CIRCULAR EXTERNA 100-000002 DE 2009
(febrero 4)
Diario Oficial No. 47.253 de 4 de febrero de 2009
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
<NOTA DE VIGENCIA: Circular derogada por la Circular 1 de 2010>
Señores
LIQUIDADORES
CONTADORES PUBLICOS
Procesos de Liquidación Judicial
Asunto: Presentación de estados financieros trimestrales
El artículo 5o, numeral 1 de la Ley 1116 de 2006 faculta al juez del concurso para solicitar u obtener en la forma que estime conveniente la información que requiera para la adecuada orientación del proceso de insolvencia.
Por su parte, el Decreto 4350 de 2006 sometió a vigilancia de la Superintendencia de Sociedades a todas las sociedades que se encuentren en trámite concursal, facultando a la Superintendencia, en virtud de los artículos 83 y 84 de la Ley 222 de 1995, para solicitar la información financiera y contable que requiera en cualquier momento, para el cumplimiento de sus funciones.
En lo sucesivo, las sociedades que hayan sido admitidas a un proceso de liquidación judicial (Ley 1116 de 2006) deberán remitir estados financieros trimestrales y de períodos intermedios, con corte a marzo, junio y septiembre de cada año, utilizando los formatos diseñados para el efecto y siguiendo las instrucciones que suministre la Superintendencia de Sociedades. El último trimestre corresponde al de octubre- diciembre, el cual se reportará con el de fin de ejercicio.
Para tal fin se ha diseñado dentro del aplicativo Storm, del que dispone esta Superintendencia en nuestro portal Internet, el formulario denominado Informe trimestral y fin de ejercicio liquidación judicial, Informe 28.
Documentos adicionales
Los estados financieros de fin de ejercicio y los de períodos intermedios deben venir acompañados de:
a) Certificación suscrita por el liquidador y el contador de la sociedad;
b) Las notas a los estados financieros;
c) Informe de Gestión del Liquidador. (Sólo para los estados financieros de fin de ejercicio).
Plazo
La información solicitada en este formulario será presentada dentro de los 5 primeros días hábiles del mes siguiente a la fecha de corte del periodo intermedio correspondiente. La de fin de ejercicio a más tardar el 31 de marzo siguiente de cada año. Así:
Fecha de Corte | Plazo para la presentación |
A 31 de marzo | 5 primeros días hábiles de mayo |
A 30 de junio | 5 primeros días hábiles de agosto |
A 30 de septiembre | 5 primeros días hábiles de noviembre |
A 31 de diciembre | A más tardar el 31 de marzo de cada año |
Si el inicio del proceso liquidatorio es en el mes del corte de la información periódica, el primer envío lo realizará con el corte próximo siguiente, es decir, que si la sociedad entró al proceso en marzo, el primer envío lo hará con corte a 30 de junio; si entró en junio, el primer envío lo hará con corte a 30 de septiembre.
Si la sociedad entró al proceso liquidatorio con más de un mes de anterioridad a la fecha de corte de los trimestres señalados anteriormente, presentará la información desde la fecha de inicio del proceso hasta la fecha de corte del período intermedio próximo. Por ejemplo: si la sociedad entra a liquidación el 25 de febrero, el primer envío de información lo deberá hacer con corte a 30 de marzo, consignando en las columnas de trimestre actual, únicamente la información desde la fecha de inicio del proceso hasta el 31 de marzo, es decir, del 25 de febrero hasta el 31 de marzo.
Aspectos de carácter general
Cifras en pesos. La presentación de los valores deberá realizarse en pesos, esto es, todos los dígitos sin decimales.
Valores positivos: Los valores deben ingresarse absolutos (positivos). Solo en los casos en que el valor pueda ser positivo o negativo, debe ingresar el dato negativo anteponiendo al valor el signo menos. Por ejemplo: En Resultados del ejercicio, Resultados de ejercicios anteriores y Desvalorizaciones en el renglón de Superávit por valorización.
Aspectos de carácter técnico
El aplicativo Storm se debe descargar a través del portal empresarial en Internet, www.supersociedades.gov.co en la sección “ENVIO DE INFORMACION”, subsección “software”, donde también se encuentran los manuales de instalación y de diligenciamiento de cada uno de los diferentes informes.
Una vez instalado el aplicativo Storm encontrará todos los formularios que esta Superintendencia ha elaborado para cada uno de los reportes de información. Por lo tanto, para la presentación de la información solicitada mediante esta circular debe seleccionar el informe 28 (informe trimestral y fin de ejercicio liquidación judicial).
Después de diligenciado y validada la información en forma correcta, se debe generar el archivo resultado con extensión STR, el cual quedará guardado en la dirección:
C:\documents_and_settings\carpeta_de_ususario\StormUser\inf_enviados\28_nitsociedad\fecha_corte.str
Para el envío del archivo STR, la Superintendencia ha implementado el servicio electrónico de recepción a través de nuestro portal empresarial, en la sección “Formularios Electrónicos” (lado derecho de la página), cuyo sistema, una vez recibido y validado el informe, le generará un número de radicación, el cual podrá consultar en esta misma sección, opción “verificar estado del envío”.
Para el envío de los documentos adicionales, es necesario que se relacione el radicado del recibido del informe electrónico.
Recomendación Especial
Es importante que consulten los manuales de instalación y diligenciamiento ubicados en nuestro portal, los cuales explican claramente la forma de diligenciar cada de los formularios que conforman el informe.
También es importante que consulten las instrucciones técnicas suministradas en el Manual del Usuario, el cual se encuentra dentro del aplicativo Storm y hace parte del menú superior en la opción de ayuda del mismo.
Para la atención de inquietudes pueden dirigirse directamente al Grupo de Liquidaciones o la Intendencia Regional respectiva.
Publíquese y cúmplase.
Cordialmente,
El Superintendente de Sociedades,
HERNANDO RUIZ LÓPEZ.