propósito generando una estrategia distrital que se fundamenta en la intencionalidad de transformar los conflictos, promover los derechos humanos, y construir ciudadanía, memoria, la reconciliación y reparación simbólica desde las distintas dimensiones, como son la creación, investigación, apropiación, formación y circulación, involucrando de manera activa a todos las y los actores sociales que se necesita para este propósito.

Programa 44. Autoconciencia, respeto y cuidado en el espacio público. Generar un cambio cultural y diálogo social, dirigido a la transformación de conflictos entre los actores y usuarios del espacio público y a la prevención de conductas contrarias contenidas en el código de seguridad y convivencia ciudadana. Para el desarrollo de este programa se respetarán los derechos de las y los vendedores ambulantes, desarrollando las medidas de acciones afirmativas señaladas en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, especialmente la Sentencia C-211 de 2017. Lo anterior, disminuye la ilegalidad, la conflictividad y la informalidad en el uso y ordenamiento del espacio público, privado y en el medio ambiente rural y urbano.

Programa 45. Espacio público más seguro y construido colectivamente. Mejorar la percepción de seguridad y la convivencia, y dinamizar las comunidades involucradas en los ámbitos educativo, social, cultural, económico y ambiental, con el desarrollo de acciones de mejoramiento a partir de la intervención pública, la regulación y la concertación con los actores que hacen parte de un determinado territorio. En este sentido, coordinar con las autoridades locales las acciones de inspección, vigilancia y monitoreo a los desarrollos urbanísticos de vivienda ilegal o informal; así como fortalecer el aparato de vigilancia y de control urbano para hacerlo más eficaz, además de desarrollar intervenciones urbanas centradas en optimizar la iluminación, mejorar los andenes, contar con parques más seguros y en general con espacio público seguro y agradable; priorizando territorios y sectores con alta incidencia de violencia sexual.

Programa 46. Atención a jóvenes y adultos infractores con impacto en su proyecto de vida. Presentar opciones que permiten impactar a los adolescentes y jóvenes que se encuentran incluidos en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA), posibilitando que resuelvan sus conflictos con ley mediante la Justicia Juvenil Restaurativa; enfoque de justicia que se centra en la responsabilidad por el delito, la reparación del daño causado, la atención de la víctima y la inclusión social del adolescente / ofensor a su contexto familiar y comunitario. Igualmente incluye que adolescentes y jóvenes que cometen delitos y presentan consumo problemático de sustancias psicoactivas participen de una estrategia de atención que conjuga tratamiento basado en evidencia y el despliegue de un proceso de justicia restaurativa que incida en la responsabilidad y en la reparación de las víctimas, bajo un estricto seguimiento de las autoridades judiciales.

Finalmente el programa garantiza que adolescentes y jóvenes que se vinculan al SRPA por la comisión de distintos tipos de delito reciban atención integral acorde a sus características y necesidades, sea que terminen sancionados, que resulten beneficiarios de medidas alternativas o sean reintegrados a su medio familiar con o sin vinculación a un proceso judicial, a la par que trabaja en disminuir la reincidencia en la población pospenada y en las y los adolescentes y jóvenes que egresan del SRPA activando rutas de ingreso con enfoque diferencial y de derechos y el despliegue de un modelo de atención centrado en la reconstrucción de los tejidos familiares y afectivos, la vinculación a la oferta educativa, laboral, recreativa y cultural de la ciudad, la revitalización de su ciudadanía y su adherencia a iniciativas integrales de inclusión social.

Programa 47. Calidad de Vida y Derechos de la Población privada de la libertad. Continuar la atención a la población sindicada, implementando estrategias que permitan mejorar las condiciones que se brindan en Bogotá para la población, es así, que desde la Cárcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres se trabajará en brindar opciones que fortalezcan los proyectos de vida de la personas sindicadas, se mantendrá la calidad en la atención, infraestructura, procesos y procedimientos basados en la re significación de los derechos humanos de la población, permitiendo exaltar desde la responsabilidad de las actuaciones el fortalecimiento de las personas. Establecer estrategias que permitan la atención a las personas privadas en la libertad que se encuentran en Estaciones de Policía y Unidades de Reacción Inmediatas - URI.

Programa 48. Plataforma institucional para la seguridad y justicia. Consolidar un sistema de seguridad de alcance distrital que permita atender a todos los ciudadanos en materia de seguridad y hacer frente a todos los factores de riesgo existentes. Ejecutar un plan encaminado a fortalecer la institucionalidad de seguridad, convivencia y justicia a través de inversiones en infraestructura, tecnología, dotación e implementación de estrategias que garanticen un control del territorio de Bogotá, llevando fuerzas capacitadas con respuesta oportuna a todos los lugares y personas de la ciudad que lo requieran. Desarrollar una estructura pública suficiente para una reducción definitiva de los índices de criminalidad en la ciudad basado en el trabajo articulado con organismos de seguridad en temas operativos y de inteligencia, la integración tecnológica preventiva y de soporte a la mitigación de riesgos.

Fortalecer el acceso a la justicia para los ciudadanos que requieren de respuestas frente a servicios de acceso a la justicia, es por ello que se enfoca en mejorar la articulación de los diferentes operadores del nivel nacional y territorial, implementar estrategias para fortalecer la convivencia ciudadana desde la aplicación del Código Nacional de Seguridad y Convivencia, y aportar desde la calidad en el servicio e infraestructura que permita generar condiciones dignas. Integrar la articulación de operadores de justicia formal, no formal y comunitaria, así como el sistema de responsabilidad penal adolescente.

Garantizar y democratizar el derecho de acceso a la justicia para los ciudadanos del Distrito Capital, a través del Sistema Distrital de Justicia, ampliar y mejorar los equipamientos de justicia, de forma coordinada con los organismos de justicia formal, no formal y comunitaria, y con las comunidades de la ciudad. Contar con mecanismos no presenciales para acceder a la justicia, de forma integral, con enfoque de género, y promoviendo la cultura ciudadana para la dinamización de los conflictos. Ampliar el acceso a la justicia, mediante estrategias de fortalecimiento a los organismos de justicia y a través de equipamientos integrales de seguridad y justicia, de forma que se disminuya la impunidad en la ciudad.

Fortalecer a las Comisarías de Familia para garantizar el acceso a la justicia para las víctimas de violencia intrafamiliar, así como la garantía de derechos en el contexto de la familia, considerando la protección especial de mujeres, niñas, niños, adolescentes y personas mayores; a través de inversión en infraestructura, tecnología y sistemas de información, e implementando ajustes organizacionales para incrementar su capacidad de respuesta y mejorar la calidad en el servicio; gestionando la disposición de equipamientos de justicia en coordinación con otros organismos, para prestar un servicio que reconozca la dignidad de las víctimas.

Avanzar en la coordinación y articulación interinstitucional e intersectorial, para fortalecer el sistema de protección en violencia intrafamiliar y su articulación al sistema distrital de justicia, mejorando la atención integral a las víctimas de violencia intrafamiliar, considerando los enfoques de derechos, diferencial, poblacional, ambiental, territorial y de género.

Desarrollar estrategias para promover al interior de la familia la resolución pacífica de conflictos, el ejercicio de relaciones democráticas, el reconocimiento de derechos de niñas, niños, adolescentes, mujeres y personas mayores y una cultura de prácticas masculinas no violentas.

La Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia se compromete a presentar a consideración de este Concejo, en el tercer trimestre de 2020, la estrategia de seguridad que permitirá cumplir las metas de seguridad establecidas en este plan y enfrentar a la criminalidad y al crimen organizado en las condiciones que lo exija el escenario delictivo que surgirá en el contexto de la pandemia del Covid - 19.

Propósito 4: Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible.

Programa 49. Movilidad segura, sostenible y accesible. Mejorar la experiencia de viaje de los ciudadanos del Distrito Capital para aumentar la productividad y mejorar calidad de vida e inclusión en la ciudad-región, en los componentes de tiempo, costo y calidad. Priorizar la seguridad vial, sostenibilidad y accesibilidad de toda la ciudadanía, aportando a: (i) mejorar las condiciones y calidad del transporte público urbano-regional; iniciar la construcción de cables; gestionar la implementación de un sistema de bicicletas públicas; regular y aumentar la oferta de cicloparqueaderos, mejorar la infraestructura, interoperabilidad, aumentar la confiabilidad del servicio y aumentar la oferta de transporte del SITP; disminuir el tiempo promedio de acceso al transporte público; mejorar la experiencia del usuario y del prestador del servicio de taxis, (ii) consolidar el programa Niños y Niñas Primero, que busca brindar espacios más seguros y eficientes para el desplazamiento diario de la población infantil de Bogotá; mantener el tiempo promedio de viaje en los 14 corredores principales de la ciudad e implementar estrategias de cultura ciudadana para el sistema de movilidad, con enfoque diferencial, de género y territorial; y (iii) construir y conservar integralmente la infraestructura de la malla vial y el espacio público en la zona urbana y rural del Distrito Capital para mejorar la accesibilidad y promover la generación de empleo, en particular orientados a la reactivación socioeconómica ocasionada por la pandemia del Coronavirus COVID-19 (IV) Implementación del Centro de Orientación a Víctimas por Siniestros Viales y seguimiento a las condiciones de seguridad vial mediante el Observatorio de Movilidad de Bogotá.

Programa 50. Red de metros. Definir la red de metros como el eje estructurador de la movilidad y de transporte de pasajeros en la ciudad, mediante el avance del ciclo de vida del proyecto de la Primera Línea del Metro de Bogotá PLMB - Tramo 1 y realizar las actividades, estudios técnicos y contratar la ejecución de la Fase 2 de la PLMB. Realizar las intervenciones en espacio público para la conexión del Regiotram de Occidente con el sistema de transporte público de la ciudad. Apoyar con recursos técnicos, financieros y administrativos la estructuración de todos los proyectos férreos que permiten la integración regional, entre estos los proyectos Regiotram del Norte y Regiotram del sur.

Propósito 5: Construir Bogotá - Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente.

Programa 51. Gobierno Abierto. Gobernar con la ciudadanía, bajo una estrategia de gestión pública que promueve prácticas de transparencia en el gobierno, canales de participación ciudadana para el diseño e implementación de planes, normas y políticas públicas, y mecanismos que estimulen el aprovechamiento de las capacidades, de la experiencia, del conocimiento y entusiasmo de la ciudadanía para generar soluciones a todo tipo de problemáticas comunes; para lo cual se priorizará el uso intensivo de una plataforma virtual y de herramientas TIC que faciliten y unifiquen la interoperabilidad de los sistemas de información del Distrito.

Estructurar la estrategia bajo tres pilares: 1) Transparencia: rendir cuentas de manera permanente a la ciudadanía, compartir información pública útil para acceder a servicios, trámites, documentos de interés, promover el uso de datos y archivos abiertos, facilitar el control ciudadano al presupuesto y la contratación, implementar medidas para luchar contra la corrupción de la mano de la ciudadanía, modernizar los procesos y canales para interactuar con la ciudadanía y fomentar una cultura de la integridad como servidores públicos; 2) Participación: promover una participación vinculante en la formulación de planes, normas y políticas, la participación con decisión en la orientación del presupuesto, la elaboración de proyectos e iniciativas comunitarias; 3) Colaboración: invitar a la ciudadanía a colaborar en la búsqueda de nuevas soluciones a los retos de Bogotá.

Se creará un Laboratorio de Innovación Pública y Social en el que todas las entidades del Distrito, los ciudadanos, las organizaciones, los emprendedores, las empresas y la academia, podrán trabajar en la identificación y solución de retos de interés público y el avance colaborativo de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, siguiendo metodologías de co-creación centradas en el usuario y experimentación. En el marco del laboratorio se implementarán laboratorios de innovación social y mecanismos de solución compartida, aprovechando la inteligencia cívica, la experiencia, los conocimientos, y la creatividad.

Este laboratorio articulará y dinamizará el ecosistema de innovación pública, servirá como un “hub” de innovación abierta que presta servicios a los distintos actores en sus procesos de innovación pública y social, servirá también como un semillero o incubadora de transformación digital y de proyectos de tecnologías emergentes y apoyará la administración Distrital en la consolidación de un gobierno moderno, ágil, transparente y en la gestión de los habilitantes de la innovación.

Programa 52. Integración regional, distrital y local. Promover procesos de integración regional y ordenamiento territorial en la ciudad-región, sostenibles, sociales, económicos, ambientales e institucionales, con el desarrollo de acciones relacionadas con gestión catastral multipropósito a entidades territoriales; acompañar espacios de la democracia representativa de los procesos electorales; reglamentar el Plan de Ordenamiento Territorial - POT -; viabilizar áreas de la estructura ecológica principal, movilidad, espacio público, revitalización, sistema de cuidado, vivienda, servicios urbanos, empleo y productividad, que aporten al desarrollo regional; implementar el banco regional de tierras; realizar agendas participativas concertadas con el Comité de Integración Territorial - CIT; crear, institucionalizar y reglamentar la Región Metropolitana; desarrollar líneas de investigación del Observatorio de Asuntos Políticos; fortalecer ambientalmente la articulación local, regional, nacional, e internacional; una estrategia de desarrollo para el acueducto regional; fortalecer las relaciones con las corporaciones de elección popular del nivel nacional, regional, distrital y local.

Producir información y análisis de economía urbana en instrumentos de planeación sectorial y de ordenamiento territorial; formular actuaciones urbanas integrales para la regeneración urbana, el fortalecimiento de las centralidades y la revitalización socioeconómica; fortalecer políticas de desarrollo económico de sectores estratégicos para la ciudad; e implementar el Distrito Aeroportuario para fortalecer y consolidar la competitividad y productividad de Bogotá y la región.

Programa 53. Información para la toma de decisiones. Producir información y conocimiento para la toma de decisiones en la generación de valor público en las fases de la planeación del desarrollo territorial, ambiental, social, económico, cultural, de la ciudad - región, incluyendo lo rural, asociada a los diferentes instrumentos de la planeación de la ciudad - región, tales como: formulación, seguimiento y evaluación del PDD, POT, equipamientos sociales, culturales, Gestión de Riesgos y Cambio Climático - SIRE; observatorios de Mujer y Equidad de Género; sistema de información para identificar las brechas del mercado laboral; información de Políticas Públicas del Sector de Seguridad, Convivencia y Acceso a la Justicia; información ambiental de Bogotá; infraestructura de datos espaciales del Distrito - IDECA, actualización catastral, y demás información de las entidades distritales.

Programa 54. Transformación digital y gestión de TIC para un territorio inteligente. Generar las capacidades necesarias para realizar la adecuada coordinación y articulación de los proyectos de transformación digital y gestión de TIC en el Distrito. Estas capacidades están centradas en talento humano especializado, esquemas de acompañamiento, campañas de comunicación y difusión, habilitación de tecnologías, laboratorios de innovación y demás elementos que permitan generar valor a las iniciativas TIC de los sectores.

La Transformación digital y gestión de TIC para un territorio inteligente, contempla dos ejes de acción: primero, el acompañamiento para la formulación e implementación de las agendas de transformación digital, en los sectores administrativos de la ciudad; segundo, la promoción del fortalecimiento de la gestión de tecnologías al interior de las entidades del Distrito.

Programa 55. Fortalecimiento de cultura ciudadana y su institucionalidad. El Plan Distrital de Desarrollo incorpora el enfoque transversal de cultura ciudadana que reconoce el poder de transformación social desde la agencia de la ciudadanía y le apuesta a la transformación social a partir del ejercicio de la auto y mutua regulación. La Cultura Ciudadana es un enfoque, una política y un objetivo de trabajo que promueve en las personas cambios voluntarios de comportamiento para resolver colectivamente los problemas que nos afectan a todos.

En ese sentido, debe promover: - Ejercicio derechos, no abusar de los propios y permitir a otros que los ejerzan. - Aumentar la capacidad de celebrar, cumplir y reparar acuerdos. - Respetar, admirar y valorar la diversidad. -Promover el auto y mutuo cuidado para garantizar una sana convivencia. - Adhesión cultural al cumplimiento de la ley y transformación al cumplimiento de ley. - Promover y aumentar la confianza interpersonal e interinstitucional.

De esta manera, para realmente potenciar el enfoque de cultura ciudadana se considera necesario el fortalecimiento de la institucionalidad a través del ajuste y diseño de una nueva institucionalidad de cambio cultural que involucre: la gestión del conocimiento y la toma de decisiones institucionales que promuevan las transformaciones culturales a partir de mejores comprensiones de las dinámicas sociales y culturales, y que promueva la participación de la ciudadanía en los retos de transformación cultural, entendiendo que muchas de las causas que explican algunos de los principales problemas de la ciudad -así como las oportunidades de cambio-, dependen de la corresponsabilidad, la participación y la agencia de la ciudadanía.

Esta nueva institucionalidad debe contar con los mecanismos administrativos y técnicos para lograr investigar, diseñar, guiar y acompañar las diferentes estrategias distritales que requieren un componente de cambio cultural.

Programa 56. Gestión pública efectiva. Materializar el recaudo oportuno y la gestión antievasión para la ciudad. Posicionar la gerencia pública distrital al servicio de la ciudadanía. Lograr una institucionalidad que articule acciones entre Bogotá y la Región. Construir agendas públicas integrales que promuevan el intercambio de saberes para generar bienes y servicios acordes con las necesidades de la ciudadanía, entre otras cosas, mediante la ampliación y el mejoramiento de los servicios de orientación e información de las entidades distritales a través de la Red CADE. Hacer la gestión pública más transparente, moderna, innovadora y efectiva. Tomar decisiones basadas en datos, información y evidencia, haciendo uso de la tecnología y la transformación digital. Desarrollar estrategias de fortalecimiento de la gestión, la innovación, la creatividad, la gestión documental distrital y la apropiación de la memoria histórica (archivo).

Programa 57. Gestión pública local. Recuperar la confianza de la ciudadanía en la gestión de las alcaldías locales, desarrollando condiciones de gobernanza y gobernabilidad local, a través de un gobierno abierto, participativo, transparente y colaborativo; la entrega oportuna de bienes y servicios de acuerdo con las necesidades territoriales mediante adecuados procesos de territorialización de la gestión y la inversión distrital en la localidad; y el fortalecimiento institucional de las alcaldías locales.

ARTÍCULO 16. CONTRIBUCIÓN A LOS CINCO PROPÓSITOS Y TREINTA LOGROS DE CIUDAD AL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE -ODS-. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los diferentes Propósitos del Plan Distrital de Desarrollo contienen y visibilizan los Objetivos de Desarrollo

Sostenible, proponiendo el cumplimiento de los lineamientos contenidos en el Documento CONPES 3918, y reconoce el valor agregado de alinear e interconectar la agenda de desarrollo Distrital con la Nación y la Región en pos de aumentar los niveles de vida digna, prosperidad y bienestar con un enfoque de protección y garantía del medio ambiente, como se relacionan a continuación:

Propósito 1: Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política

ESFERAS ODS#ODSODSLOGROS DE
CIUDAD
PROGRAMA
Personas1Fin de la PobrezaCerrar las brechas digitales, de cobertura, calidad y Formación integral: más y mejor tiempo en los colegios

2Hambre Cerocompetencias a
lo largo del ciclo de la formación integral, desde primera
Educación inicial: Bases sólidas para la vida


3

Salud y Bienestar
infancia hasta la
educación superior y continua para la vida
Educación para todos y todas: acceso y permanencia con equidad y énfasis en educación rural
4Educación de CalidadPlan Distrital de Lectura, Escritura y
oralidad: "Leer para la vida"
8Trabajo decente y crecimiento
económico
Transformación pedagógica y mejoramiento de la gestión educativa. Es con los maestros y maestras

9Industria, Innovación e Infraestructura 
10Reducción de la desigualdad 
17Alianzas para Lograr los Objetivos
Personas1Fin de la PobrezaCompletar la implementación de un modelo de salud con enfoque poblacional Prevención y atención de
maternidad temprana
9Industria, Innovación e Infraestructuradiferencial, de género, participativo, resolutivo y territorial que aporte a la modificación de los determinantes sociales de la salud
Mejora de la gestión de instituciones de
salud
2Hambre CeroSalud para la vida y el bienestar
Personas1Fin de la PobrezaDisminuir el porcentaje de jóvenes que ni estudian ni trabajan con énfasis en jóvenes de bajos ingresos y vulnerablesJóvenes con
capacidades: Proyecto de
vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI
Personas1Fin de la PobrezaPromover la participación, la transformación cultural,
deportiva, recreativa, patrimonial y artística que propicien espacios
Bogotá,
referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el
desarrollo y la salud



de encuentro, tejido social y reconocimiento
del otro
Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la
democracia
cultural
Personas1Fin de la PobrezaRediseñar el esquema de subsidios y contribuciones de Bogotá para garantizar Subsidios y
transferencias para la equidad

2Hambre Ceroun ingreso mínimo por hogar, que reduzca el peso de los factores que afectan la equidad del
ingreso de los hogares.

Personas6Agua Limpia y
Saneamiento


Personas10Reducción de la desigualdad
 
Personas1Fin de la
Pobreza
Reducir la pobreza monetaria, multidimensional y la feminización de la pobreza.Igualdad de
oportunidades y desarrollo de capacidades para las mujeres
 

Movilidad social integral
4Educación de
Calidad
Igualdad de
oportunidades y

5Igualdad de Género desarrollo de capacidades para las mujeres

8Trabajo decente y crecimiento
económico


Personas1Fin de la PobrezaImplementar el sistema distrital de cuidado y la estrategia de Sistema Distrital del Cuidado

2Hambre Cerotransversalización y territorialización de los


3
Salud y
Bienestar
enfoques de género y diferencial para garantizar la igualdad de género, los

5
Igualdad de
Género
derechos de las mujeres y el desarrollo de


8
Trabajo
decente y
crecimiento
económico
capacidades de la ciudadanía en el nivel distrital y local

9Industria, Innovación e Infraestructura

10Reducción de la desigualdad

16Paz, Justicia e
Instituciones
Solidas


Personas9Industria, Innovación e InfraestructuraCompletar la implementación de un modelo de salud con Mejora de la gestión de instituciones de
salud
3Salud y
Bienestar
enfoque poblacional- diferencial, de género, participativo, resolutivo y
territorial que aporte a la
Prevención y atención de
maternidad
temprana


modificación de los determinantes sociales de la salud
Prevención y cambios para mejorar la
salud de la población
 

Salud para la vida y el
bienestar


 
Salud y
bienestar para niñas y niños
Personas1Fin de la PobrezaAumentar la inclusión
productiva y el acceso a las economías de aglomeración con
Cierre de brechas para la inclusión productiva urbano rural

8Trabajo decente y crecimiento
económico
emprendimiento y empleabilidad con enfoque poblacional- diferencial, territorial y de género
Personas4Educación de
Calidad
Disminuir el porcentaje de
jóvenes que ni estudian ni trabajan con énfasis en
Jóvenes con
capacidades: Proyecto de vida

8Trabajo decente y crecimiento económicojóvenes de bajos ingresos y vulnerables.
para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI
10Reducción de
la desigualdad
 
Paz10Reducción de
la desigualdad
Implementar el sistema distrital de cuidado y la estrategia de
transversalización y
territorialización de los enfoques de género y
Prevención de
la exclusión por
razones étnicas,
religiosas, sociales,
políticas y de orientación sexual
Paz16Paz, Justicia e Instituciones
Solidas
diferencial para garantizar la igualdad de género, los
derechos de las mujeres y

Personas5Igualdad de
Género
el desarrollo de capacidades de la ciudadanía en el nivel distrital y local
Promoción de la igualdad, el desarrollo de capacidades y el
reconocimiento de las mujeres
Prosperidad11Ciudades y
Comunidades
Sostenibles
Aumentar el acceso a vivienda digna, espacio público y equipamientos de la población vulnerable en suelo urbano y ruralVivienda y
entornos dignos en el territorio urbano y rural
Personas3Salud y BienestarPromover la participación, la transformación cultural, deportiva, recreativa, patrimonial y artística que propicien espacios de
encuentro, tejido social y
reconocimiento del otro.
Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el
desarrollo y la salud
Planeta4Educación de Calidad
Transformación cultural para la conciencia ambiental y el cuidado de la
fauna doméstica

Personas

8
Trabajo decente y crecimiento
económico

Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el
desarrollo y la salud

9Industria, Innovación e Infraestructura
11Ciudades y
Comunidades
Sostenibles

Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la
democracia cultural
Planeta13Acción por el clima
Bogotá,
referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el
desarrollo y la salud
Personas16Paz, Justicia e
Instituciones
Solidas

Creación y vida
cotidiana:
Apropiación
ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la
democracia cultural
Alianzas17Alianzas para Lograr los Objetivos
Transformación cultural para la conciencia ambiental y el cuidado de la fauna doméstica
Planeta11Ciudades y
Comunidades
Sostenibles
Apropiar el territorio rural desde su diversidad étnica y cultural como parte de Bogotá regiónBogotá rural
Personas11Ciudades y
Comunidades
Sostenibles
Promover aglomeraciones productivas y sectores de alto impacto con Bogotá región
emprendedora e innovadora
Prosperidad8Trabajo decente y crecimiento
económico
visión de largo plazo en Bogotá región
Bogotá y región, el mejor destino para visitar




Bogotá región emprendedora e innovadora
Personas8Trabajo decente y crecimiento económicoPromover aglomeraciones productivas y sectores de alto impacto con visión de Bogotá región productiva y competitiva

 largo plazo en Bogotá región
Bogotá región emprendedora e innovadora

Propósito 2: Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática

ESFERAS
ODS
#ODSODSLOGROS DE
CIUDAD
PROGRAMA
Personas3Salud y
Bienestar
Reducir la contaminación ambiental atmosférica, visual y auditiva y el impacto en morbilidad y mortalidad por esos factoresManejo y prevención de contaminación
Prosperidad11Ciudades y
Comunidades
Sostenibles
Aumentar la oferta de espacio público y áreas verdes de Bogotá promoviendo su uso, goce y disfrute con acceso universal para la ciudadaníaMás árboles y más y mejor espacio público

 Intervenir integralmente áreas estratégicas de Bogotá teniendo Asentamientos y
entornos protectores



en cuenta las dinámicas patrimoniales, ambientales, sociales y culturalesEficiencia en la atención de emergencias




Protección y valoración del
patrimonio tangible e intangible en
Bogotá y la región
  Revitalización urbana para la competitividad
Planeta6Agua Limpia y SaneamientoCuidar el Río Bogotá y el sistema hídrico de la ciudad y mejorar la
prestación de los servicios
Provisión y mejoramiento de servicios públicos



públicos
Manejo y
saneamiento de los cuerpos de agua




Provisión y
mejoramiento de servicios públicos




Manejo y
saneamiento de los cuerpos de agua
Planeta12Producción y
Consumo
Responsable
Aumentar la separación en la fuente, reciclaje, reutilización y adecuada disposición final de los residuos de la ciudadEcoeficiencia, reciclaje, manejo de residuos e inclusión de la población recicladora

13Acción por el climaFormular y ejecutar estrategias concertadas de adaptación y mitigación de la crisis climáticaCambio cultural para la gestión de la crisis climática

15Vida de
Ecosistemas
Terrestres
Implementar estrategias de mantenimiento, recuperación,
rehabilitación o restauración de la Estructura Ecológica Principal y demás áreas de interés ambiental en la Bogotá - Región
Bogotá protectora de sus recursos naturales

15Vida de
Ecosistemas
Terrestres
Reconocer y proteger todas las formas de vida, en particular la fauna urbanaBogotá protectora de los animales

Propósito 3. Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación

ESFERAS
ODS
#ODSODSLOGROS DE
CIUDAD
PROGRAMA
Personas5Igualdad de GéneroReducir la aceptación cultural e institucional del machismo y las violencias contra las mujeres, y garantizar el acceso efectivo
a la justicia
Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia




Sin machismo ni violencia contra las mujeres, las niñas y los niños
Paz16Paz, Justicia e Instituciones
Solidas
Disminuir la ilegalidad y la conflictividad en el uso y ordenamiento del espacioEspacio público más seguro y construido colectivamente



público, privado y en el medio ambiente rural y urbano
Autoconciencia, respeto y cuidado en el espacio público



Fomentar la autorregulación, regulación mutua, la concertación y el dialogo social generando confianza y
convivencia entre la ciudadanía y entre esta y las instituciones
Cultura ciudadana para la confianza, la
convivencia y la participación desde la vida cotidiana



Posicionar a Bogotá - Región como el epicentro de paz y reconciliación del país,
incluyendo un PDET rural en Sumapaz y un PDET urbano con Soacha
Bogotá territorio de paz y atención integral a las víctimas del
conflicto armado
 Reducir la aceptación cultural e institucional del machismo y las violencias contra las mujeres,  garantizar el acceso efectivo a la justicia
Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia
 Reducir los mercados  criminales, los delitos, las muertes y hechos  lentos con énfasis en los que afectan a Atención a jóvenes y adultos infractores con impacto en su proyecto de vida
 mujeres, peatones, biciusuarios y usuarios transporte públicoCalidad de Vida y Derechos de la Población privada de la libertad
  Plataforma institucional para la seguridad y justicia
  Atención a jóvenes y adultos infractores con impacto en su proyecto de vida

Propósito 4. Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible

ESFERAS
ODS
#ODSODSLOGROS DE
CIUDAD
PROGRAMA
Personas3Salud y BienestarMejorar la experiencia de viaje a través de los componentesMovilidad, segura, sostenible y accesible
9Industria, innovación e infraestructurade tiempo, calidad y costo, con enfoque de género, diferencial,
11Ciudades y
Comunidades
Sostenibles
como eje estructurador la red de metro regional y de ciclorrutas.
9Industria,
innovación e
infraestructura
Red de Metros

Propósito 5. Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente

ESFERAS
ODS
#ODSODSLOGROS DE
CIUDAD
PROGRAMA
Alianzas17Alianzas para Lograr los ObjetivosPosicionar al Gobierno Abierto de Bogotá-GABO como una nueva forma de gobernanzaGobierno Abierto
16Paz, Justicia e Instituciones Sólidas que reduce el riesgo de corrupción e incrementa el control ciudadano del gobiernoIntegración regional, distrital y local
12Producción y Consumo Responsable 
9Industria, Innovación e InfraestructuraPosicionar globalmente a Bogotá como territorio inteligente (Smart City)Información para la toma de decisiones Transformación digital y gestión de TIC para un territorio inteligente
 Incrementar la efectividad de la gestión pública distrital y localConstruir con inteligencia colectiva
  Fortalecimiento de Cultura Ciudadana y su institucionalidad
  Gestión Pública Efectiva
  Gestión Pública Local

TÍTULO III.


