RESOLUCIÓN SDH-0000304 DE 2017

(diciembre 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

REGISTRO DISTRITAL N. 6212. AÑO 51, 07, DICIEMBRE, 2017. PÁG. 1.

SECRETARIA DE HACIENDA

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución SDH-243 de 2016, en materia de implementación de la política de pagos electrónicos con recursos del Tesoro Distrital.

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE BOGOTÁ D.C.,

En uso de sus facultades conferidas por los literales a) y o) del artículo 4o del Decreto Distrital 601 de 2014, modificado por el artículo 1o del Decreto Distrital 364 de 2015 y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 y en el artículo 4o del Decreto Distrital 601 de 2014, modificado por el artículo 1o del Decreto 364 de 2015, a la Secretaría Distrital de Hacienda le corresponde formular, orientar, coordinar y ejecutar las políticas tributarias, presupuestal, contable y tesorería para el Distrito Capital.

Que mediante Resolución SDH-243 de junio 9 de 2016 se adoptó la política de pagos electrónicos con recursos del Tesoro Distrital.

Que para facilitar su gradual implementación por parte de todas las entidades y dependencias responsables en el Distrito Capital se considera necesario modificar parcialmente la Resolución SDH-243 de 2016 y en especial, lo relacionado con la autorización de los casos excepcionales frente a la política de pagos electrónicos, la cual se estima conveniente asignar a la Dirección Distrital de Tesorería.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de resolución fue publicado en la página WEB de la entidad, desde el 25 de octubre de 2017 hasta el 27 de octubre de 2017, sin que se recibieran observaciones o sugerencias por parte de los ciudadanos.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. El parágrafo 1 del artículo 1o de la Resolución SDH-243 de 2016 quedará así:

“PARÁGRAFO 1o. La Dirección Distrital de Tesorería podrá efectuar pagos mediante cheque únicamente en los siguientes casos:

1. Como medio de pago de contingencia;

2. Para cumplir con orden emitida por juez o tribunal o por otra autoridad competente;

3. En los casos excepcionales que con carácter general autorice el Tesorero Distrital.”

ARTÍCULO 2o.- VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y modifica parcialmente la Resolución SDH-243 de junio 9 de 2016, quedando vigentes sus demás disposiciones.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. el 5 de diciembre de 2017

BEATRIZ ELENA ARBELAÉZ MARTÍNEZ

Secretaria Distrital de Hacienda

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