CONCEPTO 541 DE 1997

(febrero 10)

<Fuente de Archivo interno entidad emisora>

SECRETARÍA DE HACIENDA

Santa Fe de Bogotá D.C.

Señores

XXXXXXXXXXXX

Atn; XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX

Avenida Caracas No. X-XX Piso X.

Ciudad.

Ref. Consulta No. 17485 del 28 de noviembre de 1996
Tema: Impuesto de Delineación Urbana
Subtema: Sujetos Pasivos.

De conformidad con los numerales 2o. y 3o. del artículo 29 del Decreto Distrital 800 del 27 de diciembre de 1996, compete a éste despacho interpretar de manera general y abstracta la aplicación de las normas que regulan los tributos administrados por la Dirección de Impuestos Distritales, manteniendo la unidad doctrinal.

Pregunta:

La Policía como propietaria de un inmueble debe pagar el impuesto de Delineación Urbana, cuando pretende construir sobre él y se tramita la licencia?

Respuesta:

El impuesto de Delineación Urbana se genera por la expedición de la licencia para la construcción, ampliación, modificación, adecuación y reparación de obras y urbanización de terrenos en el Distrito Capital.

El sujeto pasivo del impuesto es el propietario del bien inmueble sobre el cual se pretende adelantar la obra para la cual se solicitó licencia. Se entiende por propietarios aquella persona que ejerce un derecho real sobre una cosa corporal, derecho que le permite gozar y disponer de ella a su arbitrio, la propiedad se adquiere mediante justo título el cual requiere de solemnidad, como lo es la escritura pública del bien.

En la escritura aparece quien es el propietario del bien y a él es a quien compete cumplir con la obligación por la cual se cuestiona.

El artículo 68 del Decreto 423 de 1996 señala como exención al pago del impuesto en mención las obras correspondientes a los programas y soluciones de vivienda de interés social de conformidad a lo establecido en la Ley 9a. de 1989.

Por consiguiente está exento al pago del impuesto de Delineación Urbana quien realice obras de interés social de conformidad con lo señalado en la norma.

MAGDA MONTAÑA MURILLO

Jefe Oficina Jurídico Tributaria

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