CAPÍTULO ÚNICO.

PROGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL.

ARTÍCULO 17. ARTICULACIÓN DEL PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO CON EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. <Artículo derogado por el artículo  320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> En cumplimiento de los artículos 41 de la Ley 152 de 1994 y 18 de la Ley 388 de 1997, el presente Plan enfoca el nuevo ordenamiento territorial a la inclusión y la democracia, bajo los siguientes principios:

1. Todas las decisiones relacionadas con la aplicación de normas urbanísticas conducirán a reducir los posibles riesgos por efectos de la crisis climática.

2. La ocupación del territorio distrital se enlazará con la región para fortalecer las dinámicas rurales, ambientales y urbanas, alineadas no solamente al POT, sino a documentos de política como la misión rural y el sistema de ciudades, así como a las determinantes de superior jerarquía del artículo 10 de la Ley 388 de 1997.

3. Garantizar la participación ciudadana continua, permanente y decisoria en la construcción del Plan de Ordenamiento Territorial, en cumplimiento de los mandatos constitucionales contenidos en el Plan de Ordenamiento Territorial, bajo el cumplimiento de los mandatos constitucionales contenidos en el artículo

2, artículo 79 y todas las leyes y normas referentes.

A partir de estos principios, se establece las siguientes acciones estratégicas:

1. Proteger la estructura ecológica principal.

2. Planificar asentamientos humanos inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles.

3. Establecer el espacio público como tejedor de lazo social de una sociedad.

4. Diseñar una red de modos de transporte limpio, multimodal y regional con aprovechamientos urbanísticos complementarios inclusivos y sostenibles.

5. Implementar un modelo regional de ordenamiento territorial que fomente el desarrollo industrial y agrícola de ciudad región.

6. Promover una ciudad con altos índices de calidad de vida, implementado, modelos de densificación y crecimiento acorde a las necesidades socio - económicas de la población.

7. Garantizar escenario de debate e intercambio de ideas con la ciudadanía para la constitución colectiva del territorio.

ARTÍCULO 18. PROGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI”. <Artículo derogado por el artículo  320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Conforme a lo consagrado por el artículo 18 de la Ley 388 de 1997 y las demás que lo modifiquen y/o sustituyan, y de acuerdo con la evaluación del modelo del Plan de Ordenamiento Territorial actual en concordancia con la estructura del Plan Distrital de Desarrollo 2020-2024, a continuación, se señalan los proyectos a ejecutarse del sistema de movilidad, subsistema vial y de transporte, servicios públicos domiciliarios, entre otros. Los proyectos priorizados hacen referencia a los establecidos en el marco del Decreto Distrital 190 de 2004 y sus instrumentos reglamentarios.

ARTÍCULO 19. PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD PRIORIZADOS PARA EJECUTAR DURANTE LA VIGENCIA DEL PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> A continuación, se relaciona el plan de obras correspondiente al subsistema vial y de transporte, cuya ejecución se proyecta para el período de vigencia del presente Plan de Desarrollo, en el marco del Propósito 4. Hacer de Bogotá - Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible.

Proyectos de la Estructura Funcional y de Servicios -EFS Sistema de movilidad/Subsistema de integración Bogotá - Región

Proyecto POTEstado actualCosto Total estimado Millones de pesos 2020Sector
responsable
Avenida Paseo de Los Libertadores desde la Avenida San José hasta el límite del
Distrito con Chía
APP Autopista Norte desde la Calle 192 hasta la Calle 245. Accesos Norte.1.014.064Movilidad
Avenida Centenario, calle 13
desde Avenida Batallón
Caldas hasta límite del Distrito con Funza.
Estudios y Diseños1.186.037Movilidad
Ciclorruta Avenida
Centenario, desde Avenida Constitución hasta Río Bogotá
Incluido en proyecto AV Centenario 
Avenida José Celestino Mutis desde carrera 114 hasta carrera 122Proyecto mixto diseños y obra, actualmente se encuentra en diseños.82.866Movilidad
Avenida Congreso Eucarístico (Carrera 68) desde la Carrera
9 hasta la Autopista Sur y
obras complementarias
9 contratos de obra y sus interventorías adjudicados2.627.509Movilidad
Avenida Caracas desde Avenida Ciudad de
Villavicencio hasta Avenida del Uval un tramo desde la Caracas hacia la Picota,
En construcción Troncal
Caracas extensión desde Molinos al portal Usme incluye estación intermedia
410.226Movilidad
Avenida Francisco Miranda de la carrera 5 a la Av. Caracas ya se construyó entre la 7 y la CaracasEstudios y diseños por adjudicar construcción entre Avenida Carrera 5 a Avenida Carrera 7.23.748Movilidad
Avenida La Sirena entre el Canal Córdoba y la Av. Paseo de Los LibertadoresAvenida la Sirena (Cl. 153) desde Autopista Norte hasta Av. Boyacá (Costado Norte)72.763Movilidad
Avenida de la Sirena, calle 153 (calzada Costado Sur), desde Canal Córdoba hasta Avenida Boyacá.Estudios y Diseños Ampliación Puente Vehicular Calle 153 x Autopista Norte62.949Movilidad
Avenida Ciudad de Cali desde Avenida Bosa hasta Avenida circunvalar del surTroncal Avenida Ciudad de Cali desde Avenida Circunvalar del Sur hasta Av. Américas - Tramo CONPES En Ejecución de Estudios y Diseños.927.806Movilidad
Ciclorrutas Avenida Ciudad de Cali desde Avenida Primero de Mayo hasta
Avenida Circunvalar del Sur. Parcial hasta la Av. Bosa,
Ciclorruta incluida en proyecto de la Troncal Av. Ciudad de Cali 
Ciclorrutas Autopista Norte - Usme desde Avenida San José calle 170 hasta Avenida Medellín calle 80.Parcialmente Construida desde Calle 185 hasta AV Calle 80. En estudios y diseños Aceras y Ciclorruta Autopista Norte desde la
Cl. 128A hasta Héroes Cl 77 (Costado Oriental)
55.583Movilidad
Ciclorruta Avenida Iberia calle 134 desde Avenida
Santa Bárbara carrera 28
hasta Avenida Alberto Lleras Camargo, carrera 7-.
Ciclorruta incluida en proyecto de la Avenida Contador (Cl. 134) desde Av. Carrera 7 hasta la Autopista Norte
Actualmente en estructuración proceso de contratación.
3.696Movilidad
Ciclorruta Avenida de las Américas, desde Avenida Jorge E, Gaitán Calle 26 hasta Puente Aranda.Construida desde Avenida Ciudad de Cali (por Avenida Manuel Cepeda) hasta Carrera 50.9.718Movilidad
Avenida José Celestino Mutis desde Avenida de la Constitución hasta Avenida Boyacá. Incluye Ciclorruta e Intersección Avenida Boyacá
por Avenida José Celestino
Mutis.
En ejecución166.996Movilidad
Avenida El Rincón desde Avenida Boyacá hasta
Avenida Conejera y El Tabor desde Av. Conejera hasta Av.
Ciudad de Cali.
En ejecución222.007Movilidad
Avenida Tintal desde Avenida Ciudad de Villavicencio hasta Avenida Manuel Cepeda Vargas calzada oriental.En ejecución197.629Movilidad
Av. Santa Bárbara (Av. 19) desde Av. Callejas, calle 127 hasta Av. Contador, calle 134.En ejecución (Reconstrucción)55.456Movilidad
Avenida Mariscal Sucre, Cra 19 y Avenida Colombia carrera 24 desde calle 62 hasta la Avenida Ciudad de Lima, calle 19.En ejecución (ampliación, reconstrucción y
mejoramiento geométrico)
94.500Movilidad
Avenida Longitudinal de Occidente (ALO) desde
Chuzacá hasta la calle 13
tramo sur.
Avenida Longitudinal de Occidente desde Chuzacá hasta el Límite del Distrito.
En ejecución tramo Chuzacá a Calle 13. Adquisición Predial1.423.000Movilidad
V-1 Avenida El Rincón x V-1 Avenida Boyacá
(Intersección)
En ejecución159.136Movilidad
Ciclorruta Avenida de la
Constitución desde Avenida
Centenario hasta Avenida
Ciudad Montes calle 3-.
En ejecución como parte del corredor Bosa-Tintal-Alsacia- Constitución. Tramo Avenida Centenario - Avenida TintalMovilidad
Ciclorruta Avenida Congreso Eucarístico de Auto Norte hasta Canal Rio NegroEn ejecución como parte de la Troncal AK 68Movilidad

ARTÍCULO 20. PROYECTOS VINCULADOS A LA ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los principales proyectos a ejecutar durante la vigencia del Plan Distrital de Desarrollo que servirán para el Propósito 2. Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática, mediante la recuperación, rehabilitación o restauración de la Estructura Ecológica Principal, el aumento en la oferta de espacio público y áreas verdes de Bogotá y el cumplimiento de lo ordenado en la Sentencia de descontaminación del Río Bogotá y sistema hídrico de la ciudad:

Proyectos vinculados a la Estructura Ecológica Principal Sistemas de Áreas Protegidas, Humedales, Saneamiento Río Bogotá, Espacio Público Verde

Proyecto POTEstado actualCosto Total
estimado Millones de pesos 2020
Sector
responsable
Plan de manejo de los Cerros Orientales en el marco de competencia de la Secretaría Distrital de AmbienteImplementación35000Ambiente
Movilidad
Cultura
Hábitat
Implementación del Plan de Manejo Ambiental Reserva Thomas Van der Hammen en el marco de competencia de la Secretaría Distrital de AmbienteImplementación53.889Ambiente
Parque Ecológico Corredor Río TunjueloImplementación10.000Hábitat
Recuperación Humedal Juan Amarillo (adecuación hidráulica, restauración ecológica, participativa, saneamiento ambiental y obras de rehabilitación ZMPA).Estudios terminados en el brazo del humedal. Pendiente realización de las obras y restauración.149.626,9Hábitat
Recuperación Humedal La Vaca (adecuación hidráulica,
restauración ecológica,
participativa, saneamiento
ambiental y obras de
rehabilitación ZMPA)
A la fecha surte trámite de suscripción y legalización de la minuta de contrato de obra cuyo objeto es " OBRAS PARA LA CORRECCIÓN DE CONEXIONES ERRADAS EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DE LOS HUMEDALES DE
BURRO, TECHO Y VACA, LOCALIZADOS EN LA
LOCALIDAD DE KENNEDY, ZONA 5. “al igual que el proceso correspondiente a la interventoría del mismo.
17.969,2Hábitat
Recuperación Humedal Techo
(adecuación hidráulica,
restauración ecológica,
participativa saneamiento
ambiental y obras de
rehabilitación ZMPA)
A la fecha surte trámite de suscripción y legalización de la minuta de contrato de obra cuyo objeto es " OBRAS PARA LA CORRECCIÓN DE CONEXIONES ERRADAS EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DE LOS HUMEDALES DE
BURRO, TECHO Y VACA, LOCALIZADOS EN LA
LOCALIDAD DE KENNEDY, ZONA 5 “al igual que el proceso correspondiente a la interventoría del mismo.
9.087,3Hábitat
Recuperación Humedal Jaboque (administración, manejo y restauración ecológica, participativa y saneamiento ambiental)Implementación1.300Ambiente
Recuperación Humedal Jaboque (adecuación hidráulica,
restauración ecológica,
participativa, saneamiento
ambiental y obras de
rehabilitación ZMPA).
Obra terminada en sector medio bajo 28 ha. Pendiente restauración61.526,5Hábitat
Recuperación Humedal Córdoba (administración, manejo y restauración y restauración ecológica, participativa y saneamiento ambiental).Sin ejecutar4.977Ambiente
Recuperación Humedal Córdoba (adecuación hidráulica,
restauración ecológica,
participativa saneamiento
ambiental y obras de
rehabilitación ZMPA)
Estudios terminados para el sector 1, el contrato de obra 2019, se encuentra en ejecución. Pendiente restauración45.855,9Hábitat
Recuperación Humedal El Burro (adecuación hidráulica, restauración ecológica, participativa, saneamiento
ambiental y obras de rehabilitación ZMPA)
A la fecha surte trámite de suscripción y legación de la minuta de contrato de obra cuyo objeto es " OBRAS PARA LA CORRECCIÓN DE CONEXIONES ERRADAS EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DE LOS HUMEDALES DE
BURRO, TECHO Y VACA, LOCALIZADOS EN LA
LOCALIDAD DE KENNEDY, ZONA 5. “al igual que el proceso correspondiente a la interventoría del mismo
16,047,4Hábitat
Recuperación Humedal Torca Guaymaral (administración, manejo y restauración ecológica, participativa, saneamiento ambiental.)Implementación0Ambiente
(Recursos
Fideicomiso)

PARÁGRAFO. Cualquier actividad de mantenimiento, adecuación, saneamiento ambiental y recuperación ecológica de los corredores ecológicos de los humedales (Cauce, Ronda y Zona de Manejo y Preservación Ambiental -ZMPA,) y demás áreas de la Estructura Ecológica Principal, se realizará teniendo en cuenta la información hidrológica, hidráulica, geomorfológica y ecosistémica, que incluya criterios de ecosostenibilidad, que se respeten los espacios para el agua y la biodiversidad, privilegiando su conservación, minimizando los impactos que puedan afectar su estructura, función y composición y garantizando según la información disponible el caudal ecológico; respetando la normativa vigente en la materia, teniendo en cuenta los saberes locales y su dimensión patrimonial.

ARTÍCULO 21. PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PRODUCCIÓN ECO EFICIENTE. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los principales proyectos a ejecutar en el Plan Distrital de Desarrollo están orientados a garantizar la transformación de la ciudad en un ecosistema urbano sostenible, productivo y de alta calidad ambiental, en el marco de los Propósitos 1. Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política, y 2. Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática:

Proyectos vinculados al Programa de Producción Eco eficiente

Proyecto POTEstado actualCosto Total
estimado Millones de pesos 2020
Sector
responsable
Programas de ecourbanismo (promoción de barrios ecológicos, observatorio de sostenibilidad del hábitat, promoción de tecnologías limpias, ciclo de vías de materiales de construcción con visión regional, pactos de borde)Ejecución. Acompañamiento a proyectos en gestión energética y de producción más limpia para el sector empresarial.60Hábitat
Manejo Agropecuario sostenibleEjecución. Acciones para la implementación del plan de acción de la Política de Ruralidad al final de 202413000Ambiente
Manejo del ciclo de materiales.Asegurar la continuidaddel servicio de disposiciónde residuos sólidos noaprovechables en condiciones ambientales altamentetécnicas y los hospitalariosEjecución. Al final de 2024 : Controlar la disposición adecuada de 43.000.000 toneladas de residuospeligrosos y especiales.16000Ambiente
escombros en Bogotá y la Región.Promover el aprovechamiento de 11000000 toneladas de residuos especiales y de manejo diferenciado10.400Ambiente

PARÁGRAFO. En el marco del presente Plan de Desarrollo, se procederá a la expedición del Código de Ecourbanismo y Construcción Sostenible de conformidad con el Decreto Distrital 566 de 2014.

ARTÍCULO 22. PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA DE ALCANTARILLADO Y ACUEDUCTO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los principales proyectos a ejecutar en infraestructura para saneamiento básico y acueducto, están relacionados con la adecuación y renaturalización de quebradas, canales, colectores, estaciones de bombeo, interceptores, sistema de alcantarillado, y saneamiento del Río Bogotá de acuerdo con lo ordenado en la Sentencia de descontaminación del Río Bogotá, así como generar proyectos con saldo pedagógico y ambientales, como los servicios ambientales en el cuidado de microcuencas que abastecen de agua a acueductos comunitarios, en el marco del Propósito 2. Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática. Dichos proyectos estarán acompañados del fortalecimiento organizacional y técnico dirigidos a los acueductos comunitarios.

Proyectos vinculados a la Estructura Funcional y de Servicios -EFS

Proyecto POTEstado actualCosto total
estimado Millones de pesos 2020
Sector
responsable
Adecuación Quebrada FiscalaSin ejecución16.216,9Hábitat
Adecuación Quebrada FuchaSin ejecución8.918,2Hábitat
Adecuación Quebrada YomasaSin Iniciar está por determinar la terminación del contrato por
acercamiento al
vencimiento del plazo contractual sin ejecución.
8.538,4Hábitat
Adecuación y Renaturalización Quebrada ChiguazaTerminada entre los tramos Av. Caracas - Puente de Meissen desembocadura rio Tunjuelo99.309,9Hábitat
Tanque Los SochesDiseñado. En compra de predios25.170,6Hábitat
Línea de Impulsión El Paso - Los SochesDiseñado. En compra de predios559,2Hábitat
Tanque MochueloDiseñado2.212,3Hábitat
Tanque Suba Medio Sur y estación de bombeoActualización de diseño en ejecución. Requiere
predios
22.654,7Hábitat
Tanque y estación de bombeo El ZuqueDiseñado. En compra de predios265,6Hábitat
Saneamiento del Río Bogotá426.850,9Hábitat

PARÁGRAFO 1. Los proyectos de manejo ambiental de micro-cuencas en zonas rurales de Bogotá, incluyendo la restauración ecológica de nacimientos de agua reforestación de cuencas con especies nativas y pacto público-comunitarios en usos de suelo, garantizarán la calidad y continuidad del agua potable y la incorporación de alternativas para el tratamiento de aguas residuales en los acueductos comunitarios. Dichos proyectos deben contar con saldos pedagógicos y deben tener en cuenta en su ejecución a los acueductos comunitarios como garantes de cuidado de la estructura ecológica principal de la ciudad así como de la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado.

PARÁGRAFO 2. Las entidades responsables de la adecuación de canales y sus rondas coordinarán y articularán procesos con las autoridades ambientales con el fin de reverdecer, recuperar e iluminar el espacio público aledaños los canales en zona urbana, así como generar apropiación por parte de las comunidades para su conservación. Esto no solo con propósitos paisajísticos, sino también para disminuir la disposición de residuos sólidos en los canales.

TÍTULO IV.

ESTRATEGIAS PARA EL MANEJO DE LOS IMPACTOS SOCIAL Y ECONÓMICO DEL VIRUS COVID-19.


CAPÍTULO ÚNICO.

ESTRATEGIAS PARA EL MANEJO DE LOS IMPACTOS SOCIAL Y ECONÓMICO DEL VIRUS COVID-19.

ARTÍCULO 23. ESTRATEGIA PERMANENTE, CONTINUA Y PROGRESIVA EN MATERIA DE DERECHOS DE SALUD. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La atención en salud de forma general y permanente y como continuación de la atención de la emergencia sanitaria y fortalecimiento de los sistemas de atención de emergencias, tiene por objetivo aumentar la capacidad de respuesta constante y ante la evolución de la pandemia y su impacto en el sistema territorial de salud, se ejecuta bajo el marco del plan de preparación y respuesta que coordina la SDS.

Esta estrategia se desarrolla desde la declaratoria de pandemia mediante acciones de preparación, contención y mitigación, entre actores públicos, privados y las entidades distritales articuladas en el Sistema de Comando de Incidentes y el sistema de activación de emergencias de la línea 123, que garantice la atención oportuna de las entidades sanitarias en la prevención y mitigación de otras enfermedades de salud pública sumadas al Covid-19.

PARÁGRAFO 1. La Secretaría Distrital de Salud deberá remitir al Concejo de Bogotá en un informe semestral una vez aprobado el presente Acuerdo, que contenga los resultados de la implementación de esta estrategia, que incluye los lineamientos y funcionamiento de la misma.

PARÁGRAFO 2. Esta estrategia se formulará a partir de un modelo de salud con enfoque poblacional diferencial, de género, participativo, resolutivo y territorial que aporte a la modificación de los determinantes sociales de la salud.

ARTÍCULO 24. INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO. Se crea la estrategia integral del Ingreso Mínimo Garantizado para Bogotá, que a través de un esquema que relacione los beneficios o subsidios con las cargas o contribuciones distritales vigentes, garantizará progresivamente, un ingreso mínimo a los hogares residentes en Bogotá D.C.

Serán objeto de subsidios, en la estrategia integral de Ingreso Mínimo Garantizado, los hogares pobres y vulnerables según criterios de focalización que se definan en la reglamentación de la estrategia.

El ingreso mínimo podrá tomar la forma de transferencias monetarias condicionadas y no condicionadas, bonos canjeables por bienes y servicios, subsidios en especie, subsidios para habitabilidad, subsidios en servicios públicos domiciliarios y de transporte, entre otros.

Las cargas o contribuciones que hagan parte del cálculo del Ingreso Mínimo tendrán en cuenta los tributos distritales, las donaciones destinadas para el Ingreso Mínimo, así como las contribuciones en servicios públicos domiciliarios, entre otros.

El Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa creado mediante el Decreto Distrital 93 de 2020 y el Sistema Distrital para la Mitigación del Impacto Económico, el Fomento y la Reactivación Económica de Bogotá D.C. creado en virtud del Decreto Distrital 108 de 2020, serán parte constitutiva del esquema de subsidios y contribuciones de la Estrategia integral progresiva del Ingreso Mínimo Garantizado para Bogotá.

El Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa, se denominará Sistema Distrital Bogotá Solidaria, tendrá como objeto integrarse a la estrategia de Ingreso Mínimo Garantizado y para este fin mantendrá sus fuentes de financiamiento, los mecanismos de focalización, operación y arreglo institucional definidos en los mencionados Decretos Distritales, así como otros que se considere pertinentes para su adecuada operación.

En todo caso, los subsidios deberán otorgarse consultando la sostenibilidad fiscal del Distrito Capital.

PARÁGRAFO 1. Los planes, programas, proyectos, criterios de focalización, servicios y presupuestos de las entidades del nivel central y los establecimientos públicos que hacen parte del Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa y los proyectos de inversión cuyos bienes y servicios estén dirigidos a población pobre y/o vulnerable, podrán ser modificados acorde con las nuevas necesidades que surjan como consecuencia de la emergencia por el COVID19 y para atender la estrategia integral del Ingreso Mínimo Garantizado en Bogotá.

PARÁGRAFO 2. La Secretaría Distrital de Planeación deberá diseñar e implementar una estrategia de monitoreo y evaluación de la estrategia del Ingreso Mínimo Garantizado con el fin de propender por su correcta asignación y permitir la medición del impacto en la calidad de vida de los hogares beneficiados.

PARÁGRAFO 3. La Secretaría Distrital de Planeación será la entidad que consolide la base de datos general de las y los beneficiarios del ingreso mínimo garantizado para su aplicación.

ARTÍCULO 25. ACCIONES ENFOCADAS EN CONTRIBUIR CON EL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> En el marco del presente Plan Distrital de Desarrollo y la emergencia generada por la pandemia del COVID-19 en el Distrito Capital y el mundo, se considera que los siguientes programas contienen acciones que contribuirán a garantizar el acceso al ingreso mínimo garantizado y atenuar la pérdida de bienestar y calidad de vida de los ciudadanos debido a las medidas de contención y las consecuencias intrínsecas de la pandemia. Lo anterior en desarrollo de los principios constitucionales de igualdad material, progresividad, solidaridad y redistribución:

PROGRAMAVALOR*
Programa Educación para todos y todas: acceso y permanencia con equidad y énfasis en educación rural2.628.927
Programa Gestión Pública Efectiva539.686
Programa Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI48.005
Programa Movilidad social integral1.284.297
Programa Prevención de la exclusión por razones étnicas, religiosas, sociales, políticas y de orientación sexual22.081
Programa Sistema Distrital del Cuidado3.792.999
Programa Subsidios y transferencias para la equidad1.373.928
TOTAL9.689.923

* Cifras en millones de pesos. Contribución del programa al Ingreso Mínimo Garantizado

ARTÍCULO 26. SISTEMA DISTRITAL BOGOTÁ SOLIDARIA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa creado por el Decreto Distrital 093 de 2020 con ocasión de la contingencia social de la población pobre y vulnerable residente en la ciudad de Bogotá D.C.- sostenimiento solidario- en el marco de la contención y mitigación del COVID-19, se mantendrá y fortalecerá como una política pública del Distrito con vocación de permanencia y será parte constitutiva del Sistema de Subsidios y Contribuciones que fundamenta la base del Nuevo Contrato Social en Bogotá. El Sistema se compone de tres canales: 1) Transferencias monetarias. 2) Bonos canjeables por bienes y servicios y 3) Subsidios en especie. En ese sentido corresponde a un instrumento para garantizar a la población vulnerable la salud y el bienestar, en especial la alimentación, por pérdida de sus medios de subsistencia derivados no sólo de la declaratoria de pandemia del COVID-19, sino además para el periodo siguiente a la declaración de la no pandemia, e incluso, proyectarse como la herramienta fundamental para enfrentar cualquier otro evento de naturaleza y magnitudes que establezca el Comité Interinstitucional que coordina su funcionamiento. Este Comité está conformado por las Secretarías de Hacienda, Planeación, Gobierno, Integración Social, Hábitat, Mujer y un delegado del Despacho de la Alcaldesa Mayor. Otras Secretarías podrán ser invitadas según los temas a tratar El Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa mantendrá los mecanismos de focalización, financiamiento, operación y arreglo institucional definidos en los mencionados Decretos Distritales, así como otros que se considere pertinentes para su adecuada operación. Su financiación deberá estar garantizada con los recursos apropiados en el presupuesto general del Distrito, de los Fondos de Desarrollo local, con los aportes que haga la nación u otros entes territoriales y con las donaciones de particulares y organismos nacionales e internacionales. Los recursos estarán destinados entre otras cosas, a la redistribución y contingencia para la población vulnerable.

PARÁGRAFO 1. El Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa a partir de la expedición del presente Acuerdo se denominará Sistema Distrital Bogotá Solidaria.

PARÁGRAFO 2. Se crea el Fondo Cuenta para el Sistema Distrital Bogotá Solidaria, en cabeza de la Secretaría Distrital de Hacienda, sin personería jurídica, el cual administrará los recursos de este sistema. El Gobierno Distrital reglamentará su funcionamiento y sus procedimientos.

PARÁGRAFO 3. La Administración deberá presentar un informe semestral al Concejo sobre la implementación de los artículos 24, 25 y 26 del presente Acuerdo.

ARTÍCULO 27. SISTEMA DISTRITAL PARA LA MITIGACIÓN DEL IMPACTO ECONÓMICO, EL FOMENTO Y REACTIVACIÓN ECONÓMICA DE BOGOTÁ D.C. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El Sistema Distrital para la Mitigación del Impacto Económico creado por el Decreto 108 del 8 de abril de 2020, se mantendrá y fortalecerá como una política pública del Distrito con vocación de permanencia.

El Sistema será considerado un instrumento para orientar las acciones para atender las emergencias, mitigar las consecuencias de las crisis y reactivar la economía de la ciudad, enfocado, entre otros temas, en preservar los empleos y el tejido empresarial, en especial de la micro, pequeña y mediana empresa, potencializar el emprendimiento, la creación y reinversión de nuevos modelos de negocio alineados a las nuevas oportunidades de mercado, fortalecer los sistemas productivos solidarios locales y desarrollar programas para la promoción de la compra local con las unidades de negocio identificadas, desarrollar estrategias de comercialización digital, impulsar las nuevas competencias y habilidades para el trabajo, la economía circular, el teletrabajo y los empleos verdes. Todo lo anterior sobre la base del cuidado del medio ambiente.

Podrá recomendar a las instancias del Distrito pertinentes, las acciones necesarias, incluso aquellas que requieran algún tipo de modificación o expedición de normas distritales.

PARÁGRAFO 1. El Sistema operará tanto para la declaratoria de pandemia por COVID-19, como para el periodo de declaración de la no pandemia, y como herramienta fundamental para enfrentar cualquier otro evento de naturaleza y magnitudes que establezca su comité interinstitucional.

PARÁGRAFO 2. La financiación del Sistema deberá estar garantizada con los recursos apropiados del presupuesto general de Distrito, de los Fondos de Desarrollo Local, además de los aportes que pueda destinar la Nación, otros entes territoriales, el sector gremial y privado, y organismos internacionales. Los recursos estarán destinados entre otras cosas, al crédito y liquidez del aparato productivo.

PARÁGRAFO 3. El Sistema tendrá un comité interinstitucional, encargado de definir los ejes estratégicos de funcionamiento y las acciones que permitan cumplir con su objetivo y estará conformado por las Secretarías Privada, de Hacienda, de Movilidad, Planeación y de Desarrollo Económico, Invest-in Bogotá, y un delegado de la Alcaldesa Mayor quien ejercerá la Secretaría Técnica. Las Secretarías Distritales de la Mujer y Cultura serán invitadas permanentes y otras Secretarías podrán ser invitadas según los temas a tratar.

PARÁGRAFO 4. El Sistema recomendará acciones concretas para la creación de una ventanilla única de requisitos para los establecimientos comerciales y para la coordinación de las visitas y requerimientos de inspección, vigilancia y control de las diferentes entidades distritales, con el fin de facilitar la actividad de los pequeños comerciantes de la ciudad.

La Administración Distrital reglamentará los demás aspectos de este Sistema.

