ACUERDO 3 DE 2012
(mayo 22)
Diario Oficial No. 48.440 de 24 de mayo de 2012
COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017>
Por el cual se adopta la regionalización para efectos del funcionamiento del Sistema General de Regalías, y se dictan otras disposiciones.
LA COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS,
en ejercicio de sus facultades legales y, en especial de las conferidas por el numeral 1 del artículo 5o de la Ley 1530 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que el 18 de julio de 2011, fue sancionado el Acto Legislativo 05 de 2011, “por el cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el régimen de regalías y compensaciones”.
Que el nuevo Sistema General de Regalías tiene como objetivo impulsar el crecimiento regional, la equidad entre regiones, disminuir los índices de pobreza y aumentar la competitividad del país.
Que las entidades territoriales ostentan la capacidad de decisión sobre los proyectos a ser financiados con recursos del Sistema General de Regalías.
Que los proyectos susceptibles de ser financiados con el Sistema General de Regalías deben cumplir con los requisitos de viabilidad para su aprobación.
Que la Comisión Rectora, mediante Acuerdo 002 del 20 de abril de 2012, adoptó siete (7) regiones para efectos del funcionamiento del Sistema General de Regalías.
Que la Federación Nacional de Departamentos, entidad que agrupa a los gobernadores de los 32 departamentos del país, remitió al Presidente de esta Comisión, mediante comunicación con radicado 2012-663-021163-2 del 17 de mayo de 2012, una nueva propuesta de regionalización adoptada por dicha Federación.
Que para garantizar el adecuado funcionamiento del Sistema General de Regalías es deseable que las entidades territoriales, en ejercicio del principio de autonomía, promuevan su asociación y cooperación con el propósito de presentar proyectos de inversión y participar de los recursos del Sistema.
En mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. REGIONES DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. <Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017> Para efectos del funcionamiento del Sistema General de Regalías, se conforman seis regiones, así:
1. Región Caribe: La región Caribe se integrará por los siguientes departamentos:
1.1. Atlántico.
1.2. Bolívar.
1.3. Cesar.
1.4. Córdoba.
1.5. La Guajira.
1.6. Magdalena.
1.7. San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
1.8. Sucre.
2. Región Centro-Oriente: La región Centro-Oriente se integrará por los siguientes departamentos:
2.1. Boyacá.
2.2. Cundinamarca.
2.3. Norte de Santander.
2.4. Santander.
2.5. Bogotá, D. C.
3. Región Eje Cafetero: La región Eje Cafetero se integrará por los siguientes departamentos:
3.1. Antioquia.
3.2. Caldas
3.3. Quindío.
3.4. Risaralda.
4. Región Pacífico: La región Pacífico se integrará por los siguientes departamentos:
4.1. Cauca.
4.2. Chocó.
4.3. Nariño.
4.4. Valle del Cauca.
5. Región Centro-Sur: La región Centro-Sur se integrará por los siguientes departamentos:
5.1. Amazonas.
5.2. Caquetá.
5.3. Huila.
5.4. Putumayo.
5.5. Tolima.
6. Región del Llano: La región del Llano se integrará por los siguientes departamentos:
6.1. Arauca.
6.2. Casanare.
6.3. Guainía.
6.4. Guaviare.
6.5. Meta.
6.6. Vaupés.
6.7. Vichada.
PARÁGRAFO. El establecimiento de estas regiones no impedirá la eventual asociación de las entidades territoriales con una conformación distinta de la prevista en el presente artículo.
ARTÍCULO 2o. RÉGIMEN ESPECIAL. <Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017> Dada su condición constitucional de Distrito Capital y su régimen especial, para todos los efectos del Sistema General de Regalías el Distrito Capital de Bogotá, tendrá tratamiento de departamento.
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga el artículo 1o del Acuerdo 002 del 20 de abril de 2012.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 22 de mayo de 2012.
El Director General,
MAURICIO SANTA MARÍA SALAMANCA.
Departamento Nacional de Planeación
Presidente Comisión Rectora del Sistema General de Regalías
La Subdirectora General,
PAULA XIMENA ACOSTA MÁRQUEZ.
Departamento Nacional de Planeación
Secretario Técnico Comisión Rectora del Sistema General de Regalías.