CIRCULAR EXTERNA 1 DE 2013

(junio 21)

Diario Oficial No. 48.909 de 10 de septiembre de 2013

AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA –COLOMBIA COMPRA EFICIENTE–

<Circular sustituida por la Circular Única de 2018>

<Expresiones "actividad contractual" SUSPENDIDAS, posteriormente NULAS>

Para: Entidades que contratan con recursos públicos.
Asunto: Publicación de la actividad contractual en el Secop.

La Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente– en cumplimiento de su objetivo como ente rector del sistema de compras y contratación pública, recuerda a todas las entidades del Estado la obligación de publicar su actividad contractual en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop).

Las entidades que contratan con cargo a recursos públicos están obligadas a publicar oportunamente su actividad contractual en el Secop, sin que sea relevante para la exigencia de esta obligación su régimen jurídico, naturaleza de público o privado o la pertenencia a una u otra rama del poder público. Las instituciones que ejecutan recursos públicos sin ser entidades del Estado están obligadas a publicar en el Secop su actividad contractual que se ejecute con cargo a recursos públicos.

La publicación en gacetas locales, regionales o diarios de amplia circulación nacional, departamental o municipal solamente es obligatoria cuando es la forma de cumplir con una obligación de carácter tributario establecida en acuerdos u ordenanzas, y en ningún caso reemplaza la publicación en el Secop.

Las entidades que contraten de acuerdo con regímenes especiales deben publicar la actividad contractual en el Secop utilizando la clasificación “régimen especial”.

En http://www.colombiacompra.gov.co/es/compradores está publicado el instructivo para obtener el permiso para publicar la actividad contractual. Si tiene dudas sobre el particular comuníquese en Bogotá al 5953525 opción 5 y para el resto del país al 018000952525 opción 5.

Muy atentamente,

MARÍA MARGARITA ZULETA GONZÁLEZ,

Directora General,

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