ARTÍCULO 28. ACCIONES ENFOCADAS EN REACTIVACIÓN SOCIAL Y ECONÓMICA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> En el marco del presente Plan Distrital de Desarrollo y la emergencia generada por la pandemia del COVID- 19 en el Distrito Capital y el mundo, se considera que los siguientes programas contienen acciones que contribuirán a la reactivación social y económica de la ciudad, la preservación de los empleos, capacidad económica de los hogares y el tejido empresarial a través de un proceso de reactivación y adaptación social y económica de la ciudad:

PROPÓSITO LOGROS DE CIUDAD PROGRAMA TOTAL*
Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la Apropiar el territorio rural desde su diversidad étnica y cultural
como parte de Bogotá región
Bogotá rural13.924
inclusión social, productiva y políticaAumentar el acceso a vivienda digna, espacio público y equipamientos de la población vulnerable en suelo urbano y ruralVivienda y
entornos dignos en el territorio urbano y rural
325.096
Aumentar la inclusión
productiva y el acceso a las economías de aglomeración con emprendimiento y empleabilidad con enfoque poblacional-
diferencial, territorial y de género
Cierre de brechas para la inclusión productiva urbano rural245.052
Cerrar las brechas DIGITALES, de cobertura, calidad y competencias a lo largo del ciclo de la formación integral, desde primera infancia hasta la educación superior y continua para la vida.Educación para todos y todas: acceso y
permanencia con equidad y énfasis en educación rural
1.553.775
 Lectura, Escritura y
oralidad: "Leer para la vida"
7.600
de salud con enfoque poblacional-diferencial, de género, participativo, resolutivo y territorial que aporte a la modificación de los determinantes sociales de la
salud
Mejora de la gestión de instituciones de salud2.168.296
Disminuir el porcentaje de jóvenes que ni estudian ni trabajan con énfasis en jóvenes de bajos ingresos y vulnerables.Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI1.326.094
Implementar el sistema distrital de cuidado y la estrategia de transversalización y
territorialización de los enfoques de género y diferencial para garantizar la igualdad de género, los derechos de las mujeres y el desarrollo de capacidades de la ciudadanía en el nivel distrital y local
Sistema Distrital del
Cuidado
1.250.000
Incrementar la oferta de actividades y la infraestructura para el uso y disfrute del tiempo libre, con enfoque de género, diferencial, e integración territorialBogotá y región, el mejor destino para visitar97.540
Promover aglomeraciones
productivas y sectores de alto impacto con visión de largo plazo en Bogotá región
Bogotá región emprendedora e innovadora179.677
 Bogotá región productiva y competitiva361.667
Promover la participación, la transformación cultural,
deportiva, recreativa,
patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro.
Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud 484.776
PROPÓSITOLOGROS DE CIUDADPROGRAMATOTAL*
 Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural440.120
Rediseñar el esquema de subsidios y contribuciones de Bogotá para garantizar un ingreso mínimo por hogar, que reduzca el peso de los factores que afectan la equidad del ingreso de los hogaresSubsidios y transferencias para la equidad62.717
Reducir la pobreza monetaria, multidimensional y la
feminización de la pobreza
Igualdad de
oportunidades y desarrollo de capacidades para las
mujeres
99.620
TOTAL PROPÓSITO No 18.615.954
Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y
adaptarnos y mitigar la crisis climática
Aumentar la oferta de espacio público y áreas verdes de Bogotá promoviendo su uso, goce y disfrute con acceso universal para la ciudadaníaMás árboles y más y mejor espacio público2.793.531
Ciudad Aumentar la separación en la fuente, reciclaje, reutilización y adecuada disposición final de los residuos de la ciudadEcoeficiencia, reciclaje, manejo de
residuos e
inclusión de la
población
recicladora
315.738
Cuidar el Río Bogotá y el sistema hídrico de la ciudad y mejorar la prestación de los servicios públicosManejo y
saneamiento de los cuerpos de agua
316.578
 Provisión y
mejoramiento de servicios
públicos
3.939.615
Formular y ejecutar estrategias concertadas de adaptación y mitigación de la crisis climáticaCambio cultural para la gestión de la crisis
climática
11.280
PROPÓSITOLOGROS DE CIUDADPROGRAMATOTAL*
Implementar estrategias de mantenimiento, recuperación, rehabilitación o restauración de la Estructura Ecológica Principal y demás áreas de interés ambiental en la ciudad- regiónBogotá protectora de sus recursos naturales509.061
Intervenir integralmente áreas estratégicas de Bogotá teniendo en cuenta las dinámicas patrimoniales, ambientales, sociales y culturalesAsentamientos y entornos protectores45.828
 Eficiencia en la atención de emergencias135.395
 Protección y valoración del patrimonio tangible e intangible en Bogotá y la región16.302
 Revitalización urbana para la competitividad288.225
Reconocer y proteger todas las formas de vida, en particular la fauna urbanaBogotá protectora de animales37.000
Reducir la contaminación
ambiental atmosférica, visual y auditiva y el impacto en morbilidad y mortalidad por esos factores
Manejo y prevención de contaminación87.993
TOTAL PROPÓSITO No 28.496.546
Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación.Disminuir la ilegalidad y la conflictividad en el uso y ordenamiento del espacio
público, privado y en el medio ambiente rural y urbano
Espacio público más seguro y construido
colectivamente
72.360
Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte públicosCalidad de Vida y Derechos de la Población privada de la libertad53.500
 Plataforma institucional para la1.135.293
PROPÓSITOLOGROS DE CIUDADPROGRAMATOTAL*
seguridad y
justicia
TOTAL PROPÓSITO No 31.261.153
Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad
multimodal, incluyente y
sostenible.
Mejorar la experiencia de viaje a través de los componentes de tiempo, calidad y costo, con enfoque de género, diferencial, territorial y regional, teniendo como eje estructurador la red de metro regional y la de ciclorutasMovilidad
segura,
sostenible y
accesible
27.380.060
Red de Metros6.946.357
TOTAL PROPÓSITO No 434.326.417
Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía conscienteIncrementar la efectividad de la gestión pública distrital y localGestión Pública
Efectiva
205.248
Posicionar al Gobierno Abierto de Bogotá-GABO como una nueva forma de gobernanza que reduce el riesgo de corrupción e incrementa el control ciudadano del gobiernoGobierno
Abierto
3.900
Posicionar globalmente a Bogotá como territorio inteligente (Smart City)Información para la toma de decisiones45.711
 Transformación digital y gestión de TIC para un territorio inteligente84.300
Promover procesos de
integración y ordenamiento territorial en la ciudad-región sostenibles social, económica, ambiental e institucionalmente.
Integración regional, distrital y local239.763
TOTAL PROPÓSITO No 5578.922
TOTAL53.278.992

* Cifras en millones de pesos. Contribución del programa a la reactivación económica.

PARÁGRAFO. La naturaleza de la crisis y la apuesta del presente Plan Distrital de Desarrollo por recuperar los efectos económicos negativos generados por la pandemia del COVID-19, requerirá un trabajo intersectorial. La estrategia de mitigación y reactivación deberá contener, al menos los siguientes ejes de actuación: i) Construcción de infraestructura y obra pública, ii) Revitalización del corazón productivo de las localidades, iii) Reactivación y reconversión verde, iv) Apoyo a las industrias culturales y creativas, y v) Transformación productiva y habilidades para el futuro.

ARTÍCULO 29. APOYO AL TEJIDO PRODUCTIVO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Administración Distrital a través del Sector Desarrollo Económico y en coordinación con el Gobierno Nacional, desarrollará programas de otorgamiento de garantías, seguros, financiamiento mediante subsidio de la tasa de interés y/o la operación de líneas de crédito, con el fin de proveer a las empresas de Bogotá, priorizando las MIPYMES afectadas por las consecuencias del COVID-19, diferentes mecanismos para facilitar su recuperación.

PARÁGRAFO. La estrategia de mitigación y reactivación económica deberá enfocar sus esfuerzos, de manera complementaria al Gobierno Nacional, en el tejido microempresarial y de pequeñas empresas de la ciudad como grandes generadoras de empleo e ingresos para las diferentes localidades, reconociendo la diversidad de sus vocaciones productivas y patrones de localización espacial.

ARTÍCULO 30. REACTIVACIÓN ECONÓMICA A PARTIR DE LA CONSTRUCCIÓN DE OBRA, INFRAESTRUCTURA PÚBLICA E IMPULSO A LA CONSTRUCCIÓN PRIVADA Y LA INDUSTRIA MANUFACTURERA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA DE LA PANDEMIA POR COVID-19. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Como estrategia de reactivación económica, la administración distrital impulsará el sector de la construcción a través de la contratación oportuna de las obras públicas previstas en el plan de inversiones del presente Acuerdo, y promoverá la construcción de obras privadas y la manufactura a través de la agilización en la expedición de normas y trámites a cargo de las entidades distritales, que para el efecto coordinará la Secretaría Distrital del Hábitat.

PARÁGRAFO 1. Las entidades encargadas de estructurar los proyectos de contratación deberán velar por la inclusión de parámetros de empleabilidad teniendo como criterio territorial el ámbito de las localidades y de accesibilidad bajo los lineamientos de inclusión con enfoque diferencial que para el efecto expida la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

PARÁGRAFO 2. La ejecución de obras públicas y privadas deberá seguir estrictamente los protocolos de bioseguridad que las autoridades sanitarias expidan para tal fin en pro de la reactivación económica, la Administración elaborará un banco de proveedores de elementos de protección personal para la bioseguridad.

PARÁGRAFO 3. Las entidades distritales podrán requerir información en cualquier momento a los contratistas de obra pública y empresas del sector de la construcción, que consideren relevante para mitigar los efectos de la pandemia originada por COVID-19, garantizando el cumplimiento de la Ley 1581 de 2012.

ARTÍCULO 31. PROYECTOS URBANÍSTICOS E INMOBILIARIOS QUE CONTRIBUYAN AL DESARROLLO ECONÓMICO DE BOGOTÁ. Con la finalidad de contribuir a la reactivación económica y social de Bogotá, la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. -ERDU- podrá estructurar y ejecutar proyectos urbanísticos e inmobiliarios que propendan por la generación de empleo y el fomento de nuevas industrias y actividades económicas, incluyendo nuevas formas de emprendimiento social, y otras actividades desarrolladas por los diferentes sectores administrativos del Distrito.

A su vez, la ERDU podrá actuar como gestor social e intermediario entre propietarios del suelo y constructores en aquellos proyectos de revitalización urbana que se consideren necesarios y relevante para el desarrollo de la ciudad, esto con el fin de dar cumplimiento a los lineamientos de urbanismo de tener una ciudad densa y compacta, que evite largos recorridos de los ciudadanos, por ende, evite procesos de gentrificación, que sea una ciudad caminable, sin desaparecer las dinámicas del territorio pero que a su vez tenga potencial de desarrollo urbano por la ubicación estratégica.

PARÁGRAFO 1. La ERDU podrá vincularse con otras entidades del Distrito Capital para lograr la integralidad de los proyectos a que hace referencia el presente artículo.

PARÁGRAFO 2. La ERDU podrá vincularse con gestores de proyectos urbanos y propietarios del suelo en la gestión de proyectos de revitalización urbana siguiendo los lineamientos establecidos en el POT.

ARTÍCULO 32. MANTENIMIENTO DE LA SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La recuperación social y económica como consecuencia de la pandemia del Coronavirus COVID-19, en ningún momento podrá agravar la crisis climática y generar factores de deterioro ambiental. Por el contrario, los programas, proyectos y toda decisión de reactivación social y económica deberán considerar, su contribución a la mitigación de los impactos de la crisis climática, aplicar los criterios de ecourbanismo, promover transformaciones en los patrones y hábitos de consumo y relación con el ambiente natural y construido, y aprovechar las oportunidades de economía circular. En ese sentido, las decisiones en el marco de los planes de recuperación social y económica deberán adecuarse al principio de desarrollo sostenible, buscando generación de acciones que permitan prevenir, adaptar y mitigar la crisis climática.

El Distrito Capital profundizará procesos de gestión del conocimiento ambiental del territorio, implementando modelos continuos de monitoreo ambiental de Bogotá - Región (ciencia ciudadana, academia y ciudadanía activa) y actualizará los instrumentos de gestión ambiental con miras a buscar soluciones de adaptación y mitigación de la crisis climática.

El Distrito Capital implementará en cada uno de sus proyectos, programas y planes de acción las siguientes temáticas:

1. Los recursos de la recuperación deben presentar oportunidades para la creación de empleos y negocios verdes.

2. Los alivios que se financien con recursos públicos deben incluir medidas de sostenibilidad social y ambiental.

3. La política fiscal debe promover la transición de las economías de “grises” a “verdes” para que las personas y las sociedades sean más resilientes.

4. La inversión pública se debe hacer en el futuro y no en el pasado: los subsidios a los combustibles fósiles deben reemplazarse por subsidios a tecnologías limpias.

5. El Distrito trabajará con el sistema financiero para integrar los riesgos climáticos para financiar proyectos sostenibles.

6. Los gases de efecto invernadero no tienen fronteras, en ese sentido, las transiciones energéticas de los diferentes sectores son indispensables para lograr las reducciones propuestas en el marco de mecanismos internacionales y lograr la mejora en la calidad de aire de los bogotanos. En consecuencia, se actualizará el inventario de gases de efecto invernadero de la ciudad y se definirán metas anuales de reducción con reportes anuales de avance.

7. Los nuevos procesos de selección que se adelanten para la provisión de flota del Sistema Integrado de Transporte Público se harán con tecnologías limpias.

ARTÍCULO 33. MEDIDAS PARA LA RECUPERACIÓN ECONÓMICA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El Distrito Capital priorizará la generación de empleos verdes, que permitan reverdecer espacios y la rehabilitación, recuperación, restauración, reforestación de la estructura ecológica principal, así como, la construcción y operación de viveros, zonas de agricultura urbana, techos verdes y jardines verticales.

La generación de la estrategia distrital de economía circular permitirá generar incentivos por reincorporar los residuos a la economía. Dicha estrategia apoyará la formalización, emprendimiento y tecnología para los recicladores de oficio; la logística y generación de suelo para la reincorporación de los residuos de la construcción y demolición (RCDs) y la activación mediante estrategias de economía colaborativa para la gestión de RCDs de origen residencial.

Se promoverá la alianza regional para el compostaje y uso y aprovechamiento de residuos sólidos y orgánicos, permitiendo la asistencia para pequeñas empresas gestoras para el aprovechamiento de residuos electrónicos y químicos provenientes del sector productivo, así como del sector agropecuario.

Se establecerá un nuevo modelo de abastecimiento inteligente y sostenible, basado en el enfoque de la soberanía alimentaria, permitiendo las compras públicas de quienes implementen buenas prácticas agropecuarias. Así mismo, la logística de abastecimiento debe disminuir las emisiones de material particulado y gases de efecto invernadero.

En el marco de la RAPE se incentivarán cadenas de abastecimiento que promuevan compra local, productos de economías campesinas y conservación de ecosistemas estratégicos, para lo cual se priorizarán aquellos que implementen innovación en la internalización de costos de transporte, operador logístico y mercadeo.

ARTÍCULO 34. PROGRAMA DISTRITAL DE AGRICULTURA URBANA Y PERIURBANA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Se promoverá la conformación de huertas orgánicas con prácticas agroecológicas en espacios urbanos institucionales y comunitarios, a través de la implementación de un programa distrital de agricultura urbana, periurbana y rural, articulado a los mercados campesinos, con participación de organizaciones campesinas, que a través de sus estructuras garanticen que el pequeño y mediano productor campesino aporte al intercambio cultural y a la transferencia de conocimientos ancestrales, contribuyendo al proceso de implementación en terrazas, patios de viviendas, balcones de edificios y en huertas de campesinos periurbanos.

La práctica de la agricultura urbana, periurbana y rural será a través de la siembra de especies alimenticias, medicinales y condimentarias por medio de buenas prácticas agrícolas a mejorar el acceso a una alimentación sana y nutritiva que fortalezca la seguridad alimentaria de sus practicantes y garantice canales de comercialización directa sin intermediación. Formular y facilitar estrategias de asociatividad entre campesinos y campesinas productores de bienes agroalimentarios, los pequeños y medianos comercializadores del municipio y los consumidores.

A estos espacios podrán acudir en condiciones de igualdad todos los actores de la economía campesina municipal y su entorno regional.

PARÁGRAFO. Se entenderá por mercados campesinos aquellos que generen condiciones institucionales para la producción, distribución y comercialización, garantizando la seguridad alimentaria de manera equitativa por la economía y capacidad organizativa del campesinado de los municipios de la región central.

ARTÍCULO 35. PRIORIZACIÓN DE LAS ACCIONES DEL SECTOR CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE EN LA EJECUCIÓN DEL PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> A fin de aportar de manera eficiente y articulada, al cumplimiento de los propósitos, logros, programas y metas contenidas en este Plan Distrital de Desarrollo en el marco de la emergencia y post emergencia sanitaria por el COVID 19, las entidades del sector Cultura, Recreación y Deporte, deberán ejecutar prioritaria y prevalentemente las acciones y recursos a su cargo, que den cumplimiento a las tres finalidades - líneas de impacto que se señalan a continuación:

1.- Finalidad - línea de impacto 1: Activación y reactivación económica y social del sector y sus actores.

2.- Finalidad - línea de impacto 2: Sostenimiento humanitario y digno de las poblaciones vulnerables que hacen parte o integran el sector cultura, recreación y deporte (entre los que se incluyen, grupos etarios, grupos étnicos y sectores socioeconómicamente vulnerables).

3.- Finalidad - línea de impacto 3: Construcción, adecuación, mantenimiento, dotación y prestación del servicio, asociado a infraestructuras culturales que, a partir de las directrices del gobierno distrital, permitan la activación y reactivación económica y social de la ciudad.

Para el cumplimiento de las tres finalidades - líneas de impacto aquí señaladas se deberán ejecutar actividades y destinar presupuesto en:

a.- El fortalecimiento de las líneas de estímulos, apoyos concertados y alianzas estratégicas para dinamizar la estrategia sectorial dirigida a fomentar los procesos culturales, creativos, artísticos, patrimoniales, del deporte y recreativos;

b.- Las intervenciones de bienes de interés cultural en función de la reactivación comunitaria, partiendo de la recuperación de fachadas o micro urbanismo en escala de barrios;

c.- La ejecución de programas y proyectos que, desde el Sector Cultura, Recreación y Deporte permitan apoyar a los agentes que hacen parte del sector en condición de vulnerabilidad, en el marco de la normatividad vigente;

d.- El reconocimiento, creación - estructuración, consolidación y/o posicionamiento de los Distritos Creativos, así como de espacios adecuados para el desarrollo de actividades culturales, creativas, artísticas y del deporte, para fortalecer los programas de la cadena de valor de las industrias culturales, creativas y artísticas, así como la creación de clústers de la economía del deporte, la recreación y la actividad física;

e.- La implementación de procesos integrales de formación a lo largo de la vida con énfasis en el arte, la cultura, la creación, el patrimonio, la recreación y el deporte;

f.- La cualificación de agentes del sector y demás talento humano en el marco de la estrategia de mediadores culturales, y la estrategia del deporte en el Distrito Capital, para el desarrollo en la base deportiva, fortaleciendo la virtualización de contenidos, incentivando la creación y circulación mediante nuevas plataformas;

g.- El diseño y acompañamiento en la implementación de estrategias asociadas a la cultura ciudadana, en torno a los temas priorizados de ciudad, así como, la creación de contenidos y fortalecimiento de medios alternativos y comunitarios, y el desarrollo de estrategias interculturales para fortalecer los diálogos con la ciudadanía en sus múltiples diversidades poblacionales, tareas de género y territoriales, promoviendo, la inclusión, la confianza y el respeto por el otro, así como el cuidado de lo público;

h.- La promoción, consolidación, mantenimiento y sostenibilidad de equipamientos artísticos y culturales, multimodales y polivalentes;

i.- La intervención de bienes de interés cultural de Bogotá que fortalezcan el patrimonio cultural de la ciudad;

j.- El mantenimiento y sostenibilidad física, ambiental y social de parques y escenarios deportivos y la construcción de escenarios deportivos que cumplan la reglamentación internacional de acuerdo al deporte, que permita contar con más y mejores infraestructuras recreativas y deportivas para los habitantes de la ciudad;

k.- La generación de lineamientos para que las entidades de la Administración Distrital incluyan el enfoque de cultura ciudadana en sus procesos de planeación;

l.- La inclusión del inventario de bienes de interés cultural con la finalidad de mantener vigente la información necesaria para su efectiva recuperación, protección y conservación;

m.- Fortalecer las instituciones de personas con discapacidad, que brindan en el marco de las artes plásticas, teatro, danza, música y poesía.

PARÁGRAFO. La reactivación social y económica del Sector Cultura, Recreación y Deporte será necesaria para la resiliencia social y aportará a la construcción de un pacto ciudadano corresponsable, solidario y consciente.

TÍTULO V.

PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES.

CAPÍTULO I.

CALIDAD DEL GASTO PARA CREAR CONFIANZA CIUDADANA.

ARTÍCULO 36. CALIDAD DEL GASTO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Para efectos del presente Acuerdo se entenderá por calidad del gasto aquel que se realiza aplicando los criterios que lo hacen más eficiente, eficaz y efectivo, con el objetivo de generar un impacto positivo sobre la calidad de vida de la población.

Para elevar la calidad del gasto, la administración distrital, fortalecerá los mecanismos de planificación y programación presupuestaria, a través, entre otros, de la herramienta Productos, Indicadores, Metas y Resultados - PMR.

Para el control social y rendición de cuentas a la ciudadanía, sobre la calidad del gasto público distrital, se implementarán indicadores de desempeño con acceso libre a la ciudadanía y en documentos con datos abiertos, a través de las redes sociales y/o canales virtuales de la Administración para su fácil acceso. La Secretaría Distrital de Hacienda para elevar la calidad del gasto en el Distrito deberá:

1. Establecer los criterios relevantes, los lineamientos, indicadores de desempeño, estrategias y el modelo de gestión de calidad de gasto que deberán cumplir las entidades públicas distritales del nivel central y los establecimientos públicos o asimilados presupuestalmente a estos.

2. Construir un tablero de control del gasto fiscal y los resultados de los programas prioritarios de la Administración Distrital.

3. Implementar el Observatorio de Calidad de Gasto Público para la toma de decisiones en materia de asignación y evaluación del Presupuesto en el Distrito Capital.

4. Realizar evaluaciones de calidad del gasto, selectivas y periódicas, de conformidad con los requerimientos de la Administración Distrital.

5. Establecer un modelo de reconocimiento público para las entidades según ranking de Calidad de Gasto Público.

6. Diseñar un programa de acompañamiento técnico para elevar la calidad del gasto público en estas entidades.

PARÁGRAFO 1. Las funciones asignadas en el presente artículo se realizarán de manera progresiva, de conformidad con las prioridades del presente Plan Distrital de Desarrollo.

PARÁGRAFO 2. La Secretaría Distrital de la Mujer y la Secretaría Distrital de Hacienda, en el marco de la calidad del gasto, construirán una estrategia de implementación, costeo y seguimiento del presupuesto con enfoque de género, dirigidos a mitigar los factores que causan la feminización de la pobreza.

PARÁGRAFO 3. La Secretaría Distrital de Gobierno en el marco de los ejercicios de rendición de cuentas de las Alcaldías Locales, garantizar el espacio para que las JAL realicen las acciones de rendición de cuentas ante la ciudadanía.

Artículo 37. Trazador Presupuestal. Las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, de acuerdo con sus competencias, reportarán el cumplimiento de las políticas transversales, mediante un marcador presupuestal, definido para equidad de género, jóvenes, población con discapacidad, territorialización y cultura ciudadana, grupos étnicos y construcción de paz.

Durante el proceso de programación presupuestal, se identificarán los proyectos de inversión que dispondrán de los nuevos trazadores presupuestales a que hace referencia el inciso anterior.

La Secretaría Distrital de Hacienda, en coordinación con la Secretaría Distrital Planeación, definirá la metodología para el reporte y consolidación de los trazadores presupuestales.

PARÁGRAFO. En cumplimiento a los principios de austeridad del gasto, el presente Acuerdo se enmarca en las medidas necesarias para que las decisiones del gasto se ajusten a los criterios de eficacia, eficiencia y economía con el fin de racionalizar el uso de los recursos distritales y así dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 492 de 2019, por el cual se expiden lineamientos generales sobre austeridad y transparencia del gasto público en las entidades y organismos del orden distrital y se dictan otras disposiciones, y a cualquier otra norma vigente sobre el mismo particular.

ARTÍCULO 38. GESTIÓN DE COBRO Y MOVILIZACIÓN DE CARTERA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Para fortalecer la gestión de cobro de las acreencias a favor de las entidades distritales del nivel central y de las localidades, la administración distrital podrá asumir la actividad de cobro persuasivo y coactivo, en relación con las acreencias a favor de las entidades distritales del sector central y del sector descentralizado por servicios, previa realización de los respectivos estudios técnicos.

PARÁGRAFO: Se autoriza a las entidades de la administración central y a los establecimientos públicos del distrito capital para que una vez transcurridos los 180 días de que trata el artículo 66, inciso 2 de la Ley 1955 de 2019 podrán realizar la enajenación de la cartera de acreencias. Así mismo, las entidades distritales podrán enajenar la cartera de naturaleza coactiva a la Central de Inversiones S.A - CISA, siguiendo los lineamientos establecidos en el inciso 4 del artículo 66 de la Ley 1955 de 2019.

ARTÍCULO 39. DEPURACIÓN DE CARTERA. <Artículo derogado por el artículo  320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> En términos de eficiencia institucional y siguiendo los criterios legales en materia de remisión de deudas, prescripción, pérdida de fuerza ejecutoria del acto administrativo o por la inexistencia probada del deudor o su insolvencia demostrada, en virtud de los cuales no sea posible ejercer los derechos de cobro o bien porque la relación costo-beneficio al realizar su cobro no resulta eficiente, las entidades distritales deberán realizar acciones de depuración y saneamiento de la cartera a su cargo de cualquier índole en cualquiera de las etapas del cobro, mediante el castigo de la misma, realizando un informe detallado de las causales por las cuales se depura.

ARTÍCULO 40. FONDO DE SOLIDARIDAD Y REDISTRIBUCIÓN DE INGRESOS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El Fondo de Solidaridad y Redistribución del Ingreso (FSRI), creado mediante el artículo 1 del Acuerdo Distrital 31 de 2001, será trasladado a la Secretaría Distrital del Hábitat a partir de la vigencia fiscal 2021, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 368 de la Constitución Nacional y los artículos 89 y 99 de la Ley 142 de 1994 o a las normas que los modifiquen o deroguen.

De conformidad con lo anterior, la Secretaría Distrital de Hábitat, a partir de la vigencia fiscal 2021, asumirá las funciones para el cumplimiento de los objetivos del fondo, entre ellas las que venía ejerciendo la Secretaría Distrital de Hacienda en relación con las normas que regulan este Fondo, para lo cual se deberán realizar los ajustes administrativos y presupuestales a que haya lugar.

PARÁGRAFO. Durante la vigencia 2020, la Secretaría Distrital de Hábitat realizará, previa su remisión a la Secretaría Distrital de Hacienda, la revisión de los requisitos legales de las entidades prestadoras de servicios públicos y de los actos administrativos que se deben suscribir para el giro de recursos de subsidios del Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos, así como de las cuentas de cobro presentadas por dichas entidades.

De igual manera, la Secretaría Distrital de Hábitat solicitará a las entidades prestadoras que presenten superávit, la información a que haya lugar para realizar el respectivo control sobre los recursos girados a la Dirección Distrital de Tesorería, por este concepto.

ARTÍCULO 41. RECURSOS ADICIONALES POR TRANSFERENCIAS DE LA NACIÓN Y FINANCIACIÓN RÉGIMEN SUBSIDIADO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los recursos adicionales a los previstos en el presupuesto aprobado de cada vigencia por concepto de Transferencias de la Nación - SGP y Rentas de destinación específica que financian el Régimen Subsidiado se incorporarán al Presupuesto Distrital mediante decreto distrital. La Secretaría Distrital de Hacienda, informará de estas operaciones a la Comisión de Presupuesto del Concejo Distrital, dentro de los treinta (30) días siguientes a la incorporación de dichos recursos.

ARTÍCULO 42. ADQUISICIONES PÚBLICAS EFICIENTES Y EFECTIVAS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La administración distrital establecerá un modelo de adquisiciones de bienes, servicios y obras, sobre el cual deben converger progresivamente las entidades distritales que se rijan por el derecho público presupuestal.

El modelo deberá tener en cuenta la posibilidad de aprovechar la generación de economía de escala, la oferta productiva de las MIPYMES, la transparencia y las mejores prácticas.

Para efectos de la ejecución eficiente, se autoriza al Gobierno Distrital para que asigne funciones especiales a entidades distritales para la estructuración de Acuerdos Marcos de Precios Distritales, en ausencia de acuerdo marcos de precios diseñados por la Unidad Administrativa Especial Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia Compra Eficiente, para realizar las referidas adquisiciones que requieran otra u otras entidades distritales debiendo previamente concentrarle allí la apropiación de los recursos a través del Presupuesto Anual del Distrito Capital.

Para la estructuración de Acuerdos Marcos de Precios Distritales se utilizará como insumo criterios técnicos unificadores para sus compras recurrentes del Distrito, de manera que una vez estructurado pueda compararse con mayor pertinencia, con los Acuerdos Marco de Precios Nacionales y escoger la mejor opción.

Las entidades públicas del Distrito Capital deberán planear las adquisiciones de manera que puedan consolidarlas y realizarlas haciendo uso de las vigencias futuras.

PARÁGRAFO. Las entidades públicas del Distrito Capital deberán planear las adquisiciones de manera que puedan consolidarlas y realizarlas haciendo uso de las vigencias futuras en cumplimiento de las disposiciones previstas para su aprobación.

ARTÍCULO 43. GESTIÓN DE OBLIGACIONES PENSIONALES A CARGO DEL FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTÍAS Y PENSIONES -FONCEP. Asígnese al FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTÍAS Y PENSIONES -FONCEP-, la administración de los activos y fuentes de financiación que respaldan la reserva pensional y el reconocimiento y pago de las obligaciones pensionales actualmente a cargo del Distrito Capital.

Para lo anterior, FONCEP ejercerá todas las gestiones inherentes a la administración de las bases de datos, y en general, a todo el proceso de gestión documental que involucre nóminas, expedientes pensionales de bonos y cuotas partes y la revisión de las pensiones en los términos del artículo 20 de la Ley 797 de 2003.

El FONCEP sustituirá y subrogará progresivamente a las entidades distritales que actualmente cumplen las funciones mencionadas en el inciso primero del presente artículo. Por lo tanto, dichas entidades realizarán las cesiones y transferencias de los activos y fuentes de financiación que respalden la reserva pensional. En el evento que las entidades en referencia no alcancen la cobertura del pasivo, en los términos de ley, deberán informar el estado en que se encuentra y la fuente de financiación que soportará el pago de las obligaciones pensionales asumidas por FONCEP.

También el FONCEP realizará las gestiones necesarias para trasladar la representación legal en lo judicial y extrajudicial en los litigios que versen sobre prestaciones pensionales de las entidades distritales.

