DECRETO 2768 DE 2008
(julio 30)
Diario Oficial No. 47.066 de 30 de julio de 2008
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Por medio del cual se asigna una función a la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. La Unidad Administrativa Especial-Contaduría General de la Nación deberá publicar anualmente, con base en la información del Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP), un informe actualizado que contenga las entidades que al tercer trimestre de cada vigencia fiscal conformaron el sector público.
ARTÍCULO 2o. El informe a que se refiere el artículo anterior deberá ser publicado en la página web de la Contaduría General de la Nación durante el mes de octubre de cada año y contendrá, adicionalmente, el detalle de las entidades que han sido objeto de creación, fusión, supresión, disolución y liquidación en el sector público durante la vigencia fiscal inmediatamente anterior, incluyendo entre otros el Número de Identificación Tributaria con su dígito de verificación, ubicación geográfica (departamento y municipio), la razón social y el sector de gobierno al que pertenece cada una de las entidades que conforman el sector público (unidad de captura).
PARÁGRAFO TRANSITORIO. Para la vigencia fiscal 2008, dicho informe deberá ser presentado a más tardar el 31 de octubre de 2008.
ARTÍCULO 3o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona el artículo 2o del Decreto 143 de 2004.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de julio de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.
La Subdirectora del Departamento Administrativo de la Función Pública encargada de las funciones del Despacho del Director Departamento Administrativo de la Función Pública,
CARLA LILIANA HENAO CARMONA.