RESOLUCIÓN 137 DE 2016
(febrero 29)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SECRETARÍA DE HACIENDA DE BOGOTÁ
Por la cual se delega al representante de la Secretaría Distrital de Hacienda ante el Comité Operativo de Envejecimiento y Vejez
LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA
En uso de las facultades conferidas en el artículo 62 del Acuerdo 257 de 2006, literal i) artículo 4o del Decreto 601 de 2014, modificado por el artículo 1o del Decreto 364 de 2015, en concordancia con el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo con lo ordenado en el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución Política, la autoridad delegante podrá en cualquier tiempo reasumir la competencia y revisar los actos expedidos por el delegatario, con sujeción a las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Que los artículos 6o y 7o del Acuerdo 254 de 2006, "Por medio del cual se establecen los Lineamientos de la Política Pública para el envejecimiento y las personas mayores en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones", establece los lineamientos de acción de la política pública para el envejecimiento y las personas mayores y contempla las responsabilidades de la Alcaldía Mayor y las entidades públicas competentes frente a la política para el envejecimiento y las personas mayores.
Que en uso de las atribuciones y obligaciones derivadas del Sistema de Bienestar Familiar la Administración Distrital expidió el Decreto 679 de 2001, por medio del cual conformó el Consejo Distrital de Política Social.
Que el artículo 3o del Decreto Distrital 93 de 2004, "Por el cual se reestructura el Consejo Distrital de Política Social y se definen los criterios básicos para la conformación de los Consejos Locales de Política Social", derogó el Decreto 679 de 2001, contemplando que la Secretaría Distrital de Hacienda, entre otras entidades, integraría el mencionado Consejo Distrital. Este artículo fue modificado por el Decreto 23 de 2005, el cual mantuvo la disposición en relación con la composición por el sector público de dicho Comité.
Que los Decretos Distritales 93 de 2004 y 23 de 2005 fueron derogados por el artículo 16 del Decreto Distrital 460 de 2008, "Por el cual se actualiza el Consejo Distrital de Política Social, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1098 de 2006 y en el Acuerdo Distrital 257 de 2006", modificado por el Decreto 527 de 2014, manteniendo como integrante del Sector Público Distrital del citado Consejo, entre otros, al (a) Secretario (a) Distrital de Hacienda.
Que el artículo 12 del Decreto Distrital 460 de 2008 faculta al Secretario Distrital de Integración Social para reglamentar la conformación de los comités operativos definidos por el Consejo Distrital.de Política social, de la cual hace parte esta Secretaría,
Que en desarrollo de dicha competencia, el Secretario Distrital de Integración Social expidió la Resolución 511 de 2011, en la cual se incluye a un representante del nivel directivo del Sector Hacienda.
Que el Comité Operativo de Envejecimiento y Vejez al interior del Consejo Distrital de Política Social, se constituyó como una instancia de carácter mixto que tiene como objeto coordinar, asesorar y concertar las acciones que se propongan dentro de la implementación de la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el D. C. 2010 - 2025.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. - DELEGACIÓN. Delegar como representante del Sector Hacienda en el Comité Operativo de Envejecimiento y Vejez al Subdirector de Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.
ARTÍCULO 2o. - FUNCIONES. Las funciones a desempeñar por el delegado, en el marco de competencia de esta Secretaría, son las contenidas en el artículo 4o de la Resolución 0511 del 18 de abril de 2011, o la norma que la modifique, adicione o sustituya.
ARTÍCULO 3o. - Comuníquese la presente Resolución a la Secretaría Distrital de Integración Social.
ARTÍCULO 4o. - La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los
BEATRIZ ELENA ARBELAEZ MARTINEZ
Secretaria Distrital de Hacienda