Las entidades del Distrito Capital que, de acuerdo con lo establecido en la ley, estén obligadas a concurrir con otras entidades del Distrito al pago de las pensiones, y que sean asumidas por el FONCEP, suprimirán las obligaciones recíprocas que por concepto de cuotas partes hayan asumido, efectuando en sus estados financieros los respectivos registros contables.

De acuerdo con la asignación establecida por el presente artículo, el FONCEP gestionará el cobro y pago de las cuotas partes ante entidades del orden nacional y del orden territorial.

PARÁGRAFO 1. Para el cumplimiento e implementación de la asignación realizada por el presente artículo, el Gobierno Distrital reglamentará todo lo pertinente para el desarrollo y ejecución de las funciones atribuidas al Fondo de Pensiones y Cesantías de Bogotá - FONCEP, así como el régimen de transición, las condiciones y parámetros que garanticen el correcto traslado de las funciones al FONCEP, por cada una de las entidades cuyas funciones serán asumidas.

PARÁGRAFO 2. Adicionar el literal e) al artículo 65 del Acuerdo 257 de 2006, el cual quedará así:

“e. Se asigna al FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTÍAS Y PENSIONES - FONCEP- la función de liderar y articular la construcción, implementación y ejecución de las políticas públicas de atención a sus pensionados, que contribuyan con el pleno y activo disfrute de su pensión, en el ámbito social, económico, cultural y recreativo, promoviendo que los pensionados del Distrito Capital tengan acceso a servicios de apoyo de calidad, incluyendo la participación de las diferentes entidades del Distrito y las instituciones de seguridad social y de salud en el marco de un estado de bienestar consolidado. Para el efecto, el Gobierno Distrital determinará las políticas públicas dirigidas a los pensionados del Distrito y reglamentará el ejercicio de la función asignada al FONCEP.”

PARÁGRAFO 3 Transitorio. De acuerdo con el artículo 131 de la Ley 100 de 1993 la Secretaría Distrital de Hacienda, el FONCEP y la Universidad Distrital construirán una hoja de ruta en un plazo no mayor a seis (6) meses posteriores a la sanción del presente Acuerdo para la suscripción del pacto de concurrencia pensional con la Universidad Distrital.

CAPÍTULO II.

ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO.

ARTÍCULO 44. ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Las principales estrategias definidas en la estructura de financiación del Plan Distrital de Desarrollo son las siguientes:

1. Optimización de los Ingresos Tributarios. La gestión de recursos tributarios para la financiación del Plan Distrital de Desarrollo se realizará a través de acciones como:

a) Tributación para el crecimiento sostenido y la inclusión productiva. La administración tributaria distrital fortalecerá el recaudo tributario mediante la adopción de medidas sustanciales y procedimentales que permitan simplificar el ciclo tributario. De la misma manera se propondrán nuevas fuentes de financiación estables sostenidas y progresivas al Concejo de Bogotá para su trámite y correspondiente aprobación.

Con el objeto de avanzar en la inclusión productiva de los contribuyentes bogotanos se estudiarán y valorarán la adopción de incentivos fiscales que permitan la formalización y el impulso a emprendedores e innovadores.

b) Renovación del pacto tributario. Con el objetivo de renovar el pacto tributario distrital, se buscará mantener la cultura tributaria bajo el principio de transparencia y la constante rendición de cuentas que permitirá el acceso a la información pública tributaria, mediante el reporte de informes y estadísticas sobre los resultados de la gestión tributaria.

c) Eficiencia Tributaria, y servicios al contribuyente. La administración tributaria hará explícitos los deberes y derechos de los contribuyentes, avanzará en el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, ofreciendo para ello acceso a servicios electrónicos, así como aplicaciones digitales seguras que permitan la atención e información tributaria confiable.

Se buscarán alianzas para el intercambio de información con entidades del nivel nacional y de los diferentes niveles territoriales con el fin de entender y conocer mejor a los contribuyentes. Se plantean la ejecución de acciones de mejoramiento en el intercambio de información con la adopción de incentivos a las entidades públicas distritales para el envío en debida forma de la información.

Dentro de la eficiencia tributaria la evasión en la ciudad, al finalizar el cuatrienio se reducirá a niveles más bajos, en comparación con los últimos dos cuatrienios.

Para la reducción de la evasión se hará uso de la información disponible para valorar su riesgo de incumplimiento, se implementarán modelos de minería de datos y de inteligencia artificial para la selección de casos a fiscalizar; así como la detección temprana y en línea de las inconsistencias, la implementación de lógicas de control avanzadas, los estudios económicos que faciliten el reconocimiento de los sectores con mayor riesgo de evasión, elusión, la revisión de la tributación y el control de sectores económicos que tienen un peso específico en la economía bogotana como la economía digital.

d) Formalización, aprovechamiento espacial y nuevos mecanismos de financiación. La Administración Distrital propondrá al Concejo de la ciudad, dentro de los dos (2) meses siguientes a la aprobación del Plan Distrital de Desarrollo un proyecto de acuerdo mediante el cual se establezcan incentivos a la formalización empresarial y reactivación económica respecto de los impuestos predial unificado, industria y comercio y el complementario de avisos y tableros, ICA, producto de la situación epidemiológica causada por el COVID- 19, tales como adopción del régimen SIMPLE, inclusión tributaria, límites de crecimiento al predial, pago por cuotas, incentivos para el pago, rebajas en sanciones e intereses en procesos de reorganización empresarial.

Se fomentará mediante la cultura y educación tributaria la ruta hacia la formalización y el crecimiento sostenido de las pequeñas y medianas empresas en acompañamiento con las diferentes entidades del nivel nacional y distrital.

Se estudiará la adopción de incentivos tributarios que generen emprendimientos en sectores económicos de alto valor agregado que aprovechen nuevas dinámicas del uso del suelo. Así mismo, mediante incentivos se buscará mayor edificabilidad en aquellas zonas en que se identifique especial interés en razón a su potencial de economías de aglomeración y se implementarán nuevos instrumentos de financiación de la renovación urbana con el fin de financiar las inversiones estratégicas de la ciudad.

2. Cofinanciación con recursos del nivel nacional. La Administración Distrital gestionará ante la Nación mayores recursos para atención Integral de la primera infancia, calidad de la educación básica y media, atención de población en situación de desplazamiento, migración y refugio; atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno de conformidad con lo señalado en la Ley 1448 de 2011; subsidios para vivienda de interés social y/o prioritario, así como para el Sistema Integrado de Transporte Público Masivo mediante el esquema de cofinanciación Nación (70%), Distrito (30%), entre otros. Para ello fortalecerá los canales de comunicación y coordinación interinstitucional con las entidades del orden nacional, así como la gestión y formulación de proyectos para acceder a recursos del orden nacional.

Así mismo, la Administración Distrital fortalecerá la gestión para la consolidación de recursos provenientes del Sistema General de Regalías - SGR, en el marco de la normatividad legal vigente.

3. Gestión de recursos adicionales. La Administración Distrital podrá gestionar diferentes mecanismos que permitan complementar la financiación del Plan Distrital de Desarrollo, tales como: cobros por congestión, contribución a parqueaderos, instrumentos de financiación del suelo y desarrollo urbano, y otros que sean necesarios para el cumplimiento del presente plan los cuales deberán surtir su estudio y aprobación en el Concejo de Bogotá.

Queda excluido como instrumento de financiación del suelo y desarrollo urbano, el cobro de nuevas contribuciones por valorización para predios residenciales y no residenciales durante la vigencia del presente Plan Distrital de Desarrollo.

4. Concurrencia y complementariedad con la gestión local. La inversión en las localidades se optimizará a través de esquemas de cofinanciación entre el gobierno distrital y los gobiernos locales en los cuales se potencializarán los recursos de los Fondos de Desarrollo Local como contrapartidas en proyectos de gran impacto social que guarden coherencia entre la planeación local y distrital, los cinco (5) propósitos y treinta 30 logros de ciudad establecidas en el presente Plan. En el marco de lo anterior y alineado con un gobierno transparente, se fomentará la rendición de cuentas de las Juntas Administradoras Locales.

5. Asociaciones público- privadas - APP. La participación del sector privado se constituirá en uno de los mecanismos de cofinanciación de las inversiones más importantes para la ciudad. Se intensificará la gestión conjunta con el sector privado en la financiación de los programas y proyectos del Plan Distrital de Desarrollo. El sector privado será un apoyo estratégico a la Administración Distrital en la construcción de la infraestructura requerida, con lo cual se aprovecharán las eficiencias y ventajas competitivas y operativas derivadas de su conocimiento y experiencia.

Para cumplir las metas del presente Plan Distrital de Desarrollo se podrán utilizar las Asociaciones Público-Privadas de que tratan las Leyes 1508 de 2012, 1753 de 2015, 1882 de 2018 y 1955 de 2019 y demás normas que las modifiquen, complementen, sustituyan o se dispongan en el presente Plan.

PARÁGRAFO. La Administración Distrital en cabeza de Transmilenio S.A. o de otro ente, a través de terceros y mediante mecanismos como concesiones o Asociaciones Público Privadas, entre otros, podrá adelantar la construcción y operación de los intercambiadores modales del Distrito Capital y demás infraestructura relacionada con transporte o movilidad, entendidos como proyectos de integración operacional y de articulación del transporte intermunicipal con el transporte urbano, bajo la normatividad de las Alianzas Público Privadas. Así mismo, la Terminal de Transporte S.A. podrá ser la empresa proveedora de la red de estaciones de transferencia y cabecera, de conformidad con lo previsto en el artículo 99 de la Ley 1955 de 2019.

ARTÍCULO 45. OBJETIVOS DE LA ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La estrategia financiera del Plan Distrital de Desarrollo contempla los siguientes objetivos: 1. Fortalecer la gestión integral de las finanzas distritales de tal forma que permita incrementar sus principales ingresos, implementar nuevas fuentes de carácter permanente, establecer alianzas para atraer capital e inversión privada en los proyectos estratégicos del Plan Distrital de Desarrollo, y realizar un manejo responsable del endeudamiento y de los créditos de presupuesto y de tesorería que otorgue conforme a la reglamentación presupuestal, preservando la capacidad de pago de la ciudad, la liquidez y la sostenibilidad de las finanzas distritales. 2. Avanzar en la progresividad del sistema tributario de la ciudad, con tal de conseguir de manera equitativa más recursos para la reactivación económica y social. 3. Modernizar la estructura de la administración pública distrital en sus componentes intersectoriales (transversales) y sectoriales (verticales), así como su infraestructura física. 4. Lograr la Sostenibilidad del Sistema Contable Público Distrital, para lo cual, las entidades distritales deben realizar las gestiones administrativas, técnicas y jurídicas pertinentes, para que los Estados Financieros cumplan con las características fundamentales de relevancia y representación fiel. Para lograr este objetivo, deben disponer de herramientas que contribuyan a la depuración, mejora continua y sostenibilidad de la información financiera, tales como conformación de Comités Técnicos de Sostenibilidad, metodologías, procedimientos, directrices, controles, estrategias de análisis, reglas de negocio u otros lineamientos.

ARTÍCULO 46. PROYECTOS ESTRATÉGICOS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Se consideran proyectos estratégicos para Bogotá D.C., los que garantizan la prestación de servicios a la ciudadanía y que por su magnitud son de impacto positivo en la calidad de vida de sus habitantes y en el logro de los propósitos y metas de ciudad y de gobierno. Dichos proyectos incluyen, entre otros:

En desarrollo del Propósito 1 - Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política, se prioriza: una Agencia de Educación Superior, Ciencia y Tecnología de Bogotá. Una Misión de Educadores Sabiduría Ciudadana. Infraestructura educativa para el desarrollo de la jornada única, la primera infancia y educación inclusiva. El fortalecimiento de la Ruta Integral de Atenciones de la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia. Incrementar gradualmente la oferta de los tres grados de educación preescolar con ampliación de la cobertura y calidad. Un proyecto de inclusión, social, productiva y de empleo para mujeres, jóvenes y personas con discapacidad o en condición de discriminación o exclusión. El sistema distrital de cuidado implementado en el 100%. El embarazo adolescente e indeseado reducido. Soluciones habitacionales complementarios entregados a familias vulnerables con enfoques de género, poblacional y territorial. Estrategia Bogotá 24 horas implementadas. Laboratorios de innovación social en los que se identifique proyectos que fomenten la recuperación del tejido social y la empleabilidad implementados. Solicitudes de pequeñas y medianas empresas rurales acompañadas para mejorar su competitividad y acceder al mercado de la Bogotá - Región. Los proyectos de los Sistemas de Bogotá Solidaria y de la Mitigación del Impacto Económico, el Fomento y Reactivación.

En desarrollo del Propósito 2 - Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática, se prioriza: cumplimiento de los compromisos derivados de la sentencia del Río Bogotá y protección del sistema hídrico de la ciudad. Incrementar áreas con estrategias implementadas para la conservación, en la reserva Thomas van der Hammen-TVDH, Parque Ecológico Distrital de Montaña Entrenubes, Cuchilla del Gavilán, zona rural de Usme y Ciudad Bolívar, y otras áreas de interés ambiental como Cerro Seco. Un modelo de ordenamiento territorial que protege el agua y la estructura ecológica principal de Bogotá - Región. Disminuir el número de toneladas de residuos sólidos dispuestos mediante la tecnología de relleno sanitario y el aumento progresivo de la actividad de tratamiento de los residuos. Promover el tránsito energético hacia tecnologías limpias y renovables tales como biocombustibles avanzados de segunda generación, entre otros.

Consolidar el borde del río Bogotá partiendo de una visión regional integrada de conformidad con el cumplimiento de la sentencia del Río Bogotá y el POMCA. La consolidación del borde del río Bogotá tendrá en cuenta tanto las necesidades urbanas de los entornos densamente poblados que lo bordean, como la garantía de la preservación y saneamiento ambiental del río y su corredor ecológico, así como la prevención del riesgo y la resiliencia climática de la ciudad.

En la cuenca del Río Tunjuelo se priorizarán acciones que permitan recuperar las condiciones ambientales del cauce natural del río, con el fin de consolidar estrategias de desarrollo social, económico, ambiental y urbanístico, que incorporen la participación ciudadana y los valores ambientales de las zonas de ronda, ZMPA y cauce. Las intervenciones se harán teniendo en cuenta la información hidrológica, hidráulica, geomorfológica y ecosistémica. Integrarán la restauración del parque ecológico del río Tunjuelo, como mecanismo de compensación por la explotación minera adelantada en los últimos 30 años. Estas acciones se realizarán de manera armónica con los cierres mineros y contando con los estudios de amenaza y riesgo estipulados en el Decreto Nacional 1077 de 2015, o la norma que lo modifique o sustituya, garantizando que estas intervenciones no detonen procesos de inestabilidad o de ubicación poblacional en áreas susceptibles de la ocurrencia de estos fenómenos.

Adelantar la ejecución del Plan de Ordenamiento Zonal Ciudad Lagos de Torca, garantizando el respeto de la estructura ecológica, la promoción de las construcciones de VIS y VIP y la gestión para la construcción de los equipamientos comunitarios y de la infraestructura de servicios públicos necesarios para asegurar la calidad de vida de la población que residirá en los proyectos inmobiliarios adelantados en el plan. Por su parte, se buscarán mecanismos y alternativas, que permitan asegurar la conectividad ecológica entre las reservas forestales de los Cerros Orientales y Thomas van Der Hammen.

Consolidar el borde del río Bogotá como un componente de la estructura ecológica distrital, partiendo de una visión regional integrada de conformidad con el cumplimiento de la sentencia del Río Bogotá y el POMCA. Esta consolidación tendrá como finalidad garantizar la preservación y saneamiento ambiental del río y su corredor ecológico que incluye su cauce, su ronda y su Zona de Manejo y Preservación Ambiental - ZMPA.

En desarrollo del Propósito 3 - Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación, se prioriza: estrategias de cultura ciudadana desarrolladas e implementadas. Programa de Educación Socioemocional, Ciudadana y Construcción de Escuelas como Territorio de Paz. Casas de justicia priorizadas con un modelo de atención con ruta integral para mujeres. Centros de Seguridad y Justicia - URI creados en zonas de mayor ocurrencia de delitos. Un programa de justicia restaurativa que se centre en la responsabilización por la conducta delictiva de las personas privadas de la libertad en Bogotá implementado. Estrategias contra el hurto en el Sistema de Transporte Masivo de Bogotá y el hurto de bicicletas.

En desarrollo del Propósito 4 - Hacer de Bogotá - Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible, se prioriza: la red de metro regional, conformada por la construcción de la fase I y la extensión de la fase II de la Primera Línea del Metro hasta Suba y Engativá, el Regiotram de Occidente, y el Regiotram del Norte, estructurada y en avance de construcción. Cable de San Cristóbal construido y cable en Usaquén estructurado. Iniciativas de ampliación de vías y acceso a la ciudad como son: AutoNorte, ALO Sur, Avenida Centenario, Av. 68, Av. Ciudad de Cali, extensión troncal Caracas, infraestructura de soporte del transporte público, corredor verde de la carrera Séptima, Avenida Circunvalar de Oriente, Sistema Público de Bicicletas, proyectos de infraestructura cicloinclusiva como la Cicloalameda Medio Milenio y espacio público. Una estrategia de centros de des-consolidación de carga implementada. Ampliación y mejoramiento de la red de ciclorrutas. Estaciones del sistema Transmilenio ampliadas y/o mejoradas.

En desarrollo del Propósito 5 - Construir Bogotá - Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente, se prioriza: la conformación de la Región

Metropolitana de Bogotá - Cundinamarca. Iniciativas documentadas y lideradas por niños, niñas y adolescentes que inciden en el modelo y gobierno de ciudad, comparten sus experiencias para el aprendizaje de los adultos y habitan los espacios de la ciudad de forma segura y protegida. Un modelo de asociatividad regional conformado con los municipios y departamentos vecinos para la preservación del mayor sistema de páramos del mundo. Un modelo de gobierno abierto de Bogotá al servicio de la ciudadanía con transparencia y participación implementado. Implementar el observatorio de gasto público en el marco de un programa distrital de transparencia que fortalezca y promueva el control social, el manejo transparente del presupuesto y el fortalecimiento fiscal de la ciudad. Un modelo de abastecimiento regional y compras institucionales de la Alcaldía a la agricultura campesina, familiar y la pequeña producción rural como un medio para mejorar las capacidades productivas y de generación de ingresos.

ARTÍCULO 47. ENDEUDAMIENTO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El endeudamiento es una de las alternativas que complementan a los ingresos corrientes en la financiación de las obras de infraestructura y proyectos de inversión del Plan Distrital de Desarrollo. Es así como los recursos del crédito estimados para el período 2020-2024 se obtendrían tras finalizar el análisis de fuentes y usos, tanto a nivel presupuestal como a nivel fiscal. Dado esto, la Administración presentará al Honorable Concejo Distrital un proyecto de acuerdo con un cupo de endeudamiento global y flexible que se armonice con los cupos previamente aprobados dando continuidad a los proyectos financiados con los mismos. Así, las proyecciones del endeudamiento se ajustan plenamente a los límites y criterios de sostenibilidad de la deuda establecidos por la Ley 358 de 1997, cuyo límite es de 80% del saldo de la deuda sobre los ingresos corrientes ajustados, y el de capacidad de pago, que fija un nivel máximo de 40% de los intereses sobre el ahorro corriente ajustado.

La estructuración del nuevo endeudamiento se desarrollará bajo el principio de diversificación, a través de las fuentes que históricamente le han otorgado financiación al Distrito Capital tanto a nivel local como internacional, siguiendo lineamientos técnicos de gestión financiera, en un contexto de minimización del costo y de los riesgos asociados, que contempla la distribución de los recursos de acuerdo con los cupos disponibles, plazos acordes a las políticas de los prestamistas, naturaleza de los proyectos a financiar, esquemas de amortización que no generen fuertes presiones futuras sobre una vigencia en particular y desembolso de recursos acordes con el flujo de caja del Distrito Capital. Además, se propenderá por buscar una cobertura natural en la moneda de denominación de la deuda con la generación de ingresos del Distrito Capital, siempre y cuando las condiciones financieras del mercado financiero, ya sea intermediado o desintermediado, lo permitan.

ARTÍCULO 48. FINANCIACIÓN DEL PLAN. <Artículo derogado por el artículo  320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los recursos disponibles para la ejecución del Plan de inversiones dependerán de la implementación de las acciones planteadas en la estrategia financiera. En el evento que los ingresos proyectados, no alcancen los niveles aquí establecidos, el Gobierno Distrital ajustará el plan de inversiones a los recursos disponibles en el Marco Fiscal de Mediano Plazo y los presupuestos anuales, para lo cual considerará la importancia que cada programa tenga en la priorización de la mitigación de la emergencia resultado del COVID-19 y del Contrato Social promoviendo la asignación eficiente de los recursos y el impacto en la entrega de bienes y servicios.

ARTÍCULO 49. PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Adóptese el Plan Plurianual de Inversiones, que estará conformado de la siguiente manera:

Consolidado de Inversión

Millones de $ de 2020

Cal202020212022202320242020-2024
Administración
Central
14.435.83116.567.75116.092.48014.384.34113.369.74474.850.146
Establecimientos
Públicos
2.271.2041.482.2301.448.6941.467.2281.505.5308.174.885
Empresas Industriales y
Comerciales
3.446.8012.964.9222.571.1962.897.9873.340.97015.221.877
Fondos de
Desarrollo Local
872.014840.165865.968893.333921.7234.393.204
Sistema General de Regalías99.07894.49389.21290.74586.764460.293
Sector Privado (APP)1006.183.15906.183.159
Total21.124.92821.949.56127.250.71019.733.63519.224.732109.283.564

Administración Central

Millones de $ de 2020

Concepto202020212022202320242020-2024
Ahorro
Corriente^
6.778.4746.494.7076.443.8876.638.4976.507.74832.863.312
Transferencias3.445.2333.653.1343.931.4124.172.9464.437.75919.640.483
Recursos de Capital3.347.9082.391.3811.775.6701.199.5691.209.8249.924.351
Recursos del
Crédito
864.2162.498.5293.941.5122.373.3291.214.41410.892.000
Gestión de
recursos
adicionales
01.530.0000001.530.000
Total14.435.83116.567.75116.092.48014.384.34113.369.74474.850.146

*/ Ingresos Corrientes descontados los gastos de funcionamiento y el servicio de la deuda

Establecimientos Públicos - Recursos Propios

Millones de $ de 2020

Concepto202020212022202320242020-2024
Ahorro
Corriente
196.633326.905346.906354.135358.7151.583.293
Valorización Ac./ 724 de 2018233.59734.79722.46910.34715.138316.348
Transferencias962.894994.3841.024.4351.055.1681.086.8235.123.704
Recursos de Capital878.080126.14454.88447.57744.8541.151.540
Total2.271.2041.482.2301.448.6941.467.2281.505.5308.174.885

Empresas Industriales y Comerciales del Distrito - Recursos Propios

Millones de $ de 2020

Concepto202020212022202320242020-2024
Acueducto y Alcantarillado de Bogotá1.740.8151.556.707850.682459.008485.0175.092.228
Transmilenio489.8181.286.2201.480.1211.538.5371.193.1725.987.868
Metro de Bogotá1.196.653105.458189.798853.0001.634.8783.979.788
Canal Capital10.3557.0688.0817.9157.76841.187
Lotería de Bogotá6926926926926923.459
Renovación y Desarrollo Urbano8.4698.77741.82238.83619.444117.347
Total3.446.8012.964.9222.571.1962.897.9873.340.97015.221.877

Tabla 2: Consolidado de Inversión

PRESUPUESTO POR PROPÓSITOVALOR*
Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política.51.368.583
Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática9.574.438
Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación.2.904.688
Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible.34.868.402
Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente.6.166.983
Otros4.400.470
TOTAL109.283.564

*Cifras en millones de pesos

SECTORVALOR*
Ambiente1.345.877
Cultura2.237.368
Desarrollo Económico878.188
Educación23.740.594
Gestión Pública548.000
Gobierno6.131.207
Hábitat7.288.401
Hacienda544.876
Integración Social6.486.848
Gestión Jurídica44.736
Movilidad36.919.236
Mujeres414.685
Planeación219.434
Salud16.186.123
Seguridad1.879.387
Veeduría18.134
Otras transferencias4.400.470
TOTAL109.283.564

*Cifras en millones de pesos

PROPÓSITOSECTORTOTAL*
Hacer un nuevo contrato social con Ambiente83.230
igualdad de oportunidades para la Cultura1.882.679
inclusión social, productiva y Desarrollo Económico799.657
política.Educación23.631.915
Gobierno2.554.494
Hábitat1.707.891
Hacienda45.427
Integración Social4.914.372
Movilidad78.379
Mujeres172.500
Planeación10.773
Salud15.487.266
TOTAL PROPÓSITO 151.368.583
Cambiar nuestros hábitos de vida Ambiente1.035.498
para reverdecer a Bogotá y Cultura107.794
adaptarnos y mitigar la crisis Educación3.996
climáticaGobierno1.510.933
Hábitat5.305.642
Movilidad1.226.527
Salud212.403
Seguridad171.645
TOTAL PROPÓSITO 29.574.438
Inspirar confianza y legitimidad Cultura19.174
para vivir sin miedo y ser epicentro Desarrollo Económico43.131
de cultura ciudadana, paz y Educación96.683
reconciliación.Gestión Pública154.805
Gobierno291.812
Hábitat54.829
Integración Social130.439
Movilidad345.416
Mujeres178.230
Salud64.200
Seguridad1.525.969
TOTAL PROPÓSITO 32.904.688
Hacer de Bogotá Región un modelo Gobierno834.223
de movilidad multimodal, incluyente y sostenible.Movilidad34.034.179
TOTAL PROPÓSITO 434.868.402
Construir Bogotá Región con Ambiente227.149
gobierno abierto, transparente y Cultura227.721
ciudadanía consciente.Desarrollo Económico35.400
Educación8.000
Gestión Pública393.195
Gobierno939.745
Hábitat220.039
Hacienda499.449
Integración Social1.442.037
Gestión Jurídica44.736
Movilidad1.234.735
Mujeres63.955
Planeación208.661
Salud422.254
Seguridad181.773
Veeduría18.134
TOTAL PROPÓSITO 56.166.983
OtrosOtras transferencias4.400.470
Total Otros4.400.470
TOTAL109.283.564

*Cifras en millones de pesos

TÍTULO VI.

PROCESOS DE COORDINACIÓN, ASPECTOS NORMATIVOS E INSTITUCIONALES Y DISPOSICIONES GENERALES.

CAPÍTULO I.

PROCESOS DE COORDINACIÓN.

ARTÍCULO 50. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL DISTRITAL. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La acción administrativa que para la debida ejecución del Plan Distrital de Desarrollo ejecuten los servidores públicos que integran los organismos y entidades distritales que conforman los Sectores de Organización Central, Descentralizado y de las Localidades de Bogotá; además de realizarse con base en los principios que inspiran este Plan: honradez, vocación de liderazgo, inteligencia intelectual y afectiva y, orientación a la acción colectiva; con sentido de corresponsabilidad e interdependencia e integración, deberán ser realizadas consultando el necesario deber de articulación efectiva y eficaz en los escenarios reales que en Bogotá se traduce en los diversos escenarios inter e intrasectoriales que conforman Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital de Bogotá D.C. definirá las actuaciones necesarias para mejorar el funcionamiento de las instancias de coordinación de la Administración Distrital, de acuerdo con el análisis que se requiera para el caso.

PARÁGRAFO 1. En el marco de la presente administración deberá implementarse integralmente el Capítulo II - Seguimiento a las instancias de coordinación de la Resolución de fecha 8 de junio de 2016 “Por la cual se expiden lineamientos para el funcionamiento, operación, seguimiento e informes de las instancias de coordinación del Distrito Capital”, emitida por la Secretaría General, debiéndose mantener actualizado y en línea (publicación y acceso en página web) el Inventario Único Distrital de las Instancias de Coordinación - IUDIC, así como los reportes de los asuntos sometidos a ellas, con detalle de las acciones, decisiones o recomendaciones que se tomen en su interior, debiéndose publicar los reportes con una periodicidad máxima de un trimestre entre publicaciones.

PARÁGRAFO 2. El IUDIC deberá implementar un desarrollo que permita a la Alcaldesa en ejercicio de funciones y a su equipo de gobierno, esto es, gabinete y en general a los funcionarios de primer y segundo nivel de la totalidad de entidades y organismos del sector central, descentralizado y de Localidades, tener acceso en línea de los asuntos debatidos en dichas instancias, que además, se puedan integrar a los diversos esquemas de seguimiento - tableros de control que tengan implementados, a fin de lograr mejores y mayores niveles de control de los asuntos de su competencia.

PARÁGRAFO 3. Será una obligación de la totalidad de los secretarios, directores, gerentes y demás funcionarios de primer nivel de las entidades y organismos, del nivel central, descentralizado y de las Localidades, garantizar que los asistentes a las diversas instancias de coordinación tengan la posibilidad de toma de decisiones de los asuntos que deban ser discutidos o analizados, garantizar el análisis previo al interior de cada entidad u organismo a fin de que en dichos escenarios, se expongan posiciones institucionales debidamente revisadas y que reduzcan los posibles riesgos de dilación que se pueden presentar en dichos escenarios de articulación.

PARÁGRAFO 4. En la estrategia Bogotá D.C. ciudad inteligente, IDECA es la herramienta unificada del manejo de la información geográfica y espacial del Distrito Capital. Para este fin, las bases de datos de las entidades distritales que contengan información útil, oportuna, pertinente y relevante, se integrarán a la infraestructura IDECA, conforme a la temática, parámetros de seguridad de la información útil, oportuna, los estándares de calidad, los principios y lineamientos establecidos por la Comisión de Infraestructura Integrada de Datos Espaciales.

ARTÍCULO 51. INSTANCIAS PARA LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS, LA PAZ Y LA RECONCILIACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Secretaría General, a través de la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación -ACDVPR-, coordinará las gestiones necesarias para formular las modificaciones a los Acuerdos Distritales 17 de 1999 y 491 de 2012, para dar cumplimiento al Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera.

ARTÍCULO 52. ESTRATEGIA TRANSVERSAL PARA TERRITORIALIZACIÓN DEL ACUERDO FINAL PARA LA TERMINACIÓN DEL CONFLICTO Y LA CONSTRUCCIÓN DE UNA PAZ ESTABLE Y DURADERA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> En virtud del inciso segundo del artículo transitorio de la Constitución Política, incorporado en el artículo 1o del Acto Legislativo 002 de 2017, la Administración Distrital ejecutará una estrategia transversal que permita contribuir a la implementación del “Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”.

Para el efecto, se establecerán las estrategias que respondan a las particularidades de la ruralidad en Bogotá y a la articulación entre las entidades del orden distrital y nacional las cuales serán lideradas por la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor.

PARÁGRAFO 1. Teniendo en cuenta que el Acuerdo de Paz contempla dentro de sus principios la aplicación de la justicia restaurativa, como alternativa que busca la restauración del daño causado y la reparación de las víctimas afectadas por el conflicto, la Administración Distrital definirá los lineamientos para incorporar dentro de su oferta de programas y proyectos de los distintos sectores administrativos, acciones de contenido reparador- restaurador (TOAR), que permitan espacios de encuentro entre excombatientes, víctimas y sociedad civil, haciendo de la ciudad un epicentro de paz y reconciliación.

PARÁGRAFO 2. Todas las estrategias y disposiciones adoptadas en esta materia tendrán en consideración las garantías de seguridad que faciliten la construcción de paz y de bienes públicos, conforme a lo establecido en el Decreto Ley 154 de 2017.

ARTÍCULO 53. PROGRAMAS DE DESARROLLO CON ENFOQUE TERRITORIAL - PDET-. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Bogotá - Región será epicentro de paz y reconciliación, mediante la incorporación del enfoque PDET contemplado en el punto 1.2 del Acuerdo Final, como un instrumento con carácter reparador que tenga como marco de referencia los planes y programas del Distrito con enfoque territorial, y de construcción de paz para promover el desarrollo integral de las comunidades.

Para esto, se diseñarán e implementarán los PDET para Sumapaz y el borde suroccidental de Bosa y Ciudad Bolívar en límites con el municipio de Soacha. Los compromisos adquiridos por las entidades en los PDET deberán reflejarse en su presupuesto anual y en sus indicadores de ejecución de sus proyectos.

PARÁGRAFO. Para el caso del PDET urbano se podrán considerar los pilares en los que se basan los PDET rural de acceso a servicios públicos, desarrollo de infraestructura, ordenamiento de la propiedad y programas que promuevan la memoria, la convivencia y la reconciliación, entre otros, y de acuerdo a las necesidades identificadas en el territorio.

ARTÍCULO 54. MESA INTERSECTORIAL PARA EL SEGUIMIENTO DE LOS PDET. Se creará una mesa intersectorial bajo la secretaría técnica de la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación, para el seguimiento de la implementación del PDET y de los componentes relacionados con la reincorporación efectiva de excombatientes en la que participarán las diferentes entidades distritales con competencia en el tema, y que podrá invitar a entidades del orden nacional en los temas que se requieran, para la mejor articulación de acciones en el territorio.

La mesa tendrá como propósitos la formulación e implementación de una estrategia que garantice la reincorporación y reintegración a la vida civil en el marco del Acuerdo Final, así como la efectiva ejecución de los programas y proyectos relacionados con los PDET a implementar en Bogotá D.C., en el marco del Acto Legislativo 01 del 2017.

La implementación y la ejecución de cada uno de los componentes se deberá realizar con el apoyo de todas las Secretarías de la Administración Distrital de acuerdo con su misionalidad y funciones dando aplicación a los principios de coordinación y colaboración.

Los compromisos adquiridos por las entidades en esta instancia deberán reflejarse en su presupuesto anual y en sus indicadores de ejecución de programas y proyectos.

ARTÍCULO 55. LA POLÍTICA DE PAZ, RECONCILIACIÓN, CONVIVENCIA Y NO ESTIGMATIZACIÓN EN BOGOTÁ. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Las entidades distritales, de manera coordinada y armónica, desde el ámbito de sus competencias legales y funcionales, adelantarán acciones que respondan a las necesidades particulares de la ciudad para la implementación de la “política de paz, reconciliación, convivencia y no estigmatización”, de conformidad con lo establecido en el artículo 1o de la Ley 434 de 1998, modificada por el Decreto Nacional 885 de 2017.

En concordancia con lo anterior, la Administración Distrital podrá diseñar una estrategia transversal para la apropiación social y la promoción de los espacios locales y distritales de memoria para la paz y la reconciliación. La incorporación de esta política deberá ser gradual, participativa, y solidaria, contemplando un conjunto de medidas integrales de carácter socio-económico, cultural y político que combatan eficazmente las causas de la violencia. La estrategia transversal incluirá de manera integral el enfoque étnico en su diseño e implementación.

ARTÍCULO 56. ATENCIÓN, ASISTENCIA Y REPARACIÓN INTEGRAL. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Se fortalecerán las instancias de adopción y ejecución de las medidas de asistencia, atención y reparación integral a las víctimas del conflicto armado, en cumplimiento de las competencias de la Ley 1448 de 2011 para las entidades territoriales, y demás normas reglamentarias.

En razón a lo anterior, a través de las instancias de articulación creadas con ocasión a la Ley 1448 de 2011, se consolidarán acciones con las entidades que conforman el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición -SIVJRNR- que permitan aportar a la materialización de los derechos a la verdad, justicia y reparación integral.

En todo caso, se dará aplicación a lo establecido en los Decretos Ley étnicos, para la materialización de las medidas para pueblos y comunidades indígenas (Decreto Ley 4633 de 2011) comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras (Decreto Ley 4635 de 2011) y víctimas pertenecientes al pueblo Rrom o Gitano (Decreto Ley 4634 de 2011), como una política pública diferencial de atención, protección, reparación integral y restitución de derechos territoriales, con el objetivo de garantizar el goce efectivo de sus derechos territoriales.

ARTÍCULO 57. COMISIÓN DISTRITAL DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Transfórmese la Comisión Distrital de Sistemas en la Comisión Distrital de Transformación Digital como instancia de coordinación y articulación de las iniciativas de transformación digital en la ciudad. Harán parte de la Comisión los Directores de Tecnología e Información de las entidades cabeza de cada uno de los Sectores del Distrito Capital y un delegado de la ETB, y estarán en coordinación con el IDECA y la Secretaria Distrital de Planeación, como coordinadora del Plan Estadístico Distrital.

La presidencia de la Comisión estará en cabeza de la Alcaldesa Mayor o quien ésta designe y la secretaría técnica de la Comisión será ejercida por la Alta Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y Comunicaciones - TIC de la Secretaría General.

Los Directores(as) o Jefes(as) de tecnologías e información de los organismos de control y el Subsecretario(a) Técnico de la Secretaría General, serán invitados permanentes de la Comisión. Los demás directores(as) o Jefes(as) de Tecnología e Información de las entidades del Distrito Capital, podrán ser invitados a la Comisión.

La ETB tendrá asiento permanente como asesor en la formulación e implementación de las iniciativas de transformación digital del Distrito.

Así mismo, podrán ser invitados a la Comisión, en calidad de asesores o consultivos, representantes de la academia, los gremios, el sector privado y las organizaciones de la sociedad civil, especialmente las de las personas con discapacidades. La Comisión tendrá la facultad de dictar su reglamento.

ARTÍCULO 58. PARTICIPACIÓN CIUDADANA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Este Plan Distrital de Desarrollo en concordancia con el artículo 2o de la Ley 1757 de 2015 formula como medida específica orientada a promover el derecho a la participación de todas las personas naturales y jurídicas como las Juntas de Acción Comunal y demás instancias de participación comunal organizada, en las decisiones de la Administración Distrital, la implementación de escenarios de encuentro constantes con la ciudadanía y, a través de la Secretaría Distrital de Gobierno, la operación de un mecanismo digital que permita a la ciudadanía promover y tramitar causas o iniciativas locales en torno a las decisiones que los afecten y consultar las políticas públicas que cada entidad desarrolle.

Esta estrategia digital deberá permitir la identificación de la ciudadanía participante con el fin de que las causas o decisiones de política pública que las entidades opten por abrir a consulta deban ser tramitadas por las entidades distritales que resulten competentes de conformidad con los resultados participativos que sean obtenidos.

Además, deberá permitir identificar y visibilizar causas ciudadanas, generar redes de cooperación social, y consultar el impacto de las medidas que se tomen en el marco de la atención, mitigación y recuperación de la emergencia sanitaria con ocasión del COVID-19.

PARÁGRAFO 1. La Secretaría Distrital de Gobierno establecerá los lineamientos de funcionamiento de la estrategia digital con el propósito de utilizar este mecanismo de participación para cumplir con los programas que establece el presente Plan Distrital de Desarrollo.

PARÁGRAFO 2. Las entidades distritales, en cabeza de la Secretaría de Educación del Distrito, deberán diseñar estrategias de participación que recojan la visión de las niñas y los niños, garantizando su incidencia, especialmente en planes sectoriales y el Plan de Ordenamiento Territorial. Adicionalmente, deberá promover al interior de las diferentes organizaciones sociales de la ciudad, que incluyan ejercicios de participación y pedagogía de niñas y niños en todos sus procesos de planeación.

ARTÍCULO 59. TRANSPARENCIA DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO METRO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Como parte de la estrategia de Gobierno Abierto de Bogotá - GABO, y para garantizar transparencia y publicidad en la ejecución del proyecto Primera Línea de Metro de Bogotá -PLMB-, la Empresa Metro diseñará una estrategia de rendición de cuentas, para lo cual como mínimo creará en su página web, un micrositio de consulta pública, donde se informe en detalle el avance de ejecución de la Fase I de la PLMB, medida en términos financieros y técnicos.

ARTÍCULO 60. PROTECCIÓN DE LA PRIMERA INFANCIA Y ADOLESCENCIA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El presente Plan en cumplimiento de la Ley 1098 de 2006 incorpora dentro de los cinco (5) propósitos y los logros de ciudad la protección a los derechos de la primera infancia y la adolescencia y define los siguientes Programas:

1. Salud y bienestar para niñas y niños.

2. Sin machismo ni violencia contra las mujeres, las niñas y los niños.

3. Educación inicial: bases sólidas para la vida.

4. Educación para todos y todas: acceso y permanencia con equidad y énfasis en educación rural.

5. Formación Integral: más y mejor tiempo en los colegios.

6. Transformación pedagógica y mejoramiento de la gestión educativa. Es con los maestros y las maestras.

7. Prevención y atención de maternidad temprana.

8. Atención a jóvenes y adultos infractores con impacto en su proyecto de vida.

9. Jóvenes con capacidades: proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI.

10 Plataforma institucional para la seguridad y justicia.

Los que incluyen en sus metas acciones para niños, niñas y adolescentes:

1. Salud para la vida y el bienestar.

2. Sistema Distrital de Cuidado.

3. Plataforma institucional para la seguridad y justicia.

4. Bogotá territorio de paz y atención integral a las víctimas del conflicto armado.

5. Conciencia y cultura ciudadana para la seguridad, la convivencia y la construcción de confianza.

6. Gobierno Abierto.

7. Movilidad social integral.

PARÁGRAFO 1. La Administración Distrital, a través de la Secretaría Distrital de Integración Social, en conjunto con las Secretarías de Educación del Distrito, de Salud y de Cultura, Recreación y Deporte, adelantará acciones de articulación y gestión intersectorial con el gobierno nacional para que los niños y niñas entre 0 y 6 años, puedan acceder en condiciones de igualdad, equidad y calidad, a los programas de primera infancia ofertados por el Distrito y la Nación a través del ICBF; con el fin de garantizar el desarrollo armónico y el goce efectivo de sus derechos, con enfoque diferencial en lo rural y urbano, lo anterior en concordancia con la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia, los lineamientos definidos por el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y en cumplimiento de la Ruta Integral de Atenciones del Distrito Capital.

PARÁGRAFO 2. Establézcase un sistema integral de prevención de riesgos y peligros a niños, niñas, adolescentes y jóvenes para promover una cultura de respeto a la integridad física, psicológica y emocional de los menores de edad; diseñar estrategias para prevenir la ocurrencia de delitos y actos de violencia como matoneo, sextorsión, ciberacoso, grooming, entre otros y sus implicaciones para la salud física y mental como anorexia, bulimia, ansiedad o tendencia al suicidio; territorializar la prevención de violencias, riesgos y peligros tanto en entornos escolares, urbanos, familiares y comunitarios así como los que se llevan a cabo en espacios virtuales o mediante el uso de nuevas tecnologías y redes sociales; y coordinar en cumplimiento de los derechos a la salud, la educación, el cuidado social, la seguridad, la convivencia y la justicia, el esfuerzo institucional para transversalizar la prevención de las violencias, riesgos y peligros que pueden profundizarse como consecuencia de la emergencia social derivada de la pandemia por el COVID-19 y en aplicación de la especial protección constitucional de que gozan los menores de edad en el ordenamiento jurídico.

ARTÍCULO 61. POLÍTICA DE TRABAJO DECENTE. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El Distrito Capital de Bogotá, adicional a la Política Pública de gestión integral de talento humano y dentro de la propuesta del Plan Distrital de Desarrollo, adelantará las acciones tendientes hacia la garantía del derecho al trabajo decente, buscará disminuir las brechas de desigualdad laboral entre mujeres y hombres y el diseño de estrategias para el primer empleo en los jóvenes y para posibilitar el acceso al empleo formal de personas mayores antes de alcanzar su edad de jubilación. Son parte de esta política las siguientes acciones planteadas en el presente Plan:

1. Diseñar e implementar una estrategia de formalización, dignificación y acceso público y/o meritocrático a la Administración Distrital con la creación de por lo menos 1.500 empleos y la realización de concursos de méritos para la provisión de 1.850 vacantes. Esta estrategia deberá contemplar un análisis integral del diseño institucional, estudios de cargas laborales para definir las necesidades de personal y de los recursos presupuestales disponibles, para definir acciones de mediano y largo plazo.

2. Diseñar e implementar una estrategia para fortalecer la gestión, la innovación y la creatividad en la Administración Distrital, generando valor público al servicio de la ciudadanía.

3. Promover la generación de empleo para 200.000 personas, con enfoque de género, territorial, diferencial: mujeres cabeza de hogar, etnias, jóvenes, jóvenes NINI, personas con discapacidad, y/o teniendo en cuenta acciones afirmativas.

4. Desarrollar habilidades financieras y digitales a 72.900 emprendedores de subsistencia o pequeños empresarios, con especial énfasis en sectores afectados por la emergencia.

5. Formar 50.000 personas en las nuevas competencias y habilidades para el trabajo en el marco de la reactivación económica.

6. Aumentar en un 30% el número de mujeres formadas en los centros de inclusión digital.

7. Diseñar y acompañar la estrategia de emprendimiento y empleabilidad para la autonomía económica de las mujeres.

8. Formular e implementar una estrategia pedagógica para la valoración, la resignificación, el reconocimiento y la redistribución del trabajo de cuidado no remunerado que realizan las mujeres en Bogotá.

9. Garantizar en los colegios públicos la implementación de estrategias en educación media, que permitan una formación acorde a los retos del siglo XXI, la orientación socio- ocupacional y el fortalecimiento de sus capacidades y competencias para que puedan elegir su proyecto de vida.

10. Ofrecer 20.000 cupos nuevos en educación superior.

11. Implementar en el 100% de las entidades del Distrito una estrategia de teletrabajo que considere horarios flexibles, y que dentro de los criterios de priorización incluya personas con discapacidad, cuidadores, cuidadoras, y madres cabeza de familia.

12. Las entidades y organismos distritales deberán avanzar progresivamente en el cumplimiento del Decreto Nacional 2365 del 2019. Adicionalmente, las entidades distritales propenderán por que empleos nuevos que se creen y vacantes que se generen, cuando no tengan lista de elegibles, puedan ser provistas mediante nombramiento provisional con jóvenes entre los 18 y 28 años.

PARÁGRAFO. El Distrito Capital, en cabeza de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y con el acompañamiento del Ministerio del Trabajo, deberá actualizar la Política de Trabajo Decente y Digno de Bogotá, consagrada en el Decreto Distrital 380 de 2015.

ARTÍCULO 62. PAGOS A PLAZOS JUSTOS. <Artículo derogado por el artículo  320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Administración Distrital, en los seis (6) meses siguientes a la expedición de este Acuerdo, diseñará, reglamentará e implementará una Política de Pagos a Plazos Justos para todas las entidades del Distrito, tanto en el sector central como en el descentralizado. Esta política unificará los procedimientos, documentos y requisitos de pago de facturas y cuentas de cobro, de manera que sean los mismos en todas las entidades distritales. Así mismo, dispondrá que los pagos por la adquisición de bienes y la prestación de servicios que tengan como acreedor a micro, pequeñas y medianas empresas y/o personas naturales, no tomarán más de 20 días hábiles una vez recibida a satisfacción de la factura.

ARTÍCULO 63. TRABAJO JUSTO EN LA SALUD. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Para efectos de la ejecución eficiente y la estabilidad laboral de los trabajadores de la salud del Distrito que realizan actividades misionales en las entidades públicas de prestación de servicios de salud, se diseñará e implementará una estrategia de formalización, dignificación y acceso público y/o meritocrático del empleo, que incluya:

1. Asignar progresivamente las plantas creadas vigentes que se encuentren vacantes de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y para la provisión de los cargos en provisionalidad se realizarán mecanismos meritocráticos con pruebas internas que prioricen a los contratistas actuales.

2. Realizar vínculos contractuales que comprometan un período no menor a dos (2) vigencias futuras anuales, en los casos donde el análisis de la necesidad de duración del servicio que se requiera.

PARÁGRAFO 1. Las entidades públicas de servicios en salud del Distrito Capital deberán planear el presupuesto para consolidar la contratación haciendo uso de vigencias futuras anuales, para lo cual realizarán las gestiones necesarias ante las instancias correspondientes.

PARÁGRAFO 2. Se realizará además un estudio de cargas laborales para determinar el estado actual de la planta de personal, que incluya los costos y las rutas de la formalización laboral del personal misional de salud dentro de las entidades públicas del sector y su implementación progresiva de acuerdo con la disponibilidad presupuestal anual.

ARTÍCULO 64. UTILIZACIÓN DE VIGENCIAS FUTURAS PARA RUBROS DE FUNCIONAMIENTO E INVERSIÓN. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Con el fin de lograr una mayor eficiencia en el gasto público, la aplicación de economías de escala y en cumplimiento a los principios de economía y eficiencia que rigen la gestión contractual de las entidades distritales, la ejecución de los rubros de funcionamiento e inversión a cargo de las mismas, especialmente los relacionados con operación, tecnología y gasto de funcionamiento estratégico, tales como contratos de compraventa, suministros y servicios integrales de: aseo y cafetería, vigilancia y seguridad privada en las modalidades de vigilancia fija y móvil, medio tecnológicos, servicios de atención o mesa de servicios entre otros relacionados, se podrá realizar mediante el esquema de vigencias futuras. En todo caso, para la aprobación de vigencias futuras se requerirá previo estudio y aprobación del Concejo.

ARTÍCULO 65. TRANSVERSALIZACIÓN DE LOS ENFOQUES POBLACIONAL-DIFERENCIAL Y DE GÉNERO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Las entidades distritales y las Alcaldías Locales deberán incorporar los enfoques poblacional-diferencial y de género en toda su gestión e intervenciones a la ciudadanía, en el marco de sus competencias. Para el caso de los instrumentos de planeación, los enfoques se deberán incorporar atendiendo las metodologías establecidas por la Secretaría Distrital de Planeación. Estos instrumentos deberán considerar las particularidades y necesidades de los grupos poblacionales y sectores sociales que habitan la ciudad, de tal forma que se generen acciones diferenciales que permitan el goce efectivo de sus derechos.

PARÁGRAFO. La estrategia de transversalización del enfoque de género y diferencial para las mujeres se implementará bajo el apoyo técnico de la Secretaría Distrital de la Mujer.

ARTÍCULO 66. ENFOQUE DIFERENCIAL ÉTNICO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> En un plazo no mayor a cuatro (4) meses a partir de la expedición del presente Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, se realizará el proceso de concertación y construcción conjunta con los pueblos y comunidades étnicas asentados en el Distrito, que conduzca a la inclusión de programas, planes y proyectos específicos; metas, indicadores, tiempos, responsables y asignación presupuestal dirigidos a la población étnicamente diferenciada, en cada uno de los sectores de la Administración y en las Localidades, propendiendo por la salvaguarda de sus derechos y garantizando su supervivencia física y cultural. Este proceso de construcción incorporará el enfoque de género, mujer, familia y generación desde las visiones propias de las mujeres de los pueblos y comunidades étnicas.

Los acuerdos logrados en el marco del proceso de la concertación y construcción conjunta se realizarán en el marco fiscal y asignaciones establecidas en el presente Plan Distrital de Desarrollo.

Las acciones derivadas del Plan Distrital de Desarrollo, las Políticas Públicas y los Planes Integrales de Acciones Afirmativas para los Pueblos Indígenas, las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palanqueras y el Pueblo Rrom o Gitano, se construirán en un proceso de concertación con los pueblos y comunidades étnicas en sus diferentes formas de gobierno propio.

ARTÍCULO 67. APORTES SOCIALES DE LAS ENTIDADES Y ORGANIZACIONES DEL SECTOR RELIGIOSO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El Gobierno Distrital con la coordinación de la Secretaría Distrital de Gobierno, emprenderá acciones que promuevan la articulación intersectorial, interinstitucional y territorial para la garantía y goce efectivo del ejercicio del derecho a la libertad religiosa, de cultos y conciencia en Bogotá. Para tal efecto realizará las acciones que permitan caracterizar la labor social, cultural, educativa, de salud, de convivencia, de paz y reconciliación de las Entidades Religiosas y Organizaciones del Sector Religioso en el marco de la política pública de libertad religiosa y de cultos nacional y distrital, con el propósito que dichos aportes contribuyan al cumplimiento de las metas del presente Plan Distrital de Desarrollo.

ARTÍCULO 68. CONPES DISTRITAL. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Modifíquese el artículo 25A del Acuerdo 257 de 2006, adicionado por el artículo 127 del Acuerdo 645 de 2016, el cual quedará así:

"Créase el Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital, como autoridad de planeación territorial, presidido por la Alcaldesa Mayor y conformado por los Secretarios de Despacho, el cual ejercerá las siguientes funciones:

1. Orientar y asesorar los aspectos relacionados con el desarrollo económico y social del Distrito Capital.

2. Analizar, identificar y priorizar las necesidades de la ciudad a ser atendidas mediante políticas públicas u otros instrumentos de planeación.

3. Estudiar, analizar y aprobar las políticas públicas y los planes de acción que sean presentados para su aprobación, así como sus modificaciones.

4. Estudiar, analizar y aprobar los planes y programas relacionados con las necesidades de la ciudad priorizadas.

5. Estudiar los informes que se le presenten a través de su Secretaría Técnica, sobre la ejecución y evaluaciones de las políticas públicas, los planes y programas, y recomendar las medidas que deban adoptarse para su cumplimiento.

6. Dar las directrices y definir la agenda de evaluación de las políticas públicas, los planes y programas del Distrito Capital.

La Secretaría Técnica del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital estará a cargo de la Secretaría Distrital de Planeación”.

ARTÍCULO 69. PLAN ESTADÍSTICO DEL DISTRITO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Todos los sectores de la Administración Distrital deberán seguir los lineamientos establecidos en el Plan Estadístico Distrital (PED) y definir Planes de Acción Anuales para mejorar la calidad de la información estadística del Distrito.

PARÁGRAFO. La Secretaría Distrital de Planeación realizará el seguimiento a los compromisos establecidos por todos los sectores en el marco del PED y socializará los lineamientos metodológicos para el cumplimiento de estos.

ARTÍCULO 70. COORDINACIÓN CON EL NIVEL NACIONAL. Para la debida ejecución del presente Plan Distrital de Desarrollo, los escenarios y canales de relacionamiento con los organismos y entidades del orden nacional bien sea del sector central o descentralizado, se debe caracterizar por:

a. El desarrollo de agendas claras y debidamente informadas y socializadas.

b. El rigor frente a los asuntos a debatir o desarrollar de manera conjunta, en un escenario de corresponsabilidad y ejercicio transparente y ético en la acción pública, atendiendo a los principios de concurrencia y complementariedad propios de la función administrativa.

c. Desarrollar las agendas estratégicas previa puesta en conocimiento y coordinación con los demás sectores, entidades y organismos de la Administración Distrital que tengan que ver con los asuntos, acciones o aspectos a revisar con el orden nacional, que permitan no solo la articulación escalar: nación territorio, sino la articulación intersectorial, con enfoque territorial que impone el hacer público.

PARÁGRAFO 1. Dentro del marco de la coordinación Nación - territorio, el Distrito Capital adelantará todas las gestiones que permitan implementar para la zona rural de Sumapaz y para Soacha, el modelo de acción integral previsto para los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial - PDET.

En el marco de formulación y adopción de dichos instrumentos, se busca garantizar acciones, acuerdos y recursos financieros, técnicos e institucionales conjuntos que permitan la incorporación y debida gestión de la totalidad de acciones previstas en el marco de la reforma rural integral - RRI, señaladas en el punto 1 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, cuyo objetivo corresponde a un proceso de construcción y participación que refleje la visión colectiva de los actores del territorio y que se convierta en laboratorio de participación comunitaria activa en la visión y promoción de su desarrollo, donde se implementarán: ordenamiento social de la propiedad; infraestructura; salud; educación y primera infancia; vivienda, agua potable y saneamiento; reactivación económica y producción; derecho a la alimentación y; reconciliación, convivencia y paz.

PARÁGRAFO 2. Para garantizar la articulación entre las autoridades distritales y el nivel nacional, los entes gestores, concesionarios de operación y recaudo, y las empresas operadoras del servicio de transporte que presten servicios en la ciudad y demás actores del sector movilidad que incluye plataformas de servicios de mensajería y logística, plataformas de información de tráfico, plataformas de movilidad, deberán suministrar en debida forma la información requerida por el Gobierno Distrital.

PARÁGRAFO 3. Dentro del marco de la coordinación Nación - territorio, el Distrito Capital adelantará las gestiones que permitan implementar un esquema tributario favorable y diferencial para las MIPYMES como incentivo a la generación de empleo. Dicho esquema también deberá tener en cuenta la fase de desarrollo en la que encuentre una empresa.

ARTÍCULO 71. COORDINACIÓN CON EL NIVEL TERRITORIAL. Al ser una apuesta del presente Plan Distrital de Desarrollo la integración territorial, el desarrollo de agendas conjuntas, el enfrentar las problemáticas comunes y/o compartidas de forma coordinada, y aprovechar las ventajas comparativas de nuestro territorio y de las personas que lo habitamos, se hace necesario desarrollar agendas territoriales en cuatro escalas:

1.- Escala de borde: Esto es, las relaciones territoriales entre Bogotá y los municipios del:

a. - Borde urbano: (20 Municipios de Cundinamarca) Mosquera, Soacha, Funza, Chía, Tocancipá, Cota, Sibaté, Cajicá, Madrid, Bojacá, El Rosal, Fusagasugá, Gachancipá, Sopó, Tenjo, Tabio, La Calera, Facatativá, Zipaquirá y Subachoque.

b. - Borde rural: (13 Municipios en 3 Departamentos) Ubaque, Chipaque, Une, Choachí, Pasca, San Bernardo, Cabrera, Gutiérrez y Arbeláez (Cundinamarca); Guamal, Cubarral y La Uribe (Meta) y; Colombia (Huila).

Es importante señalar que la agenda y plan de acción conjunto en escala de borde no excluye la posibilidad e incluso la necesidad de que otras entidades o autoridades como las Corporaciones Autónomas, los Departamentos, etc., puedan concurrir coordinadamente a atender las problemáticas o desarrollar las potencialidades que se identifiquen.

2 y 3.- Escala Regional y Subregional: que implica un relacionamiento no solo con los Municipios vecinos, sino con:

a.- El Departamento de Cundinamarca y los demás que integran la Región Administrativa y de Planificación Especial - RAPE Región Central (Tolima, Huila, Meta y Boyacá) y con la RAPE misma.

b.- Con los Municipios, Departamento, y Autoridad Ambiental que integran el Comité de Integración Territorial - CIT Gran Sabana, con el CIT del que Bogotá hace parte; y en general con las diversas figuras asociativas que se adopten en el marco del territorio regional o subregional en el futuro.

c.- Escala nacional: además de desarrollar un trabajo intenso y coordinado con el nivel nacional, se debe buscar una estrategia y acciones de relacionamiento con entidades territoriales (Municipios y Distritos) que si bien distantes geográficamente comparten dinámicas comunes como las ciudades capitales integradas en Asocapitales y que en el marco del presente Plan Distrital de Desarrollo, impone en el corto plazo definir una hoja de ruta con acciones, tiempos y responsables que en un trabajo en red permite avanzar en acciones concretas de reducción de brechas y tránsito hacia entornos de desarrollo robusto en un marco de sostenibilidad ambiental, social y productiva.

ARTÍCULO 72. AUTORIDAD REGIONAL DE TRANSPORTE. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Con el propósito de asegurar el correcto desarrollo de los proyectos de transporte masivo regionales y urbanos y con base en lo establecido el artículo 183 de la Ley 1753 de 2015 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya, la Administración Distrital propenderá por la creación de la autoridad regional de transporte. Así mismo, el Distrito Capital podrá participar con los municipios de la Bogotá - Región, en la constitución de un ente gestor del transporte masivo para la región. Bajo el liderazgo de la Secretaría Distrital de Movilidad como cabeza de sector y autoridad de transporte de Bogotá D.C., se deberá recurrir a los espacios interinstitucionales existentes, como el Comité de Integración Territorial, la Región Administrativa y de Planeación Especial, o a la creación de nuevos espacios para realizar la coordinación requerida en la planeación, estructuración, construcción, operación y demás actividades necesarias para los sistemas de transporte regionales.

ARTÍCULO 73. METAS COMPARTIDAS DISTRITO - ESCALAS TERRITORIALES DE BORDE, SUBREGIONAL Y REGIONAL. <Artículo derogado por el artículo  320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Adóptense las metas de la agenda compartida entre Bogotá y el Departamento de Cundinamarca en escala Subregional, así como las temáticas prioritarias de impacto regional del Plan Distrital de Desarrollo en las escalas de Borde y Regional, que se articularán según sea requerido en las diferentes instancias de integración conformadas, en sus planes de acción y mediante los mecanismos de coordinación requeridos por el marco aplicable:

Escala de Borde
NoTemáticaPrioridades del PDDEscala
1Ambiente - AguaAcueducto y saneamientoBorde
2Ambiente - AguaDescontaminación del río Bogotá y POMCABorde
3Hábitat y viviendaBordes urbanos y reasentamientoBorde
4MovilidadInfraestructura vial y férreaBorde
5MovilidadSistema aeroportuarioBorde
6OrdenamientoArticulación de POT y agenda Comité de Integración TerritorialBorde
Escala Subregional
NoTemáticaMeta ProductoIndicadorValor Meta
a 2023
Escala
1RegiónImplementar una estrategia para la creación y puesta en marcha de una estructura de gobernanza subregionalEstrategia
implementada
100%Subregional
2RegiónImplementar una estrategia técnica, financiera y de gestión para fortalecer los
espacios de coordinación regional existentes CIT - RAPE y otros
Estrategia
implementada
100%Subregional
3RegiónDesarrollar un programa de cooperación horizontal para apoyar a Cundinamarca como gestor catastralPrograma
desarrollado
100%Subregional
4RegiónMantener actualizada la Infraestructura de Datos Espaciales RegionalIDER
Actualizada
100%Subregional
5RegiónMantener actualizados los indicadores de hechos regionales a través del ODURIndicadores
actualizados
100%Subregional
6RegiónDesarrollar 12 estudios soporte para la formulación de políticas públicas regionalesEstudios
realizados
12Subregional
7RegiónEstructurar un Banco de Proyectos RegionalesBanco de Proyectos Regionales Estructurado1Subregional
8Articulación
POT
Armonizar 45 Planes de Ordenamiento Territorial de la región (Depto, municipios y Bogotá) en el marco de la sentencia del río BogotáPot
armonizados
12Subregional
9Articulación
POT
Implementar una estrategia de estructuración de proyectos de manera integral en los corredores férreos regionalesEstrategia de apoyo
implementada
100%Subregional
10Articulación
POT
Crear una estrategia para la conformación de un banco regional de tierrasBanco regional de tierras
creado
100%Subregional
11Articulación
POT
Ejecutar una estrategia identidad apropiación y conocimiento de la RegiónEstrategia
implementada
100%Subregional
12Ambiente - AguaArticular una estrategia conjunta Bogotá - Cundinamarca, para la implementación de 1 proyecto del POMCA del Río BogotáProyecto
articulado
1Subregional
13Ambiente - AguaArticular los planes de gestión de calidad de aire de la región Bogotá. - CundinamarcaPlan articulado1Subregional
14Ambiente - AguaEjecutar el plan de acción de crisis climática para la región Bogotá - CundinamarcaPlan formulado1Subregional
15Ambiente - AguaEntregar la estación elevadora CanoasObra
terminada
1Subregional
16Ambiente - AguaContratar e iniciar la construcción de la PTAR CanoasAvance
ejecución
Subregional
17Competitividad - Seguridad AlimentariaActualizar el Plan Maestro de Abastecimiento de BogotáPlan de
abastecimiento
implementado
1 planSubregional
18Seguridad
ciudadana
Implementar un plan de seguridad regional%
cumplimiento del plan
100%Subregional
19MovilidadFormular e implementar una estrategia para mejorar la movilidad de Bogotá - Región1 estrategia formulada1Subregional
20MovilidadCrear una Instancia de coordinación interinstitucional para la articulación de los proyectos de movilidad y transporte e infraestructura vial, Bogotá - Región.1 instancia de
coordinación
creada
1Subregional
21MovilidadCoordinar la estrategia conjunta para reducir en un 20% la siniestralidad vial en los corredores urbano regionales, articulando esfuerzos en seguridad vial20% de
reducción de
siniestralidad
vial
20%Subregional
22MovilidadDiseñar una estrategia de apoyo a la estructuración del Regiotram del Norte y estructuración del Regiotram del sur1 estrategia diseñada e implementada1Subregional
23MovilidadGestionar de la inserción urbana del Regiotram de Occidente100% proyecto gestionado1Subregional
Escala Regional (RAPE)
NoTemáticaPrioridades del PDDEscala
1Ambiente - AguaAcciones de conservación y restauración de los complejos de páramo, bosque altoandino y servicios ecosistémicos.
“Implementación de acciones de conservación y
restauración de los complejos de páramo, bosque altoandino y servicios ecosistémicos de la región central”
Regional
2TurismoFortalecimiento del turismo de bicicletaRegional
3Ambiente - AguaIncentivos a la conservación de ecosistemas estratégicos asociados al recurso hídricoRegional
4Competitividad - Seguridad AlimentariaPlan de abastecimiento con promoción de mercados campesinos y reducción de intermediaciónRegional
5Plan de seguridad hídrica regionalRegional
6Cambio VerdeRegional
7Alimentos para la pazRegional
8AGRO 3.0 (Compras institucionales)Regional
9Implementación ODSRegional
10Corredores TurísticosRegional
11Plan Logístico RegionalRegional
12Ganadería baja en carbonoRegional

CAPÍTULO II.

ASPECTOS NORMATIVOS E INSTITUCIONALES.

ARTÍCULO 74. DECLARATORIA DE DESARROLLO Y CONSTRUCCIÓN PRIORITARIA Y DE BIENES EN DESUSO. <Artículo derogado por el artículo  320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley 388 de 1997, se declara el desarrollo prioritario de los predios o inmuebles urbanizables no urbanizados, o urbanizados no edificados, o abandonadas, subutilizadas o no utilizadas en más de un 60% de su área, en los términos definidos en la citada ley. La Secretaría Distrital de Hábitat, identificará los terrenos, inmuebles y edificaciones, a que hace referencia el presente artículo y expedirá los actos administrativos de declaratoria de desarrollo y construcción prioritaria, o de habilitación y uso de edificaciones, según corresponda, en los cuales enlistará los predios, publicará dichas decisiones en la Gaceta de Urbanismo y Construcción de Obra y las notificará en los términos legales.

PARÁGRAFO 1. En firme el acto administrativo de identificación del predio, respecto de cada uno, empezará a correr el plazo de que trata el artículo 52 de la Ley 388 de 1997, adicionado por el artículo 64 de la Ley 1537 de 2012. Vencido el término de la declaratoria sin que se adelanten actos inequívocos respecto del cumplimiento de la función social que le corresponde al inmueble, este quedará afecto a la generación de suelo, así como a la construcción de vivienda y usos complementarios. Este evento dará lugar a la iniciación del proceso de enajenación forzosa en pública subasta en los términos que para el efecto establezca la Secretaría Distrital de Hábitat con sujeción a la normatividad aplicable.

PARÁGRAFO 2. La Secretaría Distrital del Hábitat adelantará el proceso de enajenación forzosa en pública subasta de los inmuebles que no cumplan con las obligaciones derivadas de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 388 de 1997, conforme a lo señalado en el presente Acuerdo, que no sean habilitadas y destinadas a los usos establecidos en el Plan de Ordenamiento Territorial o los instrumentos que lo desarrollen y complementen dentro de los plazos legales aplicables, con sujeción al procedimiento legal.

PARÁGRAFO 3. La Secretaría de Educación del Distrito, tendrá las mismas facultades señaladas en el presente artículo, respecto de los predios en los que se busque desarrollar proyectos de construcción de infraestructura pública para la prestación del servicio público de educación.

ARTÍCULO 75. PORCENTAJES DE SUELO CON DESTINO AL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL PRIORITARIA (VIP) Y VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL (VIS). <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> De conformidad con lo dispuesto en el numeral 5° del artículo 13 y los artículos 8, 18 y 92 de la Ley 388 de 1997, se autoriza a la Administración Distrital para que establezca los porcentajes mínimos de suelo destinado a la construcción de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario y las condiciones para su cumplimiento en la ciudad, en suelos de expansión urbana y en suelos urbanos en cualquiera de sus tratamientos urbanísticos, teniendo como base los porcentajes mínimos establecidos por el Gobierno Nacional en los artículos 2.2.2.1.5.1 y siguientes del Decreto Nacional 1077 de 2015, y por el Plan de Ordenamiento Territorial. La Administración Distrital podrá establecer incentivos y mecanismos que garanticen la construcción efectiva de las Viviendas de Interés Prioritaria (VIP) y Viviendas de Interés Social (VIS), en los términos del parágrafo del artículo 15 de la Ley 388 de 1997.

PARÁGRAFO 1. Los predios que conformen el Banco de Tierras Distrital, incluyendo aquellos que se encuentren en cabeza de patrimonios autónomos y que hayan sido aportados por entidades u organismos del orden nacional o distrital del nivel central o descentralizado, estarán exentos del pago del impuesto predial unificado, de la contribución por valorización y del pago de la participación en el efecto plusvalía, siempre y cuando cumplan su finalidad para la construcción de Vivienda de Interés Social Prioritaria o Vivienda de Interés Social.

PARÁGRAFO 2. El artículo 105 del Acuerdo 645 de 2016, se mantendrá vigente de manera transitoria hasta el 30 de septiembre de 2020, en todo caso en su aplicación se sujetará al cumplimiento del artículo 77 sobre Manual de Oferta de Vivienda de Interés Social e Interés Prioritario estipulado en el presente Plan.

ARTÍCULO 76. BANCO DE TIERRAS O INMOBILIARIO EXENTO DE IMPUESTOS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los predios que conformen el Banco de Tierras o el Banco Inmobiliario del Distrito, incluyendo aquellos que se encuentren en cabeza de patrimonios autónomos de negocios fiduciarios, constituidos por el Banco de Tierras o Inmobiliario del Distrito, y que hayan sido aportados por entidades u organismos del orden nacional o distrital del nivel central o descentralizado a éstos, tendrán una exención del 100% del pago del impuesto predial unificado.

ARTÍCULO 77. MANUAL DE OFERTA DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL E INTERÉS PRIORITARIO. La Secretaría Distrital del Hábitat diseñará el procedimiento y reglamentación para que previo a la enajenación de vivienda de Interés Prioritario o de Interés Social, se otorgue a esta entidad la primera opción de separar las unidades habitacionales con destino a los hogares priorizados que cumplan con los requisitos para la asignación de subsidios y que cuenten con el cierre financiero.

ARTÍCULO 78. CURADURÍA PÚBLICA SOCIAL. La Caja de la Vivienda Popular tramitará el reconocimiento de edificaciones de las viviendas de interés social que se ubiquen en asentamientos que hayan sido objeto de legalización urbanística, garantizando que dicho procedimiento se adelante sin costo para el solicitante. Así mismo, será la responsable del apoyo técnico en lo relacionado con el levantamiento arquitectónico y peritaje técnico.

ARTÍCULO 79. TRANSFERENCIA DE DOMINIO DE BIENES INMUEBLES FISCALES ENTRE ENTIDADES DEL ORDEN DISTRITAL. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los bienes inmuebles fiscales de propiedad de las entidades centralizadas y descentralizadas del orden distrital podrán ser transferidos a título gratuito a otras entidades del Distrito que los requieran para el ejercicio de sus funciones, sin importar el resultado de la operación en la entidad cedente.

ARTÍCULO 80. ENAJENACIÓN A TÍTULO ONEROSO DE BIENES INMUEBLES FISCALES DE PROPIEDAD DEL DISTRITO. <Artículo derogado por el artículo  320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Autorícese a la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C., durante el período de vigencia del presente Plan, para realizar de conformidad con las normas que regulan la materia, la enajenación a título oneroso de los bienes inmuebles fiscales de propiedad del Distrito, que no sean necesarios para el funcionamiento administrativo de entidades distritales.

PARÁGRAFO 1. Lo anterior, sin perjuicio de las competencias otorgadas al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (DADEP) que respecto de la administración de los bienes inmuebles fiscales posee.

PARÁGRAFO 2. La Alcaldía Mayor dentro de los estudios que contienen la sustentación jurídica y técnica que fundamentan dicha enajenación, deberá incorporar un análisis en donde consten las razones por las cuales ese inmueble, no puede reemplazar uno que actualmente tenga en arrendamiento cualquiera de los sectores que hacen parte de la estructura del Distrito. En el marco de la facultad otorgada en el presente artículo se informará al Concejo Distrital del uso de esta facultad por la Administración Distrital cada seis (6) meses.

ARTÍCULO 81. INSTRUMENTOS DE FINANCIACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El Distrito Capital formulará y adoptará los instrumentos de gestión y financiación para el cumplimiento de los propósitos estratégicos en el presente Plan, incluidos los de financiación de accesos a la ciudad, pignoración predial, aportes por edificabilidad, aprovechamiento económico del espacio público y obra por tu lugar y los demás instrumentos que se necesiten y se encuentren habilitados.

PARÁGRAFO. El Distrito Capital adoptará los instrumentos de gestión, financiación, incentivos e instrumentos para facilitar el acceso a la vivienda de interés social y prioritario. La Secretaría Distrital del Hábitat diseñará la Política de Hábitat y Vivienda.

ARTÍCULO 82. INDEXACIÓN DEL VALOR DE LOS SUBSIDIOS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los subsidios asignados para los proyectos de vivienda de interés social y prioritario se indexarán a la vigencia en la cual se suscriba la escritura pública de transferencia de las unidades habitacionales, con el propósito de garantizar el poder adquisitivo de los recursos entregados a las entidades ejecutoras para el desarrollo de dichos proyectos.

ARTÍCULO 83. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS EN PROYECTOS EJECUTADOS A TRAVÉS DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO - ERDU. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La totalidad de los gastos, obligaciones y gravámenes generados con ocasión de la devolución al tesoro distrital de recursos administrados en patrimonios autónomos constituidos por la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano - ERDU, se asumirán con cargo a los rendimientos financieros de los recursos objeto de devolución y de no ser suficientes se asumirán con cargo a estos recursos.

ARTÍCULO 84. DESTINACIÓN INGRESOS POR OPERACIONES URBANAS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los recursos que perciba la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C. - ERDU, a partir de la vigencia fiscal 2021 provenientes de transferencias corrientes del Distrito, relacionados con ingresos por compensación de obligaciones urbanísticas, se registrarán para efectos presupuestales y contables, como recursos administrados en nombre de terceros.

La Secretaría Distrital del Hábitat a partir de la vigencia 2021 efectuará el seguimiento a la ejecución de tales recursos y el seguimiento contable.

PARÁGRAFO. La Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá solo incorporará presupuestal y contablemente como recursos propios, los ingresos que se obtengan de la ejecución de la compensación en operaciones urbanísticas desarrolladas por la empresa.

ARTÍCULO 85. COORDINACIÓN, REGISTRO Y SANEAMIENTO DE LAS OBRAS PRODUCTO DE LA APLICACIÓN DE CARGAS URBANÍSTICAS. <Artículo derogado por el artículo  30 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Administración Distrital adoptará los instrumentos, procedimientos, gestiones y actuaciones administrativas y/o judiciales que se requieran, para racionalizar, simplificar y garantizar el cumplimiento y recibo de las obras de cargas urbanísticas generales o locales y/o acciones de mitigación, contenidas en los instrumentos de planeación, definidos en el artículo 43 del Decreto Distrital 190 de 2004 o la norma que lo modifique o lo sustituya. La Administración Distrital gestionará la correcta distribución equitativa de cargas y beneficios en cada uno de los instrumentos, procedimientos, gestiones y actuaciones administrativas y/o judiciales que implemente.

ARTÍCULO 86. ALTERNATIVAS DE MOVILIDAD EN EL SECTOR NORTE DE LA CIUDAD. Modificar el artículo 1 y el Anexo de Zonas de Influencia del Acuerdo 523 de 2013, en el sentido de reemplazar la obra con código 169 denominada “Avenida San José (AC 170) desde la Avenida Cota (AK 91) hasta Avenida Ciudad de Cali (AK 106)”, con el fin de garantizar las alternativas de movilidad en el sector norte de la ciudad, en un marco de respeto por la estructura ecológica distrital en el área de la reserva forestal Thomas Van der Hammen, la cual se identificará así:

CódigoTipo de ObraObra
513MovilidadAvenida Cota (Desde la Avenida San José (AC 170) hasta límite del Distrito Capital (Río Bogotá).

PARÁGRAFO. La presente autorización y orden se circunscribe estrictamente al reemplazo técnico de la obra a financiar con el código 169 dicha obra y ninguna circunstancia autoriza modificación al monto distribuible, la zona o área de influencia, o cobros nuevos o adicionales a los ya causados.

ARTÍCULO 87. UNIFICACIÓN DE PLAZOS PARA INICIO DE OBRAS. Unificar en tres (3) años los plazos máximos para iniciar la etapa de construcción, de la totalidad de las obras que se autorizan financiar con la contribución especial de valorización, definidos en el artículo 4 del Acuerdo 724 de 2018, contado a partir de la sanción del citado Acuerdo.

PARÁGRAFO. Los demás contenidos del artículo 4 del Acuerdo 724 de 2018 se mantienen vigentes, salvo la unificación de que trata el presente artículo.

ARTÍCULO 88. INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO IDU. El Instituto de Desarrollo Urbano - IDU, sin perjuicio de las competencias que los diferentes sectores y entidades de la Administración Distrital tengan en materia de formulación, respecto de los bienes de propiedad de la Entidad, podrá participar y desarrollar estrategias, planes y proyectos urbanos integrales. En ese mismo sentido podrá desarrollar las competencias otorgadas en materia de gestión de suelo y financiación del desarrollo para apoyar la estructuración - ejecución de dichos proyectos previo acuerdo que se suscriba en tal sentido con el sector o la entidad respectiva.

ARTÍCULO 89. SOSTENIBILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE PÚBLICO -SITP-. El Sistema Integrado de Transporte Público -SITP- deberá ser sostenible en los aspectos técnicos y fiscales, basado en la calidad en la prestación del servicio. La Administración Distrital habilitará otras fuentes de financiación que sumadas a las tarifas que se cobren por la prestación del servicio, deberán ser suficientes para cubrir los costos de operación, administración, mantenimiento y reposición de los equipos, para lo cual el Gobierno Distrital establecerá los parámetros que garanticen la efectiva implementación y priorización de los subsidios autorizados y tarifas diferenciales adoptadas por el Concejo Distrital, siempre y cuando se cuente con una fuente presupuestal para la respectiva vigencia fiscal.

ARTÍCULO 90. MODIFICACIÓN DEL OBJETO DE LA EMPRESA TRANSMILENIO S.A. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Modifíquese el inciso primero del artículo 2 del Acuerdo 4 de 1999 y adiciónese el inciso segundo así:

“Corresponde a TRANSMILENIO S.A. la gestión, organización y planeación del Servicio de Transporte Público Masivo Urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la multimodalidad de transporte, en las condiciones que señalen las normas vigentes, las autoridades competentes y sus propios estatutos.

También formará parte del objeto social de la entidad participar en los proyectos urbanísticos de iniciativa pública o privada, en la construcción y mejoramiento de espacio público en las áreas de influencia de los componentes Troncal, Zonal y Cable del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, así como en las áreas de influencia de la infraestructura soporte de su componente zonal”.

ARTÍCULO 91. AUTORIZACIÓN PARA CONSTITUIR OPERADOR PÚBLICO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Se autoriza a la Alcaldesa Mayor en representación del Distrito Capital o TRANSMILENIO S.A., para participar en la creación de una sociedad por acciones - Operadora Distrital de Transporte-, con la participación de entidades públicas de acuerdo con los resultados de estudios técnicos y financieros, con personería jurídica, adscrita al sector movilidad, con autonomía administrativa, contable, financiera, presupuestal y patrimonio propio, para lo cual se podrán realizar los aportes a que haya lugar.

Esta sociedad tendrá como objeto, entre otras actividades, la prestación del servicio público de transporte masivo en Bogotá D.C. o su área de influencia, en sus diferentes componentes y modalidades. La sociedad no podrá ser operador exclusivo en Bogotá D.C.

Esta sociedad tendrá una junta directiva la cual será presidida por el Alcalde Mayor o quién este designe y tendrá un representante legal de libre nombramiento y remoción designado por el Alcalde Mayor. El patrimonio estará integrado por los aportes distritales y demás aportes que se efectúen.

Los estatutos de la sociedad deberán incorporar la formulación de un código de gobierno corporativo que incluya lineamientos de idoneidad para la elección de su órgano de dirección, su permanencia, mecanismos que promuevan la transparencia, la rendición de cuentas y la gestión de conocimiento.

PARÁGRAFO. La Administración Distrital ejercerá la autorización que otorga este artículo dentro de los doce (12) meses siguientes a la promulgación del presente Acuerdo.

ARTÍCULO 92. MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LAS FUNCIONES DE TRANSMILENIO S.A. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Modifíquese el numeral 6 del artículo 3 del Acuerdo Distrital 4 de 1999 y adiciónese el numeral 13, los cuales quedarán así:

“6. TRANSMILENIO S.A., podrá prestar el servicio público de transporte masivo directa o indirectamente a través de personas que se encuentren habilitadas por la autoridad competente.

TRANSMILENIO S.A., en su calidad de ente gestor y en el marco de sus competencias, será responsable de la prestación del servicio cuando se declare desierto un proceso de selección o cuando se suspendan o terminen anticipadamente los contratos o se declare la caducidad de los contratos con los operadores privados por las causas previstas en la ley o los contratos.”

13. Celebrar los contratos, convenios y acuerdos interinstitucionales necesarios para la prestación del servicio de transporte de pasajeros.

ARTÍCULO 93. ADICIÓN DE LAS FUNCIONES DE TRANSMILENIO S.A. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Adiciónese los numerales 10, 11 y 12 en el artículo 3 del Acuerdo Distrital 4 de 1999, los cuales quedarán así:

10. TRANSMILENIO S.A, podrá participar en los proyectos urbanísticos de iniciativa pública o privada y en la construcción y mejoramiento de espacio público en las áreas de influencia de los componentes Troncal, Zonal y Cable del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá.

11. TRANSMILENIO S.A., podrá adelantar las acciones necesarias que le permitan realizar el mantenimiento y adecuación de la infraestructura de transporte asociada al SITP en sus diferentes componentes.

12. TRANSMILENIO S.A., podrá gestionar, coordinar y planear el componente de cables en el Distrito Capital, así como la integración con la infraestructura actual y la operación dentro del SITP.

ARTÍCULO 94. TASA PARA REVISIÓN, EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE DERECHOS DE TRÁNSITO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Toda entidad y/o persona natural o jurídica del derecho privado que solicite a la Secretaría Distrital de Movilidad - SDM derechos de tránsito, tales como: planes de manejo de tránsito (PMT), estudios de tránsito, estudios de cierres viales por eventos, diseños de señalización, estudios de atención y demanda a usuarios y los trámites para su recibo, deberá asumir los costos según corresponda en cada caso, conforme a la metodología que se establezca que incluirá criterios de eficiencia, eficacia y economía.

De esta responsabilidad se exime a los contratistas de obra que estén trabajando en obras del Distrito, para los cuales la SDM definirá los mecanismos de cooperación para gestionar y aprobar directamente por entidad de tránsito dichos estudios y tramites. La SDM definirá para las organizaciones sin ánimo de lucro, un mecanismo alternativo de compensación.

Estos estudios deberán garantizar la circulación de biciusuarios y peatones de manera ininterrumpida.

Los elementos de la tasa son los siguientes:

Hecho Generador: La solicitud de revisión, evaluación y seguimiento de los estudios requeridos para la aprobación de Planes de Manejo de Tránsito (PMT) para obras y eventos, Estudios de Tránsito (ET), Estudios de Demanda y Atención de Usuarios (EDAU), Estudios de cierres viales por eventos, Diseños de señalización, y en general todos los estudios requeridos para la aprobación de trámites de derechos de tránsito.

Sujetos Pasivos: Personas naturales y/o jurídicas de derecho privado que presenten ante la Secretaría Distrital de Movilidad solicitudes para la revisión, evaluación y seguimiento de los estudios requeridos para la aprobación de Planes de Manejo de Tránsito (PMT) para obras y eventos, Estudios de Tránsito (ET), Estudios de Demanda y Atención de Usuarios (EDAU), estudios de cierres viales por eventos, diseños de señalización, y en general todos los estudios requeridos para la aprobación de trámites de derechos de tránsito. No serán sujetos pasivos del cobro de derechos de tránsito las entidades públicas.

Sujeto Activo: La Secretaría Distrital de Movilidad.

Tarifa: La Secretaría Distrital de Movilidad definirá la tarifa de acuerdo con el siguiente sistema y método. La tarifa se fijará en Unidades de Valor Tributario entre 10 y 125 UVT de conformidad con la complejidad técnica y los costos asociados al respectivo trámite.

PARÁGRAFO. Los recursos recaudados por estos nuevos trámites deberán ser destinados a la financiación del Propósito 4, especialmente al Programa Estratégico Sistema de Movilidad Sostenible.

ARTÍCULO 95. NATURALEZA JURÍDICA, OBJETO Y FUNCIONES BÁSICAS DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL. El artículo 109 del Acuerdo 257 de 2006 quedará así:

Artículo 109. Naturaleza jurídica, objeto y funciones básicas de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden distrital del Sector Descentralizado, de carácter técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad.

Tiene por objeto programar y ejecutar las obras necesarias para garantizar la rehabilitación y el mantenimiento periódico de la malla vial local, intermedia y rural; así como la atención inmediata de todo el subsistema de la malla vial cuando se presenten situaciones que dificulten la movilidad en el Distrito Capital.

La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en desarrollo de su objeto institucional tendrá las siguientes funciones:

a. Programar, ejecutar y realizar el seguimiento a la programación e información de los planes y proyectos de rehabilitación y mantenimiento de la malla vial intermedia, local y rural construidas y ejecutar las acciones de mantenimiento que se requieran para atender situaciones que dificulten la movilidad en la red vial de la ciudad.

b. Suministrar la información para mantener actualizado el Sistema de Gestión de la Malla Vial del Distrito Capital, con toda la información de las acciones que se ejecuten.

c. Atender la construcción y desarrollo de obras específicas que se requieran para complementar la acción de otros organismos y entidades del Distrito.

d. Ejecutar las obras necesarias para el manejo del tráfico, el control de la velocidad, señalización horizontal y la seguridad vial, para obras de mantenimiento vial, cuando se le requiera.

e. Ejecutar las acciones de adecuación y desarrollo de las obras necesarias para la circulación peatonal, rampas y andenes, alamedas, separadores viales, zonas peatonales, pasos peatonales seguros y tramos de ciclorrutas cuando se le requiera.

f. Ejecutar las actividades de conservación de la cicloinfraestructura de acuerdo con las especificaciones técnicas y metodologías vigentes y su clasificación de acuerdo con el tipo de intervención y tratamiento requerido (intervenciones superficiales o profundas).

PARÁGRAFO 1. En el caso de las intervenciones para mejoramiento de la movilidad de la red vial arterial, éstas deberán ser planeadas y priorizadas de manera conjunta con el Instituto de Desarrollo Urbano.

PARÁGRAFO 2. Las obras a las que hacen mención los literales c, d y e responderán a la priorización que haga la Secretaría Distrital de Movilidad y deberán cumplir con las especificaciones técnicas establecidas por esta y/o por el Instituto de Desarrollo Urbano cuando no existan las especificaciones técnicas requeridas. Así mismo la Secretaría Distrital de Movilidad regulará lo pertinente frente a las características de los proyectos de acuerdo a la escala de intervención.

PARÁGRAFO 3. La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial podrá suscribir convenios y contratos con otras entidades públicas y empresas privadas para prestar las funciones contenidas en el presente artículo.”

ARTÍCULO 96. EMPRESA METRO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Modifiqúese el primer inciso del artículo 2o del Acuerdo Distrital 642 de 2016 el cual quedará así:

“ARTÍCULO 2. OBJETO. Corresponde a la empresa METRO DE BOGOTÁ S.A. realizar la planeación, estructuración, construcción, operación, explotación y mantenimiento de las líneas férreas y de metro que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, así como la adquisición, operación, explotación, mantenimiento, y administración del material rodante”.

ARTÍCULO 97. MERITOCRACIA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Promover la meritocracia como un mecanismo de igualdad, generación de valor público y fortalecimiento institucional. La Administración Distrital, con el liderazgo del Sector de Gestión Pública, avanzará en la promoción de procesos meritocráticos para la provisión de cargos de carrera administrativa que se encuentren en vacancia definitiva.

ARTÍCULO 98. ENTIDAD DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA - EGAT. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Entidad de Gestión Administrativa y Técnica - EGAT, antes denominada EAGAT, será el ente responsable de la contratación de bienes y servicios para el sector de la salud en el Distrito Capital, y su objeto principal será desarrollar e impulsar herramientas orientadas a la organización y articulación de los partícipes en procesos de compras y contratación de bienes y servicios del sector salud, con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del estado, enmarcado siempre en los principios de la contratación pública.

Las Empresas Sociales del Estado del Distrito, así como las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y todas aquellas del sector salud que tengan participación del Distrito, están obligadas a asesorarse y contratar con la EGAT, los equipos de tecnología biomédica, infraestructura y dotación hospitalaria, medicamentos y todo tipo de insumos farmacológicos y los servicios de aseo, vigilancia y cafetería y todos los demás servicios relacionados con las funciones esenciales de la EGAT.

PARÁGRAFO 1. La EGAT podrá prestar sus servicios a entidades públicas o privadas del nivel distrital o nacional y a cualquier persona natural o jurídica que lo requiera.

PARÁGRAFO 2. La EGAT, para la gestión de las necesidades de las personas arriba descritas, implementará su manual de contratación bajo los preceptos y principios propios de la Ley 80 de 1993.

PARÁGRAFO 3. Las Empresas Sociales del Estado del Distrito, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y todas aquellas del sector salud en las que tenga participación el Distrito, tendrán la obligación de presentar a la EGAT la necesidad del bien o servicio a contratar, así como la disponibilidad presupuestal, y ésta será la responsable de adelantar todas las etapas del proceso desde la estructuración de estudios previos, hasta la liquidación, bajo los parámetros de eficiencia y calidad correspondientes.

ARTÍCULO 99. FUNCIONES ESENCIALES DE LA ENTIDAD DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La entidad asesora de gestión administrativa y técnica desarrollará las siguientes actividades principales: a. Desarrollar e impulsar herramientas orientadas a la organización y articulación de los partícipes en procesos de compras y contratación de bienes y servicios del sector salud; b. Solicitar, analizar y centralizar las necesidades en materia de contratación de las Empresas Sociales del Estado del Distrito, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y todas aquellas del sector salud que tengan participación del Distrito y estén obligadas a asesorarse y contratar con la EGAT, con el fin de hacer la programación de la adquisición de bienes o servicios no misionales que éstas requieran; c. Liderar el proceso de estandarización de necesidades de las Empresas Sociales del Estado del Distrito, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y todas aquellas del sector salud que tengan participación del Distrito y estén obligadas a asesorarse y contratar con la EGAT; d. Contratar bienes y servicios no misionales para el sector de la salud en el Distrito Capital, incluyendo los temas de infraestructura, dotación, medicamentos y todo tipo de insumos farmacológicos; e. Adelantar acciones de inteligencia de mercados con el fin de identificar a nivel nacional e internacional las mejores prácticas y procesos administrativos relacionados con el funcionamiento de los prestadores de servicios de salud; f. Asesorar el proceso de integración informática del sector salud en el Distrito Capital que incluya tanto a las entidades de aseguramiento como a las de prestación de servicios de salud; g. Asesorar el proceso de compras conjuntas de insumos y medicamentos para las ESE del Distrito; h. Asesorar para las ESE distritales los procesos de facturación, call center, agendamiento de citas médicas por medios electrónicos, referencia y contra referencia de pacientes y negociación para la venta de servicios de salud; i. Asesorar respecto a los servicios administrativos a cargo de las ESE en los cuales por economías de escala o estandarización de la calidad sea recomendable adelantar en forma conjunta; j. Asesorar a las subredes de prestación de servicios de salud en la creación y puesta en marcha de mecanismos efectivos de defensa de los derechos de los usuarios en salud de conformidad con lo establecido en la ley; k. Las demás actividades que señalen los estatutos y que sean conexas con su objeto social.

ARTÍCULO 100. PLAN TERRITORIAL DE SALUD. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> En cumplimiento de lo establecido en el artículo 45 de la Ley 152 de 1994, el artículo 6 de la Ley 1438 de 2011 y los artículos 25 y 27 de la Resolución 1536 de 2015 del Ministerio de Salud y Protección Social, se incorpora como parte integral del Plan Distrital de Desarrollo para Bogotá D.C. 2020-2024, el Plan Territorial de Salud, en el marco de la estrategia de Atención Primaria en Salud, el cual es concordante con el mismo y está armonizado con el Plan Decenal de Salud Pública y los Objetivos de Desarrollo Sostenible ODS.

ARTÍCULO 101. PLAN DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN EFECTIVA, HUMANIZADA E INTEGRAL DE SALUD MENTAL. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Secretaría Distrital de Salud formulará e implementará un Plan de Prevención y Atención Efectiva, Humanizada e Integral para tratar a las personas con trastornos y enfermedades mentales, con enfoque poblacional de niñez y adulto mayor, y de género hacia las mujeres, territorializado en las 20 Localidades de la ciudad.

Este Plan deberá ser revisado y actualizado anualmente.

ARTÍCULO 102. FUNCIONES ESENCIALES DEL INSTITUTO DISTRITAL DE CIENCIA, BIOTECNOLOGÍA E INNOVACIÓN EN SALUD. Modifíquese el artículo 18 del Acuerdo 641 de 2016 el cual quedará así:

“Artículo 18. El Instituto Distrital de Ciencia, Biotecnología e Innovación en Salud -IDCBIS- desarrollará las siguientes actividades principales:

a). Fortalecer y fomentar una cultura ciudadana para la donación de sangre, componentes sanguíneos, órganos y tejidos humanos y células con propósitos de trasplante, medicina regenerativa o investigación. b). Obtener, procesar, almacenar y distribuir componentes sanguíneos, tejidos y células humanas con propósitos de trasplante, medicina regenerativa o investigación. c). Ofrecer servicios altamente especializados y de referencia, en banco de sangre, banco de tejidos humanos, banco de sangre de cordón umbilical, terapias avanzadas, medicina transfusional, medicina regenerativa y laboratorio de inmunología de transfusión y trasplantes. d). Formar, capacitar y entrenar talento humano en las áreas de conocimiento desarrolladas por la entidad, con énfasis en investigación. e). Gestionar líneas de investigación e innovación tecnológica en diversos campos de las ciencias de la salud humana, con énfasis en medicina transfusional, ingeniería tisular, terapias avanzadas y medicina regenerativa, en coordinación con centros académicos y de investigación nacionales e internacionales. f). Servir como entidad asesora, consultora y de referencia, para entidades nacionales e internacionales en los aspectos relacionados con el desarrollo de su objeto social. g). Desarrollar y gestionar un Registro de Donantes de Progenitores Hematopoyéticos, con propósitos de investigación y trasplante. h). Desarrollar actividades encaminadas a la apropiación social del conocimiento en el área de la salud, así como la difusión de la ciencia. i). Las demás actividades que señalen los estatutos y que sean conexas con su objeto social.”

ARTÍCULO 103. INTEGRALIDAD DEL SISTEMA DE SALUD DISTRITAL. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Con el fin de lograr la dirección integral del sistema de salud distrital, en el marco de la Ley 1751 de 2015, el artículo 118 de la Ley 1438 de 2011 y la Ley 715 de 2001, la Secretaría Distrital de Salud fortalecerá la gestión centralizada de la atención territorial en salud para el funcionamiento de la atención médica domiciliaria, atención ambulatoria y hospitalaria, articulando los recursos de las diferentes EAPBS para el despliegue del modelo de atención de salud distrital, de forma concomitante gestionará ante la Superintendencia Nacional de Salud, las acciones institucionales pertinentes en procura de la desconcentración de las competencias necesarias para fortalecer las actividades de inspección, vigilancia y control.

Las entidades administradoras de planes de beneficios con presencia en la ciudad, deben garantizar para sus afiliados los servicios en la misma localidad de residencia para el cumplimiento de la ruta integral para la promoción y mantenimiento de la salud de su población afiliada en la misma localidad de residencia, o bien con su propia red de prestación de servicios de salud o contratando con la de la subred pública de la respectiva localidad.

PARÁGRAFO. Para su cumplimiento se realizará la georreferenciación de oportunidad y acceso a servicios de salud, con adscripción de la población a IPS y/o ESE en su localidad. Las entidades administradoras de planes de beneficios con presencia en la ciudad deben garantizar la atención en salud de su población afiliada en la misma localidad de residencia o bien con su propia infraestructura o contratando con la de la subred pública de la respectiva localidad.

ARTÍCULO 104. FINANCIACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN. Modifíquese el artículo 21 del Acuerdo 641 de 2016, el cual quedará así:

“Artículo 21. Financiación para el Fortalecimiento de la Investigación. Las labores adelantadas por el Instituto serán remuneradas por las Empresas Sociales del Estado del orden distrital y por las demás entidades a las cuales le preste sus servicios. En todo caso, podrá recibir aportes del Distrito Capital para la financiación de sus proyectos específicos, así como otras fuentes como cooperación o transferencias del presupuesto nacional.

PARÁGRAFO 1. El Instituto Distrital de Ciencia Biotecnología e Innovación en Salud deberá implementar sistemas integrados de gestión, planeación y calidad que conllevan a la ejecución eficiente de los recursos financieros aportados por el Distrito Capital.

PARÁGRAFO 2. El IDCBIS dará prioridad a las solicitudes o necesidades que se presenten las ESES Distritales.

PARÁGRAFO 3. El desarrollo de tecnologías y conocimientos producidos por el Instituto con recursos públicos o mixtos deberán estar a disposición de la Administración Distrital en condiciones especiales, con costos razonables y preferiblemente de manera gratuita, en virtud de la importancia para la formulación e implementación de política pública y en la medida que constituyen soluciones para la salud pública y el beneficio de la ciudadanía, siendo un asunto de interés público.”

ARTÍCULO 105. CORREDOR VERDE DE LA CARRERA SÉPTIMA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Administración Distrital diseñará y construirá un corredor verde sobre la carrera séptima. A diferencia de un corredor tradicional en el que se privilegia el transporte usando energías fósiles, transporte masivo en troncal y de vehículos particulares, en un corredor verde, como el que se hará en la Carrera Séptima, se privilegia el uso de energías limpias, el espacio público peatonal y formas de movilidad alternativa como la bicicleta. El corredor verde, además se diseñará con participación ciudadana incidente, como un espacio seguro con enfoque de tolerancia cero a las muertes ocasionadas por siniestros de tránsito, que proteja el patrimonio cultural, que promueva la arborización urbana, que garantice un mejor alumbrado público, la operación de un sistema de bicicletas, la pacificación de tránsito y que mejore la calidad del aire a través del impulso a la electrificación de los vehículos que por ahí circulen. En ningún caso el corredor verde incluirá una troncal de transporte masivo como la que se planteó en el proyecto diseñado por el Instituto de Desarrollo Urbano durante 2017 y 2018.

PARÁGRAFO 1. El nuevo proyecto aprovechará la adquisición predial e insumos técnicos existentes para facilitar y acelerar su definición.

PARÁGRAFO 2. El corredor verde de la carrera séptima hará parte de un nuevo proyecto urbano integral de movilidad de la zona nororiental de la ciudad, en la que se espera que de conformidad con los estudios de la extensión de la fase II de la PLMB y del regiotram del norte se consolide en el corredor férreo y la avenida Laureano Gómez una forma de transporte masivo para el borde nororiental de la ciudad.

PARÁGRAFO 3. La Administración Distrital garantizará que la Carrera Séptima cumpla a cabalidad la normativa de accesibilidad universal y anchos mínimos de andén, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1618 de 2013, Decreto Nacional 1538 de 2005, el Decreto 470 de 2007, Decreto 308 de 2018, y las normas que los modifiquen o sustituyan.

ARTÍCULO 106. POLÍTICA PÚBLICA DE LA BICICLETA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Administración Distrital adoptará la política pública de la bicicleta, con el objetivo de mejorar las condiciones físicas, socioeconómicas, ambientales y culturales de la ciudad para el uso y disfrute de la bicicleta.

La política tendrá énfasis en entre otros, en aspectos como: fortalecimiento de la cultura, cadena productiva de la bicicleta, optimización de la seguridad (personal y vial), implementación de servicios complementarios como el sistema de bicicletas públicas, ampliación, conectividad y mejora de la infraestructura para bicicletas y Cicloparqueaderos, en cumplimiento de la Ley 1811 de 2016 (Ley ProBici) programas enfocados en su uso con enfoque de género como componente transversal, y articulación interinstitucional para su gestión.

PARÁGRAFO. La Administración Distrital presentará al Concejo de Bogotá una evaluación semestral de los avances de la política pública de la bicicleta.

ARTÍCULO 107. IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE BICICLETAS PÚBLICAS DE BOGOTÁ. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Administración Distrital realizará las gestiones, procedimientos y mecanismos para la implementación del Sistema de Bicicletas Públicas, definidos en el artículo 13 del Decreto Distrital 596 de 2014; como parte del Programa Estratégico Sistema de Movilidad Sostenible.

PARÁGRAFO. La Secretaría Distrital de la Mujer participará en la planeación e implementación del Sistema de Bicicletas Públicas, para garantizar la estructuración de este Sistema bajo un enfoque de género, con medidas operativas y de seguridad, que promuevan y aumenten los viajes de las mujeres en bicicleta.

ARTÍCULO 108. REGISTRO OBLIGATORIO DE BICICLETAS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Con el fin de que las autoridades cuenten con una base de datos centralizada sobre la totalidad del número y características de bicicletas que se movilizan en la ciudad de Bogotá, el registro del que trata el artículo 1o del Decreto 790 del 2018 será de carácter obligatorio.

Los propietarios de bicicletas no registradas contarán con doce (12) meses contados a partir de la entrega en vigencia del presente Acuerdo para hacer el registro.

La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico coordinará con el gremio de distribuidores y comercializadores para registrar bicicletas antes de su comercialización.

La Secretaría Distrital de Movilidad y la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia establecerán los mecanismos necesarios para facilitar el registro de las bicicletas por parte de sus propietarios.

ARTÍCULO 109. DERECHO REAL ACCESORIO DE SUPERFICIE EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley 1753 de 2015, modificado por el artículo 97 de la Ley 1955 de 2019, la Administración Distrital explorará la utilización del derecho real accesorio de superficie en infraestructura de transporte, de manera que se pueda promover su aprovechamiento inmobiliario para la generación de recursos a favor del Sistema Integrado de Transporte Público.

ARTÍCULO 110. ESTRATEGIAS RENOVACIÓN URBANA VERDE. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El Gobierno Distrital elaborará estudios técnicos y jurídicos para elaborar o actualizar estrategias que permitan la consolidación de espacios verdes públicos o privados, que mejoren la oferta de servicios ecosistémicos con enfoques de mitigación y adaptación a la crisis climática, priorizando la intervención de áreas mediante la reconversión de suelo duro a suelo blando con especies nativas y agroparques urbanos.

Dichas estrategias podrán incorporar instrumentos económicos ambientales que

demuestren costo - eficiencia y contribuyan directamente al mejoramiento y mantenimiento de las coberturas vegetales urbanas.

ARTÍCULO 111. ALIANZA PARA LA GESTIÓN Y GENERACIÓN DEL CONOCIMIENTO SOBRE SALUD AMBIENTAL.<Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.>  Crease la alianza para la gestión y generación del conocimiento sobre salud ambiental, eventos transmisibles de origen zoonótico y de origen animal de interés en salud pública, la cual estará en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud con la participación activa de la Secretaría Distrital de Ambiente y la Secretaría Distrital de Gobierno.

PARÁGRAFO. El diseño, implementación y desarrollo de la alianza estará en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud.

ARTÍCULO 112. CERTIFICADOS REPRESENTATIVOS DE DERECHOS DE CONSTRUCCIÓN PARA GESTIÓN DEL SUELO EN ÁREAS PROTEGIDAS Y SUELO DE PROTECCIÓN. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Como mecanismo alternativo para adquirir suelo de las áreas protegidas y de la estructura ecológica principal o para incentivar procesos de restauración, la Administración Distrital implementará los certificados de derechos de construcción, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 9a de 1989 y con base en el Decreto Distrital 790 de 2017 y las disposiciones pertinentes de la Ley 388 de 1997.

Este mecanismo consiste en el pago por el suelo en las áreas mencionadas, en donde los propietarios de terrenos sometidos al régimen urbanístico de conservación ambiental, en suelo urbano, de expansión urbana o rural, tengan la posibilidad de recibir certificados de derechos de construcción por parte de la Administración Distrital, que podrán vender a los propietarios de terrenos urbanos que estén interesados en aumentar edificabilidad de sus terrenos, en determinados usos, definidos por la Secretaría de Planeación Distrital.

Se aplicarán las siguientes reglas para su utilización:

1. La Secretaría Distrital de Ambiente y la Secretaría Distrital de Planeación determinarán las zonas generadoras y receptoras de los certificados de derechos de construcción y darán prioridad a la reserva Thomas van der Hammen, al Área de Ocupación Pública Prioritaria

de la Franja de Adecuación de los Cerros Orientales y otras áreas que pretendan ser declaradas.

2. Para generar condiciones de demanda de los certificados representativos de derechos de construcción la Administración Distrital podrá establecer, mediante el POT y su reglamentación, edificabilidades básicas y máximas para los usos urbanos diferentes al residencial y al dotacional, en las zonas receptoras, especialmente aquellas con usos más rentables.

3. Este instrumento no aplicará en los terrenos para los cuales se haya aprobado un plan de ordenamiento zonal o planes parciales que reglamenten sistemas de distribución equitativa de cargas y beneficios.

4. La emisión y manejo de los certificados representativos de derechos de construcción se podrá adelantar mediante encargos fiduciarios o cualquier otro negocio fiduciario permitido en Colombia.

5. El número de derechos asignados a los propietarios cuyos terrenos tengan el tratamiento de conservación o hagan parte de la estructura ecológica principal se establecerá con base en un sistema de reparto equitativo de cargas y beneficios y con las condiciones de conservación de los terrenos o la implementación de programas de restauración.

ARTÍCULO 113. COORDINACIÓN PARA LA PROTECCIÓN ANIMAL. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La gestión para el cumplimiento de las metas en protección y bienestar animal se articulará entre las entidades del Distrito con competencias en la materia y las Localidades, con la finalidad de brindar una atención ágil y descentralizada, que incluya: (i) brigadas médicas y de urgencia veterinarias; (ii) esterilización de perros y gatos en condición de calle o que pertenezcan a habitantes de calle o población recicladora; (iii) un aumento de la capacidad de respuesta de las autoridades de policía en casos de maltrato animal; (iv) la consolidación y el trabajo articulado con las Redes Locales de Proteccionistas de Animales; y (v) acciones de inspección, vigilancia y control. Para ello, se utilizarán de forma complementaria a los recursos que se prioricen en la inversión local 2021-2024 definidas por el Confis.

ARTÍCULO 114. ENERGÍAS LIMPIAS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El Plan Distrital de Desarrollo impulsará el uso de energías renovables, como la energía solar y la bioenergía, con el propósito de hacer de Bogotá una ciudad sostenible, eficiente y baja en carbono, coadyuvando al cumplimiento del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 7, en el marco del propósito 2 “cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar el cambio climático” y del propósito 4 “hacer de Bogotá un modelo de movilidad, creatividad y productividad incluyente y sostenible”.

ARTÍCULO 115. VEHÍCULOS HÍBRIDOS SIN RESTRICCIÓN DE CIRCULACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Con el propósito de contribuir a una mejora de la calidad del aire, por medio del uso de tecnologías más limpias y asequibles, se exceptúa de la restricción de circulación a los vehículos híbridos.

ARTÍCULO 116. RESERVA FORESTAL PROTECTORA BOSQUE ORIENTAL DE BOGOTÁ. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Se priorizarán la ejecución de las actividades del plan de manejo de la Reserva Forestal, de competencia del Distrito. Además, se continuará con la ejecución de las acciones del plan de manejo para el área de las canteras, vegetación natural, pastos, plantaciones de bosques y agricultura que responde al área de ocupación pública prioritaria de la Franja de Adecuación, según lo señalado con el Decreto Distrital 485 de 2015; y en cumplimiento de la orden emitida por el Concejo de Estado se priorizará la conformación de expedientes urbanos para la legalización de asentamiento.

ARTÍCULO 117. FUNCIONES DEL IDPYBA. Adiciónese el numeral 14 al artículo 5 del Decreto 546 de 2016, el cual quedará así:

“14. Ejercer la inspección y vigilancia sobre los establecimiento y prestadores de servicios que desarrollen actividades con o para animales, con el fin de garantizar su bienestar, protección y adecuada tenencia, excepto para los animales silvestre.”

ARTÍCULO 118. GESTIÓN DEL RIESGO POR INCENDIOS DE COBERTURA VEGETAL. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Con el fin de fortalecer la gestión integral del riesgo en todos sus aspectos (conocimiento y análisis, reducción y atención de las situaciones de emergencia) por la ocurrencia de incendios forestales en el Distrito Capital, sus impactos adversos tanto ambientales como económicos, la Administración Distrital de manera particular adoptará e implementará una política pública para tal fin, de tal manera que fortalezca las premisas establecidas en la Ley 1575 de 2012 y garantice:

1. El análisis y conocimiento de esta situación de riesgo tanto en la zona urbana como rural del Distrito Capital, con el concurso de la academia y demás actores públicos, privados y comunitarios de manera tal que se establezcan condiciones determinantes para la adecuada intervención prospectiva o correctiva en pro de minimizar la afectación en los ecosistemas.

2. Establecer sistemas de monitoreo y alerta temprana a fin de minimizar los posibles impactos ambientales en las zonas propensas a la ocurrencia de incentivos de cobertura vegetal, especialmente los cerros orientales y suborientales, así como en la zona rural del Distrito Capital.

3. Articular los esfuerzos institucionales y contribuir un único sistema de monitoreo y alertas tempranas para la gestión del riesgo y cambio climático para la captura, análisis y toma de decisiones en la gestión del riesgo y cambio climático.

4. Promover mecanismos efectivos de recuperación y remediación de las zonas afectadas por incendios de cobertura vegetal con la participación de las comunidades, entidades públicas y privadas.

5. Fortalecer el Sistema de Información de Riesgos y Emergencias SIRE para que se constituya y consolide como plataforma para la gestión integral del riesgo en el Distrito Capital.

6. Garantizar mecanismos adecuados de respuesta para la atención efectiva de las situaciones de emergencia mediante el fortalecimiento de los grupos operativos y la sensibilización comunitaria como corresponsables en la gestión del riesgo y cambio climático.

ARTÍCULO 119. FORTALECIMIENTO DEL FONDO CUENTA DISTRITAL DE INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA E INDUSTRIAS CREATIVAS (FITIC). <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Amplíese el objeto del Fondo Cuenta Distrital de Innovación, Tecnología e Industrias Creativas -FITIC- en el sentido de promover la inclusión financiera y productiva que apalanque las intervenciones que desde la Alcaldía se realicen para promover el emprendimiento por subsistencia, potenciar la productividad de comercios y pequeñas unidades productivas (aglomeradas y no aglomeradas en el territorio), incubar emprendimientos de estilo de vida, acompañar MIPYMES en programas de apropiación y fortalecimiento de nuevas tecnologías, y empresas medianas en programas de sofisticación e innovación en Bogotá a través de los mecanismos legales que sean del caso.

Adicionalmente, el Fondo establecerá una línea nueva que tendrá como objeto el apalancamiento y financiación para el cierre de brechas de innovación y tecnología en la región.

En el mismo sentido, el FITIC se considerará un fondo acumulativo, el cual además podrá tener como fuente adicional aquellos que por el Sistema General de Regalías puedan destinarse en el marco de los proyectos que sean aprobados para su respectiva ejecución. Así mismo todos aquellos recursos que no se utilicen en desarrollo de un convenio o contrato, y que hayan sido aportados desde el Fondo Cuenta, deberán reingresar a dicho Fondo y ser reinvertidos en sus programas.

ARTÍCULO 120. ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO A TRAVÉS DE VEHÍCULOS ESPECIALES. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Durante el término de vigencia del presente Acuerdo, la alcaldesa, a través de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en los términos de las disposiciones legales vigentes, podrá buscar la forma de asociarse con otras entidades públicas o con particulares con el objeto de movilizar financiamiento para empresas que tengan como característica la innovación, el valor agregado o el alto impacto en la generación de empleo. Para ello deberá establecer que las personas naturales o jurídicas beneficiarias estén en etapa de consolidación y/o aceleración de su negocio según las especificaciones técnicas que así lo reglamente.

Con el fin de lograr lo anterior y con ello disminuir la exposición de estas iniciativas económicas a estar dentro de las tasas de mortalidad, se podrán destinar recursos del Distrito en armonía con los programas del plan de inversiones del presente Plan de Desarrollo.

Para garantizar el principio de eficiencia del gasto público y de vigilancia, en los órganos de dirección y en los comités de vigilancia de dichos organismos asociativos, debe existir participación del Distrito en proporción directa al aporte realizado y en todo caso no podrá ser menor a un (1) representante, para el efecto en caso de requerirse se deberán adelantar las modificaciones estatutarias a las que haya a lugar.

PARÁGRAFO. En el marco de lo establecido en el presente artículo, la Administración Distrital podrá participar de vehículos de inversión o fondos de capital nacionales o internacionales siempre y cuando dichos vehículos o fondos de inversión inviertan en empresas con operaciones en el Distrito Capital conforme a lo aquí establecido.

ARTÍCULO 121. ESTRATEGIA BOGOTÁ PRODUCTIVA 24 HORAS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> En cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo 706 de 2018 se diseñará e implementará la estrategia “Bogotá Productiva 24 horas” para fomentar la actividad productiva, comercial, cultural, cívica, turística y de prestación de servicios distritales y sociales en la jornada nocturna en la ciudad, como parte de las acciones tendientes a reactivar la economía en Bogotá.

Esta estrategia será parte de las políticas de productividad y competitividad urbana incentivando sectores promisorios y el uso más eficiente de la infraestructura urbana, por lo que promoverá la generación de empleo desde lo público y lo privado y garantizará la disponibilidad de los diferentes servicios urbanos de la ciudad tales como movilidad y seguridad, partiendo del “Diagnóstico Bogotá Productiva 24 horas” realizado por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Para la implementación y ejecución de la presente estrategia, se creará la figura del Gerente Nocturno como interlocutor entre los actores de la noche y articulador de sus acciones con los entes de control, asimismo, partiendo de la corresponsabilidad, será el encargado de proponer y generar buenas prácticas en las actividades, implementar acciones integrales y diferenciales orientadas a los diferentes sectores económicos y de soporte que operan en la noche, monitorear los impactos que genere la puesta en marcha de la figura 24 horas, dar respuesta a la ciudadanía que se vea afectada por ésta y de fortalecer las actividades económicas e implementar, de manera progresiva, proyectos integrales de mejoramiento en polígonos priorizados bajo esquemas asociativos y de corresponsabilidad, que conduzcan a distritos especializados nocturnos.

PARÁGRAFO. La Secretaría Distrital de Movilidad y la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, bajo los lineamientos del Comité Interinstitucional del Sistema Distrital para la Mitigación del Impacto Económico, el Fomento y Reactivación Económica de Bogotá D.C., deberán coordinar la mesa de trabajo público-privada para la implementación de las operaciones en horarios no convencionales en grandes superficies y sus proveedores.

ARTÍCULO 122. FONDO DE DESARROLLO TURÍSTICO DE BOGOTÁ - FONDETUR. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Créase el Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR, como un fondo cuenta sin personería jurídica, dependiente del Instituto Distrital de Turismo con el fin de promover, apoyar e impulsar el desarrollo del sector turístico en la ciudad de Bogotá.

Para dicho propósito el Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR, apoyará entre otras actividades, aquellas relacionadas con el aumento de las capacidades del talento humano en turismo; el desarrollo de proyectos turísticos en las localidades; y la actividad productiva de los empresarios del sector.

El Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR, se constituye como un sistema de manejo de cuentas presupuestales, financieras y contables de los recursos destinados para su propósito, el cual podrá administrarse a través de un patrimonio autónomo.

PARÁGRAFO 1. Los actos, contratos y actuaciones realizadas con cargo Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR, se regirán por el derecho privado, observando, en todo caso, los principios de la función administrativa.

PARÁGRAFO 2. Los recursos del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR provendrán de los sectores público o privado que se destinen para el desarrollo de su objeto.

PARÁGRAFO 3. La Administración Distrital a través del Instituto Distrital de Turismo adoptará las medidas reglamentarias necesarias para garantizar el adecuado funcionamiento del Fondo y el cabal cumplimiento de su objeto.

ARTÍCULO 123. ESTRATEGIA DE COMPRAS LOCALES “BOGOTÁ COMPRA BOGOTÁ”. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, y en coordinación con las demás entidades distritales que para el efecto considere pertinentes, formulará e implementará una estrategia de compras locales “Bogotá compra Bogotá”, con el fin de promover el contacto comercial entre agentes económicos y apoyar el desarrollo y emprendimiento productivo de las familias y comunidades del Distrito.

La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico definirá la reglamentación, características y condiciones de operación de esta estrategia, y estará integrada bajo el funcionamiento de la marca de la ciudad.

ARTÍCULO 124. INCLUSIÓN Y EDUCACIÓN FINANCIERA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Secretaría de Desarrollo Económico creará la estrategia distrital para inclusión y educación financiera, con el fin de incluir a la mayor cantidad de Bogotanos en el sistema financiero de manera responsable a través de instrumentos formales y asequibles, mitigando los impactos derivados de los préstamos bajo la modalidad del “gota a gota” entre otros.

ARTÍCULO 125. FUNCIONES DEL IPES EN MATERIA DE APROVECHAMIENTO ECONÓMICO DEL ESPACIO PÚBLICO Y PLAZAS DE MERCADO. Modificase el literal d) del artículo 79 del Acuerdo 257 de 2006 así:

“Artículo 79. Funciones del Instituto para la Economía Social - IPES. De conformidad con lo establecido en el artículo anterior adicionase los Acuerdos 25 de 1972 y 04 de 1975 con las siguientes funciones:

(...) d. Administrar las plazas de mercado de acuerdo con la política de abastecimiento de alimentos. En aquellas reconocidas como atractivo turístico de la ciudad deberá coordinar con el IDT para su aprovechamiento turístico.”

ARTÍCULO 126. AMPLIACIÓN EN LA ATENCIÓN DE PERSONAS MAYORES A TRAVÉS DE CENTROS DÍA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Para la ampliación de la atención de personas mayores a través de Centros Día, la Secretaría Distrital de Integración Social realizará el análisis de la necesidad de atención de esta población y definirá la ubicación de nuevos centro día en la ciudad.

ARTÍCULO 127. PROMOCIÓN EL ACCESO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN COMUNITARIOS Y ALTERNATIVOS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> En los gastos de divulgación y comunicaciones, la Administración Distrital, en todos sus órdenes, promoverán el acceso de los medios de comunicación Comunitarios y Alternativos en los programas, proyectos y planes de divulgación, comunicación y publicaciones y, con enfoque territorial y participativo, de conformidad con el artículo 3 del Acuerdo Distrital 292 de 2007.

ARTÍCULO 128. MODELO DE ADMINISTRACIÓN PARA LA PRESTACIÓN Y OPERACIÓN INTEGRAL RSDJ. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAeSp, formulará, diseñará y adoptará el Modelo de Administración del RSDJ, mediante el que podrá dirigir, coordinar, contratar la prestación del servicio a través de terceros o prestarlo directamente en los casos expresamente señalados en el artículo 6 de la ley 142 de 1994, para asegurar el manejo técnico de la prestación y operación integral, sostenible y eficiente del terreno RSDJ, complementando con nuevas alternativas de tratamiento, evitando la ampliación física del mismo y la prolongación de su vida útil en el modelo único de enterramiento actual.

El enfoque de manejo del RSDJ se orientará a la disminución en el entierro de residuos y la migración del Relleno Sanitario Doña Juana-RSDJ hacia otras alternativas tecnológicas para el tratamiento y disposición final de residuos ordinarios en este predio, que permitan la transformación en energía renovable y/o compostaje, de acuerdo con el análisis de conveniencia de la UAESP, con la implementación de una política para la reutilización de los residuos como materia prima, fortaleciendo el reciclaje y así reducir el material para disposición final.

En todo caso, el nuevo modelo integral deberá prever planes de contingencia dirigidos a garantizar la continuidad y la operación ininterrumpida del servicio público de aseo en sus actividades complementarias de disposición final y tratamiento.

PARÁGRAFO 1. El mencionado modelo de administración del RSDJ deberá tener por objetivo la disminución progresiva del número de toneladas de residuos sólidos enterrados y el incremento de su tratamiento y transformación.

PARÁGRAFO 2. En la operación de RSDJ se garantizará que el vertimiento sobre el río Tunjuelo, producto del tratamiento de los lixiviados, cumpla con los parámetros fisicoquímicos que exige la normatividad vigente; sin embargo, y aprovechando la producción de gas de la planta de biogás, la UAESP evaluará la implementación de un sistema de evapo- secado (hasta polvo) y/o tecnologías similares en el propósito de acercamiento a producción de energías limpias.

PARÁGRAFO 3. La Administración Distrital presentará un informe semestral al Concejo de Bogotá D.C. el cual indique el avance en la implementación del presente artículo.

ARTÍCULO 129. MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL OBJETO Y FUNCIONES DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Adicionar los siguientes parágrafos al artículo 63 del Acuerdo 257 de 2006:

PARÁGRAFO PRIMERO. La Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital tendrá a su cargo el ejercicio de las funciones de autoridad, gestor y operador catastrales, a que hacen referencia el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 y sus disposiciones reglamentarias. La Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital podrá prestar los servicios de gestión y operación catastral en cualquier lugar del territorio nacional. Para este efecto, podrá establecer sedes, gerencias o unidades de negocio en las jurisdicciones de las entidades territoriales con las que contrate la prestación de estos servicios. Las sedes, gerencias o unidades de negocio que se establezcan podrán disponer de un presupuesto y de la facultad de contratación mediante delegación que efectúe el Director General. Para el ejercicio de las funciones a que se refiere el presente artículo, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital podrá suscribir convenios o contratos para el acceso a los bienes y servicios relacionados con la infraestructura de servicios espaciales y/o los sistemas de información que posea, con el propósito de facilitar el acceso de las entidades territoriales que requieran estos servicios.

PARÁGRAFO SEGUNDO. Para el cumplimiento de las funciones de gestor y operador catastrales, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital podrá asociarse o conformar esquemas societarios con entidades públicas de cualquier nivel de gobierno, o con personas de derecho privado y efectuar las transferencias o aportes correspondientes, con sujeción a lo dispuesto en la Ley 489 de 1998 y las demás normas legales que regulen la materia.

ARTÍCULO 130. INGRESOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIO PÚBLICO CATASTRAL. Los ingresos que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital perciba como remuneración por la prestación del servicio público catastral, en su condición de gestor u operador catastral, harán parte de su presupuesto como rentas propias, serán recaudados directamente por la entidad y apropiados en su presupuesto mediante Decreto. La entidad podrá realizar gastos de preinversión, diseño, alistamiento y ejecución en el desarrollo de los contratos o convenios interadministrativos que suscriba en ejercicio de las funciones relacionadas con el catastro multipropósito.

ARTÍCULO 131. COORDINACIÓN DE LA GESTIÓN JURÍDICA PÚBLICA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> En virtud del Acuerdo Distrital 638 de 2016 la acción jurídica distrital en todos sus órdenes se encuentra bajo la coordinación de la Secretaría Jurídica Distrital con el objeto de materializar los principios de eficiencia, eficacia, seguridad jurídica, transparencia y moralidad pública mediante el ejercicio unificado y coherente de la defensa de los intereses distritales, la recuperación del patrimonio público, la prevención del daño antijurídico y la lucha contra la corrupción administrativa.

La Secretaría Jurídica Distrital como ente rector y cabeza del sector jurídico de Bogotá puede disponer del ejercicio del poder preferente a nivel central, descentralizado y local para dirigir la defensa judicial y extrajudicial de los intereses del distrito capital, para lo cual podrá asumir directamente la representación judicial en los casos que así lo considere. Cuando opere el poder preferente la entidad representada deberá asumir los gastos procesales y poner a disposición de la Secretaría Jurídica Distrital los recursos técnicos, logísticos y profesionales idóneos para llevar a cabo dicha defensa. En todo caso, la responsabilidad patrimonial o de cualquier otro tipo que se derive de la sentencia judicial sólo comprometerá al sector o a la entidad demandada y/o a las que se vinculen al cumplimiento de la obligación judicial a través de acto administrativo de ejecución.

ARTÍCULO 132. AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Se faculta a la Administración Distrital por el término de seis (6) meses a partir de la publicación del presente Acuerdo, para crear la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología, con autonomía administrativa, financiera y presupuestal, y para definir su naturaleza jurídica, patrimonio, funciones y adscripción o vinculación con la Secretaría de Educación Distrital y su relacionamiento con otras entidades distritales. Esta agencia se encargará de fortalecer, promover, financiar y propiciar oferta educativa del nivel superior, privilegiando la educación superior pública a través de las Instituciones de Educación Superior Pública, desde la educación media a la técnica, tecnológica y universitaria, en todas las modalidades, de articular la oferta educativa con la demanda laboral del sector privado, el sector público y las organizaciones sociales y culturales de la ciudad, así como de la promoción de la ciencia y la tecnología y la promoción de proyectos de investigación científica de grupos de investigación reconocidos por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación en el Distrito Capital.

PARÁGRAFO. La Administración Distrital presentará un informe trimestral de avance de la implementación del presente artículo que de cuenta de la estructuración del proyecto, la ejecución presupuestal, la cobertura y la gestión contractual y de funcionamiento.

ARTÍCULO 133. CONVENIOS DE COOPERACIÓN CON AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA. Las entidades distritales podrán suscribir convenios de cooperación con la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología, y cuyo objeto sea la aplicación del conocimiento científico y/o la aplicación de soluciones tecnológicas a los problemas que afectan la ciudad región. De igual manera, y con el fin de promover las actividades de ciencia, tecnología e innovación, las entidades distritales podrán, a través de dicha Agencia, promover la creación y el fortalecimiento de redes colaborativas de educación superior, ciencia y tecnología, que permita mejorar la infraestructura tecnológica, fortalecer el capital humano, intelectual y relacional con que cuenta la ciudad, al igual que promover la aplicación del conocimiento científico al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, al incremento de la productividad, y al desarrollo integral y sustentable de la ciudad región.

La Secretaría Distrital de Hacienda hará seguimiento a las inversiones que hagan las entidades distritales en Ciencia, Tecnología e innovación y, sobre esto, presentará un informe semestral al Concejo de Bogotá.

ARTÍCULO 134. SISTEMA DISTRITAL DE INFRAESTRUCTURA PARA LA EDUCACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Créase el Sistema Distrital de Infraestructura para la Educación, como espacio de coordinación interinstitucional que permita promover, consolidar, articular y facilitar la construcción y uso de infraestructura educativa por parte del Distrito para la implementación de las distintas estrategias educativas previstas en el Plan Distrital de Desarrollo.

Este Sistema buscará consolidar la información de la infraestructura pública disponible que pueda utilizarse para el desarrollo de las estrategias educativas previstas en el Plan de Desarrollo, y en la que se incluirá la relacionada con las instituciones educativas distritales, equipamientos culturales, red de parques e instalaciones deportivas y equipamientos de la ciudad tales como: bienes fiscales que administra el DADEP, gestión de bienes administrados por la Sociedad de Activos Especiales, entre otros.

El Sistema lo coordinará la Secretaría de Educación del Distrito y lo integrarán, además de dicha entidad, la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, el Instituto Distrital de Recreación y Deportes, el Instituto Distrital de las Artes, la Universidad Distrital, las empresas prestadoras de servicios públicos de energía, acueducto y alcantarillado, el Instituto de Desarrollo Urbano, el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, la Secretaría Distrital de Planeación y la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.

Las empresas prestadoras de servicios públicos priorizarán los trámites y solicitudes necesarias para la construcción y operación de la infraestructura que haga parte del Sistema, al igual que el DADEP, SDP, UAECD y el IDU priorizarán las gestiones necesarias para contar con bienes fiscales o zonas de cesión urbanizadas para la ejecución de nueva infraestructura para la educación.

ARTÍCULO 135. ACUERDOS DE ACCIÓN COLECTIVA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Las entidades distritales, bajo la coordinación de la Secretaría Distrital de Gobierno, promoverán acuerdos de acción colectiva dirigidos a la generación de condiciones que fortalezcan la apropiación de la ciudad, el aumento de la confianza ciudadana en los entornos públicos y privados entre los diferentes actores que confluyan en ellos, la solución pacífica de conflictos comunitarios, las relaciones vecinales, así como la protección del interés común del espacio público en el marco del desarrollo de actividades económicas informales.

Estos acuerdos serán implementados de manera prioritaria, dentro de las medidas tomadas por la Administración Distrital para afrontar los impactos sociales y económicos del COVID- 19 en la población más vulnerable.

PARÁGRAFO. Los acuerdos de acción colectiva que se desarrollen en conjunto con vendedores informales propenderán y deberán estar guiados bajo el principio de proporcionalidad en la garantía de los derechos fundamentales, especialmente el mínimo vital, la protección de derechos colectivos, el aumento de la protección social de dichos sujetos de especial protección y el principio constitucional de la confianza legítima.

ARTÍCULO 136. SEDES ADMINISTRATIVAS. <Artículo derogado por el artículo  320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La gestión de sedes administrativas de las entidades públicas del Distrito Capital podrá ser ejercida por la Secretaría General y por la Secretaría Distrital de Hacienda, entidades que podrán ser receptoras de recursos apropiados para la gestión de sedes de otras entidades públicas distritales y de los inmuebles transferidos de manera gratuita. Esta gestión se podrá adelantar mediante la construcción, adquisición, arrendamiento o comodato de inmuebles, y otras modalidades asociativas o contractuales, poniéndolos a disposición de las entidades para el desarrollo de sus respectivas funciones, bajo criterios de unificación de sedes, mejoramiento del servicio al ciudadano, eficiencia administrativa y el aprovechamiento de los activos disponibles.

Se faculta a las entidades distritales para enajenar a título gratuito a favor de la Secretaría General o de la Secretaría Distrital de Hacienda, cuando estas lo soliciten, los inmuebles requeridos para la gestión de las sedes administrativas, los cuales podrán servir como sede de una o varias entidades, previas adecuaciones o transformaciones, o utilizarlos como medio de pago o garantía.

PARÁGRAFO. Lo anterior sin perjuicio de las competencias otorgadas al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (DADEP).

ARTÍCULO 137. DISPOSICIÓN DE BIENES, ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE ENTIDADES DEL PRESUPUESTO ANUAL DEL DISTRITO CAPITAL. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Se autoriza a las entidades, empresas y sociedades del Distrito Capital, salvo a las empresas de servicios públicos, para que durante la vigencia del presente Plan, enajenen los bienes muebles e inmuebles recibidos en Dación en Pago, por concepto de cualquier clase de obligación, disposición legal o que se hayan originado en procesos de liquidación de personas jurídicas públicas o privadas o juicios de sucesión.

ARTÍCULO 138. ACTUALIZACIÓN DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS DISTRITALES. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Con el fin de fortalecer la capacidad de respuesta de la Administración Distrital ante eventos críticos y sus efectos sociales y económicos en el territorio, como lo ocurrido con la pandemia por COVID-19, los sectores administrativos del Distrito Capital, en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación, realizarán una evaluación y actualizarán las políticas públicas de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico, Trabajo Decente y Digno que deberá prever en su plan de acción la dignificación del empleo y promoción de la formalización laboral; de Ciencia, Tecnología e Innovación; de Economía Cultural y Creativa; las políticas públicas de los grupos poblacionales más afectados por la pandemia, de forma que se permita fortalecer la gestión del riesgo y la sostenibilidad de la oferta institucional para la atención y la reactivación social y económica de las personas y sectores más afectados por la crisis.

ARTÍCULO 139. POLÍTICAS PÚBLICAS DE LA POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> En los programas, proyectos y planes que ejecute la Administración Distrital, en virtud del presente Plan Distrital de Desarrollo, se incluirán y desarrollarán transversalmente las políticas públicas para la población con discapacidad, con enfoque de participación, representación y ejecución y mediante la formulación e implementación de acciones afirmativas que garanticen el goce efectivo de los derechos consagrados constitucional y legalmente.

ARTÍCULO 140. COMISIÓN ASESORA DISTRITAL DE POLÍTICA CRIMINAL Y TRATAMIENTO CARCELARIO. Créase la Comisión Asesora Distrital de Política Criminal y Tratamiento Carcelario como organismo colegiado asesor del Gobierno Distrital en el diseño, evaluación e implementación de la política criminal y el tratamiento carcelario de Bogotá, a través de la aplicación preferencial de mecanismos de justicia restaurativa, reparadora y pedagógica que tenga en cuenta los enfoques de derechos humanos, diferenciales y de género, para lo cual podrá formular recomendaciones y conceptos sobre las materias a su cargo.

La conformación de la Comisión Asesora Distrital de Política Criminal y Tratamiento Carcelario será plural, y estará conformado por los siguientes miembros:

1. El Alcalde o Alcaldesa mayor de Bogotá, o su delegado.

2. El Secretario o Secretaria de Seguridad, Convivencia y Justicia, o su delegado.

3. El Secretario o Secretaria de Gobierno Distrital, o su delegado.

4. El Secretario o Secretaria de Integración social, o su delegado.

5. El Secretario o Secretaria Jurídico Distrital, o su delegado. Quien ejercerá la secretaría técnica.

6. La Secretaria de la Mujer, o su delegada.

7. El Personero o Personera de Bogotá, o su delegado.

8. El Veedor o Veedora de Bogotá, o su delegado.

También podrán hacer parte de la Comisión Asesora Distrital de Política Criminal y Tratamiento Carcelario, como invitados permanentes, el director de la Policía Metropolitana de Bogotá o su delegado, representantes de los alcaldes o alcaldesas locales, el veedor distrital o su delegado, el Fiscal General de la Nación o su delegado, el Director Nacional del INPEC o su delegado representantes de los usuarios de la justicia penal y representantes de la rama judicial en su especialidad penal y del sistema de responsabilidad penal para adolescentes.

La Secretaría técnica de la Comisión Asesora Distrital de Política Criminal y Tratamiento Carcelario podrá invitar como asistentes a personas o instituciones académicas y de otros sectores, destacadas por su conocimiento, investigación y análisis en las materias a tratar en las distintas sesiones de la comisión para que compartan su conocimiento y enriquezcan los conceptos emitidos.

La política criminal distrital se guiará especialmente por los principios de proporcionalidad, razonabilidad, necesidad, Igualdad y no discriminación, Principio pro persona, dignidad humana, Indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos, Interés superior de niños, niñas y adolescentes, pedagogía, en procura permanente de la solución pacífica de las controversias, la transformación de conflictos, la formación de ciudadanía y la garantía de condiciones de convivencia pacífica para todos y todas.

PARÁGRAFO 1. La Comisión Asesora Distrital de Política Criminal y Tratamiento Carcelario, el Sistema Distrital de Justicia y los equipamientos que lo conforman, la Unidad Permanente de Justicia, la Dirección de Responsabilidad Penal Adolescente y demás autoridades distritales que ejerzan función de Policía o que tengan competencias relacionadas con la garantía del acceso a la justicia, deberán enmarcar sus decisiones y actuaciones en los principios señalados de política criminal.

PARÁGRAFO 2. La alcaldesa mayor de Bogotá reglamentará dentro de los tres (3) meses siguientes a la expedición del presente Acuerdo los aspectos necesarios para la implementación y entrada en funcionamiento de la Comisión Asesora Distrital de Política Criminal y Tratamiento Carcelario, así como le asignará las funciones específicas.

PARÁGRAFO 3. La secretaría técnica de la Comisión Asesora Distrital de Política Criminal y Tratamiento Carcelario rendirá un informe de gestión cada seis (6) meses al Consejo Distrital de Seguridad para garantizar el trabajo articulado entre las dos instancias.

ARTÍCULO 141. ACCIONES DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE DAÑOS DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVA. Los planes de cada una de las entidades que integran el Consejo Distrital de Estupefacientes deberán contemplar acciones específicas en respuesta a la política de prevención del consumo de sustancias psicoactivas. Las entidades distritales que integran el Consejo Distrital de Estupefacientes deberán contemplar acciones específicas para la prevención y reducción de daños del consumo de sustancias psicoactivas dirigidos a consumidores recreativos, habituales y problemáticos.

ARTÍCULO 142. PLAN ESPECIAL PARA COMBATIR EL MICROTRÁFICO EN EL DISTRITO CAPITAL. <Artículo derogado por el artículo  320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Secretaría Distrital de Seguridad, en asocio con la Policía Nacional crearán un plan especial para combatir el microtráfico en el Distrito Capital. Dicho plan deberá contener la georreferenciación de los lugares donde se expenden estupefacientes en cada localidad, ubicación de los eslabones más fuertes de la cadena criminal, protección a las víctimas de la criminalidad y metas mensuales de incautación y desmantelamiento de redes de microtráfico y narcotráfico.

ARTÍCULO 143. POLÍTICA PÚBLICA PARA LA PREVENCIÓN DE LA TRATA DE PERSONAS EN BOGOTÁ D.C. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Administración Distrital, en el término de 1 año, deberá diseñar e implementar una Política Pública Distrital que tenga como fin prevenir y luchar contra el delito de la trata de personas en Bogotá, trazando mecanismos de prevención y protección a los ciudadanos y de asistencia y garantía de los derechos humanos de las víctimas.

ARTÍCULO 144. PREVENCIÓN DE LA EXPLOTACIÓN SEXUAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES (ESCNNA). <Artículo derogado por el artículo  30 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Se creará e implementará prevención y atención integral para niñas, niños adolescentes, víctimas de explotación sexual y comercial, incorporando una estrategia de asistencia técnica en las Localidades de Bogotá, teniendo como base la Ley 1336 de 2009 y el artículo 216 de la Ley 1955 de 2019.

ARTÍCULO 145. AGENCIA DE ANALÍTICA DE DATOS DEL DISTRITO. Autorizar la conformación de una sociedad por acciones vinculada a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor y domiciliada en la ciudad de Bogotá D. C., denominada Agencia de Analítica de Datos, encargada de los procesos inherentes a la analítica de datos como la validación, recolección, integración, almacenamiento, depuración, estandarización, tratamiento, procesamiento, enriquecimiento, visualización y analítica multifinalitaria de datos estructurados y no estructurados del Distrito Capital e información pública y privada, preservando la observancia de los principios y normas de protección de datos personales, de conformidad con lo dispuesto en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014, y demás normas que regulan la materia.

Igualmente, la Agencia de Analítica de Datos tendrá a su cargo la integración, articulación, centralización del almacenamiento de datos y analítica de estos entre los sectores de la administración distrital, las empresas privadas y la ciudadanía, aportando a la visión de Smart City y de transparencia de la Bogotá del siglo XXI. Así mismo, la Agencia podrá comercializar los servicios de analítica.

Podrán formar parte de esta sociedad, la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. ESP - ETB, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, el Grupo de Energía de Bogotá, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, la Secretaría Distrital de Planeación, Transmilenio S.A., la Empresa Metro de Bogotá S.A. y las demás entidades públicas del orden distrital, del sector central y descentralizado que, por competencia, estatutos y productos, estén autorizadas para hacer parte de esquemas societarios y contribuyan al desarrollo y fortalecimiento del objeto de la sociedad.

El régimen jurídico de la sociedad, así como el relativo a sus aportes, será el dispuesto por la Ley 489 de 1998, las normas comerciales y demás disposiciones aplicables, así como en sus estatutos sociales.

PARÁGRAFO 1. Se autoriza al Secretario(a) Distrital de Planeación y al director(a) de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, para constituir la sociedad suscribiendo sus respectivas escrituras y estatutos sociales, así como para efectuar los aportes requeridos para la conformación de su capital social.

PARÁGRAFO 2. El proceso de conformación de la Sociedad Agencia de Analítica de Datos será liderado por la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. ESP. para lo cual aprovechará la institucionalidad e infraestructura de la misma.

PARÁGRAFO 3. Con el fin de promover la transparencia en la administración pública, la agencia de Analítica de Datos del Distrito podrá implementar tecnologías emergentes como 'blockchain' que garanticen la trazabilidad en los procesos contractuales y administrativos del distrito.

PARÁGRAFO 4. Al momento de su creación la Agencia de Analítica de Datos publicará sus políticas de privacidad, tratamientos de datos y seguridad de la información, así como los manuales de políticas y procedimientos aplicables para garantizar el deber de la protección de la información.

ARTÍCULO 146. RESIGNIFICACIÓN DEL CENTRO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Para la resignificación y valoración del centro de Bogotá como responsabilidad de todos los sectores y asunto prioritario, se promoverá, en el marco del POT, la formulación e implementación de instrumentos normativos, de política pública, de ordenamiento territorial y modelos de colaboración público-privada necesarios para que el Centro sea el escenario de este contrato de igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos y ciudadanas. De esta forma, se generarán las condiciones que permitan la consolidación del Centro como polo de desarrollo económico, creativo, cultural, social y de promoción de ciudad; epicentro del diálogo de saberes, gestión del conocimiento y la construcción de tejido social, mejorando la calidad de vida de la ciudadanía.

Se buscará que el Centro sea el mejor espacio para vivir la ciudad y se consolide la comunidad de quienes habitan y desarrollan sus oficios en este territorio, para beneficiar con esta transformación a nivel urbanístico, social y económico a la ciudadanía, en particular a las nuevas generaciones, a fin de convertir este espacio de expresión y creación, en el símbolo de una ciudad cuidadora, incluyente, creadora y sostenible.

ARTÍCULO 147. PROYECTOS INTEGRALES DEL PATRIMONIO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los proyectos integrales del patrimonio, como parte de las intervenciones que adelante el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC, en el marco del desarrollo urbano integral y sostenible, se conciben como un conjunto de actuaciones e intervenciones inter y multisectoriales coordinadas por el IDPC, en el marco del POT, en cuya ejecución pueden intervenir diferentes entidades de los sectores administrativos de Bogotá D.C., conforme a sus competencias, buscando mejorar el impacto sobre el patrimonio cultural de la ciudad.

Estos proyectos se orientan a mejorar y transformar positivamente los diferentes componentes o estructuras urbanas de la ciudad, o de zonas específicas, dando solución a diversas problemáticas de ciudad, con énfasis en la preservación del patrimonio cultural material e inmaterial.

En el marco del POT y de su reglamentación, la estructuración y ejecución de los proyectos integrales del patrimonio se podrán incluir los diferentes instrumentos de planificación y gestión necesarios para su adecuada implementación.

PARÁGRAFO 1. La Administración Distrital, en el marco del POT y de su reglamentación, podrá reglamentar la estructuración de los proyectos integrales y la participación de los diferentes sectores administrativos en su ejecución.

PARÁGRAFO 2. El IDPC estructurará los proyectos estratégicos y definirá y coordinará el trabajo interinstitucional con los sectores y/o entidades de la administración que participen en cada uno, a fin de concretar las acciones efectivas que cada una deba adelantar en el marco de sus competencias, debiendo dichas actuaciones ser atendidas prioritariamente por los sectores y entidades de la Administración definiendo para el efecto los recursos presupuestales necesarios.

ARTÍCULO 148. EXENCIÓN DE IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO PARA INMUEBLES DONDE SE REALICEN Y PRODUZCAN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE ARTES ESCÉNICAS, DE MANERA EXCLUSIVA HABITUAL Y CONTINUA. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Administración Distrital podrá proponer exenciones, que deberán ser autorizadas por el Concejo de Bogotá, en el impuesto predial unificado por un plazo de 10 años para aquellos predios destinados de manera exclusiva habitual y continua a la producción de espectáculos públicos de las artes escénicas o aquellos que estén destinados al funcionamiento de museos y que no sean predios declarados como de interés cultural; exenciones armonizadas con los porcentajes y requisitos establecidos por el Acuerdo 756 de 2019 y previo análisis del impacto fiscal.

ARTÍCULO 149. ESTAMPILLA PARA EL BIENESTAR DEL ADULTO MAYOR. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Modifíquese el artículo 6 del Acuerdo 669 de 2017, que modificó el artículo 8 del Acuerdo 188 de 2005, el cual quedará así:

“Artículo 6o. Destinación. Los recursos generados y recaudados por concepto de la “Estampilla para el Bienestar del Adulto Mayor”, serán destinados a la construcción, instalación, mantenimiento, adecuación, dotación y funcionamiento de Centros de Bienestar o Centros de Protección Social, Centros Día y otras modalidades de atención, así como el desarrollo de programas y servicios sociales dirigidos a las personas adultas mayores del Distrito.

El producto de dichos recursos se destinará en un 70% para la financiación de los Centros Día y otras modalidades de atención, así como el desarrollo de programas y servicios sociales dirigidos a las personas adultas mayores del Distrito y el 30% restante, al financiamiento de los Centros de Bienestar o Centros de Protección Social del adulto mayor, en los términos previstos en la ley 1276 de 2009, sin perjuicio de los recursos adicionales que puedan gestionarse a través de otras fuentes como el Sistema General de Regalías, el Sistema General de Participaciones, el sector privado y la cooperación internacional, principalmente.

PARÁGRAFO. De acuerdo con las necesidades de apoyo social de la población adulto mayor en la ciudad los recursos del recaudo de la estampilla podrán destinarse en las distintas modalidades de atención, programas y servicios sociales dirigidos a las personas adultas mayores, incluidas aquellas personas mayores con enfermedades crónicas o terminales o dependientes. El establecimiento de programas o servicios mínimos no restringe la posibilidad de que se pueda mejorar esta canasta de servicios, siempre que se garantice la atención en condiciones de calidad, frecuencia y número de personas atendidas en los Centros Día, Centros de Bienestar o Centros de Protección Social, los cuales no deben ser inferiores a las de la vigencia inmediatamente anterior, en concordancia con lo previsto en el artículo 217 de la Ley 1955 de 2019.”

ARTÍCULO 150. PRÓRROGA PLANTAS TEMPORALES. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Con el fin de garantizar la prestación de los servicios y el buen funcionamiento de las entidades del Distrito y ante la imposibilidad de adelantar procesos de convocatoria y selección, las plantas temporales que existan en las entidades del sector central y descentralizados de la ciudad se podrá prorrogar por un término de seis (6) meses contados a partir de la fecha de su vencimiento en los casos en que sean necesarias.

Las entidades del Distrito deberán establecer durante este tiempo las necesidades de continuar con estas plantas temporales en la modalidad de plantas provisionales o su incorporación a las plantas globales.

ARTÍCULO 151. TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA VENTANILLA ÚNICA DE LA CONSTRUCCIÓN (VUC). <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Alta Consejería de las TIC y la Secretaría Distrital de Hábitat realizará un diagnóstico tecnológico que identifique el estado de los trámites a cargo de cada una de las entidades responsables del cumplimiento del Decreto Distrital 058 de 2018, dentro del año siguiente a la adopción del Plan.

Los resultados del diagnóstico serán la línea base para las estrategias de virtualización, atención y gestión de trámites a cargo del sector hábitat.

ARTÍCULO 152. REDUCCIÓN Y CAPTURA DE CO2 EN LAS OBRAS PÚBLICAS EN EL DISTRITO CAPITAL. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Promover la inclusión en el Código de Construcción de Bogotá nuevas tecnologías para mitigar la crisis climática, tales como las pinturas que capturen CO2 y nuevos materiales e insumos de origen bio que permitan consolidar la construcción sostenible en Bogotá.

ARTÍCULO 153. REVISIÓN INTEGRAL TARIFARIA DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Administración Distrital, con fundamento en las nuevas fuentes de recursos y en concordancia con las metas definidas en este Plan, revisará de forma integral el actual sistema de tarifas de transporte público en Bogotá a los usuarios, con el objetivo de buscar alternativas de alivio gradual para los usuarios del sistema, a través de las reestructuración del actual sistema de subsidios, integrando criterios de capacidad de pago para las poblaciones y estudiantes (Tarifa estudiantil para educación media y superior a nivel pregrado) más vulnerables, y ofreciendo a los usuarios nuevas formas de pago y adquisición de pasajes en la ciudad.

ARTÍCULO 154. ESTUDIO TÉCNICO DE LA ESTRUCTURACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> La Administración Distrital adelantará un estudio técnico de la estructura administrativa del Distrito, la cual comprende el sector central, el sector descentralizado y el de las localidades. Este estudio se fundamentará en los principios de eficiencia y eficacia de la función administrativa y de acuerdo con los resultados presentará alternativas de modernización de estructura y funcionamiento distrital.

CAPÍTULO III.
DISPOSICIONES FINALES.

ARTÍCULO 155. DOCUMENTOS DEL PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Hacen parte del presente Plan Distrital de Desarrollo: el documento “Bases del Plan de Desarrollo”, el documento de Anexo No. 1 Metas de los Programas Generales, y “Participación del Plan” y sus documentos anexos y los documentos técnicos que soportan la modificación del artículo 86 del Presente Acuerdo.

ARTÍCULO 156. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> Los contenidos del Plan Distrital de Desarrollo se plantean atendiendo el marco normativo que le es aplicable, especialmente las Leyes 115 de 1994, Ley 731 de 2002, Ley 1098 de 2006, Ley 1176 de 2007, Ley 1257 de 2008, Ley 1448 de 2011, Ley 1804 de 2016 y los Acuerdos de Paz.

ARTÍCULO 157. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. <Artículo derogado por el artículo 320 del Acuerdo 927 de 7 de junio de 2024 del Concejo de Bogotá.> El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación, modifica las disposiciones en él señaladas y deroga expresamente el Acuerdo Distrital 645 de 2016 salvo los artículos 18, 74, 76, 78, 82, 84, 104, 106, 119, 127, 128 y 136; el artículo 4 del Acuerdo 31 de 2001, modificado por el artículo 72 del Acuerdo 645 de 2016; y los artículos 8 y 9 del Acuerdo 641 de 2016.

PARÁGRAFO Transitorio. El artículo 105 del Acuerdo Distrital 645 de 2016 estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2020, conforme a lo dispuesto en el presente Plan.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

Presidente

ILBA YOHANNA CÁRDENAS PEÑA

Secretaria General de Organismo de Control

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.

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